fbpx

Convenio 190 de la OIT, ¿qué obligaciones tiene para tu empresa?

28 agosto, 2023
Convenio 190 de la OIT, ¿qué obligaciones tiene para tu empresa?

Ya está en vigor el Convenio 190 sobre acoso de la OIT. Esta normativa se une a otras leyes como la Ley 15/2022 de igualdad de trabajo y no discriminación para frenar las desigualdades en el mundo laboral.

Convenio 190 de la OIT, ¿qué obligaciones tiene para tu empresa? El convenio va a obligar a tu compañía a someter a una revisión profunda sus Planes de Acoso y Planes de Igualdad.

Te damos todos los detalles, a continuación:

 

¿Qué es el Convenio 190 de la OIT sobre acoso laboral?

El 21 de junio de 2019, la Organización Internacional del Trabajo adoptó en Ginebra el Convenio 190.

España suscribió y ratificó esta normativa y se publicó en el BOE el 16 de junio de 2022, aunque se entrada en vigor se retrasó hasta el 25 de mayo de este año.

Este Convenio se trata, junto con la Recomendación 206, de la primera norma internacional de trabajo que tiene como fin proporcionar un marco común para prevenir la violencia y el acoso en el mundo laboral.

En el Convenio 190 de la OIT se reconoce que la violencia y el acoso en el mundo del trabajo suponen una amenaza para la igualdad de oportunidades y conllevan prácticas inaceptables e incompatibles con el trabajo decente.

Se suma así una nueva obligación para las compañías y personas trabajadoras autónomas con el fin de prevenir la violencia y el acoso en el ámbito laboral.

Solicita un plan de igualdad

¿A quiénes protege el Convenio 190 sobre acoso?

El Convenio protege a las personas trabajadoras y a otras figuras del ámbito laboral entre las que se incluyen:

  • Personas trabajadoras asalariadas.
  • Personas trabajadoras, cualquiera que sea su situación contractual.
  • Personas en formación, incluidos los becarios y becarias.
  • Personas trabajadoras que hayan sido despedidas.
  • Voluntarios/as.
  • Personas en búsqueda de empleo.
  • Aquellos que ejerzan la autoridad, las funciones o las responsabilidades de una persona empleadora.

Este Convenio es de aplicación a todos los sectores, público o privado, de la economía tanto formal como informal, en zonas urbanas o rurales.

 

¿En qué lugares se aplica el Convenio 190 de la OIT?

El Convenio 190 de la OIT se aplica a la violencia y al acoso en el mundo laboral que ocurren durante el trabajo, en relación con la actividad laboral o como resultado de la misma.

Estas situaciones deberán suceder:

  • En el lugar de trabajo, inclusive en los espacios públicos y privados cuando son un lugar de trabajo.
  • En los lugares donde se paga a la persona trabajadora, donde ésta toma su descanso o donde come. También donde utilice instalaciones sanitarias o de aseo y en los vestuarios.
  • En los desplazamientos, viajes, eventos o actividades sociales o de formación relacionados con el trabajo.
  • En el marco de las comunicaciones que estén relacionadas con el trabajo, incluidas las realizadas por medio de tecnologías de la información y de la comunicación.
  • En el alojamiento proporcionado por la persona empleadora.
  • En los trayectos entre el domicilio y el lugar de trabajo.

Por tanto, el alcance de las obligaciones incluidas en el Convenio 190 van más allá de lo que supone el espacio físico del centro de trabajo.

 

¿Qué obligaciones tienen las empresas según el Convenio 190?

La obligación más relevante es la necesidad de revisar el Plan de Igualdad y el Plan de Acoso.

Esta revisión tiene como objetivo alinear ambos planes para cubrir todos los supuestos en los que se puede producir una situación de acoso incluidos en el Convenio 190.

Hay que recordar que las empresas que tengan a partir de 50 personas en plantilla deben tener su Plan de Igualdad elaborado y registrado.

Para cumplir con sus obligaciones, las empresas tendrán que convocar su Comisión de Igualdad para evaluar las medidas necesarias y específicas a incluir.

Asimismo, todas las compañías, independientemente de su número de personas en plantilla, están obligadas a tener un Plan de Prevención del Acoso.

Este Plan para prevenir el acoso laboral también tendrá que ser revisado de manera obligatoria.

Además, las empresas deberán tomar medidas para prevenir la violencia y el acoso en su ámbito laboral, incluida la violencia y el acoso por razón de género. Para ello tendrán que:

 

Adoptar en el lugar de trabajo una política relativa a la violencia y el acoso 

Esta política relativa a la violencia y el acoso está regulada en España a través de la necesidad de contar con un Plan de Igualdad.

 

Prevenir los riesgos psicosociales asociados

Las empresas deberán tener en cuenta la violencia y el acoso, así como los riesgos psicosociales asociados, en la gestión de la seguridad y la salud en el trabajo.

Será necesario investigar cuáles pueden ser los riesgos psicosociales asociados al puesto de trabajo para incluirlos en el Plan de Prevención de Riesgos Laborales.

 

Identificar los peligros de violencia y acoso

Las compañías tendrán que identificar los peligros y evaluar los riesgos de violencia y acoso.

Para ello, tendrán que contar con la participación de las personas trabajadoras y sus representantes, y adoptar medidas para prevenir y controlar dichos peligros y riesgos.

 

Proporcionar formación a las plantillas sobre prevención de violencia y acoso

Las empresas deberán proporcionar a las personas trabajadoras en forma accesible información y capacitación acerca de los peligros y riesgos de violencia y acoso identificados.

También sobre las medidas de prevención y protección correspondientes.

 

¿Incluye el Convenio 190 medidas para prevenir el ciberacoso?

Así es, el Convenio 190 indica que será de aplicación:

«En el marco de las comunicaciones que estén relacionadas con el trabajo, incluidas las realizadas por medio de tecnologías de la información y de la comunicación».

Hay que tener en cuenta que gran parte de las conductas que suponen acoso o violencia se producen a través de medios telemáticos. Por ejemplo, usando Internet o las redes sociales.

Por ello, será necesario adaptar las políticas de Compliance y de Protección de Datos, así como de los protocolos para prevenir el acoso laboral.

En Grupo2000 disponemos de un Curso de Compliance Officer con el que conocerás cómo prevenir delitos en tu compañía.

¿Conocías la aplicación y entrada en vigor del Convenio 190 de la OIT? ¿Sabías que las compañías deben actualizar sus Planes de Igualdad?

Esperamos que este post te sirva de ayuda para mantenerte al día de todas tus obligaciones.

No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

Solicita un plan de igualdad
Olga Agea

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Suscribete Boletin Noticias Grupo2000
Necesitas Contratar Contrato De Formacion Grupo2000
Formación Catálogo De Cursos Grupo2000

Síguenos en redes

Últimas noticias

Ver Ocupaciones Contrato Formación Alternancia Grupo2000
Formacion Bonificada Para Empresas Grupo2000
Agencia Colocación Publicar Ofertas Grupo2000
Ir al contenido