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Estas son las claves de la futura reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales

Estas son las claves de la futura reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales

¡Tenemos novedades! El Ministerio de Trabajo, CCOO y UGT han firmado un acuerdo que servirá de base para el proyecto de ley que modificará la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

¡Ojo! La CEOE no ha respaldado el texto. En cualquier caso, la norma deberá ser aprobada por el Congreso de los Diputados para entrar en vigor.

Mientras tanto, conviene conocer los puntos clave que afectarán a todas las empresas y prepararse para cumplir con las futuras nuevas obligaciones.

Estas son las claves de la futura reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales:

 

¿Cuáles son los novedades de la futura Ley de Prevención de Riesgos Laborales?

La futura reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales introduce cambios fundamentales en varios ámbitos. Estos son los aspectos más importantes:

 

Delegado de prevención de riesgos laborales obligatorio

  • Todas las empresas deberán contar con un delegado de prevención de riesgos laborales, incluso si solo tienen una persona trabajadora.
  • Esta medida afectará especialmente a las personas trabajadoras autónomas y microempresas, donde se concentra un alto porcentaje de siniestralidad.
  • El objetivo es garantizar que todas las empresas dispongan de servicios de prevención adaptados a su tamaño y necesidades.

 

Agentes territoriales de prevención 

  • Esta figura se creará para empresas de menos de 10 personas trabajadoras sin representanción legal, reforzando la labor de la Inspección de Trabajo.
  • Los agentes territoriales ya existen en comunidades, como Asturias, Navarra o La Rioja.

 

Refuerzo de la salud mental y gestión de riesgos psicosociales

  • Se realizarán evaluaciones psicosociales más completas y vinculadas a la vigilancia de la salud.
  • Se incorporará la perspectiva de género, edad y diversidad en los planes de prevención.
  • Se reforzará el derecho a la desconexión digital, especialmente en entornos de teletrabajo.

Formación preventiva más exigente

  • La formación será presencial, práctica y periódica, repitiéndose cuando se detecten deficiencias.
  • Las pymes podrán acceder a bonificaciones para facilitar su cumplimiento.
  • Será necesario garantizar que la plantilla está capacitada y protegida, cumpliendo con la normativa.

 

Servicios de prevención más transparentes

  • Los servicios de prevención deberán contar con al menos tres disciplinas y garantizar la transparencia en memorias y procedimientos.
  • Se potenciará la figura de servicios mancomunados para pequeñas empresas.

 

Apoyo y simplificación para pymes

  • Se podrán aplicar modelos simplificados de gestión preventiva adaptados a empresas pequeñas.
  • La prevención será eficaz, asumible y práctica, evitando cargas burocráticas innecesarias.

En cualquier caso, estas medidas todavía no están en vigor.

Mientras se aprueba la reforma es importante conocer cómo funciona actualmente un Plan de Prevención de Riesgos Laborales y qué debes tener en cuenta en tu empresa para proteger de manera efectiva a tu plantilla:

¿Pueden las empresas elaborar su propio Plan de Prevención de Riesgos Laborales?

Elaborar un Plan de Prevención de Riesgos Laborales es obligatorio para todas las empresas con personas trabajadoras a su cargo, según la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, PRL.

Este plan es un documento clave que recoge el conjunto de acciones preventivas de la empresa, basadas en una evaluación de riesgos, con el objetivo de eliminar o reducir los riesgos derivados del trabajo.

El documento de Prevención de Riesgos Laborales debe estar siempre a disposición de la autoridad competente.

Pero, ¿sabías que la empresa puede elaborar su propio Plan de Prevención?

Hasta hace unos años muchas empresas dependían de servicios externos para elaborar su Plan de prevención, lo que suponía un coste importante, especialmente para las pymes.

Con la publicación del RD Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internalización, que modificó el apartado 5, del artículo 30, de la Ley 31/1995, las empresas pueden:

  • Elaborar su propio Plan de Prevención de manera interna, sin necesidad de contratar a empresas externas para este fin.
  • Adaptarlo a las necesidades y características específicas de cada negocio.
  • Reducir costes sin renunciar al cumplimiento legal y a la protección de las personas trabajadoras.

En definitiva ,la responsabilidad preventiva puede gestionarse de manera eficaz desde dentro, siempre que se cumplan los criterios establecidos por la ley y se garantice la seguridad de la plantilla.

 

¿Quiénes pueden elaborar un Plan de Prevención de Riesgos Laborales?

Existen tres opciones para elaborar un Plan de Prevención de Riesgos Laborales:

  • La propia empresa, constituyendo un servicio de prevención propio.
  • La empresa podrá designar a uno o varios empleados públicos para crear el Plan de Prevención.
  • La empresa podrá recurrir a un servicio de prevención ajeno.

El Plan de Prevención pretende evitar riesgos, adaptar el trabajo a cada persona, reducir los efectos en la salud, sustituir las actividades peligrosas por otras que no entrañen ningún peligro y adoptar medidas de protección.

 

¿Qué requisitos debe cumplir un Plan de Prevención de Riesgos Laborales?

Actualmente, todos los Planes de Prevención de Riesgos Laborales deben identificar a la empresa, su sector de actividad, centros de trabajo y número de personas trabajadoras.

También deben especificar cuáles son las funciones de cada persona empleada, los riesgos que puede conllevar la actividad laboral y cuáles son los objetivos en materia preventiva.  

Y, además, es necesario valorar las novedades incluidas en la Estrategia Española de Seguridad y Salud para cumplir con los requisitos exigidos.

 

¿Qué responsabilidades incluye la Estrategia Española de Seguridad y Salud?

La Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027 es un documento clave que sirve como marco de referencia para guiar las políticas públicas en prevención de riesgos laborales.

Su objetivo principal es fomentar la creación de entornos laborales seguros y saludables, protegiendo tanto la salud como el bienestar emocional de las personas trabajadoras.

Según la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo los Planes de Prevención deben:

  • Incluir acciones que promuevan el bienestar psicológico de la plantilla.
  • Identificar riesgos derivados del estrés, la carga de trabajo o la organización laboral.
  • Evaluar cómo los riesgos laborales pueden afectar de manera diferente a hombres y mujeres, fomentando la igualdad en la empresa.
  • Garantizar que todas las personas trabajadoras, especialmente las más expuestas, estén protegidas.

La Estrategia Española de Seguridad y de Salud pretende disminuir los daños físicos y mentales que sufren las personas con motivo del trabajo llegando a todos los sectores y actividades laborales.

Se fundamenta en varios ejes:

  • Mejorar la prevención de accidentes laborales y enfermedades profesionales para minimizar los daños en la salud de las personas trabajadoras.
  • Anticiparse y gestionar riesgos emergentes.
  • Mejorar la gestión de la seguridad y salud en las pymes.
  • Aumentar el nivel de protección de colectivos más vulnerables.
  • Incorporar la perspectiva de género en las políticas públicas y en la gestión de la prevención.
  • Fortalecer el sistema nacional de seguridad y salud.

 

¿Por qué es necesario incluir los riesgos psicosociales en el Plan de Prevención de Riesgos Laborales?

Los riesgos psicosociales son un elemento clave dentro de la seguridad y salud en el trabajo, ya que afectan directamente al bienestar físico y emocional de las personas trabajadoras.

Entre los principales riesgos psicosociales se encuentran:

  • Estrés laboral por exceso de carga de trabajo o presión de plazos.
  • Acoso laboral, tanto psicológico como físico.
  • Conflictos entre personas trabajadoras, que pueden generar tensión y disminuir la productividad.
  • Sobrecarga de trabajo, que provoca fatiga y errores.

La inclusión de los riesgos psicosociales en el Plan de Prevención permite proteger a las personas trabajadoras identificando factores que puede afectar su salud mental y física.

Además, mejora el clima laboral y se promueve un ambiente de trabajo saludable y positivo, minimizando el absentismo laboral.

 

¿Qué otras medidas incluye la Estrategia Española de Seguridad y Salud?

Además de la incorporación de los riegos psicosociales en el Plan de Prevención, la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027 establece otras medidas clave que las empresas deben considerar:

 

Mejora de la salud física y prevención de lesiones

  • Identificar y reducir los trastornos musculoesqueléticos derivados de las tareas laborales.
  • Estudiar y prevenir lesiones relacionadas con altas temperaturas u otros riesgos físicos en el puesto de trabajo.
  • Incluir acciones que minimicen la depresión, ansiedad y otros riesgos mentales.

 

Adaptación a nuevas formas de trabajo

  • Las empresas con plantilla prestando sus servicios en modalidad de teletrabajo deben cumplir la Ley 10/2021, especialmente en lo relativo a riesgos psicosociales.
  • Mejorar las condiciones de trabajo en los empleos verdes, como aquellos relacionados con energías renovables o depuración de aguas.

 

Formación y capacitación

 

¿Cómo se crea un Plan de Prevención de Riesgos Laborales?

La elaboración de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales requiere un enfoque sistemático para garantizar la seguridad y salud de toda la plantilla. Los pasos principales son los siguientes:

 

Paso 1: Evaluación inicial de riesgos

El empresario debe realizar una evaluación inicial de los riesgos para identificar:

  • Riesgos que puedan evitarse.
  • Factores de peligro presentes en cada puesto de trabajo.
  • Necesidad de medidas preventivas específicas.

Esta evaluación debe ser realizada por personal técnico competente, con la formación y aptitudes necesarias.

 

Paso 2: Determinación de medidas preventivas

Tras la evaluación la empresa debe:

  • Establecer acciones concretas para prevenir riesgos.
  • Garantizar la seguridad de las personas trabajadoras durante la realización de sus tareas.
  • Proporcionar equipos de protección individual (EPI) adecuados y asegurar su uso correcto.

 

Paso 3: Formación y planificación

Es obligatorio:

  • Capacitar a la plantilla en prevención de riesgos laborales.
  • Planificar acciones frente a situaciones de emergencia.
  • Verificar que maquinaria, productos y materias primas no supongan un riesgo.

 

Paso 4: Inclusión de personas en modalidad de teletrabajo

Según la Estrategia española de Seguridad y Salud el Plan de Prevención debe incluir a las personas trabajadoras en modalidad de teletrabajo, considerando:

 

Paso 5. Igualdad y prevención de acoso

El Plan debe garantizar:

 

Paso 6. Difusión del Plan de Prevención

El Plan de Prevención debe estar disponible y comunicado a toda la plantilla, asegurando que cada persona trabajadora conozca las medidas y su papel en la prevención.

 

¿Cuáles son las ventajas del Plan de Prevención de Riesgos Laborales?

Contar con un Plan de Prevención de Riesgos Laborales aporta beneficios tanto para la empresa como para las personas trabajadoras.

Sirve para mejorar la salud de la plantilla y para mantener seguro a todo el equipo en sus tareas diarias, ya que ayuda a reducir el riesgo de accidentes en el lugar de trabajo.

Además, realza el compromiso de la empresa con su plantilla y mejora la relación entre las personas trabajadoras, logrando que la eficiencia y la productividad en los puestos de trabajo aumenten.

 

¿Qué pasa si tu empresa no cumple con las normas de prevención de riesgos laborales?

No cumplir con las normas de prevención de riesgos laborales puede tener consecuencias serias para la empresa y su plantilla.

  • Por ejemplo, un inspector de trabajo puede ordenar la paralización de las actividades laborales que representen un riesgo grave.
  • También puede requerir que la empresa modifique sus procedimientos y adopte medidas correctivas si detecta irregularidades.

Si las irregularidades persisten la empresa puede enfrentarse a sanciones económicas.

 

¿Cuáles son las sanciones por incumplir la normativa de prevención de riesgos laborales?

Las infracciones se clasifican según su gravedad:

  • Leves: faltas de limpieza en el lugar de trabajo, señalización inadecuada o documentación incompleta.
  • Graves: no proporcionar la formación adecuada a la plantilla para realizar sus actividades de manera segura.
  • Muy graves: no garantizar medidas de seguridad para colectivos sensibles, como personas embarazadas, o situaciones que puedan causar daños graves a la salud de las personas trabajadoras.

Las multas por incumplir con la normativa de Prevención pueden ser de hasta 819.780 euros.

 

¿Qué formación en prevención de riesgos laborales debes ofrecer a tu plantilla?

Las empresas deben ofrecer a sus plantillas formación de calidad en materia preventiva para capacitarlos en sus puestos de trabajo.

Desde Grupo2000 disponemos de un amplio catálogo de cursos sobre prevención de riesgos laborales a los que puedes acceder.

Consúltanos y elige el que más se adecúe a las necesidades de tu empresa.

Si deseas ampliar información sobre este tema te atendemos encantados en el teléfono 958 806 760, o en nuestro chat online.

No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

El Gobierno y los sindicatos han acordado una reforma integral de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales que obligará a todas las empresas (incluidos autónomos con un solo empleado) a tener delegados de prevención.

La futura norma prioriza la salud mental, la perspectiva de género y una formación presencial y práctica más exigente para reducir la siniestralidad.

Grupo2000, centro de formación especializado en contratos de formación

Grupo2000 somos, además, un centro de formación especializado en la firma de contratos de formación en alternancia.

Si estás interesado/a en ampliar tu plantilla el contrato de formación es una opción muy útil. Permite contratar durante 2 años y aplicar hasta tres bonificaciones mensuales durante toda la vigencia del contrato.

Para más información, ¡contáctanos! Puedes chatear online con nuestro equipo o llamarnos al 958 80 67 60.

 

Fuente: Ley 31/1995, RD-Ley 14/2013, Estrategia Española de Seguridad y Salud 2023-2027 y Ley 10/2021.

Estas son las medidas de prevención frente al Covid para las empresas

Estas son las medidas de prevención frente al Covid para las empresas

El Ministerio de Sanidad ha publicado un informe en el que se han actualizado una serie de medidas en las empresas para prevenir el Covid-19.

Recordemos que desde el 1 de marzo de 2022 la Comisión de Salud Pública acordó eliminar la recomendación de cuarentena a los contactos estrechos para centrar las actuaciones en colectivos vulnerables.

Así, se ha actualizado el proceso de actuación frente al Covid-19 en el mundo empresarial.

Estas son las medidas de prevención frente al Covid para las empresas. A continuación, detallamos las más importantes.

 

 

Así son las medidas de prevención del Covid para tu empresa

Todas las empresas tendrán que recabar información sobre la evolución del Covid entre sus trabajadores para poder implantar las medidas adecuadas y proteger a los colectivos más vulnerables.

Para ello, será necesario establecer flujos de comunicación con el personal trabajador para escuchar y atender sus propuestas y necesidades.

Aún así todas las compañías tendrán que fijar una serie de medidas preventivas comunes para frenar la propagación del Covid-19 entre las plantillas.

Detallamos de qué medidas se trata, a continuación.

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¿Qué medidas de prevención del Covid-19 tendrá que fijar tu empresa?

 

Evitar la concentración masiva del personal trabajador

En la medida de lo posible es muy importante evitar una concentración masiva del personal trabajador y de usuarios y clientes durante las horas de mayor afluencia.

Esta medida también deberá aplicarse en los períodos de descanso y establecer turnos para que no se amontonen un gran número de trabajadores en la zona de cafetería.

 

Potenciar el teletrabajo

El teletrabajo está siendo el gran aliado para prevenir el Covid-19 en las empresas, ya que permite disminuir el contacto físico entre los empleados.

Algunas empresas se están planteando el modelo híbrido (mezclar trabajo presencial con teletrabajo varios días a la semana).

Eso sí, debes tener en cuenta que si decides apostar por el modelo de teletrabajo tendrás que ofrecer a tu plantilla los equipos y herramientas necesarias, así como la formación pertinente para que puedan realizar sus actividades laborales desde casa.

 

Medidas de limpieza y desinfección

El lugar de trabajo tiene que disponer de buena ventilación y, por supuesto, ser desinfectado diariamente para evitar la propagación del Covid-19 entre los empleados.

Además, hay que proveer a los trabajadores de gel desinfectante.

 

Uso de mascarilla en centros sanitarios

En cuanto al uso de las mascarillas, no es obligatorio en el lugar de trabajo y se deja esta decisión a cargo de cada empresa.

Aunque en los centros sanitarios o residencias de ancianos sí es obligatorio aún portar la mascarilla, ya que son lugares donde el riesgo de contagio es mayor.

Hay que destacar que los colectivos vulnerables deben de tener más precaución. Es el caso de personas mayores de 60 años o embarazadas.

 

¿Cómo actuar si un trabajador es positivo en Covid?

Si se trata de una persona trabajadora que ha tenido un contacto estrecho con un positivo, la Comisión de Salud Pública ha eliminado la recomendación de cuarenta desde marzo de 2022.

En el caso de ser una persona trabajadora con síntomas, se recomienda el teletrabajo o, en su caso, la readaptación de su puesto de trabajo para evitar que interactúe con colectivos vulnerables.

Si el trabajador sufre Covid, se recomienda de igual manera el teletrabajo o la readaptación de su puesto de trabajo. En el caso de que el trabajador realice sus servicios en una residencia de ancianos o en un centro sanitario, entonces no acudirá a su centro de trabajo. Esto es según la Ley 10/2021, de 9 de julio.

El incumplimiento de las obligaciones por parte del empresario constituirá una infracción grave.

 

Otras medidas de prevención de riesgos laborales

Además de las medidas de prevención frente al Covid, deberás fijar una serie de actuaciones en tu empresa para que los trabajadores realicen sus actividades laborales de forma segura.

Recuerda que debes tener implantado un Plan de Prevención de Riesgos Labores.

El plan de Prevención de Riesgos Laborales sirve para mantener seguros a todos los empleados en sus tareas diarias, ya que ayuda a reducir el riesgo de accidentes en el lugar de trabajo.

Asimismo, es muy importante que ofrezcas formación a tu plantilla en materia preventiva.

Desde Grupo2000 disponemos de un amplio catálogo de cursos sobre prevención de riesgos laborales a los que puedes acceder. Consúltanos y elige el curso que más se adecúe a las necesidades de tu compañía.

Si deseas ampliar información sobre este tema, estaremos encantados de atenderte en el teléfono 958 80 67 60, o en nuestro chat online.

Esperamos que esta información te sirva de ayuda. No olvides dejar un comentario más abajo, ¡nos encanta leerte!

 

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Obligaciones de prevención para las empresas en la nueva normalidad

Obligaciones de prevención para las empresas en la nueva normalidad

El Real Decreto Ley 21/2020, de 9 de junio, establece cuáles serán las obligaciones de prevención para las empresas en la nueva normalidad tras el estado de alarma por el Covid-19.

Esta normativa, que entró en vigor el 11 de junio, se aplicará en la nueva normalidad, junto con las normas que especifique cada Comunidad Autónoma.

Te resumimos las medidas de prevención laboral y seguridad que deberá aplicar tu empresa a continuación:

Obligaciones de prevención y medidas de seguridad para las empresas en la nueva normalidad

Según el RD Ley, la empresa estará obligada a implantar las siguientes medidas en el centro de trabajo, tras el estado de alarma:

  • Medidas de ventilación, limpieza y desinfección, de acuerdo a las características e intensidad de uso del centro de trabajo.
  • Facilitar a los trabajadores desinfectantes o medios para la limpieza de manos.
  • Ordenar los puestos de trabajo para que se garantice una distancia de seguridad interpersonal mínima de 1,5 metros. Si no es posible, se deberá proporcionar equipos de protección según el nivel de riesgo.
  • Se adaptarán las condiciones de trabajo, ordenación de puestos, turnos y uso de zonas comunes para garantizar la distancia mínima.
  • Medidas para evitar coincidencia masiva de clientes y trabajadores en las franjas de más afluencia.
  • Reincorporación progresiva del teletrabajo si es posible.
  • Si un trabajador tiene síntomas o es diagnosticado de coronavirus, no deberá acudir al centro de trabajo, tendrá que contactar con su centro de salud o mutua por teléfono.

La norma prevé que estas obligaciones sean ampliadas por las Comunidades Autónomas o administraciones competentes si es necesario.

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Uso obligatorio de mascarillas tras el estado de alarma

El artículo 6 del RD Ley introduce la obligación de usar mascarilla en las siguientes situaciones:

  • Vía pública, espacios al aire libre y cualquier espacio cerrado abierto al público, si no se puede respetar la distancia de seguridad de 1,5 metros.
  • En los medios de transporte públicos y privados, incluido el conductor, si los ocupantes no conviven en el mismo domicilio..

No se exige esta obligación para personas con alguna enfermedad, dificultad respiratoria o discapacidad y menores de 6 años.

Tampoco lo será para realizar ejercicio individual al aire libre, ni en supuestos de fuerza mayor.

En caso de incumplimiento, la norma fija una infracción leve con una sanción de 100 euros.

Algunas comunidades autónomas, como Andalucía, han ampliando esta restricción, siendo obligatorio el uso de mascarillas desde el 15 de junio, tanto en espacios abiertos, como cerrados, en todo momento, independientemente de la distancia de seguridad.

Adapta tus protocolos de prevención según la normativa

Si tu empresa ya está trabajando, es recomendable que adaptes el plan de prevención de riesgos laborales de tu empresa, incluyendo como incidencia el riesgo del Covid-19 y todas las medidas que vayas a implementar.

Destacar además que, en la norma que regulaba la fase 3 de la desescalada, introdujo la obligación de elaborar un protocolo de reincorporación que especifique las recomendaciones y medidas de seguridad que se van a aplicar.

Es uno de los documentos que puede exigirte Inspección. Recordamos que ya ha iniciado una fuerte campaña desde hace semanas. Puedes ver cuáles son los ejes de sus actuaciones en nuestro artículo sobre esta campaña de Inspección.

Un consejo: contactar siempre con tu empresa de prevención para que te asesore sobre las medidas según la actividad de tu empresa y riesgos de contagio de los puestos.

 

¿Qué te parecen estas medidas? ¿Cómo os estáis adaptando en vuestra empresa? Nos encantará leer tus comentarios. Escríbenos más abajo. ¡Gracias!

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