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Las cooperativas y sociedades laborales ya pueden contratar con tarifa plana

Las cooperativas y sociedades laborales ya pueden contratar con tarifa plana

Ya adelantamos en mayo el anuncio de la Ministra de Empleo y Seguridad Social, sobre la posibilidad de ampliar los beneficiarios de la tarifa plana de 100 euros,  para aplicar esta reducción en los Seguros Sociales a los socios trabajadores de una cooperativa o de una sociedad laboral, que se incorporen como socios, y comiencen a trabajar mediante contratación indefinida.

Por fin podemos decir que las cooperativas y sociedades laborales pueden contratar a sus socios trabajadores como beneficiarios de la tarifa plana de 100 euros, desde la publicación de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, que extiende esta reducción en las contingencias de los Seguros Sociales, por contrato indefinido en tarifa plana, a este colectivo.

Recordamos que la ayuda de esta tarifa plana, prevista en el Real Decreto-ley 3/2014, de 28 de febrero, de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida, se aplicará durante 2 años, y los contratos deberán suponer un incremento de plantilla y mantenerse durante 3 años, al igual que el nivel de empleo alcanzado, tanto total, como indefinido.

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Fuente: BOE

 

Los autónomos con Tarifa Plana podrán contratar también

Los autónomos con Tarifa Plana podrán contratar también

El pasado miércoles día 15, Fátima Bañez, Ministra de Empleo y Seguridad Social, adelantó una nueva medida para los autónomos que disfruten de la Tarifa Plana de 50 euros. Se prevé que todos los autónomos acogidos a esta reducción en la cotización a la Seguridad Social puedan contratar a trabajadores sin perder las reducciones.

Hasta ahora, esta reducción en la cuota mínima de la Seguridad Social por contingencias comunes, limitaba a los autónomos a no tener trabajadores por cuenta ajena.

En la siguiente tabla vamos a recordar las características de la Tarifa Plana para autónomos:

tabla autonomos tarifa plana

Esta reducción, regulada en el R.D. Ley 4/2013, se creó en un principio para menores de 30 años. Pero debido a la movilización del sector, terminó por ampliarse a todos los nuevos autónomos, tras la Ley 14/2013, de 27 septiembre de “apoyo a emprendedores y su internacionalización”.

Según datos de Moncloa, unos 291.000 autónomos disfrutan de la tarifa de 50 euros, destacando las comunidades autónomas de Andalucía y Cataluña, con 54.950 y 46.468 trabajadores autónomos suscritos, respectivamente.

Todavía no hay fecha establecida para la entrada en vigor de esta nueva medida. Los autónomos con tarifa plana que quieran contratar, deberán esperar al desarrollo de la normativa y su publicación en el BOE.

Iremos informando de todas las novedades a través de nuestro Blog. Para cualquier consulta relacionada con este tema estaremos encantados de atenderte en el teléfono 958806760, o nuestro chat online.

Fuente: Moncloa.

Cómo hacer contratos indefinidos con tarifa plana de 100 euros

Cómo hacer contratos indefinidos con tarifa plana de 100 euros

Ya están activas las opciones de la Seguridad Social necesarias para dar de alta contratos indefinidos con la tarifa plana de 100 euros en los seguros sociales.

En primer lugar, tenéis que utilizar el modelo disponible en el asistente de contratos del SEPE y adjuntar al contrato la página 4, donde se hace referencia al contrato indefinido, según el RD Ley 3/2014.

contrato_indefinido

A continuación, os explicamos cómo indicar que el contrato se acoge a esta reducción en la pantalla del Sistema RED.

Si desplegáis la pestaña de AYUDA, veréis que ya está incluida la opción:

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(Haz «clic» en la imagen para verla ampliada).

La TARIFA PLANA tiene el código P.

Tras acceder a la pantalla para dar de alta del trabajador, tenéis que indicar en COND. DESEMPLEADO: P
Aunque se tenga que utilizar este campo, no es necesario que el trabajador contratado esté desempleado, usar este campo se debe simplemente a razones técnicas.

El valor P estará disponible únicamente para altas a partir del 25 de febrero de 2014, con los modelos de contrato 100, 200 o 300.

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(Haz «clic» en la imagen para verla ampliada).

Os recomendamos, antes de aplicar este tipo de contrato, comprobar que la empresa puede cumplir todos los requisitos, incluido el compromiso de tener contratada a esta persona durante 3 años.

Hay una opción de Netcontrat@ muy interesante, el comparador de costes, para comparar los costes del contrato con otras modalidades.
Esta herramienta ya incluye en sus comparaciones el contrato indefinido con tarifa plana.

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(Haz «clic» en la imagen para verla ampliada).

 

Para cualquier consulta estamos a vuestra disposición en el chat online, o en el teléfono 958 806 760.

Fuente: Boletín del Sistema RED, Netcontrata.

La letra pequeña de la tarifa plana de 100 € en Seguridad Social por contrato indefinido

La letra pequeña de la tarifa plana de 100 € en Seguridad Social por contrato indefinido

La letra pequeña de la tarifa plana de 100 € en Seguridad Social por contrato indefinido.

El presidente del Gobierno anunció ayer una medida para fomentar la contratación indefinida y la estabilidad del empleo, se trata de una tarifa plana de 100 euros en la Seguridad Social de los nuevos contratos indefinidos.

Esta nueva medida, que será aprobada el próximo viernes, 28 de Febrero, se podrá aplicar solo a las nuevas contrataciones indefinidas, que se beneficiarán de una rebaja en los Seguros Sociales. La empresa pagará 100 euros, por contingencias comunes, en las cotizaciones sociales durante 24 meses.

El anuncio de esta medida ha tenido gran repercusión mediática, pero ahora debemos analizar con detalle la medida para ver la utilidad real de esta tarifa plana.

¿Cuáles son los requisitos para esta tarifa plana de 100 euros?

  • La contratación debe suponer una creación neta de empleo, es decir, no se puede despedir a trabajadores para contratar a otros.
  • Se debe tener a ese trabajador en plantilla al menos durante 3 años.
  • Solo para nuevos contratos indefinidos.
  • No se exige un perfil concreto en el trabajador, ni margen de edad.
  • No se podrán haber realizado despidos colectivos o individuales improcedentes en los 6 meses anteriores a la celebración del contrato.
  • La empresa no puede tener deuda en la Seguridad Social o Hacienda.

Todas las empresas podrán acceder a esta tarifa plana, independientemente de su tamaño.

En caso de no cumplir con los requisitos establecidos, especialmente en los aspectos de contratación, la empresa deberá reintegrar todos los beneficios aplicados.

¿Cuál es la letra pequeña de esta medida?

La tarifa plana de 100 euros no quiere decir que este sea el total de las aportaciones de la empresa por ese trabajador, ya que la reducción se aplicará solo sobre las contigencias comunes, si bien es cierto, que es la parte más cuantiosa, habrá que añadir a esta cantidad más conceptos: 7,05% del
seguro de desempleo, 0,7% de formación y 0,2% del FOGASA, que se calcularán sobre la base de cotización que le corresponda al trabajador.

Os ponemos un ejemplo:
Si una nómina bruta de un contrato es de 1000 euros.

Un contrato fijo actualmente Con tarifa plana
Contingencias comunes 287 € 100 €
Desempleo 70,5 € 70,5 €
Formación 7 € 7 €
FOGASA 2 € 2 €
TOTAL 366,5 € 179,5 €

*En esta comparativa no se han incluido conceptos como las Contingencias Profesionales, hay que aclarar que se trata de una comparativa genérica, cada caso particular tendrá que ser calculado según corresponda. 

En una nómina mileurista, la empresa se ahorraría 187 € de Seguros Sociales, solo sería en las nóminas muy altas donde se notaría un ahorro tan alto como afirma el Gobierno. Y siendo realistas, en el contexto económico actual, los salarios son cada vez más bajos.

En nuestra opinión, se trata de una medida más electoralista, que de aplicación real. Ya que, en el ciclo económico que atravesamos, muchas empresas se han visto obligadas a despedir a alguno de sus empleados (por lo que no cumplirían con el requisito de no haber despedido de forma coletiva o improcedente), y muy pocas empresas se quieren comprometer a contratar a una persona durante 3 años.

El Gobierno ha anunciado varios paquetes de medidas que se van a ir aplicando a medio plazo para fomentar el empleo, y la financiación de las empresas. El viernes estaremos muy atentos para poder contaros todos los detalles, y analizar como queda esta medida definitivamente, una vez publicada en el BOE.

Para cualquier consulta, nos tenéis, como siempre, a vuestra disposición en el teléfono 958 806 760, o en nuestro chat online.

Fuentes: ABC, El País, El Periódico

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