fbpx
Cambios en el contrato de formación tras el Acuerdo Estatal de Hostelería

Cambios en el contrato de formación tras el Acuerdo Estatal de Hostelería

El pasado 21 de mayo se publicó en el BOE el Acuerdo Estatal de Hostelería, el famoso ALEH V, que introduce novedades en este ámbito.

El ALEH V regula el sector de hostelería: empresas que ofrezcan servicios de hospedería, de comida y bebida, así como todas las actividades que comprendidas en el correspondiente CNAE.

Este Acuerdo, que ya ha entrado en vigor, será válido hasta el 31 de diciembre de 2019.

Hoy nos vamos a centrar en varias modificaciones que introduce el Acuerdo y afectan al contrato de formación y aprendizaje:

  • La duración mínima del contrato de formación en hostelería se fija en 6 meses. La duración máxima se establece en 3 años. Estas duraciones se aplicarían a los trabajadores del sector, independientemente del área para el que trabajen. (Con el anterior ALEH había que revisar siempre la duración, ya que podía variar en función del área del puesto).
  • Permite interrumpir la duración del contrato de formación cuando se trate de actividades estacionales. Es decir, se podría dividir su cómputo entre los diferentes periodos, siempre y cuando se respeten las duraciones que comentábamos anteriormente.
  • Incluye una cláusula de paridad, por la que las empresas hosteleras deberán tratar de contratar a un porcentaje similar tanto de hombres, como de mujeres, siempre que sea posible.
  • El período de prueba, se mantiene en 1 mes de duración para este tipo de contrato.
  • El salario se establecerá proporcionalmente al tiempo de trabajo, pero deberá atender a lo establecido en los convenios colectivos de ámbito inferior para cada ocupación.

Para cualquier consulta sobre éste u otros temas, te atendemos encantados en el teléfono 958 806 760, o en nuestro chat online.

Fuente: ALEH V.

Ir al contenido