A raíz del nuevo Real Decreto Ley 30/2020, que prorroga los ERTES, se publicaron nuevas instrucciones para los trámites de los ERTES con el SEPE.
Más abajo encontrarás toda la información sobre cómo se tramitan a partir de ahora las solicitudes colectivas, cómo indicar el fin de la prestación o las variaciones en el ERTE y los detalles a tener en cuenta para evitar errores. Y una novedad sobre las bajas de las prestaciones publicada por el SEPE en noviembre.
(Este artículo se actualiza continuamente para ofrecerte los últimos cambios, pulsa F5 para ver la última versión si ya lo has visitado).
¿Qué trámites de los ERTES hay que hacer con el SEPE a partir de octubre?
A continuación te resumimos los trámites que deben aplicarse en relación a los ERTES a partir de octubre de 2020:
Enviar la solicitud colectiva de los ERTES prorrogados
Según el RD Ley 30/2020, la prórroga de los ERTES de fuerza mayor, basados en el artículo 22 del RD Ley 8/2020, se realizaba automáticamente.
No obstante, era imprescindible remitir la solicitud colectiva (Excel morado) antes del 20 de octubre de 2020 para las prestaciones de los trabajadores.
Se remitía sólo para los trabajadores que estén en inactividad total o parcial a 1 de octubre. Y en el excel se consignaba desde esa fecha de inicio.
Esta gestión también era obligatoria para los ERTES ETOP (artículo 23 RD Ley 8/2020).
Comunicar los periodos de actividad
A partir de ahora, durante todos los meses se comunicarán los periodos de actividad e inactividad a mes vencido, antes del día 20.
Importante: el SEPE ha vuelto a subir una nueva versión de generador de ficheros XML, que modifica las anteriores. Descárgate la versión denominada «Traspaso-reducción.a-suspensión-con código 05».
En esta nueva versión, los días de descanso marcados con una D se trasladan al XML con el código 05 (descanso semanal), hasta ahora lo hacía con el 03. Mejor utilizar el nuevo generador de XML que tienen colgado en su web o el que encontrarás dentro de Certific@2, para prevenir incidencias.
Envío del calendario y horario de trabajo
Igualmente, las nuevas instrucciones recuerdan la obligación de remitir con carácter previo las modificaciones en el calendario y horario de trabajo, para dar cumplimiento al artículo 298 de la LGSS y Orden ESS 982/2013.
Según una nota publicada el 3 de noviembre por el SEPE, el envío de estos calendarios debe realizarse a través de Certific@2
En su sede electrónica ya han publicado la opción que te permitirá enviar los calendarios de forma previa, podrás distinguirla fácilmente porque incluye esa referencia a la normativa de 2013
Esta última gestión está siendo exigida por Inspección en sus actuaciones, que desde hace semanas inició una campaña de envío masivo de cartas a las empresas para que conozcan este trámite.

Cómo se tramita la solicitud colectiva de los nuevos ERTE
Desde el 27 de junio solamente se pueden solicitar nuevos Expedientes de Regulación Temporal de Empleo basados en causas económicas, técnicas, organizativas o productivas o ERTES ETOP.
Tras el RD Ley 30/2020, los ERTES de fuerza mayor únicamente se permitirán si existen nuevas restricciones de actividad derivadas del Covid-19. Podrán ser de ERTES de impedimento o limitación.
En el caso de nuevo ERTE, la empresa deberá presentar la solicitud colectiva de las prestaciones de los afectados por las medidas del ERTE.
Hay que tener especial cuidado a la hora de cumplimentar el Excel y no manipularlo o editarlo. Si no está correctamente cumplimentado, el sistema lo rechaza.
Esta solicitud se realizará presentando el modelo oficial de «solicitud colectiva» (Excel morado) en la sede electrónica del SEPE, dirigida a la entidad gestora de la provincia donde esté ubicado el centro de trabajo (según su código de cuenta de cotización).
El plazo máximo para presentar la solicitud colectiva será de 15 días hábiles desde la fecha en que tenga efectos el ERTE. (Ojo, no confundir con el envío obligatorio de solicitud colectiva para los ERTES prorrogados, que hemos visto anteriormente, y se debió enviar antes del 20 de octubre).
La fecha de inicio que se deberá indicar será la de comienzo de la medida que se aplique.
¿Cómo se indican los periodos de actividad e inactividad al SEPE para ERTES a partir del 1 de octubre de 2020?
En la guía se indica que el envío de los periodos de actividad e inactividad se realizará en la sede electrónica del SEPE, a través de Certific@2. Igualmente se realizarán los Certificados de Empresa.
Para enviar el XML de los periodos de actividad debes acceder a la sede electrónica y dentro de la sección de «empresas», hacer clic en «protección por desempleo» y a continuación en «Comunicación de periodos de actividad«. Necesitarás tu Certificado Digital para acceder.

En el XML se completarán los datos de la empresa por Código de Cuenta de Cotización. Más abajo se indicarán los datos del trabajador, jornada de trabajo habitual y se indicarán las diferentes situaciones en el calendario.
Los días de actividad completos se harán coincidir con los últimos días del mes o del periodo. Se especificarán los días de actividad realizados con la misma jornada que tuviese el trabajador antes del ERTE.
Si la jornada fuese inferior (reducción), se calcularán los días de actividad en proporción o «días de actividad equivalente«.
Para rellenar el calendario, completa las casillas blancas:
- Marca con una X los días de suspensión total.
- Para reducción de jornada, introduce el número de horas que no va a trabajar ese día. Por ejemplo, si de 8 horas, sólo trabaja 5, se indicará un 3.
- En los días de descanso semanal indica una D.
Una vez hayas completado el calendario, pulsa el botón «cálculo de días», la aplicación calculará los días de actividad equivalente.
Para finalizar, pulsa el botón «XML», que generará el fichero que deberás subir a través de la sede electrónica.
La comunicación del fichero XML con los periodos de actividad e inactividad se realizará entre los días 1 y 20 del mes natural siguiente.
Si un trabajador estuviese en suspensión o inactividad total desde el 1 de octubre no sería necesario enviar ficheros XML. La prestación se mantendría de alta.
Una vez que el trabajador se reincorpore a su puesto, sí será necesario remitir fichero XML de periodos de actividad relativo al primer mes en que empiece a trabajar.
Por ejemplo, si empezase a trabajar desde el 14 de noviembre en adelante, habría que remitir comunicación de periodos de actividad marcando del 17 al 30 de noviembre como días de actividad.
Para volver a afectar al trabajador en el ERTE, habría que remitir fichero XML del mes en que vuelvas a incluirlo en el ERTE, a mes vencido.
A continuación compartimos con vosotros un ejemplo del SEPE sobre cómo completar el fichero XML en diferentes supuestos, en la columna izquierda, en lugar del nombre verás el tipo de supuesto:

¿Cómo se calculan los días de actividad equivalente del fichero XML?
El cálculo para obtener los días de actividad equivalente (DAE) será = nº de horas totales trabajadas en el mes / nº de horas de jornada que tuviese el trabajador antes del ERTE.
Si el intervalo de inactividad es inferior a 5 días laborales, se aplicará el coeficiente 1,25.
Al indicarlo en el fichero, los días en que se haya realizado la jornada habitual completa se marcarán como día de actividad. Y los días con reducción de jornada, se asignarán a un intervalo de días, adaptando el intervalo a los días que resulten tras la división.
Cuando haya días de actividad o inactividad, el número de días que resulte al realizar el cálculo se distribuirá entre las fechas que hubo actividad real.
Por ejemplo, si del 1 al 4 de julio se realiza media jornada, 4 horas, y el día 5, una jornada de 8 horas y el resto de días está en suspensión. El día 5 se marcará como día de actividad y el otro intervalo a media jornada, según el DAE. Los días de actividad equivalente serían = 24/8 = 3 días. (Sería 24 porque sumaríamos todas las horas que ha trabajado en el mes y se divide entre 8 horas que sería la jornada habitual). Se marcarían 3 días en el intervalo temporal, por ejemplo del 1 al 3 de julio.
En el caso de que todos los días haya reducción de jornada, los días de actividad equivalentes se harán coincidir con los últimos días del mes o periodo, y los días de inactividad se marcarán a partir del primer día laborable del mes. Por ejemplo, si el DAE resulta a 15 días, se marcarán los últimos 15 días de ese mes y los primeros 15 días serán de inactividad.
Claves que se indicarán en los ficheros XML según la situación del trabajador
- Días no trabajados en ese periodo, en los que corresponda prestación: 01
- Días trabajados, no procede prestación: 03
- Días en baja IT, de maternidad o paternidad, que tampoco tienen prestación: 04
- Días de descanso semanal, en los que corresponde prestación: 05
- Vacaciones retribuidas, excluidas de la prestación: 06
Cómo se indica la baja de las prestaciones de los trabajadores afectados por el ERTE ¡Novedad!
Para la baja en las prestaciones por desempleo, según una nota publicada por el SEPE el 3 de noviembre, se suprime la obligación de enviar el Excel de baja (excel naranja), como hasta ahora.
La baja del ERTE se comunicará por la empresa usando los ficheros XML de periodos de actividad antes del día 20 del mes siguiente.
Esta medida ha generado bastante controversia, porque sí que sigue existiendo la obligación de comunicar la baja de la prestación del trabajador con carácter previo según el artículo 8.2 del RD Ley 30/2020.
Recientemente el SEPE ha explicado cómo hacer la comunicación previa al SEPE para la baja de las prestaciones. En nuestro artículo sobre las bajas de ERTES podrás ver todos los detalles.
Precauciones en el uso de los ficheros XML de los ERTES
Advierten sobre varias situaciones que pueden afectar a tus ficheros XML y es importante tener en cuenta:
- No es necesario comunicar periodos de actividad de un trabajador en suspensión si ha estado en situación de inactividad desde octubre o fechas posteriores, pero una vez que remitas periodos de actividad de éste, tendrás que seguir enviándolos el resto de meses por este trabajador, aunque no haya variaciones. En el caso de no hacerlo, la prestación quedará en situación de baja y el trabajador dejará de cobrarla.
- Se puede rectificar el envío de un fichero en caso de errores enviando un nuevo fichero. Si se rechaza, habría que contactar directamente con la dirección provincial del SEPE.
- Se deben enviar los periodos de actividad a mes vencido.
- Se pueden enviar 2 ficheros en un mismo mes, debiendo enviarse por orden cronológico. Por ejemplo, trabajadores que pasan de un ERTE de fuerza mayor a un ERTE ETOP. Si se da este caso, se tendrá que comunicar la solicitud colectiva antes del segundo XML del ERTE ETOP.
¿Cómo solucionar errores en los XML periodos de actividad o solicitud colectiva?
Es posible enviar dos ficheros XML para el mismo mes si es necesario corregir algún dato, con carácter excepcional.
En caso de que se deba solucionar un error en el ERTE, desde el SEPE aconsejan que se traslade a través de RedSARA para que quede constancia de ese registro.
En nuestro artículo sobre la prórroga de los ERTES y las exenciones podrás encontrar también todas las novedades en la tramitación con Seguridad Social, a raíz del Real Decreto 30/2020.
Esperamos que esta información sea de ayuda. ¿Qué te parecen estos cambios, crees que servirán para simplificar estos procesos? Nos encantará saber tu opinión. Déjanos un comentario en el blog, podrás hacerlo al final de esta página. ¡Gracias!

Otras novedades que también te pueden interesar:
Buenas tardes:
Tengo una duda en si he de poner periodos de descanso o no. Trabajador con reducción de jornada todaos los días, cuyo DAE=9 lo cual lo indico en los últimos 9 días del mes como actividad y el resto desde principios de mes como inactividad.
Dónde he de poner en el caso que se pongan los días de descanso?
Este trabajador ha trabajado de martes a domingo.
gracias
Un saludo
Buenos días, Patricia. Habría que indicar los días de descanso, se anotarían con una D. Un saludo
Buenos dias¡¡¡ He comunicado en Diciembre solicitud colectiva de 2 trabajadores por ERTE por Limitación. Pero ahora en Enero tengo que meter otro trabajador. ¿Tengo que presentar otra solicitud colectiva solo con el nuevo trabajador indicando su fecha?? Muchas gracias
Hola Isabel. Si vas a incluir en el ERTE a un trabajador que no se incluyó en el ERTE inicial, también tendrías que hacer la comunicación a la Autoridad Laboral, además de la solicitud colectiva del trabajador nuevo. Un saludo
Buenos días,
Con la nueva guía del Sepe indica que hay marcar los días de descanso (05)
Indicar que no enviamos los ficheros a través del asistente de fichero de XML, lo enviamos a través del programa de nóminas.
– Actividad todos los días con jornada reducida: marcamos los días de actividad los últimos días del mes
– Días inactividad: a partir del 1º mes del día laboral
Por ejemplo, una trabajadora que su jornada habitual son 40 horas semanales (8 horas diarias), en el mes de diciembre esta en reducción y va a realizar 30 H/S (6 H/D), en el mes realiza 21 días de trabajo laborales (6 H/D * 21 días laborales)
126/8 H/D= 15,75 días de trabajo de actividad.
Estos 16 días los marcamos a los días de actividad los últimos días del mes. (sin marcar días de descanso)
En estos casos, ¿hay que marcar los días de descanso? ¿los días de descanso se refieren a los sábados y domingos? ¿cómo quedaría el calendario?
En el ejemplo que no trabaja ningún día, y todos los días del calendario se marcan en días no trabajados, ¿hay que marcar los días de descanso?
Muchas gracias por la ayuda
Un saludo
Felices fiestas
Si una empesa da por finalizado totalmente el erte de limitación el lunes 14, para comunicar el fin del ERTE que envio previamente el fichero XML de periodos de actividad, del 1 de diciembre a 13 de diciembre (inactivdad) y 14 en adelante actividad? Y también envio este mismo fichero a la Inspeccion?
Hola Gustavo. Desde hace unas semanas la vía para comunicar el fin de la prestación al SEPE sería a través del fichero XML. Algo a tener en cuenta es que en el RD Ley 30/2020 se indica que hay que comunicarlo con carácter previo al SEPE. Un saludo
Hola mi empresa a mandando todo correctamente pero en la pagina del sepe me pone fin meses atras y ahora me pone cobros indebidos que no son reales y nomina liquido 0 en el mes de diciembre no se si por error cobrar en enero muchas gracias
Hola,estoy en erte completo desde agostoy aún no figuro en la página del SEPE lo de este mes,sale lo que cobre el mes pasado e yamado al sepe y dicen que falta que la empresa mandé la actividad del mes pasado y yame a la empresa y dice que ya lo a mandado…la cosa que por uno y por otro nose si cobrare,que puedo hacer? Como se si la empresa lo mando?
Hola Francisco. Aunque la empresa lo haya enviado, está habiendo muchos errores. Te recomendamos contactar con tu empresa, para que envíen otra comunicación si es necesario. Un saludo
Hola,
estoy enviando el fichero XML de procedimiento ERE por certific@2 para informar a Inspección el fin de ERTE impedimento de una trabajadora en suspensión, y me lo devuelve todo el rato RECHAZADO con el error DHG0004 (Error en el tipo de envío realizado con respecto al último envío realizado).
Lo que hago es enviar una «variación de datos» inicial, y posterior alta o modificación (he probado las dos) de la fecha fin del proceso de suspensión. El tipo de envío que me dice que no es correcto no puede ser otro que «variación de datos» porque el «alta inicial» ya la tengo PROCESADA. Por lo que entiendo que no puedo hacer otro alta inicial y lo que hago es mandar una variación.
Pero no me la acepta, ni alta, ni modificación. No hay forma de contactar con SEPE y no sé qué puedo hacer.
Si a alguien le ha pasado algo similar y me puede guiar lo agradecería.
Buenos días
Si iniciamos un Erte de suspensión desde el 07/11/2020 al 06/12/2020 pero el erte va a continuar, hay que volver a enviar el fichero de solicitud o hay que hacer algún tramite para que el sepe y seguridad social sepa que el erte continua?
Un saludo
Hola Marta. Si se puso fecha de fin, se entiende que finaliza en esa fecha. Habría que solicitar la aplicación de ERTE desde esa fecha, habría que ver tipo de ERTE, circunstancias, etc para valorar. Un saludo
Buenas tardes y muchas gracias por poner a nuestra disposición este espacio tan útil. Mi duda es la siguiente:
Una empresa estuvo en ERTE por fuerza mayor desde marzo y ahora ha solicitado uno de limitación, que ha sido aprobado. Respecto a los trabajadores, ¿hay que enviar nuevo certificado de empresa al SEPE, a pesar de haber estado incursos en el ERTE anterior? En caso afirmativo ¿se certifican las bases de cotización actuales o las previas al primer ERTE? Y en cuanto a la solicitud colectiva ¿la base reguladora sería calculada con las últimas cotizaciones o bien con las previas, es decir, la base reguladora sería la misma que se consideró para el ERTE previo de marzo?
Gracias de nuevo.
Buenos días. En la empresa estamos en Erte y un 5% solo en actividad y no total.
De la gente sin actividad, se tienen que seguir enviando ficheros después de enviar la prórroga que finaliza el último día de enero??
Solo tienen que enviar de los si tienen actividad??
Por qué salimos de baja ahora en sepe desde octubre cuando hace días que salía la fecha 31 de enero?
Hola. Si se envían ficheros XML ya hay que enviarlos todos los meses porque si no, puede haber errores. Quizá pueda ser el motivo. Un saludo
En nuestro caso tenemos un ERTE que afecta a los trabajadores días alternos, es decir en un mes los trabajadores pueden tener varios días de ERTE y en el siguiente ninguno y así sucesivamente
En el fichero de gestión colectiva incluimos vamos incluyendo a los trabajadores según van resultando afectados cada mes ¿es correcto, o tendríamos que haber comunicado en octubre a todo el personal aunque empezaran a estar afectados en diciembre?
Según consta en la nueva normativa hay 15 días de plazo para comunicar la gestión colectiva de los trabajadores afectados ¿cada cuánto hay que comunicar la gestión colectiva? ¿si es cada 15 días no hay problema en enviar dos ficheros?
Buenos días, Alba. Tendréis que comunicar los días de actividad equivalente, mediante fichero XML y notificar si hay algún mes que no van a cobrar prestación, antes de que corresponda con la baja de la prestación para dar cumplimiento al RD Ley 30/2020, ya que la empresa está obligada a notificarlo. Un saludo
Buenos dias,
No he enviado la comunicación de calendario. Que me recomendáis, que lo envíe con fecha de hoy con los trabajadores y horarios que tengo a partir de ahora, o lo hago con efectos retroactivos.
Saludos
TENGO UNA EMPRESA CON ERTE FM DESDE EL 20/03/2020 SIN RENUNCIAR A EL, CON UNA UNICA TRABAJADORA QUE SE INCORPORA A TRABAJAR EL 01/06/2020. NO ME QUEDA CLARO SI PARA EL MES DE OCTUBRE TENGO QUE ENVIAR LOS PERIODOS DE ACTIVIDAD????. DESDE QUE SE INCORPORA A TRABAJAR EL 01/06 NO LA HEMOS VUELTO A ENVIAR A ERTE Y NUNCA HEMOS ENVIADO PERIODOS DE ACTIVIDAD NI DE INACTIVIDAD.
Hola Marta. Si esa trabajadora está trabajando con normalidad, no sería necesario enviar nada, entiendo que ya se envío en su momento el Excel naranja. Si ya no existen las circunstancias que dieron origen al ERTE, lo adecuado sería comunicar el fin del ERTE a la Autoridad Laboral. Un saludo
Mi comentario es más una queja que una pregunta. A finales de septiembre llamé al SEPE para informarme de cómo prorrogaba el ERTE al único empleado que tengo en esta situación desde abril. Me dijeron que no había que hacer nada, que la renovación era automática. No obstante, y como no me quedé tranquilo, busque el BOE del 30/09 y efectivamente dice textualmente «se prorrogarán automáticamente hasta el 31 de enero de 2021». Me indica mi empleado que no ha cobrado este mes la prestación y que le indican desde el SEPE que es porque está en baja desde el 30/09. Les llamo y me dicen ahora que sí, que tenía que haber mandado no se qué documentación XML. Ya he mandado lo que me han indicado pero ahora no se cuándo cobrará mi empleado, si es que cobra. No entiendo tanta improvisación y tantos cambios en la operativa del procedimiento.
Por supuesto que ya le he adelantado yo el dinero a mi empleado, pero creo que no es justo. Enhorabuena por la página, es magnífica
Hola Alberto. Tienes razón en que todos estos cambios de procedimientos están generando confusión. Los ERTES se prorrogaron automáticamente, no obstante, en el RD Ley 30/2020 se obligaba a enviar antes del 20 de octubre una nueva solicitud colectiva por los trabajadores afectados, si no se envío, están cortándola como en vuestro caso. La solución es la que comentas. Tu empleado tiene suerte de tener un jefe que se preocupa por él y le adelanta dinero mientras se soluciona. Ánimo y gracias por leernos!
Buenos días Ángela:
En el último generador de ficheros XML no tengo ni idea de cómo comunicar dos días de baja por COVID (comunicado a la Seguridad Social como AT). ¿Podrías orientarme, por favor?
Muchas gracias por artículos como este que nos están dando un apoyo imprescindible en la situación que atravesamos. Un saludo.
Hola Patricia. Se supone que la clave para IT es 04. ¿Has probado con esa? Un saludo
Necesito ayuda llevo varios días intentando hablar con el SEPE y es imposible, tengo un restaurante mis tres trabajadores los tenemos en el erte desde fecha 14/3/2020, uno de ellos tiene un contrato a jornada parcial 20horas semanales y le rescatamos 10horas en el mes de julio, que es lo que tengo que hacer ahora porque la nueva solicitud no deja poner el porcentaje o como es anterior ya tiene los datos?,
El otro supuesto es un trabajador a jornada completa que esta en el erte pero le rescatamos el 50%, e igualmente tengo dudas al enviar la solicitud no me deja decirles que sigue al 50%. Como lo hago? tengo que enviar XML?
gracias
Hola Gema. ¿Habéis enviado solicitud colectiva antes del 20 de octubre? Ya que esto era obligatorio. Si tenéis que comunicar variación del porcentaje de jornada al mes que realizan, sí que tenéis que enviar XML. Un saludo
En la web de SEPE me aparece el 100% del importe sin hijos cuando deberia aplicarse el 60% por reducción de jornada. Mi empresa argumenta que es error del Sepe que todavía esta tramitando lo del mes de octubre para la zona de cataluna
Es verdad?
Hola. Es probable, han reconocido que van con retraso
En relación a la baja en la prestación si una persona cobra hasta el 30 de noviembre, y el 1 de diciembre ya esta fuera del ERTE, como comunico previamente la salida del erte de este trabajador? Y luego que tengo que enviar un XML de periodos de actividad del mes de diciembre ( donde va a trabajar todos los días?
Hola Gustavo. El RD Ley exige que se comunique previamente la baja de la prestación, por lo que tendrías que notificarlo al SEPE. Como han quitado el Excel naranja, la vía que están usando algunos despachos es enviar un XML previo por ese trabajador. Y a mes vencido XML por el resto de trabajadores, si los hubiese. Un saludo
Buenos días, tengo una pequeña duda: trabajador que se va a rescatar de erte FM (estaba con 20 horas y se rescata con las mismas).
Entiendo que hay que enviar documento firmado por el trabajador,como que acepta salir del ERTE, al Sexpe.
Modificar el tipo de inactividad a R
Enviar documentación a la AL
¿Sería así?
Y sobre los periodos de inactividad no se sí tengo que enviar algo puesto que el trabajador se rescata el total de su jornada que venia siendo 20 horas semanales.
Mil gracias por todo.
Hola Lucía. Por lo que comentas, entiendo que se rescata y finaliza el ERTE. Si es así, sí habría que hacer comunicación a la AL. Se tendría que quitar la clave de inactividad si se va a finalizar el ERTE y habría que informar previamente a la incorporación al SEPE con fichero XML de la baja de esa prestación. Al no saber exactamente las circunstancias y si hay más trabajadores, si no se fuese a finalizar el ERTE, igualmente hay que hacer la comunicación al SEPE y cambio de clave en TGSS en tipo de inactividad. Un saludo
Buenos días donde obtener un certificado de empresa de los días de erte
Hola soy fija discontinua, he estado en erte desde marzo a tiempo parcial algunos meses, mi actividad ha cesado el 30 d septiembre. Mi empresa envió la documentación colectivo d los fijos discontinuos para la prestación extraordinaria el 28 de octubre. El día 6 d octubre conseguí contactar con el sepe para que me informaran d lo que tenía que hacer y ellos me dijeron que primero tenía que tramitar mi prestacion contributiva y después ya optaría a la extraordinaria, mi sorpresa es que ahora mi prestacion no se tenía que haber tramitado y han solapado las dos prestaciones y ahora me piden un certificado de los días de erte pq sino no me tramitan la prestación. Mi pregunta es si¿ este certificado existe? Hasta ahora no había tenido ningún problema. Gracias d antemano
Hola. Para comunicar los ficheros XML se comunica en el calendario Excel (que luego se transforma en el fichero XML) una X en los días en los que el trabajador no presta servicio totalmente, con el número de horas dejadas de trabajar diariamente cuando es un trabajador que está en un ERTE parcial, y con una D los días de descanso semanal. Luego se convierte a fichero XML y por ejemplo las D de descanso semanal se convierten en el valor 05. Cuando un trabajador está de baja médica ¿qué debo anotar en el calendario para que luego se convierta en el valor 04? Gracias.
Hola, tengo la misma duda.
Buenos días!!
Trabajo en un restaurante y en marzo nos metieron a todos en un erte, nos sacaron en junio a todos menos a uno. Despidieron a dos compañeros y ahora nos han vuelto a meter en erte por tener que cerrar la hostelería pero en la página del sepe no aparece el certificado de empresa ni nada, solo el de marzo…
No tendría que aparecer un certificado de empresa nuevo? de este mes?
Y… Como es posible haber despedido a dos compañeros estando en erte?? Muchas graciaaas
Buenos días Angela.
Nos puedes indicar como comunicar el calendario y horario de trabajo de los empleados en ERTE? Hay algún formato o plantilla?? En esta relación se pondría a los trabajadores que están en ERTE parcial o a todos??
Muchas gracias.
Rocío.
Hola Rocío. No existe formato oficial para esto. En la guía del SEPE hablan de trabajadores afectados por las medidas. Un saludo
Esto de los calendarios previos…. alguien realmente los está comunicando…? por favor que nos explique como porque yo no encuentro la manera
Buenas tardes, al pasar de erte a etop puede ser que dos trabajadores con diferente ccc se hayan quedado fuera y no aparezcan en el sepe? Se puede subsanar el error si se hizo el cambio en junio y estamos en noviembre. Muchas gracias!
Hola María. Puede ser si no se notificaron en su momento. Tendríais que informar al SEPE del error y ver si lo pueden subsanar. Un saludo
Buenas tardes,
El motivo de mi consulta es porque en mi perfil del SEPE figuro como que estoy dada de baja en el ERTE desde este mes. Me comuniqué con mi empresa y me dijeron que a ellos les aparece todo bien, que solicitaron mi alta en el ERTE y no les consta ningún error. Yo solía cobrar todos los meses desde marzo entre el día 4 y 6. Y este mes aún no he cobrado la prestación. Estoy preocupada por si al final hay algún tipo de error y no voy a llegar a cobrar. Podrían decirme cuál puede ser el problema? Gracias.
Hola Uxía. No sabríamos decirte. Tienes que verlo con tu empresa y si no se soluciona, tendrá que enviar documentación al SEPE de nuevo. Un saludo
Buenos días.
Tengo una empresa con ERTE FM total desde el 14/03. Hemos enviado el excel del SEPE para prorrogar hasta el 31/01/21. Pero ahora hemos reincorporado el 01/11/2020 a jornada del 50%. ¿Como hay que proceder para comunicar al SEPE y que la prestación se ajuste? ¿Tengo que enviar el excel con baja y después enviar uno nuevo solicitando alta al 50%?
Muchas gracias
Hola Mario. Recientemente han modificado los trámites, este tipo de ajustes se realizarían mediante los ficheros XML. El Excel naranja ya no se tiene que utilizar. Un saludo
Tengo un trabajador en Erte, con reducción de jornada al 50%,y que con fecha 20 octubre causa baja por IT;no me queda claro quién le paga a partir de dicha fecha y si esos días la parte del erte se lo sigue pagando el Sepe
Hola Yle. En este caso, el pago será igual que siempre en situación de IT. Los primeros días paga la empresa. Un saludo
Buenos días
Tengo trabajadores aun afectados en un ERTE de fuerza mayor desde el 15 de marzo. Si ahora pido un ERTE por limitación los puedo afectar al nuevo ERTE?
Hola Elena. Sí se podría solicitar. No obstante, te recomendaría consultar el criterio de la Autoridad Laboral de tu provincia. Un saludo
Mi duda es la siguiente. Yo tengo un erte al 50%. Me quedan 13,5 horas semanales las cuales tengo que repartir entre 5 días. Ya que 2 son descanso. Por lo que un día estoy 3 horas y otras 1 o 2. Esto cómo lo puede poner mi jefe, ya que tengo que repartir esas horas para cubrir los días según el trabajo que hay.
Muchas gracias
Buenos días, tenemos un restaurante con ERTE de fuerza mayor y hemos realizado un nuevo erte de limitación. Hemos comunicado este erte a la autoridad laboral en fecha 19/10/20 y hemos enviado una solicitud al paro por el red.rec.sara en fecha 28/10/20. Según los trabajadores han acudido al sepe y les han comentado que no hemos realizado la solicitud colectiva y por ello no cobrarán. ¿Está incorrectamente tramitado?
Hola Carla. Para los ERTES anteriores al 1 de octubre, había que enviar solicitud colectiva antes del 20 de octubre. Puede que sea por ese motivo. Un saludo
Buenos días, a partir del 1 de Octubre las solicitudes de prestación colectiva ya no se realizan por Red Sara, ahora hay que realizarlas desde la sede electrónica del SEPE con la plantilla actualizada que aparece en la página web. Un saludo
Hola,
Me acaban de comunicar la aprobación de un Erte por impedimento, que tengo que hacer ahora para solicitar la prestación del unico empleado que tengo y que va a pasar a suspension total y que plazo tengo.
Gracias
Hola Jesús. Tienes 15 días hábiles desde la fecha en que tenga efectos el ERTE. Tendrías que remitir la solicitud colectiva al SEPE (Excel morado) y XML con periodos de actividad/inactividad a mes vencido, antes del día 20. En TGSS tendrás que aplicar la declaración responsable y claves para ERTE de impedimento. Un saludo
Muchas gracias Ángela, al estar mi trabajador en suspensión total, es decir no va a trabajar ningún día, tendría también que enviar el fichero xlm de inactividad.
Por otra parte solicité el erte y la fecha en la que tendría efectos seria el 2 de octubre pero como no me han contestado hasta ahora porque suspendieron el plazo de los 5 días hábiles, porque me pidieron más documentos, no he podido solicitar al sepe la prestación hasta ahora, pero será retroactiva sl día 2 de octubre?
Muchísimas gracias.
Hola Jesús. En el caso de que te lo aprueben con efectos desde el 2 de octubre, debería serlo. Un saludo
Buenas, hemos enviado solicitud colectiva para la prórroga del erte hasta el 31 de enero de 2021. Hay que enviar periodos de actividad de los trabajadores que no han tenido ninguna modificación desde el inicio del erte?
Por otro lado, tengo otra empresa que se ha enviado también solicitud colectiva de prórroga del erte y ahora quieren volver a afectar a trabajadores que no se han incluido en esa solicitud pero que estuvieron afectados anteriormente. Hay que volver a enviar solicitud colectiva y comunicar a la autoridad laboral? Gracias
Hola Fátima. Si no hay cambios no hay que enviar XML. En el caso de volver a afectar a los trabajadores, sí que habría que comunicarlo al SEPE y TGSS. Un saludo
No tengo claro si se debe o no mandar XML en caso de ESTE de impedimento, a Jesus le indicas que si pero en la informacion previa a las preguntas pone «Precauciones en el uso de los ficheros XML de los ERTES,Advierten sobre varias situaciones que pueden afectar a tus ficheros XML y es importante tener en cuenta:
No es necesario comunicar periodos de actividad de un trabajador en suspensión si ha estado en situación de inactividad desde octubre o fechas posteriores»
¿entonces?¿no es este ese caso?
Hola Mayte. Los XML habría que enviarlos si va a cambiar la situación del trabajador, de forma que afecte a la prestación. Un saludo
Buenos días, en relación con el envío de los ficheros XML de inactividad, a partir del 01-10-2010 por la publicación del nuevo RDL 30/2020, debemos enviar el fichero de todos los trabajadores que estén cobrando prestación aunque no hayan tenido variaciones desde el inicio del ERTE, o únicamente se envían según los criterios anteriores al nuevo decreto?. Es decir, si han variado la jornada, disfrutado vacaciones, etc. Muchas gracias de antemano, un fuerte abrazo y enhorabuena por las publicaciones en la página, son excelentes.
Hola Julio. Para los ERTES prorrogados, según el SEPE se recomendaba enviar fichero XML antes del envío obligatorio del excel morado o solicitud colectiva. Una vez que se envían los XML, hay que enviarlos todos los meses, porque si no parece que afecta a la prestación. Un saludo
Mi empresa envió la nueva solicitud de la plantilla el 16/10 la cual fue respondida por el sepe, pero en la actualización de la semana pasada en el sistema aparecemos todos de baja 30/09 por agotamiento del derecho!!!! alguien más con esta situación???
A mi también me aparece baja y en reanudación el 20/10 y abajo agotamiento del derecho, mi caso es lioso, aparece 15 días cotizados, estuve 3 meses de Erte, y que debo 2175€ y aun no he cobrado. Hubo baja y erte juntos en Abril.
Buenas tardes,
Quería preguntar, al comunicar la nueva solicitud colectiva de fijos discontinuos, si hay un trabajador que le pagan vacaciones, la fecha que se tiene que poner en el Excel es la de la baja o se tiene que sumar los días de vacaciones que le pagan?
Muchas gracias.
ERTE tramitado 14/03. La empresa de 5 trabajadores tenia 2 aún afectados al ERTE. 3 de ellos reincorporados. Por cierre restaurante por resolución Generalitat Cataluña se decide volver a afectar 100% de la plantilla al ERTE aún vigente por fuerza mayor al no haberse renunciado. He hecho comunicación de la nueva solicitud colectiva al SEPE y la pregunta es: ¿he de volver a enviar el certificado de empresa? Lo remití en marzo cuando tramite la solicitud colectiva por primera vez.
Con la nueva ayuda de los fijos discontinuos la empresa tiene que volver a dar el numero de cuenta. Porque ya lo tube que cambiar una vez con el erte. Ahora pasara lo mismo?
Buenos días,
Tengo concedido un erte por impedimento desde ayer a un único trabajador que tengo en mi empresa. Qué pasos tengo que seguir ahora para solicitar al sepe la prestación. Tengo que hacer solicitud colectiva, ficheros xlm, certific@do. Agradecería su ayuda
Hola Elena. Tienes que remitir certificado de empresa y solicitud colectiva antes de 15 días hábiles (desde la fecha de efectos del ERTE) y XML a mes vencido, antes del día 20. Un saludo
Buenas que pasa si han pasado los 15 días hábiles ??
Hola Katy. ¿Te refieres para la solicitud colectiva? Mejor enviarla que nada, aunque hayan pasado los 15 días. Un saludo
Muchísimas gracias,
Me surge otra duda, en la documentación de aprobación del erte que me envió la autoridad laboral, me indica que debo comunicar mi decisión a los trabajadores y a la autoridad laboral. ¿Qué significa esto último y como lo comunico?
Hola Elena. Hay que enviar una comunicación definitiva a la Autoridad Laboral sobre las medidas adoptadas, se comunicaría por la misma vía. Un saludo
Buenas tardes,
Intentamos enviar fichero xml, y nos da error en el número de Erte. Hay algún número genérico a fin de realizar el envío?
Muchas gracias por su ayuda!!
Un saludo.
Si en un departamento hay dos personas a erte parcial y una a erte total, pueden contratar a otra persona ajena a jornada completa?
Hola Patrícia. Se puede contratar sólo si se acredita que ninguna de esas personas podría realizar ese puesto. Un saludo
BUENAS TARDES,
Quería saber si alguien sabe como informamos ahora un ERTE con reducción de jornada? porque el sistema me lo rechaza
Hola Lara. ¿En el SEPE o en TGSS? Acabo de publicar un artículo con las nuevas claves de los ERTES para seguridad social. Un saludo
Hola, ?cómo lo solucionaste finalmente?
Tengo una trabajadora en ERTE desde 15 marzo, reducción de jornada desde 1 de julio. Es la única de la plantilla que está de ERTE. Tengo que mandar solicitud colectiva con fecha 1 de Octubre también? Es que no entiendo tanto lío…..
Hola Mari. Si esa trabajadora está cobrando prestación, sí habría que enviarla antes del día 20. Según el SEPE hay que enviarla por los trabajadores afectados por ERTES anteriores al 1 de octubre. Un saludo
Pero si los trabajadores están en suspensión a jornada completa, hay que enviar los periodos de actividad en el mes siguiente, o sobra con la solicitud colectiva antes del 20 de Octubre? Es mi gran duda… gracias
Hola Ana. Si no ha habido modificación en ningún momento de esos trabajadores, habría que enviar la solicitud colectiva. Un saludo
Buenos días,
Una vez que generas el archivo xml, que hay que hacer con él? A través de donde hay que mandarlo?
No entiendo tanto lío…
Espero su respuesta, gracias.
Hola José. El fichero XML se tiene que enviar a través de Certific@2 del SEPE. Un saludo
Hola, yo creo que cada día me lio más. A ver si me puedes ayudar por favor. Una empresa que no tiene CNAE de los seleccionados, ni cadena de valor ni es dependiente. Tiene un ERTE por fuerza mayor desde marzo y no ha reincorporado a su única trabajadora que sigue en ERTE desde entonces. En el lugar donde realiza su actividad no hay ni confinamiento, ni medidas restricticas expresas. Pero no puede desarrollar su actividad porque no tiene clientes (se dedica a actividades deportivas pero es imposible abrir porque no hay clientes), qué puede hacer? un ETOP? pero no tendría exoneraciones, uno ERTE por impedimento? pero no hay restricciones expresas… ay dios mio!!!
Hola Irene. En su caso, si no hay restricciones, no podría solicitar impedimento, quizá limitación si existe una normativa que ha afectado a su actividad y se puede justificar. Un saludo
Buenos días
Una empresa que esta en ERTE por causas de fuerza mayor desde el 14/03/2020, del que se ha ido sacando a trabajadores tanto con el total de su jornada habitual, como de forma parcial. Ahora hay dos trabajadores que estaban fuera con el total de si jornada que tienen que volver unas horas al ERTE, ¿como lo solicitamos?
Gracias
Un saludo
Hola Verónica. Según la norma, antes del 20 de octubre había que enviar solicitud colectiva al SEPE, imagino que lo habrás hecho. También habrá que modificar las claves de inactividad de los trabajadores en TGSS, aunque estos ERTES, como ya no tienen exoneraciones, no tendrás que aplicar declaración responsable previa. Te recomiendo el artículo sobre las claves de TGSS que he publicado esta semana. Un saludo
Buenos dias.He solicitado y me han concedido Erte por impedimento(22 de octubre) de toda la plantilla (estamos cerrados).Al sepe ademas de la solicitud colectiva,hay que mandar ficheto xml? En caso de afirmativo, que tipo de fichero? Y en los meses venideros?la suspension es total.Gracias
Hola, en el formulario no se puede indicar DAE. Solo aparece para señalar días de no actividad. ¿Como marcas los días de jornada completa anterior si no está diseñado para el efecto? Gracias.
Hola, ¿cuantos días puede demorar el SEPE en hacer el pago de la prestación si se envía el xml el mismo 30/31 de cada mes? Gracias.
Hola Luis Alberto. Se supone que esto podría agilizarlo algo, pero tal y como está el SEPE de desbordado, no se puede saber. Un saludo
Hola, podrías indicar los pasos para calcular la prestación para un ERTE parcial del 70%, 12 horas semanales de actividad ‘lunes 6h y martes 6 horas, descanso en sábado y domingo’.
Por otro lado, como computa sábado y domingo a efectos de prestación y quien la paga (SEPE o empresa). ¿Como se calcula?
Mi base es 36,60 diaria
Gracias!!
Hola, me puedes pasar enlace del fichero Excel xlsm para un ERTE mixto (se trabajan 12 horas a la semana, descanso el sábado y domingo). Por lo visto, el asistente de antes sólo apunta X a los días no trabajados. Gracias
Hola! El hotel en el que soy fija discontinua no abrió esta temporada pero nos dieron de alta y nos pusieron en erte por fuerza mayor desde el 11 de abril. Con la prórroga de julio figurábamos en erte hasta el 2 de octubre en la web del sepe (consulte su prestación actual). Y con esta nueva prórroga hasta el 31 de enero, nos dieron de baja al contrato por fin de temporada (a día 30 de septiembre) y harán el trámite para incluirnos en este “nuevo” erte. Pero… en la web del sepe… se han modificado todas las fechas de altas, bajas, reanudación del erte que traíamos y aparecemos dados de baja del erte el 30 de agosto, con lo cual no hemos cobrado septiembre. No entiendo por qué el sepe hace desaparecer todo lo anterior y pone unas fechas que no condicen con la realidad y me pregunto si esto perjudica la solicitud que la empresa está gestionando antes del 20 de octubre para incluirnos en la nueva prórroga (somos fijos discontinuos de baleares), y si vamos a cobrar el mes de septiembre. Gracias
Buenos días; agradezco este blog porque me saca de muchas dudas, pero tengo alguna otra… No me queda claro si los periodos de actividad de septiembre hay que mandarlos ahora en octubre en una empresa que sólo tiene un empleado en el ERTE inactivo total desde marzo, y en otra que tiene solamente un empleado con reducción del 50% también desde marzo, no cambiando ninguna jornada en ningún momento. También me consta que ya han cobrado el mes de septiembre del SEPE… asi que no tiene mucho sentido mandar ahora el periodo de actividad de septiembre si nunca se ha mandado en las dos empresas…
Si me lo aclaras te lo agradezco.
Gracias y saludos.
Hola Constancio. Si no ha habido ningún cambio desde el inicio, no se debería enviar. Sí se debería enviar la solicitud colectiva antes del 20 de octubre, ya que la normativa lo exige. Un saludo
Buenos días,
Nuestra empresa tiene un ERTE causas de fuerza mayor desde el 14/03/2020. A partir del 01/10/2020 ya no tenemos a ningun trabajador afectado, y necesitamos comunicar la renuncia al ERTE. ¿Qué archivos tenemos que comunicar al SEPE y por dónde?
Hola Ferran. Tenéis que comunicar la renuncia al ERTE ante la Autoridad Laboral, al SEPE y en TGSS comunicar la declaración responsable de renuncia al ERTE. Un saludo
Buenas tardes:
Mañana reincorporo a dos trabajadores q estaban en suspensión, los incorporo con reducción de jornada.
Tengo que enviar calendarios previos al SEPE, para la Inspección de Trabajo y me surgen siguientes dudas.
1- como ahora todos los ERTES, son de suspensión, en tipo de procedimiento si pongo suspensión no puedo poner porcentaje de reducción de jornada.
2- Tengo que enviar dos calendarios? uno por los días de suspensión total 01/10/20 al 15/10/20
3- otro del 16/10/2020 al 31/10/2020 con el periodo reducido?
muchas gracias
Hola Nati. Se supone que este tipo de circunstancias las ajustan luego con el XML. Un saludo
Buenos días.
¿Qué ocurre si un trabajador está en un ERTE desde hace meses por causas señaladas en el art. 22 del RDL 8/2020 y el empresario no vuelve a notificar la situación antes del 20 del presente mes al SEPE y no se puede contactar con el empresario?
Gracias de antemano por su respuesta.
Hola. Podría haber problemas con la prestación. Un saludo
Buenas tardes: ¿es necesario remitir períodos de inactividad de trabajadores en ERTE al 100 por 100?
yo sólo mando de los trabajadores que tienen un determinado porcentaje en ERTE pero los del 100% al no trabajar ningún porcentaje de jornada entiendo que no tiene sentido enviarlos.
Hola Antonio. Según la última publicación del SEPE hay que enviar XML y solicitud colectiva antes del 20 de octubre de todos los trabajadores afectados. Un saludo
Buenos días
He solicitado un erte por rebrote en septiembre. Envié la solicitud colectiva de prestacion correspondiente.
Es necesario volver a remitirlo con fecha 1 de octubre? es decir, se considera prorrogado como los ertes al amparo del 8/2020
Hola Ana. La norma establece esa obligación de enviar la solicitud colectiva para ERTES de fuerza mayor y ETOP (artículos 22 y 23), no para los de rebrote. Los ERTES de rebrote se consideran prorrogados según la disposición transitoria única se mantendrán vigentes según los términos de la resolución estimatoria. Un saludo
Nuevo erte por producción por causas covib,,tienen exoneracion en la seguridad social. Cuando hay que enviar los Afi a la seguridad social y que letra hay que poner .pues no estamos en limitaciones ni en impedimento
Hola Carmen. Entiendo que es un ERTE ETOP, ¿de cadena de valor? Es que las claves dependerán de cómo sean las circunstancias del ETOP. En la tabla que he puesto en el artículo de las exoneraciones se indican diferentes situaciones. Si me concretas un poco más, lo vemos juntas. Un saludo
Si una Empresa ha estado en ERTE Fierza mayor Parcial y el 1 de julio solo a dos trabajadores se les aumento jornada,pero seguiendo enERTE Parcial y no se cominicaron periodos actividad .He de comunicar los periodos de julio a septiembre ahora?
En caso afirmativo. Tengo que incluir el resto de trabajadores en el fichero sino han variado ?
Hola Esperanza. Si comunicas ahora ficheros anteriores, tal cual está el SEPE, podría haber problemas. Te recomendaría contactar con ellos por otra vía. Un saludo
Una Empresa con todos los trabajadores en ERTE TOTAL desde marzo
Hay que mandar los peridos de inactividad de septiembre sino ha habido actividad algina?
Hola Esperanza. Según una nota que ha publicado ayer el SEPE, hay que enviar ficher XML y solicitud colectiva de todos los trabajadores afectados por las medidas (suspensión/reducción) antes del 20 de octubre. Un saludo
Hola a todos,
¿alguien me podría orientar sobre que fichero hay que enviar para comunicar los horarios de trabajo y el calendario de los trabajadores en ERTE y el procedimiento para como enviarlo?
gracias de antemano al alma caritativa que me conteste
Hola Rafa. No hay un formulario oficial, hay programas de nóminas que sí tienen alguna opción. Un saludo
Hola, se puede hacer a través del SEPE, en certificados hay una opción, yo lo hice así el otro dia.
Buenos días,
Me acaban de comunicar 3 empleadas con reducción de jornada desde su reincorporación del Erte en mayo que desde julio no cobran. Se han metido en sepe y les han dado de baja el 2/7.
Otros compañeros se les redujo la jornada en agosto y a esos si les enviamos periodos de actividad/inactividad. Mi pregunta es, ¿debería haber mandado en julio, agosto periodos de actividad de estas personas? Tenía entendido que si no se modificaban más las jornadas no era necesario comunicarlo por xlm.
¿Como arreglo la situación si ya ha pasado el plazo? No consigo que en el sepe me cojan el teléfono ni contesten por correo de su página. Ya mande periodos de actividad de otros empleados. Debería mandar de nuevo todos los meses En orden incluyendo a todos los trabajadores o solo de las de mayo? No sé si saben algún correo donde pueda gestionar el problema.
Millones de gracias.
Hola María. Si hubo una reincorporación al ERTE sí tendría que haberse notificado ese cambio. El tema es que enviarlo ahora puede generar confusión tal cual está el SEPE en estos momentos. Tendrías que contactar con ellos para que lo solucionen. Un saludo
Muchas gracias. El único problema que hay es que no consigo localizarlos por ningún medio. Y en las oficinas no me atienden.
Gracias de nuevo
Buenos días,
Si una empresa tiene ERTE ETOP de reducción de jornada y hasta el 01/10/20 no ha habido variaciones por lo que no se ha convertido en suspensión y no tenía obligación de presentar periodos de actividad.
¿Tengo que enviar los periodos de actividad de septiembre? Entiendo que al estar todavía de reducción no es necesario hasta octubre pero me entra la duda.
Gracias.
Hola Ana. Si ha habido variaciones en la jornada de los trabajadores habría que enviarlo. Un saludo
12:30
tengo una trabajadora que tenia antes del erte un horario de lunes y miercoles de 18.30 a 19.15 y los martes y jueves de 12.45 a 13.30 y de 18.30 a 19.15, es decir 4 horas y media semanales.
Se le saca del erte el dia 1-09-20 con reduccion de jornada, ,los martes y jueves de 17.30 a 18.15 y de 18.30 a 19.15, es decir 3 horas semanales.
Como tengo que informar al sepe el fichero XML ??
En ERTES anteriores al 27/06 pero que realizan una variación de jornada a 01/08 se debe presentar el excel morado con las modificaciones y de suspensión y luego comunicar periodos de actividad. Pero se debe presentar el excel naranja o solo con el morado vale…
Hola José. Solamente el morado, el naranja sería para la baja. Un saludo
Buenas,
Tengo un trabajador que estaba en ERTE total desde marzo. A partir de agosto se le ha sacado del ERTE con el 50 por cierto de su jornada, es decir, trabaja el 50 por ciento de su jornada habitual y mantiene en el ERTE el otro 50 por ciento de su jornada. Tras leer la guía del SEPE y ver el video publicado por los mismos no me queda claro como debería de proceder para comunicarle al SEPE que desde agosto este trabajador solo debe de percibir el 50 por ciento de la prestación por desempleo.
Espero su respuesta y aclarar este lio de excel.
Un saludo y muchas gracias de antemano.
Hola Manuel. Tendrías que enviar el excel morado y el fichero XML indicando los periodos de actividad a mes vencido, antes del día 20. Un saludo
Hola, he enviado los periodos de actividad de septiembre sin utilizar el generador del sepe, sino mediante mi programa de nominas.El fichero se ha procesado correctamente y los codihos de actividad/ inactividad son cotrectos.Aunque la estructura no es exacta.Por ejemplo el generador desglosa dia a dia y el fichero que he enviado agrupa dias por codigos.¿ puedo tener algún problema?.La respuesta recibida es que se ha procesado el ficheo correctamente.Gracias
Hola Sonia. Si se ha procesado correctamente, se entiende que el programa de nóminas ha diseñado un modelo compatible, si no quizá te hubiese dado error. No obstante, estad pendiente por si acaso. Un saludo
Hola buenas tardes,
¿Es posible el envió de ficheros de inactividad individualizado por trabajador? es decir ¿puedo mandar primero uno con los datos de un trabajador, y posteriormente otro con los datos del otro trabajador?. O ¿necesariamente tienen que estar todos los datos de todos los trabajadores en un único fichero? He tenido la casuística y ambos ficheros me han salido procesados, entiendo que seria correcto.
Muchas gracias
Buenos días,
Mi empresa está en un ERTE por fuerza mayor PARCIAL y cuando se han ido desafectando a los trabajadores del ERTE he enviado al SEPE la solicitud de baja de Prestación (naranja) para que dejaran de pagarles la prestación. Según como van las cosas, lo mismo tenemos que afectar de nuevo a algunos trabajadores ya desafectados al ERTE (que todavía sigue en vigor porque todavía tenemos un trabajador en ERTE). Se podría volver a afectar a esos trabajadores al ERTE? y como habría que comunicarselo al SEPE? sería con el fichero de periodos de actividad o habría que enviar de nuevo el formulario morado? Gracias
Hola Sonia. Habría que ver si además de al SEPE se comunicó a la autoridad laboral. Si se comunicó, tendríais que solicitarlo ante ellos y posteriormente realizar todos los trámites del ERTE. ¿Se presentó el fin del ERTE para todos los trabajadores hace mucho tiempo? Un saludo
Hola Angela,
Según iba desafectando trabajadores del ERTE en el SEPE, también lo comunicaba a la Autoridad Laboral. El último trabajador que comuniqué fue el 10/08/20 y el primero fue el 26/04/20. El ERTE todavía permanece abierto porque todavía tenemos un trabajador que no podemos desafectar. ¿Cómo tendría que actuar entonces si tuviera que afectar de nuevo a algún trabajador?
Muchas gracias y un saludo.
Hola Sonia. En principio mediante el excel morado y fichero XML. No obstante, habría que estar pendiente de las indicaciones que dé el SEPE a raíz del RD Ley. Un saludo
Hola Paloma,
He estado en un ERTE desde el 2 de Julio hasta el 15 de septiembre.
El 4 de Agosto cobre el mes de Julio sin ningún problema.
Pero el mes de Agosto aún no lo he cobrado a día 17 de Septiembre.
Mi pregunta es… es normal que Septiembre se retrase tanto por algún motivo.
Hola Juan. Es posible, porque se cambiaron los trámites y está habiendo retrasos y errores. Un saludo
Buenas tardes,
No acabo de entender lo del código 05 del descanso semanal para los periodos de actividad. Utilizando el asistente de la web del SEPE para el cálculo de los días de actividad equivalente, nos dice la ayuda de dicho asistente que en los fines de semana hay que poner D. Pero al generar el fichero XML, veo que esos días me los informa con el 03 como si estuviera en situación de actividad y no con el 05. Asimismo, el fichero ya sale con el coeficiente del 1,25, sin posibilidad de que en el Excel del asistente esto se modifique.
Si quiero editar el fichero XML para cambiar el 03 por el 05 en los días de descanso semanal, ¿Cambiaría algo en el abono de la prestación? Lo que me extraña de todo esto es la coletilla de que el 05 es para informar de días de descanso con abono de la prestación, pues realmente el coeficiente 1,25 se aplica sobre el total de los días informados con el código 01 y no veo en qué puede influir informar los días de descanso con el 03 o el 05.
Muchas gracias.
Buenos días,
Mi empresa está en un ERTE por fuerza mayor PARCIAL y cuando se han ido desafectando a los trabajadores del ERTE he enviado al SEPE la solicitud de baja de Prestación (naranja) para que dejaran de pagarles la prestación. Según como van las cosas, lo mismo tenemos que afectar de nuevo a algunos trabajadores ya desafectados al ERTE (que todavía sigue en vigor porque todavía tenemos un trabajador en ERTE). Se podría volver a afectar a esos trabajadores al ERTE? y como habría que comunicarselo al SEPE? sería con el fichero de periodos de actividad?
Hola Sonia. Excel morado y fichero xml de periodos de actividad a mes vencido. Un saludo
Buenos días,
Somos una microempresa, que tenemos un único trabajador en ERTE por el Covid 19 desde el principio. Se envío del Excel naranja y las variaciones en la TGSS y en aviso a la autoridad laboral, con esos es suficiente? No se necesitamos realizar ninguna notificación del calendario previas, ya que no se exigía anteriormente y los pagos se realizaron correctamente en fecha.
Por favor, me pueden indicar si falta algún paso más?. En trabajador en las bases del SEPE todavía aparece como contrato en suspensión.
Gracias
Hola Elena, por lo que comentas sí, habéis enviado todo. El tema es que con los ficheros XML, al enviarse a mes vencido, están tardando en hacer los ajustes reales. No obstante, estad pendientes por si acaso. Un saludo
Buenos días, todos los trabajadores de mi empresa están en un ERTE de reducción de jornada, y me ha surgido una duda a la hora de comunicar los periodos de actividad DAE, concretamente en el caso de una trabajadora que ha causado baja por IT desde el 21 /09 al 28/9 Hemos acumulado las horas trabajadas por esta persona y salen un total de 17 días en el mes. Como debería comunicar los DAE en este caso?
Hola Marta. El total de días que te da, deberías dividirlo entre el número de horas de la jornada normal de la trabajadora (sin reducción). Y el número que salga sería el DAE. Tendrías que marcar esa cantidad de días resultante en el XML. Un saludo
Buenos días,
Tengo un par de dudas.
1- Veo que no se puede mandar un archivo xml otra vez si hay errores, pero mandé uno hace poco por segunda vez y me vino respuesta como que estaba bien. Entonces, ese OK que me dió el Sepe era sólo para decirme que lo habían recibido, pero si ven que tienen dos archivos no van a aplicar nada?
2- El día 30 finaliza nuestro Erte. No hay que aplicar los 15 días de preaviso, cierto? El único trámite que hay que hacer con el Sepe es mandar los períodos de actividad del mes y ya se entiende que a partir del 1 de octubre todos volvemos a la normalidad?
Muchas gracias por todo, sois de gran ayuda.
Hola Sonia. Todavía no han indicado cómo se va a proceder el 30 de septiembre, en esta semana que queda de mes aún pueden sorprendernos. Tal cual están las cosas, yo enviaría excel naranja e informaría a la autoridad laboral en esa fecha. Aunque, te recomendaría esperar, porque puede haber cambios pronto. Sobre los XML, sí que lo aplicarán, aunque probablemente sea el primero el que usen, está habiendo mucho lío con este tema y las prestaciones. Un saludo
Hola, una pregunta muy sencilla, estoy de erte desde el 19 de marzo para cobrar la nómina de agosto por parte del sepe cuando tenia que haber enviado mi empresa el famoso archivo de datos? Porque estamos a 11 y aún no hemos cobrado cuando hasta ahora lo hacíamos sobre el 3, o 4 de cada mes
Hola Felix. Aunque lo haya enviado, eso no evita que haya errores, está habiendo muchos. Un saludo
Buenas tardes: La empresa está en ERTE ETOP desde el 26 de julio después de ERTE FM, en agosto he comunicado a los trabajadores que se han reincorporado los periodos de actividad, los demás trabajadores que siguen en suspensión ¿tengo que enviar periodos de inactividad ?
Hola Francisco. Habría que enviar los periodos de actividad e inactividad. Un saludo
Buenas noches, estoy en ERTE total desde el 25 de Marzo y ahora voy a conseguir un trabajo de tes horas semanales en una empresa de administración de fincas, como se lo tengo que notificar al SEPE, documento, página, etc.
Gracias
Hola, quisiera lanzar una pregunta sobre la prestacion erte, yo julio y agosto no me lo han pagado, a casi todo el mundo por el cambio de gestion apartir de julio de los erees que van a mes vencido, o sea julio se comunica en agosto y se cobra en septiembre, hoy he mirado en la pagina del sepe y han actualizado nominas y me pone que julio lo cobro del 10 al 15 pero no pone el mes, si este , he descargado la nomina del sepe y ponia despues a cobrar 10/ 2020 o sea octubre, entonces no es a mes vencido es a dos meses vencido, mire la nomina el ultimo dia de agosto y no estaba, no se cuando cierran nominas, pero mi nomina la actualizaron hoy dia 9 . Cobrare del 10 al 15 de este mes? Gracias
Hola José. Debería ser así, pero tal cual está la situación en el SEPE, no sabría qué decirte. Un saludo
Buenas tardes!!
Me gustaría hacerle una consulta.
Mi empresa nos comunicó el ERTE por Covid desde el 23/03 hasta el 22/07 a un 100%. A partir de la fecha en cuestión hasta el día 6/09 hemos estado desafectados a un 75%, es decir el SEPE nos seguiría pagando este periodo a un 25%. Ahí va mi pregunta… es normal que en la página del SEPE salgamos de baja cuando a efectos reales nunca hemos salido del ERTE???
PD: a partir del 07/09 vuelta al ERTE al 100%.
Gracias
Hola Amaury, está habiendo muchos errores en el SEPE, especialmente cuando hay variaciones de jornada. Coméntaselo a tu empresa para que contacten con ellos a ver si te lo pueden solucionar. Un saludo
teniendo en cuenta las comunicaciones a realizar al sepe por ertes desde el 27.06.2020, entiendo que hay que hacer las comunciaciones de los cambios a partir de julio , cierto?????
Hola Miri. A partir del 15 de julio hay que hacerlo según las nuevas instrucciones, anteriormente también había que notificar los cambios. Un saludo
Buenos días, tengo una empresa que tienen ertes parciales, y hay algunos trabajadores que no han cobrado el mes de julio por el SEPE, están en reducción de jornada, mandamos el fichero de actividad, y el fichero de alta con la fecha del 1º día del mes, hay que mandar algo más??? les aparece como ingreso indebido en el recibo de julio, pero siguen en erte, si hubiese que mandar el certificado de empresa entiendo que es desde que están en erte??el sepe no me coge el telefono, es imposible, conocéis algún canal de comunicación con ellos???
Hola Paloma. Si lo habéis comunicado, puede tratarse de un error. Está habiendo bastantes con los cambios de % de jornada. Te escribo por privado. Un saludo
Buenos días:
resulta que según la empresa estamos de erte hasta el 30/09, pero una vez he entrado en la pagina vemos que todos los trabajadores se nos termino el erte el 30/07. y claro agosto no lo hemos cobrado. Que tendríamos que hacer ahora, se supone que la empresa no ha mandado la documentación necesitaría, mi pregunta es ¿¿esta la empresa obligada a pagar a los trabajadores?
gracias
Hola Sandra. Deberías hablarlo con tu empresa para que reclamen ante el SEPE, no tiene por qué ser una irregularidad de la empresa, está habiendo muchos errores en la web del SEPE. Coméntalo con ellos para que envíen una nueva comunicación al SEPE. Un saludo
Hola en mi empresa tenemos un ERTE por fuerza mayor desde marzo, los trabajadores se han ido reincorporando al trabajo mayoritariamente a lo largo del mes de junio y alguno en julio. Se han hecho las comunicaciones al SEPE los documentos de solicitud colectiva de prestaciones primero y los excel naranja de baja de prestación después.
No se ha hecho la comunicación previa ni de inicio de erte ni de las incorporaciones de los trabajadores. Seria bueno hacerlo ahora aunque sea fuera de plazo. Se puede realizar ??? Deberíamos hacer primero el alta en las fechas correspondientes y después las bajas ???
Muchas gracias.
Hola Montse. Quizá esas comunicaciones ahora puedan generar confusión, dado que los trabajadores se han reincorporado. Un saludo
Buenos días, gracias por la ayuda que dais. A ver si me podéis ayudar porque el sepe no me coge el teléfono. Tengo trabajadores que no ha cobrado este mes el sepe, resulta que la comunicación de procedimiento de ere pusimos fecha 30 de julio , pensando que se prorrogaria automaricamente, puede ser ese el error???hemos ma dado el fichero de actividad pero aparecen los datos en blanco. Hay que marcar algo en el fichero de actividad???Que desesperación…también hemos mandado para los parciales como el % de reducción de jornada y el periodo . Si me pueden ayudar gracias
Hola Paloma. ¿Qué tipo de ERTE habéis hecho? Si era un ERTE ETOP, finaliza en la fecha que se haya indicado. A no ser que se solicite ampliación ante la Autoridad Laboral o un nuevo ERTE. En el fichero de actividad tenéis que marcar las diferentes situaciones en las que haya estado el trabajador a lo largo del mes, se envía a mes vencido, si es suspensión todo el mes, se indicaría periodo de inactividad. Espero que sea de ayuda. Un saludo
Buenos días, os quería realizar un par de consultas: La primera es saber si para desafectar a la última trabajadora debo enviar al SEPE algún otro archivo además del fichero naranja de bajas: La segunda consulta es si debo realizar alguna comunicación al SEPE o a la Autoridad laboral de un trabajador que estaba desafectado parcialmente hasta 31/08 y ha vuelto al ERTE a partir de hoy 01/09?. En el archivo morado ya había comunicado la finalización del período el 31/08. Muchas gracias.
Hola Juan. Respecto a la última trabajadora que se incorpora a trabajar, se puede comunicar la desafectación a través del Excel naranja o usando el XML, se permiten ambas. Si la situación que dio origen al ERTE ya no existe, tendrías que plantear a la empresa la comunicación del fin del ERTE ante el SEPE, a no ser que no lo tengan muy claro y puedan volver a afectar a alguno de la plantilla en corto plazo.
Para el trabajador que vuelve al ERTE, además del archivo morado, habrá que enviar el XML del periodo de actividad de agosto. Y respecto a Seguridad Social, te dejo un enlace donde puedes ver las diferentes claves para las exenciones en los seguros sociales. Un saludo
Hola, Por primera vez he comunicado periodos de actividad y me han contestado ‘respuesta a su envío de Comunicación Unica – adjuntamos fichero de respuesta’ y me envían lo que yo les he dicho.
Yo esperaba un acuse de recibo. Entiendo que lo es, pero además me lo reenvían para que compruebe si está bien, no? o tengo que hacer alguna otra cosa ?
Dos dudas más:
– Empezó la actividad el día 13 pero del 1 al 12 no dije nada. Había que poner algo?
– Hay que enviar Certificado de Empresa con los periodos trabajados o alguna otra cosa? Me parece que lo he visto por algún sitio pero no lo encuentro.
Muchas gracias
Hola Carmen. La empresa está obligada a enviar el calendario con los periodos de los trabajadores en ERTE y certificado de empresa. Sobre el periodo de inactividad, habría que marcarlo. Un saludo
Hola, buenas tardes.
Me consta que el plazo para comunicar periodos de actividad e inactividad es del 1 al 20 del siguiente mes, pero,
¿cuál es el plazo máximo para comunicar los periodos de inactividad dentro del mismo mes para que el empleado cobre al mes siguiente si se sabe con certeza que no va a tener actividad alguna?
Muchísimas gracias.
Hola Elena. Hace unos días el SEPE comunicó que se puede enviar el fichero antes de que finalice el mes voluntariamente. Si ya está clara esta circunstancia, podrías enviarlo antes de que termine. Un saludo
Buenos días,
Si un trabajador cambia de cuenta bancaria, cómo debo notificarlo al Sepe para que pueda seguir cobrando el erte en la nueva cuenta?
Muchas gracias
Buenos días,
En mi caso tengo un ERTE de reducción al 50% desde el mes de Abril. He venido cobrando dicho ERTE sin problemas el día 3 de cada mes.
En el mes de Agosto, siendo hoy día 17, aun no he cobrado nada. Me meto en la página del SEPE y veo que mi situación actual para el SEPE figura como BAJA y no como ALTA, dicho periodo me figura hasta el 30/06.
Me dicen desde RRHH que debido al tema de los Partes de Actividad han tenido que modificar la forma en que lo envían y que hasta Septiembre no se cobraría. Y que, aunque figure como BAJA, eso va reflejado en dichos Partes de Actividad (ésta es la parte que menos entiendo, dado que algún otro conocido figura como ALTA, pero no termino de entenderlo bien).
Mi pregunta es ¿esto es realmente así? ¿hay alguien más en ésta misma situación o similar? Por parte de RRHH, ¿pueden hacer algo más para que podamos cobrarlo en el mes corriente? ¿el tema de que figure como BAJA en el SEPE es realmente por qué se gestiona con los Partes de Actividad?
Muchas gracias de antemano,
Reciban un cordial saludo.
Hola Alberto. Como han modificado recientemente los trámites, esto realmente perjudica al trabajador, porque hasta que se hace efectiva la comunicación pasa un mes, ya que se comunica a mes vencido el cambio. Es bastante probable que se deba a esto. Ánimo!
Buenos días,
Tres cuestiones:
1- Si una empresa ha incorporado a un trabajador del ERTE en MAYO con reduccion de jornada y se comunico todo en su dia mediente las hojas excel. Hay que comunicar periodos de actividad para este trabajador si sigue todos igual en el porcetanje de horas?
2- Si una empresa tiene una sola trabajadora en ERTE TOTAL FM desde marzo y todavía sigue en el ERTE total. Hay que comunicar periodos de actividad?
3- Que diferencia hay entre la clave 063 y la 064. Porque las cartas de renuncia presentadas por mis empresas ante la autoridad laboral renunciaban de manera expresa al ERTE y a todos sus beneficios en materia de cotización. Por lo que entiendo que son las dos claves. Mis empresas ya no van a aplicar bonificaciones en Julio pero tampoco van a volver al ERTE.
Muchas gracias, Un saludo.
Hola Miriam. Hay que comunicar los periodos de actividad/inactividad siempre que haya variaciones, y en el caso de que ya se hayan comunicado algún mes, también habrá que hacerlo obligatoriamente los meses siguientes, aunque no haya cambios. En cuanto a las claves, sería la renuncia al ERTE 063 y quitar las claves de las exenciones. La declaración 064 es para las empresas que renuncian a la exención porque van a hacer reparto de beneficios y similar. Un saludo
Necesito enviar comunicado de actividad laboral para parar el Erte,como lo hago??gracias
Hola Miriam. ¿Te refieres a renunciar al ERTE? Deberías comunicar la renuncia ante la autoridad laboral, remitir al SEPE el Excel naranja y en TGSS hacer declaración responsable 063 para renunciar al ERTE. Un saludo
Buenas tardes;
Por favor, me pueden ayudar con estas dos dudas?
1.Si he hecho cambios en las jornadas de los empleados que están en un erte parcial el 13.07, estos cambios cuando se comunican a Certifica: del 1 al 20 de julio o del 1 al 20 de agosto. Que pasa si se comunican antes del 1 del mes siguiente?
2. Si tenía empleados en erte parcial antes del 27.06 debo comunicar a Certific@ los periodos de actividad de julio aunque no se hayan producido cambios en sus jornadas?
Muchas gracias
Un saludo
Hola Berta. Los cambios de julio se deberían comunicar antes del 20 de agosto. No obstante, el SEPE acaba de publicar un cambio de criterio obligando a que se comuniquen antes de que acabe el mes. Por ejemplo, los cambios de agosto, se deberían comunicar ahora antes de que acabe agosto.
En cuanto a los ERTES que no haya cambios, tendrías que hacer la comunicación cuando haya cambios. A no ser que ya hayas enviado periodos de actividad, entonces tendrías que seguir haciéndolo todos los meses. Un saludo
Hola, si tengo un trabajador en ERTE FM 059 el cual está en suspensión los días 1, 2 y 3 de Julio, es rescatado el día 4 de Julio a su jornada habitual (5 horas/semana) hasta el día 28 de Julio, pero a partir del 29 de Julio vuelve al ERTE en suspensión.
He probado con el generador XML nuevo del SEPE marcando:
1, 2 y 3 de JULIO = X Inactividad suspensión
Sábado 04/07, Viernes 10/07, Sábado 18/07 y Viernres 24/07 = trabajado 5,00 horas
29, 30 y 31 de JULIO = X Inactividad suspensión
Al generarlo en lugar de 6 días de suspensión me marca 7 (creo que hace 3 x 1,25 días + 3 días y redondea a 7).
Mis dudas son:
– Las D de descanso semanal, ¿las tengo que marcas en los períodos de trabajo?
– ¿Porqué teniendo dos períodos de inactividad inferior a 3 días el XML solo en uno de los dos me lo multiplica por 1,25 (3,75 + 3 días = 6,75 redondea a 7 días)?
– ¿En este caso cómo distribuyo los días de trabajo dentro del XML?
Hola, por las pruebas que he hecho en el formulario y según el código que ejecuta:
If numhoras 0 Then
numdias = numhoras / Cells(i, 3).Value
numdias = Application.WorksheetFunction.Round(numdias, 0)
Else
numdias = 0
End If
Si en las líneas blancas (no azules), indicas «X», te cuenta días no trabajados de prestación, y hasta aquí se entiende. En el momento que indicas días con reducción de jornada (por ejemplo: 2 horas en 4 días, el programa suma 2+2+2+2 = 8 que luego divide entre 8 y da = 1 . Dicho día (1) lo añade al total de días no trabajados. Es decir, el famoso DAE, en realidad lo está calculando así:
DAE = (Sumatorio Horas no trabajadas) / (Horas de jornada laboral antes del ERTE)
Lo cuál me despierta mucha duda en por qué insiste el SEPE en decir que el DAE es «Horas trabajadas», cuándo en el fichero Excel no se indican…..
Espero haberte ayudado, al menos de cómo funciona el programa.
Buenas tardes;
Tenemos dos dudas:
1.Si he hecho cambios en las jornadas de los empleados que están en un erte parcial el 13.07, estos cambios cuando se comunican a Certifica: del 1 al 20 de julio o del 1 al 20 de agosto. Que pasa si se comunican antes del 1 del mes siguiente?
2. Si tenía empleados en erte parcial antes del 27.06 debo comunicar a Certific@ los periodos de actividad de julio aunque no se hayan producido cambios en sus jornadas?
Nos podéis ayudar???
Muchas gracias
Un saludo
Hola, entiendo que la comunicación de actividad al SEPE es para los ERTES que se inicien a partir del 27-6-2020? o los iniciados antes también tenemos que presentarlo? Gracias
Hola Irene. Si tienes un ERTE anterior al 27/06 y hay alguna variación en las medidas, también tendrías que comunicarlo. Si las variaciones comunicadas fueron anteriores a esa fecha no es necesario, para las posteriores sí. Un saludo
Nuestra empresa hizo modificaciones de porcentaje de jornada con fecha 26/6 y se comunicaron los porcentajes de jornada vía registro electrónico con los excels. Si durante el mes de julio no hubo variación de porcentaje, entonces entiendo que no hay que mandar períodos de actividad, cierto?
Hola Sonia. Solamente cuando haya variaciones. Un saludo
Muchas gracias por la respuesta!
Tengo una duda, si no tenía que mandar nada porque estuvimos con el mismo porcentaje de reducción: ¿qué ocurre con el coeficiente 1.25 que hay que calcular y aplicar para mandar los períodos de actividad y que el sepe calcule la prestación?
Si estuvimos al 60% de reducción todo el mes, el coeficiente ya lo calculó el Sepe directamente?
Muchas gracias de nuevo!
Hola Sonia. El SEPE lo que hará será aplicar lo que se haya comunicado por parte de la empresa sobre los periodos de actividad de ese mes. Un saludo
Si una empresa tiene un trabajador con reducción de jornada desde mayo, sin cambios (no se han enviado periodos de actividad) se envió excel morado con parcialidad. si en agosto el trabajador va a disfrutar de 15 días de vacaciones, hay que comenzar a enviar periodos de actividad o como no cambia la parcialidad no habría que comenzar a enviarlos.
Si hubiese que enviarlo, se envía de la forma antigua (ya que el sepe tiene el excel orado de parcialidad) o se tiene que enviar con el método nuevo pasando días completos y enviando el nuevo excel morado sin parcialidad y desde el día de agosto?
Si fuese así como se calculan los días completos con vacaciones?
gracias.
Buenos días, Ana. Las nuevas modificaciones que se produzcan se deben realizar ya según las instrucciones de la guía. Un saludo
Buenas
si el ERTE ETOP se comunicó al inicio que su fin era el 31 de julio y ya hemos enviado los periodos de inactividad (archivo xml) del mes de julio, ¿hay que enviar también el excel naranja? y se ser así ¿que fecha habría que poner en fecha fin?
muchas gracias y un saludo
Hola Juani. Según la guía del SEPE existen 2 posibilidades para comunicar la baja: a través de fichero XML o Excel naranja. En cuanto la renuncia al ERTE, es obligatorio comunicarla también a la Autoridad Laboral y mecanizarla en TGSS. Un saludo
Hola estoy en erte desde marzo en qué fecha tiene que mandar la gestoría el periodo de inactividad? en el mismo mes o al mes siguiente gracias
Hola Antonio. Hasta esta semana, el SEPE indicaba que a mes vencido, a partir de finales de agosto tendrá que hacerlo antes de que finalice el mes. Un saludo
Hola Ángela,
La verdad es que con tanto cambio de criterio nos están volviendo locos… Mi duda es el tema de la comunicación previa. Puede ser un correo a la Dirección Provincial del Sepe? O bien a los correos de la Inspecciones Provinciales? Y el cambio de un trabajador afectado al 100% que pasa a una afección de Erte del 31,25% . ( A fecha 13 / 07) Periodos de Actividad pero cómo computan los fines de semana? Gracias
Se refiere a cuando haces la comunicacion a la SEg Social.
Lo mejor de esto es que a nosotros nos esta llegando del sepe que no lo hemos tramitado conforme a la nueva guía cuando el trámite al que se refieren lo tramitamos 3 semanas antes de que se publicara la nueva guía.
Todavía no tenemos bola de cristal para saber que van a cambiar los procedimientos y aun con ello nos exigen que lo volvamos a enviar.
Entiendo que aquellos movimientos posteriores a la fecha sea así pero los anteriores NO DEBERÍAN OBLIGARNOS.
Sabéis cómo hay que cumplimentar en la aplicación del Sepe los periodos de actividad el apartado intervalos de actividad es donde deben ponerse los días pero al generar el fichero da muchos problemas con las fechas.
Gracias
Hola Marta. Se supone que van a colgar en la web del SEPE un generador de XML para los periodos de actividad del ERTE, quizá puedes probar con ese. Un saludo.
Buenas noches,
¿Qué plazo hay para enviar los periodos de actividad? ¿Qué ocurre si se envian fuera de plazo? Si un trabajador en erte total FM desde marzo pasa a erte parcial en junio ( trabajando todos los dias de la semana pero menos horas de las que realizaba cuando estaba de alta) ,¿cómo debe informarse los periodos de actividad?
Hola Raquel. Los periodos de actividad se envían a mes vencido, hasta el día 20. Para variaciones de jornada se debería calcular los días de actividad equivalente DAE, dividiendo la suma de horas realizadas en el mes entre el número de horas de su jornada antes del ERTE. Un saludo
Buenas tardes:
Por favor podrían indicarnos exactamente a que apartado hay que ir, para poder remitir la empresa con carácter previo, las modificaciones en el calendario y horario de trabajo (Artículo 298, TRLGSS y OM ESS 982/2013), pues el hipervínculo de la guía del sepe, no me lleva al punto concreto
Esa es la pregunta del millon. Ni ellos mismo lo saben. Llamé a un tlfno d información sociolaboral del Ministerio y me dijeron q como no aparecia en la norma explicado que mandasemos un escrito con los cambios a través de la Red Sara remitiendo a la Inspeccion de Trabajo d la ciudad correspondiente xa asi dejar constancia de ello. En fin como de costumbre una inseguridad y desinformacion total.
Buenas tardes , tienes que ir a certificat@2 del Sepe y entrar a : » Transmisión previa de datos sobre despidos colectivos, suspensión de la relación laboral y reducción de jornada, prevista en la Orden ESS/982/2013.» . Yo estoy remitiendo los movimientos previos sin ningún problema.
¿Cuál es el procedimiento para la comunicación previa al SEPE de las variaciones en los ERTE? En certific@2 me pierdo, no sé cómo utilizar la herramienta, tal vez no lo esté haciendo correctamente. Antes de la publicación del RDL 24/2020 lo hacía a través del excel naranja y el morado de solicitud colectiva, pero tras la publicación de la guía del SEPE parece claro que debe hacerse a través de Certific@2, y estoy completamente bloqueada.
Buenas , Ángela.
El código 01, es para los fijos discontinuos . Para los días no trabajados que no sean fijos discontinuos hay poner una X . ¿ entendéis lo mismo?
Buenas tardes
Como comunico al SEPE que un trabajador sigue en suspensión hasta el 21/07 y del 22:07 reduce coeficiente porque es subrogado parcialmente y el 31/07 finaliza el ERTE la empresa porque se incorporan a la actividad o finalizan fijos-discontinuos .
Gracias y un saludo
Buenos días Angela,
Si a finales de junio y principio de julio comuniqué variaciones en varios ertes (con efectos el 1 y 3 de julio), entiendes que debo volver a comunicarlo según las nuevas instrucciones de esta guía? No lo tengo muy claro…
Gracias por vuestra labor
Hola Isabel. Si ya se han comunicado las variaciones no habría que comunicar hasta nuevas variaciones según la guía. Un saludo
Como empresa, si ya hemos comunicado por la forma anterior, los trabajadores que se han incorporado a la empresa de formal parcial, Excel naranja y nuevo Excel morado con reduccion. Tenemos que volver a enviarlo de la forma que indican ahora? Excel a fecha 1 de julio, independientemente de la fecha de reincorporación de julio y en agosto XML de actividad y «previo » ,que es imposible ,porque ahora es cuando aclaran la situación XML a ITSS?
Hola Maite. Según la guía si se hizo comunicación anterior de los cambios, si hay nuevas variaciones se haría ya según las nuevas instrucciones para ERTES anteriores al 27 de junio. Un saludo
Hola , yo cobré a primeros de julio todo lo atrasado : abril, mayo y junio y me ponia que ahora en agosto cobraría julio pero el dia 15 de julio miré la pagina del sepe y ahora pone que estoy de baja y me ponen que en agosto cobraría otra vez el JUNIO y mas abajo pone cobros indebidos lo restan y queda liquido a cero. es que el julio no lo pagaran hasta septiembre o esque a finales de mes se actualiza gracias
Desde marzo no e cobrado el dicho erte esperando cada fin de mes a ver si me ingresa .e contactado con empresas gestor un montón de correos con el sepe y nada todos con la misma respuesta..porfavor hay que esperar .es vergonzoso después de tantos años cotizando al estado y te dejan tirado como una basura
Hola esto es crítico, hacemos familias como la mía que desde el 16 de marzo que la empresa presentó al sepe la situacion y todos han cobrado menos yo. Ya e mandado cartas y mi jefa a reclamado también que tengo que hacer o donde ir para ver cual es el error no puede ser que desde marzo hasta la fecha no aya tenido ningún ingreso después de estar desde hace 15 anos en la misma empresa y sin un dia de baja. Tengo dos niños pequeños y soy madre soltera con una hipoteca. Si no fuera por amistades y el comedor de mis ninos no se que podía haber hecho. Es una lastima que después de cotizar tanto nos pase esto.
Estuve en erte en mi empresa desde 25 marzo y solamente cobre 6 dias de erte ni abril ni 11 dias de mallo trabaje en otra empresa dias salteados cobraré del erte en algún momento?
Estoy desde el 23 de marzo sin cobrar…
Encima que es un préstamo y me quitan vacaciones, encima no me pagan ni me dicen si lo harán.
Ésto es impotencia total
Desde marzo no e cobrado el dicho erte esperando cada fin de mes a ver si me ingresa .e contactado con empresas gestor un montón de correos con el sepe y nada todos con la misma respuesta..porfavor hay que esperar .es vergonzoso después de tantos años cotizando al estado y te dejan tirado como una basura.
Sigo sin cobrar Erte desde Marzo, la empresa a reclamado varias veces y yo mas de lo mismo, de 5 trabajadores solo 2 han cobrado.. Que hacemos???
Hola buenas tardes, si estoy en el ERTE y me han operado , donde tengo que entregar el parte de baja, a la empresa o al SEPE. Gracias
Hola Vicente. Dirígete a tu empresa para que realice todos los trámites, porque tu relación laboral aunque está suspendida, no está finalizada. Es la empresa la que debe realizarlas. Un saludo
Mi empresa nos envió a todos al erte el mes de marzo y estuvimos 1 mes y poco más cobrando el erte luego nos despidieron a todos el mes de abril, cobre prestaciones mayo y junio y el mes de abril no me llego paro, sin embargo tengo paro asta el mes de septiembre, no se que a pasado porque no me ingresaron??
Estoy en ERTE desde mes de marzo con prórroga hasta mes de octubre pero en la pagina de SEPE figuro que desde mes de marzo figuro como dada de baja peto la empresa no me despideron.
quería saber si tengo algún derecho de prestacion por erte llevo desde marzo sin saber nada
Hola Teresa. Somos una empresa privada, no somos el SEPE, para realizar esta consulta deberías contactar con ellos. Muchas gracias
Si no hice por xml la solicitud colectiva y ahora tengo que hacer variaciones, tengo que hacerla ahora fuera de plazo?
Hola Marivic. En el momento que tengas que realizar nuevas comunicaciones de variaciones ya sería por el nuevo sistema. Un saludo
Porque el sepe no reconoce alos hijos ni se ponen en contacto ni te puedes poner tu desde marzo casi todos sin reconocer hijos. Un saludo
Hola María. Aunque dijeron que se iba a reconocer de oficio, no ha sido así. Tendrás que contactar para que lo solucionen. Un saludo
Buenas tardes quisiera saber si me pueden poner media jornada, llevo 24 años fijo si me ponen media jornada y luego me despiden por objetivo de empresas mi liquidación sería media jornada? Gracias un saludo
Hola Vicente. Entendemos que la reducción de jornada es dentro de un ERTE, esas no son las condiciones de tu puesto de trabajo reales, es una reducción temporal, para la indemnización se tendría en cuenta toda tu antigüedad y condiciones normales. Un saludo
Hola, buenos días.mi pregunta es la siguiente:presente la solicitud de ayuda para mayores de 52 años,fue acepta en abril, pero aun no he cobrado,a donde puedo dirigirme para saber que pasa.gracias.
Tienes que llamar al sepe y te mandan x correo un formulario que debes rellenar y reenviar ,yo lo hice xq al principio tampoco me reconocieron a mi hijo
Hola buenas me an hecho un erte en junio el 22 y todavía no me sale reconocido es normal?
Hola David. Si es normal, está habiendo errores y retrasos. Un saludo
Hola porque no ponen los hijos a cargo ya que no mandan a nuestro correo el enlace para poder mandar lo documentos que fdltan
Aún no me han pagado mi erte de marzo ,abril y 10 días de mayo,y si está eceptado,cómo ponerme en contacto con ellos?
Como y donde hay que devolver lo que han pagado de más si no tienen los datos actualizados como se ponen en contacto
No he cobrado el erte desde el 14 de marzo. Porfin el sepe de Teruel. Me informa.Mi agradecimirnto, reconocimiento por su amabilidad y eficacia( soy de Barcelona) me indican q no voy a cobrar por una deuda contraída con ellos de 3000€. Por una capitalización. Mis felicitaciones al gobierno por dejarme sin cobrar cuatro meses. Y quitarme el 100% del 70% de mi salario. Es normal en un erte?
Hola buenos dias miralo bien porque eso es imposible… Solo sepuede embargar cada mes una parte de lo que supere eo sueldo minimo.
Todavía no se nada de mi prestacion llevo 2 meses esperando un respuesta y nada
Por favor cuando podrán ingresarme mi ayuda fui despedida en marzo por situación del covit 19 y estoy hace tres meces esperando el ingreso soy de régimen de empleada doméstica espero su contestación gracias
Hola Clara. Nosotros somos una empresa privada, no somos el SEPE, te recomendamos ponerte en contacto con ellos directamente. Un saludo
Hola ,el mes que biene agoto el paro, tengo 54años tengo derecho a una nueva prestación? Gracias!
Hola buenas tardes .todavía no me ha cobrado de erte. Me compañeros de trabajo lo han cobrado
Hola buenas llevo desde 14 de marzo y estamos a 17 de julio y sigo sin cobrar el ERTE que tengo que hacer
Hola Nilson. Te recomendamos contactar directamente con el SEPE, nosotros somos una entidad privada, este artículo es informativo, no tenemos nada que ver con el SEPE. Un saludo
Sigo sin cobrar Erte desde Marzo, la empresa a reclamado varias veces y yo mas de lo mismo, de 5 trabajadores solo 2 han cobrado.. Que hacemos???
Hola la empresa me echo ala calle el 5 de diciembre del 2019 y el 29 de junio del 2020 me tuvo que reacmitir por horden judicial y me mando al erte y la cemana siguiente sacó a tres compañeros del erte es normal eso a iendo una horden del juez que me reacmite enla empresa Con las mismas condiciones
En un ERTE ETOP desde el 1/5/2020 hasta el 31/07/2020. A fecha 31/07 ¿qué debemos hacer para finalizar el ERTE?
¿Enviar periodos de actividad? Desde el principio nunca los hemos enviado porque nuestros trabajadores han estado afectados desde el inicio todos los días con la misma jornada. ¿Aún así sería necesario enviar estos periodos para finalizar el ERTE?
Además, sería necesario la comunicación a la autoridad laboral y la comunicación de los calendarios a la inspección ¿es correcto?
¿algún otro trámite?
Respecto a las exoneraciones de la Seguridad Social, los ERTE ETOP nunca se han podido bonificar las cuotas, a partir del RD 24/2020 ¿podemos hacerlo? En nuestro caso finalizaría el 31/07, pero ¿podemos exonerar julio?
Buenas tardes, Carmen. Desde el 27 de junio a los ERTES ETOP les corresponde también exención si son anteriores a esa fecha o provienen de otro de fuerza mayor. Es imprescindible realizar declaración responsable por los días de junio. Te recomiendo leer nuestro artículo con las claves y exoneraciones.
En cuanto a los periodos de actividad, en la guía del SEPE no han hecho diferenciación entre tipo de ERTE, sólo entre suspensión o variación de datos. Para finalización, como corresponde baja de la prestación, se debería comunicar la baja por fichero XML o Excel de comunicación de baja. Un saludo
Hola buenas yo he estado en un ertes desde marzo hasta el 8 de junio que he empezado a trabajar en mi empresa peto ha día de hoy sigo sin cobrar el ertes quiero saber qué pasa porque no me pagan he echo un escrito mi empresa al SEPE yo les mandé un correo electrónico y no he recibido contestación por favor dígame algo,
Hola Mari Carmen. Sobre este tema habéis hecho lo que estamos recomendando. Nosotros somos una empresa privada, no somos el SEPE, si no con gusto te ayudaríamos. Te recomendamos solicitar una cita previa online con tu oficina de empleo para solucionarlo. Un saludo
Buenas tardes;entré en erte el día 27 de Junio, osea fué mi primer día de desempleado oficialmente. Cobraré mi prestación en el mes de Agosto? Gracias
Hola Francisco. Cobrarás mientras dure el ERTE. Un saludo
Hola buenas tardes no entiendo bien si el fichero de inactividad del mes de.julio se.envia en agosto por q si lo envías después del 25 del mes no cobras
Hola Patricia. Es un cambio en los trámites que tampoco entiendo muy bien, pero parece que van a poner a todos como si estuviesen en situación de suspensión y luego van realizando ajustes. Un saludo
Hola, en mi empresa estamos de Erte desde el 30 de marzo. Unos en Erte total cobrando el 70% y otros con reducción de jornada. En abril y mayo hemos cobrado todos bien , pero a fecha de hoy no hemos cobrado ninguno el mes de junio.
El SEPE dice q la empresa ha presentado la documentación el julio y la empresa dice q solo presentó el Erte el 30 de marzo de los trabajadores q entrabsn en Erte y nada más ningún mes.
Se puede saber cuándo vamos a cobrar el mes de junio ??
EN AGOSTO