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Las empresas están obligadas a dar formación contra la violencia sexual

Las empresas están obligadas a dar formación contra la violencia sexual

El 7 de octubre entró en vigor la Ley Orgánica 10/2022, que introduce una novedad importante: las empresas están obligadas a dar formación contra la violencia sexual a su plantilla.

En este artículo repasamos las principales novedades que trae esta norma y te contamos en qué consiste esta nueva obligación, que se suma a las ya existentes en materia de igualdad.

 

¿Qué novedades laborales introduce la Ley Orgánica 10/2022?

La Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual establece nuevos derechos y obligaciones, te los resumimos a continuación:

  • Se recogen nuevos derechos para las trabajadoras víctimas de violencia sexual, podrán solicitar:
    • Reducción de su jornada.
    • Re-ordenación de su tiempo de trabajo.
    • Adaptación de su puesto de trabajo y los apoyos que necesiten por razón de su discapacidad para la reincorporación.
    • Cambio del centro de trabajo.
    • Movilidad geográfica.
    • Suspensión de la relación laboral con reserva de su puesto de 6 meses. Esta suspensión podrá ser prorrogada hasta un máximo de 18 meses por un juez.
    • Extinguir el contrato laboral.
  • Las víctimas de violencia sexual tendrán derecho a acceder a la protección por desempleo. Si se trata de una autónoma que cesa su actividad por motivos de protección o asistencia social, podrá solicitar el cese temporal de actividad.
  • Las ausencias o faltas de puntualidad a causa de situaciones físicas o psicológicas que tengan su origen en violencia sexual estarán remuneradas y se considerarán justificadas cuando se establezca por los servicios de salud o servicios sociales. La trabajadora tendrá que comunicar las citadas ausencias a la empresa lo antes posible.
  • El contrato de interinidad para cubrir a víctimas de violencia sexual tendrá una bonificación del 100% para las cuotas a la Seguridad Social por contingencias comunes durante todo el periodo de suspensión. Si se trata de una movilidad geográfica o cambio de centro de trabajo, se podrá aplicar la bonificación hasta 6 meses.
  • Las autónomas TRADE víctimas de violencia de género o sexual podrá adaptar su horario y suspender su contrato por motivos relacionados con la violencia sexual.
  • La violencia sexual podrá ser causa de extinción del contrato.
  • El periodo de suspensión con reserva de puesto por violencia sexual se considerará como cotizado de cara a futuras prestaciones como incapacidad, jubilación, maternidad, desempleo, etc.
  • Las empresas deberán formar a su plantilla para la protección integral contra la violencia sexual.

 

Las empresas están obligadas a dar formación para la protección integral contra la violencia sexual

El artículo 12 de la Ley Orgánica 10/2022 fija las medidas para la prevención y sensibilización en el ámbito laboral frente a la comisión de delitos y conductas contra la libertad sexual e integridad moral en el trabajo, especialmente en lo relativo al acoso sexual y por razón de sexo.

El texto introduce una nueva obligación para las empresas, que se suma a la ya existente de establecer medidas para la prevención del acoso laboral sexual o por razones de género. La nueva norma indica que:

«Las empresas promoverán la sensibilización y ofrecerán formación para la protección integral contra las violencias sexuales a todo el personal a su servicio«.

Por tanto, desde el 7 de octubre de 2022 (fecha de entrada en vigor del texto), las empresas deberán ofrecer a toda su plantilla formación contra las violencias sexuales.

Así mismo, el citado artículo introduce la obligación de implantar procedimientos específicos para la prevención de estas conductas y un canal de denuncias para las víctimas, que deberá contemplar también los casos que se produzcan en el ámbito digital.

De igual forma, recuerda la obligación que introdujo la Ley Orgánica 3/2007, por la que todas las empresas deben establecer medidas para prevenir la violencia de género o por razón de sexo. Las empresas podrán incluir medidas para la prevención de la violencia sexual, difundir códigos de buenas prácticas, realizar campañas informativas o formar a su plantilla.

¿Qué te parecen estas medidas, crees que serán positivas? ¡Nos encantará leer tus comentarios!

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