Europa aprueba la Ley Rider para acabar con los falsos autónomos
Con el fin de mejorar las condiciones de las personas trabajadoras autónomas que prestan sus servicios a través de plataformas digitales se ha producido una importante novedad:
Europa aprueba la Ley Rider para acabar con los falsos autónomos.
Así plataformas como Glovo o Uber Eats tendrán que ofrecer condiciones laborales más justas a sus personas empleadas.
Tienes toda la información, a continuación:
¿Qué es un Rider?
Un rider es un término que se utiliza para referirse a las personas trabajadoras que prestan sus servicios como repartidores para empresas de entrega a domicilio a través de plataformas digitales.
Estas personas suelen ir en bicicleta o moto para transportar los pedidos desde el establecimiento hasta el cliente.
¿Qué supone la Ley Rider y cómo afecta a las empresas?
Como comentamos, el Parlamento Europeo ha aprobado en primera lectura la directiva para mejorar las condiciones de trabajo en plataformas digitales, conocida como Ley Rider.
La normativa establece que, en ciertas situaciones, se considerará que una persona tiene un trabajo regular en lugar de trabajar por su cuenta.
Esto sucederá cuando la empresa ejerza control y dirección sobre esa persona, como lo haría con cualquier persona empleada normal.
La Directiva de la UE tiene como fin que los países de la Unión Europea adopten esta regla para equilibrar el poder entre las plataformas digitales y las personas trabajadoras que las usan.
Por tanto, las personas trabajadoras podrán denunciar que están contratadas como falsos autónomos cuando en realidad tienen un vínculo laboral igual que el de una persona asalariada.
Y será la empresa quien deba probar que no tiene relación laboral con la persona trabajadora en lugar de que sea esa persona empleada la que tenga que demostrar lo contrario.
Las empresas más conocidas a las que puede afectar la Directiva son Uber Eats, Just Eat, Glovo o Deliveroo.
¿La ley europea supondrá cambios sobre la Ley Rider española?
En España encontramos la Ley 12/2021, de 28 de septiembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, para garantizar los derechos laborales de las personas dedicadas al reparto en el ámbito de plataformas digitales.
¿Podría suponer la Directiva Europea cambios en la Ley Rider española? Sí, actualmente la Ley Rider en España únicamente incluye a las personas trabajadoras de plataformas de reparto a domicilio.
Será necesario que incluya la presunción de laboralidad a todas las personas trabajadoras de plataformas que oferten este tipo de servicios.
Además, deberá incluir la obligatoriedad de efectuar una auditoría algorítmica cada 2 años y aumentar las obligaciones de transparencia.
¿Podrá un rider ser despedido por una decisión adoptada por un algoritmo?
No, existen nuevas normas sobre gestión algorítmica.
La futura normativa pretende asegurar que una persona que trabaja en plataformas digitales no pueda ser despedida simplemente por una decisión tomada por un algoritmo o un sistema automático.
Las plataformas deberán asegurarse de que haya supervisión humana en decisiones importantes que afecten directamente a las personas trabajadoras.
La Ley Rider impedirá el uso de datos biométricos
La Directiva introduce otra novedad: las plataformas tendrán prohibido tratar datos, como las creencias personales o los datos biométricos.
¿Cuándo tendrá España que incorporar las novedades en la Ley Rider?
El Consejo Europeo tiene que ratificar la Directiva y tras su ratificación, los Estados miembros van a tener dos años para incorporar a la legislación nacional las disposiciones que incluya la Directiva.
Estos dos años empezarán a contar una vez se publique la Ley en el Diario Oficial de la UE.
¿Conocías las novedades de la Ley Rider? No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!
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