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Ayuda de 4.500 euros para autónomos en la Comunidad de Madrid

Ayuda de 4.500 euros para autónomos en la Comunidad de Madrid

¡Nueva subvención para trabajadores y trabajadoras autónomas! Ayudas de 4.500 euros para autónomos en la Comunidad de Madrid.

Con el fin de ayudar a los autónomos a poner en marcha sus negocios, la Comunidad de Madrid ha aprobado esta nueva ayuda. Te contamos quiénes pueden solicitarla, a continuación:

 

Así son las ayudas de 4.500 euros para nuevos autónomos madrileños

La Comunidad de Madrid ha aprobado una inversión de 4 millones de euros para financiar durante este año 2023 el programa de ayudas a trabajadores que se constituyan por cuenta propia.

Esta ayuda, que tiene como fin cubrir el 80% de los gastos de inicio de actividad, consistirá en una subvención directa de hasta 4.580 euros para nuevos autónomos que inicien su actividad en la Comunidad de Madrid.

La subvención podrá solicitarse en cualquier período del año tanto para personas desempleadas que estén dadas de alta como autónomos.

También podrán solicitarla miembros de sociedades civiles, de comunidades de bienes y sociedades mercantiles, los socios trabajadores y socios de cooperativas o laborales.

Eso sí, la persona autónoma deberá presentar la solicitud en el plazo de tres meses a partir de la fecha de inicio de la actividad.

La solicitud tendrá que presentarse con posterioridad al inicio de su actividad como trabajador por cuenta propia, y tras haberse efectuado los gastos y realizado los pagos derivados de la puesta en marcha de dicha actividad.

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¿Cuál es el importe total de la ayuda para nuevos autónomos madrileños?

El importe de la ayuda para nuevos autónomos madrileños corresponderá al 80% de los gastos justificados, de conformidad con los costes subvencionables.

  • Los trabajadores por cuenta propia con carácter general podrán percibir una ayuda de hasta 2.500 euros.
  • Por su parte, jóvenes desempleados menores de 30 años, mujeres desempleadas, desempleados mayores de 45 años y parados de larga duración que haya estado inscritos en una oficina de empleo durante, al menos, doce de los anteriores dieciocho meses la subvención será de hasta 3.080 euros.
  • En este caso, también podrán acceder a la subvención de 3.080 euros mujeres víctimas de violencia de género, víctimas de terrorismo, y personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33%.

El importe de la ayuda podrá incrementarse en 1.500 euros más como máximo para atender a los gastos en inmovilizado material e inmaterial.

Por lo tanto, la cuantía máxima de la subvención podrá ser de hasta 4.000 euros para autónomos con carácter general.

Mientras que para los colectivos específicos, anteriormente mencionados, podrá ser de hasta 4.580 euros.

 

¿A qué gastos puede destinarse la ayuda de 4.500 euros para autónomos en Madrid?

Los gastos que podrán cubrirse con esta ayuda corresponderán a los trámites necesarios para poner en marcha la actividad de la persona autónoma:

  • Honorarios de notaría.
  • Asesoría y gestoría.
  • Cuotas de colegios profesionales.
  • Gastos necesario para la actividad (alta y consumos de suministros de agua, gas, electricidad o internet).
  • Registro de patentes y marcas.
  • Desarrollo de página web y otras aplicaciones de comercio electrónico necesarias para el ejercicio de la actividad.
  • Gastos derivados del cumplimiento de la normativa en materia de Protección de datos.
  • Gastos de investigación y desarrollo correspondientes al ejercicio presupuestario al que se imputa la subvención.
  • Gastos de publicidad y propaganda (a excepción de las relaciones públicas).
  • Primas de seguros de responsabilidad civil y de otros seguros necesarios para la actividad.
  • Gastos en inmovilizado material e inmaterial, no previstos en los apartados anteriores.

¡IMPORTANTE! No será considerado gasto subvencionable el IVA y aquellos otros gastos que puedan ser objeto de subvención, bonificación o exención por otros organismos o instituciones públicas o privadas.

 

¿Qué requisitos deben cumplir los autónomos madrileños para acceder a la ayuda de 4.500 euros?

Los autónomos deberán:

  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Realizar su actividad laboral en la Comunidad de Madrid.
  • Darse de alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional como ejerciente.
  • Estar en desempleo o situación legal de desempleo y figurar inscrito como demandante de empleo en las Oficinas de Empleo en la Comunidad en la fecha inmediatamente anterior al inicio de la actividad como autónomo (se considerará esa fecha como fecha de alta en el Impuesto de Actividades Económicas).
  • No haber realizado esa misma actividad en los seis meses anteriores a la fecha de alta como trabajador por cuenta propia.
  • Cumplir con el mantenimiento del alta en el correspondiente régimen de Seguridad Social o mutualidad del Colegio Profesional como ejerciente de la actividad, durante al menos dos años.

Además, para la justificación de los pagos de la ayuda se permitirán únicamente los pagos efectuados por transferencia y tarjeta bancaria.

 

¿Cómo solicitar la ayuda de 4.500 euros para los nuevos autónomos madrileños?

La solicitud de la ayuda puede realizarse vía online a través del Portal de Administración Digital de la Comunidad de Madrid.

Para ello, será necesario disponer de alguno de los siguientes medios electrónicos: Cl@ve, DNI electrónico o Certificado Digital.

Una vez hayas validado tu identidad a través de una de estas tres vías tendrás que hacer clic en ‘Ayudas fomento del empleo a desempleados’.

Luego, simplemente tendrás que rellenar tus datos y adjuntar la documentación requerida.

También puedes realizar tu solicitud de manera presencial en cualquier registro de la Administración General del Estado, de la Comunidad Autónoma o de los Ayuntamientos.

 

¿Qué pasa si recibo la ayuda y dejo de ser autónomo?

Como comentamos, la persona beneficiaria va a tener que mantenerse como alta en el RETA durante al menos dos años.

De no ser así, deberá realizar el reintegro proporcional de la ayuda.

Esperamos que esta información resulte de interés y logres acceder a la subvención.  ¿Conocías la ayuda de 4.500 euros para nuevos autónomos en Madrid?

No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

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Nueva ayuda para los jóvenes autónomos de La Caixa

Nueva ayuda para los jóvenes autónomos de La Caixa

La Obra Social de la Caixa, dentro de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven, ha creado una nueva ayuda con el fin de pagar parte de la cuota de cotización a la Seguridad Social en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos durante 6 meses.

Esta ayuda se pagará a partir del séptimo mes, tras el alta como autónomo de Tarifa Plana. La cuantía máxima de esta ayuda es de 75 euros. Cantidad destinada al pago de la cuota a la Seguridad Social, a la que se aplicará la retención  de IRPF correspondiente. Siempre que no se indique algo diferente por el beneficiario de la ayuda, se aplicará una retención del 19%.

Requisitos para acceder a la ayuda:

– Ser autónomo acogido a la Tarifa Plana. En el momento del alta debía ser menor de 30 años.

– Estar en el séptimo mes o tras darse de alta con la Tarifa Plana.

– Domiciliar la cotización de la Seguridad Social en una cuenta de la CaixaBank.

– Estar al corriente con Seguridad Social y La Caixa.

 

¿Cómo solicito la ayuda para autónomos de La Caixa?

Deberás completar la solicitud oficial online, y acreditar, entre otros, el número de cuenta corriente de CaixaBank, número de afiliación a la Seguridad Social, fecha de alta como autónomo. Y en caso de aplicar una retención diferente al 19%, el porcentaje correspondiente.

Una vez presentada la solicitud, te indicarán si se ha concedido vía email.

Ojo: si tras conceder la ayuda, dejas de pagar las cuotas de Seguridad Social o cancelas la domiciliación en CaixaBank, perderás el derecho a recibir la ayuda. Aunque se puede regularizar la situación posteriormente, y continuar percibiendo la ayuda, las cantidades que no hayas recibido hasta entonces, no se pagarán.

Para cualquier duda, te atendemos encantados en el teléfono 958 806 760, o en nuestro chat online.

Fuente: Bases de la ayuda de la Obra Social de CaixaBank

 

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