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Cómo tramitar contratos de formación beneficiarios de la ayuda de 430 € en Contrata

26 septiembre, 2018
Cómo tramitar contratos de formación beneficiarios de la ayuda de 430 € en Contrata

¡Novedad importante!

Esta ayuda ya no existe desde el 1 de enero de 2019. El Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de Diciembre, ha derogado esta ayuda de acompañamiento. No se podrá solicitar para los contratos que hayan sido dados de alta desde el 1 de enero de 2019.

Hoy han actualizado la aplicación Contrata, para incluir los nuevos campos para mecanizar los contratos para la formación y el aprendizaje que sean beneficiarios de la nueva ayuda de acompañamiento para jóvenes de Garantía Juvenil. Te contamos cómo tramitar los contratos de formación beneficiarios de 430 € en Contrata y en Siltra.

Cómo tramitar los nuevos contratos de formación beneficiarios de la ayuda de 430 euros para Garantía Juvenil

Detalles importantes del contrato que debes conocer

A la hora de tramitar los nuevos contratos de formación para jóvenes de Garantía Juvenil que se quieran acoger a la nueva ayuda de acompañamiento de 430 euros hay varios detalles que debes tener en cuenta:

  • En primer lugar, debes saber que esta ayuda no es aplicable para todos los contratos de formación, ni se aplica con carácter retroactivo. Solamente podrán beneficiarse los trabajadores cuyo contrato se haya tramitado a partir del 4 de Agosto de 2018, que es cuando entraba en vigor la medida.
  • Además, la norma establece que la duración mínima del contrato sea de 12 meses o como mínimo el tiempo necesario para que el trabajador pueda realizar el Certificado de Profesionalidad asociado a su contrato. Ya que ese es el objetivo principal de estos contratos, que un joven sin estudios obtenga una formación oficial.
  • Por tanto, es posible que si el Certificado de Profesionalidad requiere de más meses, ese contrato inicial se formalice por 14 ó 16 meses. Sobre este aspecto os asesoraríamos en nuestro centro de formación.

 

A continuación te indicamos los pasos para tramitar el contrato y los campos que debes recordar marcar:

1. Solicitud de la autorización del contrato

Antes de dar de alta es imprescindible solicitar la autorización de la formación del contrato ante la Delegación de Empleo provincial que te corresponda. Estas gestiones se encarga de realizarlas nuestro centro a través del aplicativo del SEPE.

Según indica la Ley 6/2018 que regula la ayuda de acompañamiento, en el momento de la solicitud ya se debe indicar que el joven desea acogerse a la ayuda para Garantía Juvenil.

Por este motivo, es muy importante que nos avises para que podamos marcar en la aplicación la casilla que indica esta situación. Ya que si no se hace en este instante, posteriormente no le van a conceder la ayuda.

2. Alta del contrato de formación en Siltra (Seguridad Social)

Una vez se haya obtenido la autorización del contrato, te avisaremos para que puedas tramitar el alta.

En Seguridad Social habrá que marcar los siguientes campos:

  • Modelo de contrato: 421.
  • Casilla Cond. Desempleado: 1. Si no se indica esta situación no te dejará aplicar las bonificaciones que le corresponden a la empresa en los Seguros Sociales por el contrato. (Este campo se marca en todos los contratos de formación en los que el trabajador esté inscrito como demandante de empleo)
  • Casilla Beneficios: 01 – Beneficiario del Sistema de Garantía Juvenil. Este campo es imprescindible marcarlo según el Boletín RED 1/2017 para todos los contratos de formación desde el 1 de enero de 2017.

Más abajo te indicamos donde están estos campos exactamente dentro de Siltra:

Cómo tramitar en Siltra el contrato de formación con la ayuda de 430 euros.

 

3. Alta del contrato de formación en Contrata

Hasta hoy, 26 de septiembre, Contrata no ha incluido la actualización que permite mecanizar estos contratos indicando la solicitud de la ayuda. Hasta la fecha, las empresas y despachos profesionales estaban presentándolo por Registro, de forma presencial.

A partir de ahora los contratos de formación para jóvenes inscritos en el sistema de Garantía Juvenil que soliciten la ayuda de acompañamiento se pueden comunicar con los códigos 421 y 450-421.

  • 421: En datos específicos del contrato se marcará SÓLO Ayuda de acompañamiento.
  • 450-421: En datos específicos del contrato se marcará ayuda de acompañamiento y Garantía Juvenil RD Ley 6/2016 con el colectivo de bonificación.

 

Importante: En el caso de que hayas tenido que dar un alta de este tipo de contratos de solicitantes de la ayuda antes de esta fecha, seguramente habrás notificado el contrato de Garantía Juvenil por Registro.

En estos casos, es bastante probable que a la hora de verificar el cumplimiento de los requisitos para adjudicar la ayuda no le aparezca al técnico al consultar la aplicación el trabajador como registrado dentro del colectivo y esto sea motivo de denegación de la ayuda de 430 euros. Si tienes alguna duda puedes contactar con nuestro centro para que te expliquemos como gestionarlo.

Por eso, te recomendamos que notifiques una incidencia lo antes posible indicando que el joven se acoge a la ayuda, de forma que quede todo registrado y luego no haya que reclamarlo de forma más tediosa.

Cómo tramitar los contratos de formación con la ayuda de 430 euros

 

Nuestro centro está acreditado por el Servicio Público de Empleo Estatal para impartir la formación oficial de estos contratos para la formación y aprendizaje. Si tienes alguna duda o deseas realizar alguno, llámanos al 958 806 760. Te ayudamos.

 

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Ángela M. Labrador

10 Comentarios

  1. Jose Manuel

    Quiero solicitar ayuda de Garantía juvenil de 430€

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, José Manuel. Esta ayuda está derogada, ya no se puede solicitar. Un saludo

      Responder
  2. Alba

    Hola , como podría solicitar la ayuda de 430e no e trabajado y no tengo la Eso y quisiera solicitar la ayuda o formarme para poder trabajar

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Alba. Esta ayuda ya no existe finalizó en enero de 2019. Un saludo

      Responder
  3. Naiara

    Hola buenas solo tengo 17 años no trabajo ni he trabajo nunca solo necesitaría un sueldo mínimo no podría solicitar la ayuda? O simplemente formarme para poder trabajar?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Naiara. Esta ayuda ya no existe. Te recomendamos inscribirte en nuestra agencia de colocación, donde podrás acceder a ofertas de empleo destinadas a jóvenes, a través de contrato de formación, que te permitirá formarte a la vez que trabajas. Un saludo

      Responder
  4. Natalia

    Hola Ángela, hasta hace poco he estado trabajando en un bar pero con todo este tema del virus no se si está ayuda sigue vigente y podría solicitarla , gracias por su tiempo.

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Buenas tardes, Natalia. Esta ayuda se derogó el 1 de enero de 2019. Tendrías que ver si reúnes los requisitos para solicitar una prestación por desempleo. Un saludo

      Responder
  5. Carlos José Palacios López

    Es necesario estar trabajando? Tengo 17 años y no podría pedir la ayuda para simplemente sobrevivir y ayudar a mi abuela hasta cumplir la edad y trabajar?

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Buenos días, Carlos. Para esta ayuda era necesario estar trabajando. Actualmente está derogada, ya no se conceden más desde el 1 de enero de 2019.
      Si estás buscando empleo, te animamos a inscribirte en nuestra agencia de colocación oficial en la web agencia.grupo2000.es
      Muchas gracias. Un saludo

      Responder

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