Tal y como adelantaba el Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo 2025-2027 la lucha contra el fraude en la contratación se ha convertido en una prioridad.
Para ello, Inspección intensifica el control del fraude en contratos temporales y fijos discontinuos mediante campañas específicas, cruces masivos de datos y planes de choque.
Como resultado, más de 20.000 empresas ya han recibido una comunicación al detectarse posibles irregularidades en sus contratos.
Si tu empresa utiliza este tipo de contratos, te interesa conocer qué está revisando la Inspección y qué consecuencias puede tener no corregir las incidencias detectadas.
¿Por qué Inspección está enviando cartas masivas a empresas con contratos temporales?
La Inspección de Trabajo está utilizando herramientas de análisis de datos para detectar posibles fraudes en la contratación laboral.
Tras estos cruces de información, ha remitido más de 20.000 comunicaciones a empresas en las que aprecia indicios de irregularidades, principalmente relacionadas con:
- Contratos temporales.
- Contratos fijos discontinuos.
El objetivo es que las empresas revisen su situación y regularicen los contratos antes de iniciar actuaciones inspectoras.
Contratos fijos discontinuos
La Inspección está comprobando que esta modalidad contractual se utilice únicamente cuando la actividad sea intermitente o estacional.
Si una persona trabajadora presta servicios de forma continuada durante todo el año, lo correcto, con carácter general, es formalizar un contrato indefinido ordinario.
Recuerda que el contrato fijo discontinuo se caracteriza por alternar:
- Períodos de actividad, cuando la persona trabajadora es llamada para prestar servicios.
- Períodos de inactividad, cuando la actividad cesa temporalmente.
Si esos períodos de inactividad no existen realmente y la actividad es permanente la utilización del fijo discontinuo puede considerarse fraudulenta.
Contratos temporales
La Inspección también está revisando el uso de los contratos temporales, que actualmente solo pueden celebrarse en los supuestos previstos por la normativa:
- Por circunstancias de la producción, cuando existan necesidades ocasionales justificadas:
- Hasta 90 días no consecutivos al año cuando sean situaciones previsibles.
- Hasta 6 meses, ampliables a 1 año por convenio colectivo, cuando respondan a circunstancias imprevisibles.
- Contrato de sustitución, exclusivamente para sustituir a una persona trabajadora con derecho a reserva del puesto o cubrir temporalmente una vacante en los casos legalmente previstos.
El objetivo de estas actuaciones es evitar el uso indebido de la contratación temporal y garantizar que las necesidades permanentes de las empresas se cubran mediante contratos indefinidos.
¿Qué plazo tienen las empresas para corregir las irregularidades en contratos temporales y fijos discontinuos?
Las empresas disponen de 30 días desde la recepción de la comunicación para revisar su situación y, si procede, regularizar los contratos transformándolos en indefinidos.
No actuar dentro de ese plazo puede dar lugar a actuaciones inspectoras y a la imposición de sanciones de hasta 10.000 euros por contrato.
¿Qué ocurre si la empresa no soluciona las irregularidades en la contratación laboral después del plazo?
Una vez finalizado el plazo la Inspección realizará un nuevo cruce de datos para comprobar qué empresas han regularizado la situación.
A partir de ahí:
- Las empresas que hayan corregido las incidencias no tendrán que realizar ninguna actuación adicional.
- Las que mantengan las irregularidades podrán ser objeto de una inspección y enfrentarse a sanciones que pueden alcanzar los 10.000 euros por cada contrato irregular, según las circunstancias del caso.
Además, la Inspección ha anunciado que también está intensificando el control sobre otros aspectos de las relaciones laborales, como:
- El uso fraudulento del período de prueba para contratos temporales.
- El cumplimiento del derecho a la desconexión digital.
- Los registros de jornada de las personas trabajadoras.
- Otras obligaciones laborales y de Seguridad Social.
Por ello, este es un buen momento para revisar la contratación de la empresa y comprobar que todas las modalidades contractuales utilizadas se ajustan a la normativa vigente.
¿Tu empresa ha recibido una de estas comunicaciones de la Inspección de Trabajo? Cuéntanos tu experiencia en los comentarios, ¡te leemos!
La Inspección de Trabajo ha intensificado el control sobre la contratación laboral mediante campañas masivas y cruces de datos para detectar posibles fraudes en contratos temporales y fijos discontinuos.
Si tu empresa recibe una comunicación es fundamental revisar la situación y regularizar, en su caso, los contratos dentro del plazo concedido para evitar actuaciones inspectoras y posibles sanciones.
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Hola, si el trabajador ahora que ha llegado dicha carta ha finalizado el contrato. ¿también se debe calcular en caso de haber algún error? Gracias
Hola Ana, aunque el trabajador haya finalizado su contrato es importante que respondas a la carta de Inspección. La razón es que la Inspección está evaluando si se ha producido un fraude en la contratación, y el hecho de que el trabajador ya no esté en la empresa no exime a la empresa de sus responsabilidades. Un saludo.
Hemos recibido una carata que hace referencia a unos trabajadores en los periodos de 2020 y 2021 en que nos piden que justifiquemos la temporalidad. Nosotros damos un servicio en colegios y por tanto la temporalidad estaría justificada al ser de septiembre a junio? Con la reforma, en fecha 04/22 han pasado todos a fijos discontinuos. Como lo veis? Gracias.
Hola!
Esto del tiempo superior a 18 meses en los últimos 4 años y con una vinculación superior al 65% qué es exactamente? No me suena de norma alguna, sobre todo esto de la vinculación del 65%, que desconozco qué significa exactamente y de qué norma, si es que hay alguna, sale. Muchas gracias?
Hola, Roberto. Esto es un criterio de inspección que están aplicando. Un saludo
En esta revisión los contratos de formación son considerados también en contratos temporales ?
Entonces si en la carta instan a convertir un contrato de formación a indefinido ; porque ya tienen más de 18 meses , lo debo trasformar para indefinido .?
Si es así entiendo q los contratos de formación perderían su espíritu inicial e incluso su posibilidad de extenderlo hasta 3 años . Con la pérdida de beneficio tanto del trabajador para formarse ; como para el empleador por la subvención en los seguros sociales .
Hola, Douglas. Nos estamos encontrando casos como el que comentas, que instan a la empresa a convertir en indefinido contratos de formación con 2 años o 18 meses, indicando que son contrataciones temporales, pero si la empresa está haciendo las cosas bien, no tiene que convertirlo a indefinido. Hay que recordar que esta campaña se inicia desde un software informático, que además «sugiere» la transformación a indefinido sin intervención humana, no obliga a la conversión. Por eso hay que valorar la situación de cada empresa, porque que reciba la carta no quiere decir que esté haciendo algo mal. Por ejemplo, una empresa que sólo tiene 1 persona contratada en formación 2 años. Se podría responder por escrito justificando la contratación y esa duración, ya que la normativa permite que el contrato de formación sea de 2 años y si se trata de un contrato de formación anterior a la reforma laboral, hasta 3 años. Un saludo
Me parece muy bien esta campaña.
Pero que pasa con los trabajadores a jornada completa, que trabajam más de 8 horas diarias y nos dicen que pongamos en el registro 8 horas.
Como piensan perseguir eso?
Esta ocurriendo especialmente en el sector de la construcción.
Salvo que te niegues a poner lo que ellos indican o denunciar a inspección de trabajo, actualmente no puedes hacer nada.
La norma de registro de jornada está en su primer paso. Actualmente sancionan quien realice el registro y a final de año inspección detectará el número de horas que sobrepasen a las horas de convenio, pero en tu caso, poco se podrá hacer.
En unos años, seguramente será obligatorio el registro vía instrumentos que no puedan ser manipulados y de esta manera tu ejemplo quedará solucionado. Mientras….
Rectifico el error: «… Actualmente sancionan a quien NO realice el registro…
Disculpen