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Los autónomos dejarán de declarar por módulos antes de 2030

22 marzo, 2024
Los autónomos dejarán de declarar por módulos antes de 2030

En los últimos años, se ha generado un amplio debate en torno al sistema de módulos y su posible eliminación.

La Agencia Tributaria ha estado en negociaciones durante meses con organizaciones de autónomos respecto a una reforma en la fiscalidad de las personas trabajadoras autónomas.

Parece que nos encontramos más cerca que nunca de un cambio significativo: los autónomos dejarán de declarar por módulos antes de 2030.

Te contamos, a continuación, todos los detalles.

Además, te recordamos algo importante: el año pasado Haciendo prorrogó el límite de facturación del sistema de módulos para este 2024.  Así lo recogió la Orden HFP/1359/2023.

Los límites de facturación continúan situándose entre 250.000 y 150.000 euros anuales.

 

¿En qué consiste el sistema de módulos?

El sistema de módulos consiste en un método de estimación objetiva de la declaración del IRPF de los mismos.

Tiene las principales ventajas:

  • No se pagan impuestos dependiendo de los ingresos y gastos que tenga el negocio. Se establece una cantidad fija que aplica unos porcentajes que permiten calcular el rendimiento de cada actividad.
  • Simplifica la gestión fiscal y contable de los autónomos.

 

¿Por qué se quiere eliminar el sistema de módulos para autónomos?

Es cierto que este método ofrece ventajas en términos de simplificación de trámites burocráticos para pequeñas empresas y personas trabajadoras independientes.

Sin embargo, tiene un inconveniente y es que supone un importante foco de blanqueo de capital y fraude fiscal.

Lo que ocurre es que al ser un sistema tan arraigo está siendo difícil de eliminar, pero en los últimos años se están realizando medidas que podrían suponer que su eliminación esté mas cerca.

Hablamos, por ejemplo, de la eliminación del IVA para autónomos que ganen menos de 85.000 euros.

Bajo este régimen de IVA franquiciado, las compañías que cumplan con los criterios determinados van a quedar exentas de presentar declaraciones trimestrales de IVA y, en algunos casos, también de emitir facturas con IVA.

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¿A quiénes afecta el sistema de módulos?

El sistema de módulos afecta a todo tipo de personas trabajadoras autónomas, entre los que se incluyen taxistas, peluquerías, restaurantes o transportistas, entre otros.

Como comentamos, las personas trabajadoras autónomas llevan ya tiempo negociando junto a ATA y temían que se cambiase el sistema de módulos de manera brusca.

Los sindicatos de transportistas siempre han pedido que se modifique de forma progresiva para poder continuar con su actividad.

 

¿Cuándo dejarán los autónomos de declarar por módulos?

Los autónomos dejarán de declarar por módulos en un plazo transitorio que se espera que oscile entre 3 y 5 años, según un borrador de conclusiones de Hacienda.

Esto supondría la desaparición de las declaraciones por módulos entre 2028 y 2030.

De hecho, todo apunta a que antes de que termine el año se presentará un informe definitivo que servirá como base para la reforma de la fiscalidad de las personas trabajadoras autónomas, con el objetivo de tramitar las reformas legislativas necesarias en 2024.

Este cambio implicaría que los autónomos pasarían del régimen de estimación objetiva, que es voluntario para ciertos sectores, a una estimación indirecta.

Hasta que se produzca el cambio, te recordamos que se amplió el sistema de módulo para este año.

 

¿Se ha ampliado el sistema de módulos durante 2024?

Así es, la Orden HFP/1359/2023 recogió la ampliación del sistema de módulo durante un año más indicando que se mantienen los límites de 250.000 y 150.000 euros anuales de facturación para 2024.

A continuación, analizamos qué otras novedades tributarias conlleva la mencionada Orden.

 

¿Cuál es en 2024 la reducción del rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva?

Por lo que se refiere al IRPF para el ejercicio 2024 se mantienen la cuantía de los signos, índices o módulos, así como las instrucciones de aplicación.

Además, los contribuyentes que determinen el rendimiento neto de sus actividades económicas por el método de estimación objetiva, podrán reducir el rendimiento neto de módulos obtenido en 2024 en un 5%.

De esta manera, el porcentaje que se había situado en un 10% en 2023, vuelve a ser del 5% este año.

Para el período impositivo en 2024, el rendimiento neto previo de las actividades agrícolas y ganaderas podrá minorarse en:

  • El 35 % del precio de adquisición del gasóleo agrícola.
  • El 15 % del precio de adquisición de los fertilizantes.

Estas medidas ya se aplicaron en los períodos impositivos 2022 y 2023, lo que indica una continuidad en la política fiscal para estas actividades.

Las reducciones tienen como fin aliviar el impacto económico de los costes asociados con la adquisición de gasóleo agrícola y fertilizantes.

Además, hay que tener en consideración la reducción especial aplicada a las actividades económicas que se realicen en la isla de La Palma con el fin de proporcionar una compensación para las empresas afectadas por las erupciones volcánicas.

Esta reducción ya fue también de aplicación en los ejercicios fiscales 2022 y 2023, suponiendo un 20% menos en el rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva del IRPF.

 

¿Cómo es el régimen especial simplificado en el IVA?

En este 2024 se mantienen las instrucciones para la aplicación del régimen especial simplificado en el IVA.

Los porcentajes aplicables para el cálculo de la cuota devengada por operaciones corrientes en el régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido en 2024 en las actividades que se mencionan a continuación serán los siguientes:

  • Servicios de cría, guarda y engorde de aves: 0,06625
  • Actividad de apicultura: 0,070

 

¿Qué requisitos deben cumplir los autónomos para acogerse al sistema de módulos?

Para acogerse al sistema de módulos los autónomos tienen que cumplir estos requisitos:

Su actividad debe estar incluida en la Orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas que desarrolla el Régimen de Estimación Objetiva y las actividades económicas no pueden ser desarrolladas, total o parcialmente, fuera del ámbito de aplicación del IRPF.

Además, su volumen de rendimientos íntegros debe:

  • No haber superado el umbral de ingresos de 250.000 euros en el año 2023, en el caso de trabajadores por cuenta propia que venden directamente a particulares.
  • Si facturan a empresas, el umbral no puede superar los 125.000 euros anuales en 2023.

El sistema de módulos facilita las gestiones y permite a los negocios más pequeños tributar según sus ingresos.

 

¿Se puede renunciar al sistema de módulos?

Sí, al ser un método voluntario es posible renunciar a su aplicación.

Para ello, hay que presentar una declaración censal con el Modelo 036 o 037 (renuncia expresa).

Esta declaración debe presentarse durante  el mes de diciembre anterior al inicio del año natural en el que deba surtir efecto.

Además, también se entenderá efectuada la renuncia cuando se presente en el plazo reglamentario la declaración correspondiente al pago fraccionado del primer trimestre del año natural en que deba surtir efectos en la forma dispuesta para el método de estimación directa.

En caso de inicio de la actividad, también se podrá presentar la renuncia cuando se efectúe en el plazo reglamentario el pago fraccionado correspondiente al primer trimestre de ejercicio de la actividad en la forma dispuesta para el método de estimación directa.

Por su parte, para los sujetos pasivos del IVA se entenderá efectuada la renuncia cuando se presente en plazo la declaración-liquidación correspondiente al primer trimestre del año natural en que deba surtir efectos aplicando el régimen general.

En caso de inicio de la actividad, también se podrá presentar cuando la primera declaración que deba presentar el sujeto pasivo después del comienzo de la actividad se presente en plazo aplicando el régimen general.

Estaremos pendientes para ofrecerte la información lo más actualizada posible.

¿Qué te parece el sistema de módulos? No olvides dejar tus comentarios más abajo, ¡nos encanta leerte!

 

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Ángela M. Labrador

25 Comentarios

  1. LOIC VILLEPONTOUX

    Buenas,
    Y tengo un restaurante de un tenedor y no entiendo si el limite de facturación para 2023 es de 150 o 250 mil ya que mi gestor me dice que son 150 pero aqui leo que son 250.

    Responder
    • Carlos nieto

      el limite de facturacion, o volumen de operaciones segun la ley, es de 250.000 € con el IVA incluido.

      Responder
    • Jordi

      Son 250.000 euros IVA y recargo de equivalencia a parte, con el sublímite de 125.000 euros a empresarios o profesionales a los que se tenga que expedir factura.

      Responder
  2. Pol Gómez

    Buenas tardes, haber si alguien me puede ayudar, yo al trabajar para empresas, solo puedo factura 125.000, pero alguien me sabría decir si es con IVA o sin IVA esa facturación, a mi el gestor me dice que es sin IVA, pero hay autónomos que me dicen que es con IVA, ya no se que pensar.
    Gracias

    Responder
    • Anton

      Son 125.000e más el IVA

      Responder
    • Carlos nieto

      buenos dias, pues la ley habla de Volumen de Operaciones, por lo tanto se deben de entender con impuestos incluidos. Somos profesionales del sector y le podriamos ayudar de forma directa.

      Responder
    • Selma

      Sin Iva

      Responder
      • Juan

        Buenos días soy un autonomo q actualmente estoy en modulos sin trabajadores en un local. En marzo del 2024 cumplo 65 años y voy a pedir la jubilación activa.
        La idea es trabajar desde casa y darme de alta en una nueva actividad profesional que no esta en modulos.
        Por lo que el primer trimestre 2024 estaría en modulos y a partir de Abril en una nueva actividad fiscal directa simplificada, esto es posible?

        Responder
    • ENRIC

      Puedes aplicar el método de estimación objetiva siempre que:

      La actividad que realizas esté incluida en la Orden que desarrolla este régimen.

      No hayas renunciado a su aplicación.

      No haya incompatibilidades con los otros métodos de determinación del rendimiento.

      No hayas renunciado ni estés excluido del régimen simplificado del IVA ni del IGIC.

      No hayas renunciado al REAGP, ni al régimen de agricultura y ganadería del IGIC.

      No realices actividades total o parcialmente fuera del territorio español salvo: el transporte urbano colectivo y de viajeros por carretera, el autotaxis, el transporte de mercancías por carretera y el de mudanzas.

      No superes las magnitudes específicas que para cada actividad establece la Orden.

      El volumen de rendimientos íntegros en el año inmediato anterior no supere:

      150.000 € para el conjunto de todas tus actividades excepto las agrícolas, ganaderas y forestales. Se computan todas las operaciones exista o no obligación de expedir factura.

      75.000 € teniendo en cuenta las operaciones por las que estés obligado a expedir factura.

      250.000 € para el conjunto de actividades agrícolas, ganaderas, forestales.

      Para los años 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023 los límites de 150.000 € y 75.000 € pasan a ser 250.000 € y 125.000 € respectivamente.

      No se incluyen en el volumen de ingresos: las subvenciones corrientes, las de capital, las indemnizaciones, el IVA, ni, en su caso, el recargo de equivalencia.

      Para esos ejercicios el volumen de compras en bienes y servicios en el año inmediato anterior no supere los 250.000 €. No se incluyen las adquisiciones de inmovilizado.

      Responder
    • Jordi

      No se incluyen en el volumen de ingresos: las subvenciones corrientes, las de capital, las indemnizaciones, el IVA, ni, en su caso, el recargo de equivalencia. Fuente: AEAT

      Responder
  3. Miguel Angel

    Soy autónomo y me gustaría saber si puedo pagar más importe de cuota al mes, para tener más cantidad de jubilación.
    Muchas gracias

    Responder
  4. Kelen morato

    Buenas noches soy. Hostelera llevo pagando módulos muchos años ahora me dice mi gestor de quiero conseguir una hipoteca para mi casa el año que viene tendría que pasar para estimación directa estoy confusa sé hacerlo o no

    Responder
  5. Elena

    Hola a todos, tengo un herbolario y tengo que estar forzosamente en estimacion directa, pagando un dineral cada trimestre, no es justo que tiendas de ropa, calzado etc con el margen que todo el mundo sabe que tiene la ropa, declaren por modulos y paguem cantidades muy pequeñas solo teniendo en cuenta la medida del local y la
    1 minute ago
    luz que gastan, en cambio en los herbolarios que los margenes son muy prqueños se pague por estimacion directa, me gustaria saber su opinion

    Responder
  6. Juan

    Hola.
    Me dedico a la venta online y estoy en módulos y como los márgenes son tan reducidos he empezado a trabajar por cuenta ajena combinando las dos actividades
    Mi pregunta es si el límite de facturación de 250000€ es para la facturación de mi negocio o si se sumaría a esto la fase de cotización del trabajo por cuenta ajena.
    Gracias

    Responder
    • Juan Luís

      Hola Juan, el límite de facturación solo es el de la actividad por cuenta propia, los ingresos del trabajo (como empleado) por cuenta ajena no se imputan en el límite.

      Responder
    • Germán

      Buenos días, si usted es autónomo cuenta como solo uno, es decir, el límite es de 250000€ para todas las diferentes actividades que pueda englobar dentro de la tributación por módulos. Un autónomo un límite para todo.

      Responder
  7. Felix

    Buenas tardes, soy autónomo de construcción, coordino labores de construcción. Puedo solicitar tributar por módulos? Y si no fuese así, que facturas puedo incluir en mi trimestre ?
    Espero su respuesta, muchas gracias

    Responder
    • Juan Luis

      Hola Félix, las actividades relacionadas con la construcción no está incluidas en el sistema de módulos, no obstante lo primero que abría que ver es el epígrafe de actividad que tiene. En cuanto a la facturas ¿se refiere de gastos?

      Responder
      • Quim

        El Gobierno tanto izquierda o derecha solo quieren jodernos . Que dejen los módulos que son muy listos quieren quitar la clase media.

        Responder
  8. Juan

    Hola tengo un pequeño bar que está cerrado desde el 1 de octubre por restricciones de mi localidad ya que solo tengo barra y no se puede servir en la misma.
    Me concedieron erte por impedimento para mi único empleado.
    A la hora de hacer los módulos de este trimestre como tendría que hacerlo si he estado cerrado todo el trimestre. Hago el modelo 131 y la liquidación de iva 303, pero como no he estado abierto y los módulos no dan opción a cambiar los días de actividad, que es lo que hago.
    Un saludo
    A la hora

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Juan. Efectivamente, como comentas, es uno de los problemas que están surgiendo con el sistema de módulos durante el Covid-19. Te recomendaríamos contactar con un despacho profesional para que te realicen estas gestiones. Un saludo

      Responder
      • Jota

        Los módulos son un fraude social

        Responder
  9. Jose

    Se han empeñado en acabar con el transportista pequeño y lo van a conseguir atajo de indocumentados

    Responder
    • Bernardo

      Buenas tardes.
      Entonces para el año fiscal 2021 en transporte epígrafe 722.
      El límite de facturación como quedaría?

      Responder
      • Jose

        Hola. A ver si me pueden ayudar.

        Estoy en módulos y mis proveedores me facturan con el correspondiente IVA según el tipo de productos.

        Cuando hago una venta en Canarias o en Andorra, debo facturar sin IVA, ¿Pero a mí el IVA del proveedor me lo devuelven?

        Cada producto tiene su PVP fijado, y los clientes de Canarias por ejemplo, saben que ese PVP tiene un 21% de IVA.

        Mi gestoría dice que facture a los clientes sin IVA pero cobrando el importe total con el IVA. Es decir. Un producto cuesta 1.000€ en España con su 21% de IVA, y me dicen que haga la factura a Canarias por 1.000€ y exenta de IVA.

        Si me lo pueden aclarar se lo agradecería de todo corazón.

        Gracias.

        Responder

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