Los autónomos dejarán de declarar por módulos antes de 2030
En los últimos años, ha surgido un amplio debate en torno al sistema de módulos y su posible eliminación.
La Agencia Tributaria ha estado negociando durante meses con las organizaciones de autónomos para reformar la fiscalidad de las personas trabajadoras autónomas.
Parece que estamos más cerca que nunca de un cambio significativo: los autónomos dejarán de declarar por módulos antes de 2030.
Mientras tanto, la Agencia Tributaria centrará sus esfuerzos en un control más estricto de este sistema. Durante los últimos meses del año se revisará si los autónomos cumplen con los requisitos necesarios para acogerse al sistema de módulos.
En caso de no cumplir con dichos requisitos serán excluidos del sistema y podrían enfrentarse a sanciones.
Te contamos, a continuación, todos los detalles.
¿En qué consiste el sistema de módulos?
El sistema de módulos es un método de estimación objetiva para la declaración del IRPF, dirigido a determinados autónomos.
Sus principales ventajas son:
- Impuestos fijos. No se pagan impuestos dependiendo de los ingresos y gastos que tenga el negocio. Se establece una cantidad fija que aplica unos porcentajes que permiten calcular el rendimiento de cada actividad.
- Simplificación fiscal. Facilita la gestión fiscal y contable de los autónomos.
¿Por qué se quiere eliminar el sistema de módulos para autónomos?
¿A quiénes afecta el sistema de módulos?
El sistema de módulos afecta a todo tipo de autónomos, entre los que se incluyen taxistas, peluquerías, restaurantes o transportistas.
Como comentamos, las personas trabajadoras autónomas llevan tiempo negociando junto a ATA por el temor a que el sistema de módulos se modifique de manera brusca.
En particular, los sindicatos de transportistas han solicitado que cualquier cambio sea progresivo para evitar un impacto negativo en la continuidad de su actividad.
¿Cuándo dejarán los autónomos de declarar por módulos?
Los autónomos dejarán de declarar por módulos en un plazo transitorio que se espera que oscile entre 3 y 5 años, según un borrador de conclusiones de Hacienda.
Esto supondría la desaparición de las declaraciones por módulos entre 2028 y 2030.
De hecho, todo indica a que antes de que termine el año se presentará un informe definitivo que servirá como base para la reforma de la fiscalidad de las personas trabajadoras autónomas, con el objetivo de tramitar las reformas legislativas necesarias.
Este cambio supondría que los autónomos pasarían del actual régimen de estimación objetiva, que es voluntario para ciertos sectores, a un sistema de estimación indirecta.
Hasta que se concrete la reforma, el sistema de módulos se mantendrá vigente.
Hacienda va a empezar a revisar en los próximos meses si los autónomos cumplen con los límites para estar en el sistema de módulos
En los próximos meses, Hacienda comenzará a revisar si los autónomos cumplen con los límites establecidos para tributar en el sistema de módulos.
Generalmente, se evalúa si los autónomos tienen derecho a seguir en este régimen tras la presentación del IRPF anual, comparando las declaraciones de ingresos y gastos del año fiscal.
A partir de esa revisión, se determina si los autónomos que han tributado por módulos en un ejercicio debían seguir haciéndolo o, por el contrario, si deberían haber tributado por el régimen de estimación directa.
Si Hacienda detecta que un autónomo ha superado los límites permitidos para seguir en el sistema de módulos puede tomar las siguientes acciones:
- Emitir una liquidación.
- Cambiar al autónomo al régimen de estimación directa y cobrar la diferencia de impuestos no abonados por estar en el sistema incorrecto.
- Imponer una sanción.
Sin embargo, si es el propio autónomo quien detecta que ha superado los límites y corrige su situación voluntariamente, ajustando su modelo de IRPF para pasar a tributar en estimación directa, solo deberá pagar la diferencia correspondiente, sin que se le aplique ninguna sanción.
¡Importante! Hasta ahora, la facultad para cambiar a los autónomos al régimen de estimación directa correspondía únicamente a la Inspección.
Sin embargo, el Tribunal Supremo ha reconocido que los Órganos de Gestión de la Agencia Tributaria también tienen potestad para emitir una liquidación mediante la declaración paralela, eliminando del sistema de módulos a aquellos autónomos que superen los límites permitidos.
¿Por qué se ha ampliado el sistema de módulos durante 2024?
La Orden HFP/1359/2023 recogió la ampliación del sistema de módulos durante un año más manteniendo los límites de 250.000 y 150.000 euros anuales de facturación para 2024.
A continuación, analizamos qué otras novedades tributarias incluyó la mencionada Orden.
¿Cuál es en 2024 la reducción del rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva?
Para el ejercicio 2024 se han mantenido las cuantías de los signos, índices y módulos, así como las instrucciones para su aplicación en el IRPF.
Los contribuyentes que calculen el rendimiento neto de sus actividades económicas por el método de estimación objetiva pueden aplicar una reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos obtenido en 2024.
Este porcentaje, que fue del 10% en 2023, ha vuelto a ser del 5% para este año.
Adicionalmente, para el período impositivo de 2024 el rendimiento neto previo de las actividades agrícolas y ganaderas puede reducirse de la siguiente manera:
- El 35% del precio de adquisición del gasóleo agrícola.
- El 15% del precio de adquisición de los fertilizantes.
Estas medidas, que ya se aplicaron en los períodos impositivos 2022 y 2023, continúan con el objetivo de aliviar el impacto económico de los costes asociados con la adquisición de gasóleo agrícola y fertilizantes.
Además, es importante considerar la reducción especial para las actividades económicas realizadas en la isla de La Palma, destinada a compensar a las empresas afectadas por las erupciones volcánicas.
Esta reducción, que también estuvo en vigor en los ejercicios fiscales 2022 y 2023, permite una disminución del 20% en el rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva del IRPF.
¿Cómo es el régimen especial simplificado en el IVA?
En este 2024 se han mantenido las instrucciones para la aplicación del régimen especial simplificado en el IVA.
Los porcentajes aplicables para el cálculo de la cuota devengada por operaciones corrientes en el régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido en 2024 en las actividades que se mencionan a continuación son los siguientes:
- Servicios de cría, guarda y engorde de aves: 0,06625
- Actividad de apicultura: 0,070
¿Qué requisitos deben cumplir los autónomos para acogerse al sistema de módulos?
Para acogerse al sistema de módulos los autónomos deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Su actividad debe estar incluida en la Orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas que desarrolla el Régimen de Estimación Objetiva.
- La actividad económica no puede realizarse, ni total ni parcialmente, fuera del ámbito de aplicación del IRPF.
Además, su volumen de rendimientos íntegros debe:
- No haber superado el umbral de ingresos de 250.000 euros en el año 2023, en el caso de trabajadores por cuenta propia que venden directamente a particulares.
- Si facturan a empresas, el umbral no puede superar los 125.000 euros anuales en 2023.
El sistema de módulos está diseñado para facilitar la gestión fiscal de los autónomos permitiendo que los pequeños negocios tributen de manera simplificada en función de sus ingresos.
¿Se puede renunciar al sistema de módulos?
Sí, el sistema de módulos es voluntario, por lo que es posible renunciar a su aplicación. Para hacerlo, es necesario presentar una declaración censal mediante el Modelo 036 o 037 (renuncia expresa).
Esta renuncia debe formalizarse durante el mes de diciembre anterior al inicio del año natural en el que se desea que surta efecto.
Sin embargo, también se considerará efectuada la renuncia si, dentro del plazo reglamentario, se presenta la declaración correspondiente al pago fraccionado del primer trimestre del año aplicando el régimen de estimación directa.
En caso de inicio de actividad, la renuncia puede formalizarse presentando el pago fraccionado del primer trimestre del ejercicio en el que se inicie la actividad, aplicando también el método de estimación directa.
Para los sujetos pasivos del IVA, la renuncia se entenderá realizada cuando se presente en plazo la declaración-liquidación del primer trimestre del año natural aplicando el régimen general.
Del mismo modo, en caso de inicio de actividad la primera declaración del sujeto pasivo deberá presentarse aplicando el régimen general para que la renuncia surta efecto.
Estaremos pendientes para ofrecerte la información lo más actualizada posible.
¿Qué te parece el sistema de módulos? No olvides dejar tus comentarios más abajo, ¡nos encanta leerte!
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