¡Novedades para autónomos! ¿Te habían informado de que las cuotas de autónomos se habían congelado en 2026? Pues la realidad, para algunos, es distinta.
La publicación de la Orden PJC/297/2026 trajo consigo una sorpresa para los autónomos societarios y colaboradores: una subida en su base mínima de cotización.
¿Qué ha pasado realmente con las cuotas de 2026? La Orden vincula su base mínima de cotización a la del Grupo 7 del Régimen General.
Al incrementarse esta última la base mínima de estos autónomos ha pasado de 1.000 euros en 2025 a 1.424,40 euros en 2026.
Estamos hablando de un incremento de la base superior al 42%, que podría traducirse en unos 135 euros más al mes de cotización, alrededor de 1.620 euros adicionales al año.
Pero las novedades no terminan aquí. A pocos meses de finalizar 2026 todavía no se conocen las cuotas que tendrán que pagar los autónomos en 2027.
El sistema de cotización por rendimientos netos debe continuar avanzando hacia su implantación definitiva, pero las nuevas tablas y cuotas están pendientes de negociación.
Más abajo analizamos qué se sabe hasta el momento sobre las cuotas de autónomos para 2027 y qué cambios sí están previstos para el próximo año.
Además, desde Grupo2000 hemos preparado una guía práctica para resolver las dudas más frecuentes sobre la cotización de las personas trabajadoras autónomas.
Cuota de autónomos en 2026, ¡descarga guía con todo lo que debes saber!
¿Qué es la cuota de autónomos?
La cuota de autónomos es el pago mensual y obligatorio que realizan las personas trabajadoras por cuenta propia a la Seguridad Social.
Su importe se calcula aplicando los tipos de cotización correspondientes sobre la base de cotización, que actualmente está vinculada a los rendimientos netos obtenidos por la persona autónoma.
Desde enero de 2023 está en vigor el sistema de cotización por rendimientos netos, que establece diferentes tramos en función de los ingresos.
Esto significa que la cotización de las personas trabajadoras autónomas se determina teniendo en cuenta los rendimientos netos derivados de su actividad, dentro de los límites establecidos para cada tramo.
¿Por qué deben los autónomos pagar una cuota a la Seguridad Social?
La cuota de autónomos se abona para que los trabajadores y las trabajadoras por cuenta propia puedan percibir ayudas y prestaciones de la misma manera que el resto de trabajadores.
De hecho, el importe de las bases de cotización condiciona las prestaciones que puede recibir una persona trabajadora autónoma en situaciones de:
- Cese de actividad.
- Baja por accidente.
- Baja por enfermedad.
- Nacimiento y cuidado de menor.
- Jubilación.
¿Cómo se calcula la cuota de autónomos en 2026?
Desde la implantación del sistema de cotización por rendimientos netos, la cuota de autónomos se determina en función de los rendimientos netos previstos de la actividad.
Para calcularlos se tienen en cuenta los rendimientos computables conforme a las reglas del IRPF y se aplican las deducciones y ajustes establecidos por la normativa.
Además, sobre los rendimientos netos se aplica una deducción adicional por gastos genéricos:
- 7% con carácter general.
- 3% en el caso de determinados autónomos societarios y autónomos que hayan sido socios de sociedades laborales.
Una vez obtenida la previsión de rendimientos netos la persona autónoma debe identificar el tramo que le corresponde.
En 2026 se mantienen 15 tramos de rendimientos netos. Dentro del tramo correspondiente podrá elegir su base de cotización entre la base mínima y máxima establecidas para ese tramo.
Sobre la base elegida se aplican los tipos de cotización correspondientes para obtener la cuota que deberá abonarse a la Seguridad Social.
¡Importante! Durante el año la cotización tiene carácter provisional. Posteriormente, la Seguridad Social regulariza las cuotas teniendo en cuenta los rendimientos netos definitivos comunicados por la Administración tributaria.
¿Cómo es la cotización por ingresos reales para los autónomos en 2026?
Desde enero de 2023 las personas trabajadoras autónomas cotizan mediante un sistema basado en sus rendimientos netos.
Esto supone que la base de cotización está vinculada al tramo de rendimientos netos en el que se encuentre cada persona autónoma, en lugar de poder elegirse libremente con independencia de los ingresos.
En 2026, tras la prórroga de las tablas, se mantienen con carácter general los tramos previstos para 2025, aunque existen determinadas actualizaciones que deben tenerse en cuenta.
Entre las principales novedades para 2026:
- Se mantienen la tabla general y la tabla reducida de bases de cotización previstas para 2025.
- Se actualiza la base máxima de los tramos 11 y 12 para adaptarla al tope máximo de cotización vigente en 2026.
- El tope máximo de cotización se sitúa en 5.101,20 euros mensuales.
- Las bases mínimas se incrementan automáticamente en el mismo porcentaje que el SMI de 2026 incrementado en un sexto.
¿Cuánto pagan de cuota mínima los autónomos en 2026?
En 2026 la base mínima de cotización del primer tramo de la tabla reducida se mantiene en 653,59 euros mensuales.
A partir de esta base se calcula la cuota que deberá pagar la persona trabajadora autónoma aplicando los tipos de cotización correspondientes.
¡IMPORTANTE! La base mínima no significa que todas las personas autónomas tengan que cotizar necesariamente por esa cantidad. En función de sus rendimientos netos y del tramo que les corresponda podrán elegir una base de cotización dentro de los límites mínimo y máximo establecidos.
Elegir una base de cotización superior puede repercutir en la cuantía de determinadas prestaciones de la Seguridad Social, por ejemplo, en el caso de una baja de maternidad o paternidad.
¿Cuál es la base mínima más alta de los autónomos en 2026?
La cuota mínima más alta en 2026, correspondiente al Tramo 12 de la ‘Tabla General’ del Real Decreto Ley 13/2022 (prorrogado), es de 590 euros, con una base mínima de 1,928.10 euros al mes.
¿Cuánto suben las cotizaciones de los autónomos por el MEI?
Las cotizaciones de los autónomos aumentan debido al MEI de la siguiente manera:
- 2023: el MEI fue de 0,60%.
- 2024: el MEI fue de 0,70%.
- 2025: el MEI fue de 0,80%.
- 2026: el MEI es de 0,90%.
- 2027: el MEI será de 1%.
- 2028: será de 1,10%.
- 2029: el MEI será de 1,2%.
- Desde el año 2030 hasta 2050 se mantendrá el mismo porcentaje del 1,2%.
¿Cuándo se abona la cuota de autónomos?
La cuota de autónomos se abona mensualmente a la Seguridad Social, normalmente mediante domiciliación bancaria.
Si la cuota no se ingresa dentro del plazo correspondiente pueden aplicarse recargos e intereses, cuya cuantía dependerá del momento en el que se regularice la deuda.
¿Cuáles son las cuotas para los autónomos colaboradores y societarios en 2026?
Una de las principales novedades de 2026 afecta a los autónomos societarios y colaboradores.
Como hemos adelantado, su base mínima de cotización se ha situado en 1.424,40 euros en 2026, frente a los 1.000 euros de 2025.
Esto supone un incremento superior al 42% de la base mínima de cotización.
Durante 2026 estos autónomos pueden mantener provisionalmente una base inferior.
Sin embargo, si la base por la que han cotizado durante el año resulta inferior a la que finalmente les corresponde la diferencia se tendrá en cuenta en el posterior proceso de regularización.
Por ello, quienes mantengan durante 2026 una base de 1.000 euros podrían tener que afrontar posteriormente el pago de las diferencias de cotización correspondientes.
Esta situación ha generado críticas entre las organizaciones representativas del colectivo, que han reclamado cambios en la medida.
¿Cuándo se regularizan las cuotas de autónomos? Calendario 2026
La Tesorería General de la Seguridad Social inició en enero de 2026 la regularización de las cuotas de autónomos correspondientes al ejercicio 2024.
Este procedimiento sirve para comprobar si las bases por las que cotizó provisionalmente cada persona autónoma durante 2024 se corresponden con sus rendimientos netos definitivos, comunicados a la Tesorería por la Administración tributaria.
El resultado de la regularización puede ser:
- A devolver: si se ha cotizado por encima de lo que correspondía.
- A ingresar: si las cuotas abonadas fueron inferiores a las que correspondían según los rendimientos definitivos.
- Sin diferencias: si las cotizaciones provisionales coinciden con las definitivas.
La regularización se realiza de oficio por la Tesorería, por lo que la persona autónoma no tiene que solicitarla.
El proceso comenzó en enero de 2026 con las personas autónomas que habían cotizado en 2024 por una base superior a la que les correspondía según sus rendimientos y que podían ejercer el derecho a mantener una base superior.
Posteriormente, el procedimiento continúa con el resto de personas incluidas en la regularización.
¡IMPORTANTE! Las comunicaciones se reciben a través del servicio de notificaciones telemáticas de la Seguridad Social y DEHú, por lo que es recomendable mantener actualizados los datos de contacto y revisar las notificaciones electrónicas.
¿Qué plazo tiene un autónomo para pagar la regularización?
Si el resultado es a ingresar la Tesorería indicará en la resolución la cantidad pendiente.
Con carácter general, el importe deberá abonarse antes del último día del mes siguiente a aquel en el que se haya recibido la notificación con el resultado de la regularización.
Por ejemplo, si la resolución se recibe durante abril el plazo para realizar el ingreso finalizará el último día de mayo.
¿Qué incluye la resolución de la Tesorería?
A través del servicio de regularización de Importass la persona autónoma puede consultar el resultado de su regularización, acceder a la resolución y descargar el documento de pago, cuando corresponda.
La resolución permitirá conocer si el resultado es a devolver, a ingresar o si no existen diferencias en la cotización.
¿Qué pasa si el resultado de la regularización es a devolver?
Si las cotizaciones provisionales fueron superiores a las que correspondían según los rendimientos definitivos la Tesorería devolverá de oficio la diferencia.
Por ello, es importante mantener actualizados los datos bancarios en la Seguridad Social para que pueda realizarse el abono.
¿Y si un autónomo no puede pagar la regularización?
Si el resultado de la regularización es a ingresar y la persona autónoma no puede afrontar el pago puede solicitar un aplazamiento de la deuda con la Seguridad Social.
La solicitud deberá realizarse ante la Tesorería General de la Seguridad Social y estará sujeta al cumplimiento de los requisitos establecidos.
¿Qué ocurre si un autónomo no paga la regularización dentro de plazo?
Si existe una cantidad pendiente de ingreso y no se abona dentro del plazo establecido podrán aplicarse recargos del 10% o del 20%, según las circunstancias.
Seguridad Social modifica los aplazamientos de deudas para autónomos en 2026
Desde el 1 de agosto de 2026 están en vigor nuevas reglas para solicitar aplazamientos de deudas con la Seguridad Social.
El Real Decreto 643/2026 ha modificado varios artículos del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social con el objetivo de actualizar y clarificar este procedimiento.
Entre las principales novedades destaca el aumento de las cantidades que pueden aplazarse sin necesidad de constituir garantías.
No será necesario aportar garantías cuando:
- La deuda aplazable sea igual o inferior a 150.000 euros.
- La deuda sea inferior a 250.000 euros y se acuerde ingresar al menos un tercio en los diez días siguientes a la notificación de la concesión, abonando el resto en los dos años siguientes.
Además, la reforma clarifica qué deudas no pueden ser objeto de aplazamiento y actualiza las reglas relativas a los intereses aplicables.
¡IMPORTANTE! La concesión del aplazamiento no es automática.
La persona interesada debe solicitarlo y la Tesorería General de la Seguridad Social resolverá sobre su concesión conforme a los requisitos establecidos.
¿Cómo afecta la regularización a los autónomos en pluriactividad?
Las personas autónomas en situación de pluriactividad cotizan simultáneamente en dos regímenes: en el RETA por su actividad por cuenta propia y en el régimen correspondiente por su trabajo por cuenta ajena.
Esta situación tiene particularidades que deben tenerse en cuenta durante el proceso de regularización de las cuotas.
Además, en 2026 existe un mecanismo específico para evitar un exceso de cotización.
Las personas trabajadoras autónomas en pluriactividad que superen determinados límites de cotización por contingencias comunes tienen derecho al reintegro del 50% del exceso, con el límite del 50% de las cuotas ingresadas en el RETA por contingencias comunes.
Para 2026 este derecho se genera cuando las cotizaciones por contingencias comunes superan los 17.323,68 euros, teniendo en cuenta tanto las efectuadas en el régimen de autónomos como las aportaciones correspondientes a la actividad por cuenta ajena.
La Tesorería General de la Seguridad Social debe realizar este reintegro en un plazo máximo de cuatro meses desde la regularización, salvo que existan circunstancias especiales que impidan efectuarlo en ese plazo o sea necesario que la persona interesada aporte información adicional.
¡IMPORTANTE! Si eres autónomo en pluriactividad y recibes una resolución de regularización es recomendable comprobar tanto las bases utilizadas para realizar el cálculo como el posible derecho a devolución por exceso de cotización.
¿Cuánto pagarán los autónomos en 2027? ¿Subirán las cuotas?
A pocos meses de finalizar 2026 las personas trabajadoras autónomas todavía están pendientes de conocer cómo quedarán las cuotas a la Seguridad Social en 2027.
El sistema de cotización por rendimientos netos, que comenzó a aplicarse en 2023, se diseñó para avanzar progresivamente hacia un modelo en el que las cotizaciones estén cada vez más ajustadas a los ingresos reales de cada persona trabajadora autónoma.
Por el momento, habrá que esperar a que se apruebe la normativa correspondiente para conocer las tablas, bases y cuotas definitivas de 2027 y, por tanto, cuánto tendrá que pagar cada persona autónoma en función de sus rendimientos netos.
Lo que sí está previsto es un cambio que afectará a las cotizaciones: el Mecanismo de Equidad Intergeneracional subirá del 0,90% de 2026 al 1% en 2027.
¿Qué supone este incremento? Para entender mejor qué supone este incremento podemos verlo con dos ejemplos sencillos de bases de cotización:
- Si tomamos como ejemplo una base de cotización de 1.000 euros, el MEI pasaría de 9 euros mensuales en 2026 a 10 euros en 2027. Esto supondría 1 euro más al mes y 12 euros adicionales al año.
- Si tomamos como ejemplo una base de cotización de 3.000 euros, el MEI pasaría de 27 a 30 euros mensuales, lo que supondría 3 euros más al mes y 36 euros adicionales al año.
Por tanto, aunque todavía no se conocen las cuotas definitivas que pagarán las personas autónomas en 2027, sí sabemos que el porcentaje correspondiente al MEI aumentará.
Habrá que estar pendientes de las próximas negociaciones y de la publicación de la normativa que determine cómo continuará el sistema de cotización por rendimientos netos en 2027.
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En resumen…
Las cuotas de autónomos se mantienen en 2026 con carácter general en los mismos tramos previstos para 2025, aunque existen novedades importantes que afectan especialmente a los autónomos societarios y colaboradores, cuya base mínima de cotización se ha incrementado.
Además, durante 2026 continúa el proceso de regularización de cuotas en función de los rendimientos netos, por lo que las cantidades abonadas provisionalmente pueden dar lugar a una devolución o a un importe adicional a ingresar.
De cara a 2027 todavía no se han aprobado las nuevas tablas de cotización, por lo que habrá que esperar a que finalicen las negociaciones y se publique la normativa correspondiente para conocer las cuotas definitivas.
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Buenos días.
En primer lugar agradeceros esta labor divulgativa que hacéis trasladando siempre información relevante. No me queda muy claro para este 2025 si el autónomo colaborador sigue cotizando por 1.000 y es a partir de 2026 cuando ya se establece el mínimo del grupo 7. Aquí en el artículo entiendo que ya debería de cotizar por 1184 € pero en la guía me da a entender que por 1.000 €.
Gracias de antemano por su respuesta
Hola Eva, ¡muchas gracias por tus palabras! En cuanto a tu cuestión, efectivamente, hasta el 31 de diciembre de 2025 la base mínima de cotización para los autónomos colaboradores se mantendrá en 1.000 euros mensuales. ¡Un saludo!
Buenas tardes, estoy muy interesada en poder recibir la guía de autónomos.
Gracias.
Hola María Jesús, te contactamos por privado. ¡Un saludo!
Hola! me gustaría saber cómo se lleva a cabo la regularización en autónomos exentos de realizar declaraciones trimestrales de IRPF por tener más del 70% de las facturas con retenciones, ya que en este caso la seguridad social no conoce los gastos ni datos reales hasta la renta en abril de 2025.
Hola Celia, entendemos que al no tener acceso a los datos reales la Seguridad Social calcula las cuotas basándose en estimaciones según los datos de años anteriores. De todas formas, te sugerimos que consultes a un/a asesor/a laboral para obtener información más detallada y específica sobre tu situación. ¡Saludos!
Hola, lo primero agradecer la labor divulgativa que realizáis. Leyendo toda la explicación anterior me surge una duda, cuando regularicen las cuotas del año 2023, lo harán en base a los rendimientos netos de la renta, pero si eres autónomo societario? también utilizarán únicamente los datos de la renta o utilizarán también el I. Sociedades?
Gracias de antemano
Hola Lola, nos alegra saber que encuentras útiles nuestros posts. En cuanto a tu consulta, para casos específicos como el de los autónomos societarios es recomendable contactar directamente con TGSS para obtener información detallada sobre cómo se aplicarán las regularizaciones en función de la normativa vigente. Un saludo.
Si me di de alta en Marzo de 2024, puedo seguir disfrutando de la tarifa plana o depende de mis ingresos mensuales? Gracias
Hola Miguel, en el segundo año, para poder seguir abonando la cuota fija de 80 euros correspondiente a la Tarifa Plana, es necesario que el rendimiento anual de tu actividad no supere el SMI. ¡Saludos!
Por favor, me podrían enviar la guía de autónomos
Gracias
Hola Angel de Marcos, te contactamos por privado. Un saludo.
Les quedaría muy agradecida si me envían la GUIA DE AUTÓNOMOS.
Saludos cordiales
Hola María Victoria, te contactamos por privado. Un saludo.
QUIERO RECIBIR LA GUIA AUTÓNOMOS 2024
Hola Silvia, te escribimos por privado. Un saludo.
Buenos días,
Quisiera que me mandasen a través del e-mail la GUIA DE AUTÓNOMOS.
Muchas gracias.
Hola Silvia, te escribimos por privado. Un saludo.
Hola, me gustaría recibir la guía de autónomos.
Muchas gracias.
Hola Cristina, te contactamos por privado. Un saludo.
BUENOS DIAS ME GUSTARIA TENER LA GUIA
UN SALUDO
Hola Myriam, te escribimos por privado. Un saludo.
Desearía me manden el enlace para poder descargar la guía de autónomos.
Gracias.
Hola Jose, te contactamos por privado. Un saludo.
Buenos días. Estoy interesado en la guía de los autónomos. Muchas gracias.
Hola Javier, te escribimos por privado. Un saludo.
El nuevo sistema de cotización 2023, RD-l 13/2022, no afecta a todos.
Real Decreto Ley 26/2022. Según dice el texto, »
La Disposición Transitoria Sexta de este Real Decreto-Ley establece que los trabajadores por cuenta propia o autónomos que a 31 de diciembre de 2022 vinieren cotizando por una base de cotización superior a la que les correspondería por razón de sus rendimientos podrán mantener dicha base de cotización,
o una inferior a esta, aunque sus rendimientos determinen la aplicación de una base de cotización inferior a cualquiera de ellas, por tanto el nuevo sistema de cotización 2023 no tiene carácter retroactivo. También estando en el antiguo sistema de cotización no queda claro el tema revalorización de cuotas, pues en 2023 se revalorizaron de manera automática el IPC el 8,6% y en 2024 la subida del 3,1% del IPC. Muy pocos se han enterado del citado Decreto, ni han informado quien debía en los plazos oportunos.
Interesada en la guía
Hola María, te contactamos por privado. Un saludo.
Les ruego que se sirvan remitirme la Guía sobre la cuota de autónomos y su regularización en 2024 con todo lo que debes saber.
Lo que genera más problema es que los autónomos no entienden que pagando por el mínimo de cada tramo se les pueda exigir posteriormente una mayor cuota por la equiparación de los ingresos reales declarados en renta.
Si la Seguridad Social reclama esas diferencias, se va a producir un levantamiento del tipo de las tractoradas.
Vamos a ver que pasa.
Hola Jose, te escribimos por privado. Un saludo.
Hola, me pueden enviar la guía por favor ?
Hola Bea, te contactamos por privado. Un saludo.
Interesada en la guía de autónomos
Hola Carmen, te escribimos por privado. Un saludo.
Hola! Me gustaría recibir la guía de autónomos. Gracias!
Hola Miriam, te escribimos por privado. Un saludo.
Quiero recibir la guía de la cotización al RETA.
Hola Evaristo, te contactamos por privado. Un saludo.
Buenos días. Me gustaría saber cuanto pagaría de cuota de autónomos en 2024? Explico mi situación: me había dado de alta de autónomos el 30.12.2022, y durante todo el año 2023 he podido disfrutar todavía de la cuota de autónomos de la tarifa plana que existía en 2022 de 65€/mes. Esta tarifa se terminará el 30.12.2023 para mi. Cuanto pagaría apartir de entonces? Existe otro año de tarifa plana o se calculará apartir de entonces según mis ganancias? Gracias de antemano, saludos.
Buenas tardes. Me gustaría poder recibir la Guía de Autónomos
Hola Manuel, te escribimos por privado. Un saludo.
Buenas, como podría descargar la guía de autónomos.
Gracias.
Hola Beatriz, te escribimos por privado. Un saludo.
SOLICITO UNA GUIA DE AUTONOMOS
Hola Gustavo, te contactamos por privado. Saludos.
Buenos días:
Solicitamos la Guía gratuita sobre la cuota de autónomos en 2023
Muchas gracias
Hola Mayte, te contactamos por privado para indicarte cómo puedes descargar la guía de autónomos. Un saludo.
Buenas tardes, podeis indicarme como descargar la guia?
Hola, Alicia. Te escribimos por privado para indicarte cómo descargar la guía. Un saludo.
Buenos dias,
Quisieramos recibir la guia de Autonomos, si no les es molestia.
Atte.
Ma Carmen
RAMON VILA FERRAN SL
Gestoria Administrativa
Hola Ma Carmen, os contactamos por privado y os indicamos cómo descargar la guía. Un saludo
Hola, me gustaría recibir la guía de autónomos
Hola Ana, te escribimos por privado. Un saludo
Buenos días, ruego me envíen la Guía sobre la cuota de autónomos en 2023, muchas gracias, saludos.
Hola Julio, nos ponemos en contacto contigo por privado. Un saludo
Buenos días,
¿Podrían enviarme enlace para poder descargar la guía?.
Muchas gracias. Un saludo.
Hola Manoli, te contactamos por privado y te indicamos cómo descargar la guía. Un saludo
Desearía me manden el enlace para poder descargar la guía de autónomos.
Gracias.
Hola Francisco, te contactamos por privado para indicarte cómo descargarla. ¡Un saludo!
Hola, desearía la guía. Muchas gracias.
Hola Mariano, te escribimos por privado. ¡Un saludo!
Hola
Me gustaria recibir la guia de autonomos. Muchas gracias. Un saludo
Olatz
Hola Olatz, te contactamos por privado para indicarte cómo recibir la guía de autónomos en tu email. ¡Un saludo!
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Hola Silvia, te contactamos por privado. ¡Un saludo!