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Sanciones a las Pymes por no enviar el Certificado de Empresa

28 agosto, 2014
Sanciones a las Pymes por no enviar el Certificado de Empresa

Hoy queremos avisar sobre la importancia de enviar los certificados de empresa al Servicio Público de Empleo Estatal telemáticamente, a través del sistema certific@2.

 

Sanciones a las Pymes por no enviar el Certificado de Empresa

Anteriormente, las empresas con menos de 10 trabajadores estaban exentas de enviar el certificado, siguiendo lo establecido en el artículo 5,1 b, de la Orden TIN/790/2010. Pero tras la Orden ESS/484/2013, de 26 de marzo , se suprime la exención transitoria de enviar el certificado de empresa para empresas con menos de 10 trabajadores.

Por este motivo, es imprescindible que todas las empresas, independientemente de su tamaño, envíen los certificados de empresa de forma telemática.

Ojo: ya se están produciendo las primeras sanciones.

La aplicación Netcontrata permite emitir y enviar telemáticamente vuestro certificado de empresa. A continuación os vamos a explicar cómo enviar el certificado, en 3 sencillos pasos, y así cumplir con esta nueva obligación:

  • En la pestaña de Certific@2, seleccionamos la opción «Certificados de Empresa de Cese Online«.

grupo2000-certificados-empresa-netcontrata

  • Importamos el certificado desde nuestro programa de nóminas, indicando la carpeta donde lo tenemos archivado, y pulsamos «Seleccionar«.

grupo2000-importar-certificado

  • Tras la importación del documento, nos aparecerá el certificado, iremos a la parte inferior de la pantalla, donde encontraremos las opciones de «validar» y «envío online certificado«, haremos «clic» en ambas opciones por este orden.

grupo2000-certificados-empresa-enviar

La aplicación Netcontrata tiene ésta y otras muchas utilidades, que os ayudarán a ahorrar tiempo y trámites en vuestro trabajo diario.

 

¿Qué plazo tengo para enviar el certificado de forma telemática?

El plazo es de 10 días a contar desde el día siguiente en que el trabajador se encuentra en situación legal de desempleo.

 

¿Qué sucede con los certificados de empresa que no he enviado en su momento?

Tras consultar con el SEPE, nos indican que si la empresa no ha cumplido con la obligación de enviar de forma telemática el certificado en el plazo establecido, en principio no será sancionada, pero si será objeto de sanción si el trabajador solicita posteriormente la prestación en la Oficina de Empleo y se detecta la falta de dicho envío.

 

¿Hay que enviar el certificado de empresa siempre?

Desde el SEPE recomiendan realizar esta gestión siempre que se produzca el cese del trabajador, para evitar posibles incidencias, ya que es posible que el trabajador acuda más tarde a la Oficina de Empleo, sin conocimiento de la empresa.

A continuación os adjuntamos la copia de una sanción impuesta por este motivo:

sancion-certificado empresa 1

sancion-2

sancion-3

sancion-4

Para cualquier consulta sobre este tema, estamos a vuestra disposición en el teléfono 958 806 760.

Fuente: Orden TIN/790/2010, Orden ESS/484/2013.

Ángela M. Labrador

16 Comentarios

  1. Vanessa Gómez Carrizo

    Hola, llevo desde el día 23/10/2023 pidiendo el certificado de empresa, ellos dicen que lo envían pero no es cierto, en el sepe no me cogen el certificado en papel que lo e llevado hoy, e llamado a todos los teléfonos que encuentro, solo hablan máquinas, estoy desesperada ya sería el segundo mes que no cobro y no me dan ninguna solucio

    Responder
  2. MIGUEL ANGEL VILLEGAS

    QUISIERA SABER SI CUANDO UN TRABAJADOR DE NUESTRA EMPRESA PARA A OTRA POR SUBROGACION A CAUSA DE LA PERDIDA DE UNA CONCESION TENGO QUE ENVIAR EL CERTIFICADO DE EMPRESA AL SEPE.

    EN CASO A FIRMATIVO QUE CODIGO DE CAUSA DE EXTINCION DE LA RELACION LABORAL DEBERIAMOS PONER EN EL CERTIFICADO.

    Responder
  3. Maria

    buenos días, acabo de recibir un requirimiento del SEPE advirtiendo que la remisión electrónica de los certificados de empresa se envía el mismo día del cese. ¿dònde esta´regulado? tenia entendido que tenía 10 días. Gracias

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Buenos días, María. Para emitir el certificado de empresa habría 10 días a contar desde el día siguiente a la situación legal de desempleo. No tengo noticias sobre normativa posterior. Quizá pueda ser que el trabajador/a haya tenido cita para solicitar la prestación al día siguiente y por eso lo estén pidiendo. Un saludo

      Responder
  4. EMILIO

    Hola buenos dias termine el contrato el dia 31 de Enero y resulta a dia de ayer 10 de Marzo la empresa no habia enviado ala inem el certificado de empresa lo cual no cobre mi ayuda familiar que tendria que hacer para denunciarla saludos.

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  5. Patricia

    Hola,tiene la empresa obligación de enviar el certificado a la oficina del SEPE ,de un trabajador , aunque sean pocos trabajadores y la empresa sea de carácter temporal?(4 meses al año) gracias

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Buenas tardes, Patricia. Esta obligación es para todas las empresas, independientemente del tipo de contrato y su duración. Un saludo

      Responder
  6. Juan

    Hola, soy empresario. me podrían ayudar con el envío del certificado telematico? Es que estoy teniendo problemas con la gestora porque dice que no sabe hacerlo. Que hago??

    Responder
  7. marisa guerra delgado

    hola,
    En el caso que un trabajador cause baja porque se jubila, entiendo que no hay que enviar el certificado telemáticamente, es así???????

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Buenos días, Marisa. Para esta situación, entendemos que no es un cese del trabajador, sino una jubilación. No obstante, te recomendamos confirmarlo con el SEPE y verificar con ellos todos los pasos necesarios. Un saludo

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      • Ileana Arauz

        Hola! El día 31 de Julio, acabo contrato,tramite la primera cita a los 9 días en el INEM,me la dan a los 16 días de haber finalizado contrato pero ese día todavía la empresa no había enviado el certificado de empresa, ahora pedido otra cita me la dan el 27 para dar tiempo a la empresa, tengo algún riesgo por culpa de la empresa que me denieguen el paro porque la segunda cita no está dentro de los 15 días

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  8. Manuel López Fidalgo

    Yo cause baja el 28/03/2019 y el día 8/04/2019 me presenté a la oficina del INEM y no estaba el certificado de empresa,ese mismo día fui a la empresa y lo dije y me digeron que lo iban a mandar, luego el 29/04/2019 recibí una llamada del INEM y me dijeron que no lo habían enviado y no me podían pagar sino llegaba ese día,llame a la empresa y me dijeron que en una hora estaría dicho certificado de empresa,y no fue verdad,y hoy 23/04/2019 fui a la oficina del INEM y me dijeron que lo enviaron el día 9/04/2019, pero esto me ocasionó problemas para el pago de mi tarjetas de crédito lo cual ya me impidieron 40€ por encima,más el pago de mi alquiler que no puedo pagar este mes y me quieren hechar,más 80€ de gastos en el viaje al INEM porque estaba ya de alta trabajando y tuve que viajar 350 km para asistir a dicha cita,quisiera saber si puedo reclamar por mis perjuicios

    Responder
  9. Valean

    Mi empresa no mando el.certificado de empresa al inem el lo 15 dias que tenia que averlo mandado y me han archivado la.solicitud del.paro .que puedo hacer ?gracias un saludo

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Buenos días, Valean. En estos casos te recomendamos acudir a tu oficina de empleo para ver las posibilidades o contactar con un profesional que te asesore. Muchas gracias. Un saludo

      Responder
    • Margarita

      Hola mi caso esque ani me despidieron el 15 de novienbre fui alos dias a hechar el oaro y solo quedo pendiente el certificado de enpresa. Volvi a pedir cita y me dijeron que hablara con la enpresa para que me lo mandaran a la we y me dijeron que no me lo mandaban hoy despues ya de 2 meses tuve que hacer un papel donde desde el sepe se encargaran de pedir mi certificado y mi pregunta es se pueden negar a ellos

      Responder
      • Ángela Martínez Labrador

        Hola Margarita. La empresa está obligada a facilitarlo, como comentamos en nuestro artículo, en caso de no facilitarlo, puede ser sancionada. Un saludo

        Responder

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