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¿El registro de jornada es obligatorio para las empleadas de hogar?

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) aplica la jurisprudencia que marcó el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE

¡Atención! Abordamos una cuestión clave: ¿el registro de jornada es obligatorio para las empleadas de hogar?

La justicia española ha reconocido este derecho subrayando la necesidad de modificar la ley. Te lo contamos todo, a continuación.

Además, repasamos el Real Decreto 893/2024, por el que se regula la protección de la seguridad y la salud en el ámbito del servicio del hogar familiar.

Esta normativa amplía la protección del colectivo y mejora sus condiciones laborales.

¿Quieres saber qué nuevas medidas recoge y cuándo entrarán en vigor? Analizamos los nuevos derechos para las empleadas del hogar en España.

 

¿Es obligatorio registrar la jornada laboral de las empleadas del hogar? 

Aunque aún no hay una ley estatal que obligue directamente a registrar la jornada laboral de las empleadas del hogar la jurisprudencia ya lo está considerando fundamental.

Según una sentencia del TSJPV, de 6 de marzo de 2025, los empleadores deberían registrar la jornada diaria de las empleadas del hogar, especialmente cuando trabajan a jornada completa.

De lo contrario, sería imposible determinar el número de horas realizadas y la distribución del tiempo que realiza este colectivo.

Esta obligación se apoya en la jurisprudencia europea (TJUE, diciembre de 2024), que declara que excluir del registro de jornada a estas trabajadoras es contrario al Derecho de la Unión Europea, y discriminatorio por razón de género, ya que la mayoría de empleadas del hogar son mujeres.

Por tanto, la sentencia presiona al legislador a modificar la normativa actual que hasta ahora dejaba fuera a este colectivo.

Aunque aún no hay una ley estatal en vigor que lo imponga directamente esta resolución judicial marca un precedente legal.

El caso analizado fue el siguiente:

  • Una empleada del hogar fue despedida tras cinco meses de contrato. En primera instancia, se declaró el despido improcedente y se reconocieron 364 euros de indemnización y 934 euros por vacaciones y pagas extras pendientes.
  • Sin embargo, la trabajadora alegó haber trabajado 79 horas semanales, y no 40, reclamando una compensación mayor.
  • El TSJPV estimó su recurso argumentando que:
    • El artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores sí es aplicable al empleo doméstico.
    • No registrar la jornada le impidió demostrar el exceso de horas trabajadas.
    • Esta práctica constituye una forma de discriminación indirecta por razón de sexo.

Por tanto, el Tribunal le reconoció el horario alegado y elevó la indemnización a 4.183 euros más intereses de demora.

 

Obligaciones para empleadores domésticos en 2025

Si tienes contratada a una empleada del hogar es muy recomendable que empieces a registrar su jornada diaria. Por ejemplo, con una app a través del móvil.

Además del registro de jornada también te interesa conocer el Real Decreto 893/2024, que refuerza la protección en materia de seguridad y salud para las trabajadoras del hogar.

A continuación, te contamos cuáles son los nuevos derechos laborales para empleadas del hogar en España:

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Se amplía la protección a las empleadas del hogar

Con el objetivo de equiparar las condiciones laborales de las empleadas del hogar al resto de personas trabajadoras el Consejo de Ministros aprobó un paquete de medidas que amplían la protección legal para el colectivo.

Entre las novedades más destacadas se incluye por primera vez la prevención de riesgos laborales en el ámbito doméstico y se establecen nuevas obligaciones para los empleadores.

A continuación, te explicamos de forma clara y sencilla en qué consisten estos derechos y cuándo entran en vigor

 

¿Cuáles son los nuevos derechos de las empleadas del hogar?

Las empleadas del hogar tienen nuevos derechos relacionados con la protección de los riesgos laborales:

 

Derecho a la evaluación de riesgos en el empleo doméstico

La persona empleadora deberá realizar una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y salud de las personas trabajadoras adaptada a las tareas específicas del hogar.

Esta evaluación deberá actualizarse siempre que cambien las condiciones de trabajo o si se produce algún incidente relevante.

¡Importante! Los hogares con empleadas del hogar deberán tener realizada su evaluación de riesgos laborales antes del 14 de noviembre de 2025.

Para facilitar el proceso el INSST dispone de una herramienta online y gratuita (www.prevencion10.es) donde los empleadores pueden elaborar la evaluación e incluir las medidas preventivas.

Una vez completada deberá descargarse el documento denominado «Plan de Prevención de Riesgos Laborales», que debe:

  • Firmarlo tanto la persona empleadora como la empleada.
  • Guardarse en el domicilio donde se realiza la actividad laboral, por si lo requiere la Inspección de Trabajo.

En la herramienta se introducen los datos del empleador, de las personas que trabajan en el hogar y las tareas que realizan.

A partir de esa información se cumplimenta la evaluación respondiendo a una serie de preguntas por bloques. Si se detecta algún riesgo la propia web propondrá mejoras y soluciones.

No contar con este plan puede acarrear sanciones administrativas que pueden superar en los casos más graves los 800.000 euros.

 

Derecho a la adopción de medidas preventivas para las personas empleadas del hogar

Las empleadas del hogar deberán recibir gratuitamente los equipos de protección necesarios, como guantes u otros elementos de seguridad.

Además, la persona empleadora deberá mantener y renovar estos equipos cuando sea necesario y adaptar las medidas de protección si se detectan deficiencias.

 

Derecho a formación gratuita

Desde el inicio de su contrato las empleadas del hogar tendrán acceso a formación gratuita online sobre riesgos laborales y medidas de protección.

Esta formación será única, incluso si las trabajadoras prestan servicios para varias personas empleadoras.

La formación se impartirá durante la jornada laboral, siempre que sea posible, o fuera de ella compensando el tiempo.

El programa formativo será financiado por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y gestionado por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FSP).

 

Derecho a abandonar el trabajo ante situaciones de acoso laboral

Las personas empleadas del hogar tendrán derecho a abandonar su puesto de trabajo si sufren acoso laboral, sexual o cualquier forma de violencia.

Esta acción no se considerará dimisión ni causa de despido.

 

Derecho a tener reconocimientos médicos gratuitos

Las personas empleadas del hogar tendrán derecho a recibir reconocimientos médicos periódicos y gratuitos de forma voluntaria y sin ningún coste.

Estos reconocimientos se tendrán que realizar al menos cada tres años, salvo que, por indicación médica, se establezca una periodicidad más corta o sea necesario actualizarlos debido a cambios en las condiciones de trabajo.

Los exámenes médicos podrán llevarse a cabo dentro del Sistema Nacional de Salud.

 

Derecho a interrumpir la actividad en caso de riesgo grave

Las empleadas del hogar también tendrán derecho a interrumpir su actividad si consideran que están enfrentando un riesgo grave e inminente para su salud o integridad física.

En ningún caso podrán ser objeto de represalias por parte de las empleadoras por ejercer este derecho.

 

¿Qué nuevas obligaciones tienen quienes contratan personas empleadas del hogar?

La normativa establece varias obligaciones para las personas empleadoras de personal del hogar:

  • Evaluación de riesgos: Deberán realizar una evaluación de los riesgos potenciales en los domicilios donde trabajará el personal para asegurar un entorno seguro. Como comentamos, el plazo para realizar la evaluación de riesgo termina el próximo 14 de noviembre.
  • Provisión de equipos de trabajo: Estarán obligadas a proporcionar, de forma gratuita, los equipos de trabajo necesarios para el adecuado desempeño de las funciones de las empleadas.
  • Medidas de seguridad: Tendrán que informar sobre los riesgos y adoptar las medidas necesarias si hay un peligro grave e inminente en el hogar. No podrán exigir la reanudación del trabajo mientras persista dicho peligro.

¡Importante! En principio las familias no van a tener que asumir gastos adicionales significativos, salvo que elijan contratar un seguro que cubra estos aspectos.

 

¿Cuándo entran los nuevos derechos de las empleadas de hogar en vigor?

El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) elaboró la herramienta de evaluación de riesgos para hogares disponible desde el 14 de mayo de 2025.

Las familias han tenido 6 meses desde esa fecha para aplicar las medidas preventivas necesarias: el plazo finaliza el 14 de noviembre de 2025.

El INSST también elaborará una guía técnica completa con toda la información sobre derechos y obligaciones en el plazo de 12 meses.

Por su parte, la puesta en marcha de las actividades de formación en materia preventiva dependerá de una resolución que debe dictar el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Estos nuevos derechos se suman a otros derechos importantes, como el acceso al subsidio por desempleo, y se alinean con el Convenio 189 de la OIT sobre empleadas del hogar en España para asegurar medidas que beneficien a este colectivo.

¿Conocías estas novedades? ¿Crees que podrías beneficiarte de la ayuda? No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

 

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30 octubre, 2025
Olga Agea

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