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Estas son las bases y tipos de cotización 2026 a la Seguridad Social

Estas son las bases y tipos de cotización 2026 a la Seguridad Social

¡Novedades laborales! El Real Decreto-ley 16/2025 incluye la actualización del tope máximo y mínimo de las bases de cotización a la Seguridad Social para 2026.

No obstante, habrá que esperar hasta la publicación de la Orden que desarrolla las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2026, así como la próxima actualización del SMI para conocer los detalles definitivos.

En cualquier caso, a continuación detallamos las cuantías que se conocen hasta el momento. Estas son las bases y tipos de cotización 2026 a la Seguridad Social:

 

¿Cómo son las cotizaciones de la Seguridad Social en 2026?

Tal y como recoge el Real Decreto-ley 16/2025 para el ejercicio 2026 y hasta la aprobación de la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado:

  • Las bases mínimas de cotización, de los grupos de cotización de los regímenes que las tengan establecidas, se incrementarán de forma automática en el mismo porcentaje que lo haga el SMI, sumándole un 1/6 adicional.
  • Las bases máximas de cada categoría profesional y el tope máximo de las bases de cotización se fija en 5.101,20 euros mensuales.

Entonces, ¿cuáles son las bases y tipos de cotización para 2026 a la Seguridad Social?

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¿Aumenta el MEI en 2026? ¿Tendrá impacto en las cotizaciones?

Sí, el MEI aumenta en 2026 fijándose en un 0,9%. De este porcentaje:

  • Un 0,75% va a cargo de la empresa.
  • Un 0,15% corresponde a la persona trabajadora.

Las personas autónomas van a tener que asumir de forma íntegra ese 0,9%.

 

¿Cuáles son las bases de cotización a la Seguridad Social?

Para 2026 la base máxima de cotización a la Seguridad Social se ha fijado en 5.101,20 euros mensuales.

En cuanto a las bases mínimas todavía no se ha publicado la Orden por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2026.

Por ahora, se mantienen de manera transitoria las bases mínimas recogidas en la Orden PJC/178/2025 fijadas para 2025, hasta que se actualicen en función del SMI 2026:

Grupo de cotización Categoría Base Mínima 2026  Base Máxima 2026
1 Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección excluido del art. 1,3 c de ET 1.929 € 5.101,20 €
2 Ingenieros, Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados 1.599,60 € 5.101,20 €
3 Jefes Administrativos y de taller 1.391,70 € 5.101,20 €
4 Ayudantes no titulados 1.381,20 € 5.101,20 €
5 Oficiales Administrativos 1.381,20 € 5.101,20 €
6 Subalternos 1.381,20 € 5.101,20 €
7 Auxiliares Administrativos 1.381,20 € 5.101,20 €

Las bases mínimas para las categorías de oficiales de primera, segunda, tercera, peones, y trabajadores menores de 18 años para 2026 son de momento:

  • Bases mínimas diarias: 46,04 euros.
  • Bases máximas diarias: 163,65 euros.

 

Tabla comparativa con las bases mínimas y máximas de 2025 y 2026

A continuación, os mostramos una tabla comparativa con la evolución de las bases mínimas y máximas de los últimos años:

Grupo  Categoría De Enero a Diciembre – 2025 De Enero a Diciembre – 2025 De Enero a Diciembre – 2026 De Enero a Diciembre – 2026
Bases mínimas Bases máximas Bases mínimas Bases máximas
1 Ingenieros y licenciados. Alta dirección 1.929 €/mes 4.909,50 €/mes 1.929 €/mes 5.101,20 €/mes
2 Ingenieros Técnicos, Peritos, Ay. titulados 1.599,60 €/mes 4.909,50 €/mes 1.599,60 €/mes 5.101,20 €/mes
3 Jefes Administrativos y de taller 1.391,70 €/mes 4.909,50 €/mes 1.391,70 €/mes 5.101,20 €/mes
4 Ayudantes no titulados 1.381,20 €/mes 4.909,50 €/mes 1.381,20 €/mes 5.101,20 €/mes
5 Oficiales administrativos 1.381,20 €/mes 4.909,50 €/mes 1.381,20 €/mes 5.101,20 €/mes
6 Subalternos 1.381,20 €/mes 4.909,50 €/mes 1.381,20 €/mes 5.101,20 €/mes
7 Auxiliares administrativos 1.381,20 €/mes 4.909,50 €/mes 1.381,20 €/mes 5.101,20 €/mes
8 Oficiales de primera y segunda 1.381,20 €/mes 4.909,50 €/mes 1.381,20 €/mes 5.101,20 €/mes
9 Oficiales de tercera y especial. 1.381,20 €/mes 4.909,50 €/mes 1.381,20 €/mes 5.101,20 €/mes
10 Peones 1.381,20 €/mes 4.909,50 €/mes 1.381,20 €/mes 5.101,20 €/mes
11 Menores de 18 años 1.381,20 €/mes 4.909,50 €/mes 1.381,20 €/mes 5.101,20 €/mes

 

¡IMPORTANTE! Estamos a la espera de publicación del próximo aumento del SMI para modificar las bases mínimas de cotización para 2026.

¿Qué tipos de cotización se aplican en 2026?

Los tipos de cotización al Régimen General aplicables de momento son:

Contingencias Empresa Trabajadores Total
Comunes 23,60% 4,70% 28,30%
Desempleo 5,5% 1,55% 7,05%
FOGASA 0,20% 0,20%
Formación 0,60% 0,10% 0,70%
MEI 0,75% sobre contingencias comunes 0,15% sobre contingencias comunes 0,90% sobre contingencias comunes

Habrá que esperar para ver si los porcentajes se modifican para el próximo año.

¡IMPORTANTE! En 2026 el MEI aumenta situándose en un 0,9%.

 

¿Cuál es la cotización del contrato de formación en alternancia durante 2025?

Hasta que no se publique el próximo aumento del SMI las bases y tipos de cotización específicos para el contrato de formación en alternancia seguirían siendo:

  • Base de cotización mensual: 1.381,20 €
  • Base de cotización diaria: 46,06 €

La cotización a la Seguridad Social consiste en una cuota única mensual de 67,13 € por contingencias comunes, de los que 55,97 € serán a cargo de la empresa y 11,16 €, a cargo de la persona trabajadora.

Las contingencias profesionales suponen 7,71 € a cargo del empresario, de los que 3,99 € corresponden a incapacidad temporal y 3,72 € a invalidez, muerte y supervivencia.

La base de cotización por desempleo es la base mínima correspondiente a las contingencias por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

La cotización al Fondo de Garantía Salarial consiste en una cuota mensual de 4,25 €, a cargo del empresario.

Mientras que la cotización por formación profesional consiste en una cuota mensual de 2,36 €, de los que 2,09 € son a cargo del empresario y 0,27 €, a cargo de la persona trabajadora.

¡Importante! Hay que tener en cuenta que la Orden PMC/313/2023 confirmó la aplicación desde enero de 2023 de un cambio importante en los tipos de cotización aplicables, una modificación introducida por la Reforma Laboral.

Se pueden producir 2 tipos de situaciones:

a) Que el contrato de formación cotice por la base mínima, en cuyo caso sus seguros sociales consisten en una cuota fija.

Hay que destacar que la mayor parte de estos contratos formativos están exentos de cotizar los seguros sociales si se cumplen los requisitos para su bonificación.

b) Que el contrato de formación cotice por encima de la base mínima.

En estas situaciones, a la cuantía que exceda sobre la base mínima se le aplican otros tipos de cotización.

¡Importante! Todos los conceptos (excepto el MEI, que en 2026 pasa a ser de un 0,9%) seguirán bonificados.

A continuación, puedes ver toda la información sobre los tipos de cotización para el contrato de formación en alternancia con más detalle:

¿Cuál es el tipo de cotización para los autónomos durante 2026?

Durante el año 2026 las personas trabajadoras incluidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos continuarán aplicando las tablas de cotización previstas para 2025 en la disposición transitoria primera del Real Decreto-ley 13/2022, ajustando la referencia al año 2026.

Importante: la base máxima de los tramos 11 y 12 de la tabla general se actualizará según el tope máximo de cotización del Régimen General de la Seguridad Social para 2026.

 

En el caso de la tabla reducida:

Tramos Base mínima Base máxima
Tramo 1: Hasta 670 euros/mes 653,59 euros/mes 718,94 euros/mes
Tramo 2: De 670 a 900 euros/mes 718,95 euros/mes 900 euros/mes
Tramo 3: De 900 a 1.166,70 euros/mes 849,67 euros/mes 1.166,70 euros/mes

 

En el caso de la tabla general:

Tramos Base mínima Base máxima
Tramo 1: De 1.166,70 a 1.300 euros/mes 950,98 euros/mes 1.300 euros/mes
Tramo 2: De 1.300 a 1.500 euros/mes 960,78 euros/mes 1.500 euros/mes
Tramo 3: De 1.500 a 1.700 euros/mes 960,78 euros/mes 1.700 euros/mes
Tramo 4: De 1.700 a 1.850 euros/mes 1.143,79 euros/mes 1.850 euros/mes
Tramo 5: De 1.850 a 2.030 euros/mes 1.209,15 euros/mes 2.030 euros/mes
Tramo 6: De 2.030 a 2.330 euros/mes 1.274,51 euros/mes 2.330 euros/mes
Tramo 7: De 2.330 a 2.760 euros/mes 1.356,21 euros/mes 2.760 euros/mes
Tramo 8: De 2.760 a 3.190 euros/mes 1.437,91 euros/mes 3.190 euros/mes
Tramo 9: De 3.190 a 3.620 euros/mes 1.519,61 euros/mes 3.620 euros/mes
Tramo 10: De 3.620 a 4.050 euros/mes 1.601,31 euros/mes 4.050 euros/mes
Tramo 11: De 4.050 a 6.000 euros/mes 1.732,03 euros/mes 5.101,20 euros/mes
Tramo 12: Más de 6.000 euros/mes 1.928,10 euros/mes 5.101,20 euros/mes

Por otra parte, habrá que esperar a ver si se mantiene el tipo de cotización para los autónomos del 28,30% por contingencias comunes. De momento, los datos que conocemos son los siguientes:

  • Cotización por Contingencias Comunes: 28,30%
  • Cotización por Contingencias Profesionales: 1,30%
  • Cese de actividad: 0,90%
  • Formación profesional: 0,10%
  • Para el mecanismo de equidad intergeneracional, se aplica el tipo del 0,9% sobre la base de cotización por Contingencias Comunes.

Las bases de cotización aplicables con carácter general son:

  • Base mínima de cotización: 950,98 €/mensuales
  • Base máxima de cotización: 5.101,20 euros €/mensuales

 

La tarifa plana: bonificación para los autónomos en 2026

Existe una bonificación muy interesante de la que se pueden seguir beneficiando los autónomos: la Tarifa Plana.

Consiste en comenzar con un pago de 80 euros/mes a la Seguridad Social en lugar de la cuota correspondiente que habría que pagar en el sistema de cotización por tramos en función de los ingresos reales.

La tarifa plana para autónomos es:

  • De 80 euros durante los 12 primeros meses de actividad, con independencia de los ingresos que tenga el trabajador por cuenta propia
  • En los siguientes 12 meses el autónomo puede continuar pagando los 80 euros de cuota mensual siempre que sus ingresos netos estén por debajo del SMI.

Los requisitos para acceder y beneficiarse de la tarifa plana son los siguientes:

  • Darse de alta por primera vez como autónomo.
  • No haber estado dado de alta en los últimos 2 años (3 en el caso de haber recibido alguna bonificación)
  • Si un autónomo ya se benefició de la tarifa planta tienen que haber transcurrido 3 años desde su baja.
  • No ser autónomo colaborador.
  • No tener deudas con Hacienda y la Seguridad Social.

Además, los autónomos de algunas comunidades autónomas pueden acceder a la Cuota Cero.

 

¿Cuál es la cotización de las empleadas de hogar en 2026?

Habrá que esperar hasta conocer las cuantías aplicables a la cotización de las empleadas de hogar en 2026.

De momento, según la Orden PJC/178/2025 las retribuciones mensuales y las bases de cotización por contingencias comunes y profesionales para las empleadas del hogar son:

Retribución mensual Cotización mensual 
Hasta 319 € 296 €
De entre 319,01 € a 495 € 423 €
De entre 495,01 € a 672 € 584 €
De entre 672,01 € a 850 € 761 €
De entre 850,01 € a 1.029 € 941 €
De entre 1.029,01 € a 1.204 € 1.116 €
De entre 1.204,01 a 1.381,20 € 1.381,20 €
Desde 1.381,21 € Retribución mensual

El tipo de cotización por contingencias comunes es 28,30% (23,60% a cargo del empleador y 4,70% a cargo del empleado).

Para el MEI se aplica el tipo del 0,9 % sobre la base de cotización por contingencias comunes, del que el 0,75% va a cargo del empleador y el 0,15% a cargo del trabajador.

¡Importante! Desde el 1 de enero de 2025 es aplicable una reducción del 20 % en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes. (Habrá que ver si también es aplicable en 2026).

Asimismo, existe una bonificación del 80% en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial. (Habrá que esperar también para ver si continúa siendo de aplicación).

 

¿Cómo es la cotización para artistas?

La base máxima de cotización por contingencias comunes para las categorías profesionales de los artistas es de 5.101,20 € al mes.

¿Cómo se determina el tope máximo de las bases de cotización según las actividades que realiza un artista para una o varias empresas?

El tope máximo tiene carácter anual y se determina por la elevación a cómputo anual de la base mensual máxima señalada.

A continuación, mostramos las bases de cotización aplicables hasta que se publiquen las de 2026:

Retribuciones íntegras Cuantía en euros por día 
Hasta 555 euros 327
Entre 555,01 y 999 euros 412
Entre 999,01 y 1.672 euros 492
Mayor de 1.672 euros 653,10

La base de cotización aplicable durante los períodos de inactividad de los artistas en los que se mantenga de forma voluntaria la situación de alta en la Seguridad Social será la base mínima vigente en cada momento, por contingencias comunes, correspondiente al grupo 7 de la escala de grupos de cotización de dicho régimen.

El tipo de cotización para artistas aplicable es el 11,50 %.

Para el mecanismo de equidad intergeneracional, se aplica el tipo del 0,9% sobre la base de cotización por contingencias comunes, del que el 0,75% va a cargo del empleador y el 0,15% a cargo del trabajador.

 

¿Cómo es la cotización para profesionales taurinos?

La base máxima de cotización por contingencias comunes para todas las categorías de los profesionales taurinos es de 5.101,20 euros mensuales.

El tope máximo de las bases de cotización para los profesionales taurinos tiene carácter anual y se determinará por la elevación a cómputo anual de la base mensual máxima señalada.

Las bases de cotización para determinar las liquidaciones provisionales por los profesionales taurinos (hasta que se publiquen las cuantías de 2026) son las siguientes:

Grupo de cotización Euros al día
1 1.514
2 1.396
3 1.047
7 626

Al igual que en casos anteriores, para el MEI se aplica el tipo del 0,9% sobre la base de cotización por contingencias comunes.

 

¿Cómo es la cotización en las prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en los programas de formación?

De momento, no conocemos las cuantías aplicables en 2026.

Las cuantías de aplicación a las cuotas de cotización para las prácticas (formativas y académicas externas) en 2025 son las siguientes:

Las prácticas formativas remuneradas se regirán por las reglas de cotización de los contratos formativos en alternancia.

Se excluyen las cuotas por desempleo, FOGASA y formación profesional.

Mientras que las prácticas formativas no remuneradas consisten en:

  • 2,79 € por contingencias comunes excluida la prestación de incapacidad temporal.
  • Y de 0,34 € por contingencias profesionales, sin que pueda superarse la cuota máxima mensual por contingencias comunes de 63,44 € y por contingencias profesionales de 7,71 € , de los que 3,99 € corresponden a la contingencia de incapacidad temporal y 3,72 € a la de incapacidad permanente y muerte y supervivencia.
  • De la cuota diaria por contingencias profesionales de 0,34 €, 0,18 € corresponderán a la contingencia de incapacidad temporal y 0,16 € a las contingencias de incapacidad permanente y muerte y supervivencia.

¡IMPORTANTE! Para ambos tipos de prácticas a las contingencias comunes les resulta de aplicación la reducción del 95% sin que les sean aplicables otros beneficios en la cotización distintos a esta reducción.

Las prácticas formativas, tanto en el caso de las remuneradas como no remuneradas, quedan excluidas de la cotización finalista para el MEI.

 

¿Cuál es la cotización adicional de solidaridad?

¡Importante! Hay que tener en cuenta que desde el 1 de enero de 2025 resulta de aplicación la cotización adicional de solidaridad.

Esta cotización adicional de solidaridad varía en función los rendimientos del trabajo que superen la base máxima de cotización establecida.

Se han determinado tres tramos de rendimientos, a los que se les asigna un tipo de cotización progresivo, lo que implica un aumento en el tipo de cotización conforme se superan los umbrales establecidos.

Es importante estar al tanto de estos cambios para evitar sorpresas en las próximas liquidaciones.

 

Descarga aquí la tabla con las cotizaciones 2026

¡Importante! Estamos a la espera de conocer al completo las nuevas bases y tipos de cotización para poder actualizar nuestra tabla descargable.

De momento, se mantienen incluidas las cuantías de 2025.

Para formalizar la descarga simplemente tienes que completar este formulario:

Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario

Una vez hayas incluido tus datos recibirás un email de confirmación con tu enlace personalizado para descargar la tabla.

¡IMPORTANTE! Recuerda revisar siempre todas tus bandejas de entrada.

Esperamos que te sirva de ayuda. Y si tienes alguna duda, no olvides dejar tu comentario más abajo, ¡nos encanta leerte!

 

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