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Inspección vigila los contratos por obra o servicio aún vigentes

Inspección vigila los contratos por obra o servicio aún vigentes

Desde marzo de 2022, los contratos por obra o servicio han sido eliminados. Sin embargo, los contratos firmados antes de esa fecha se mantendrán vigentes hasta alcanzar su duración máxima en 2025.

La Inspección de Trabajo está controlando estos casos, así como los encadenamientos de contratos temporales, ya que una persona trabajadora no puede estar contratada en la misma empresa por más de 18 meses dentro de un período de 24 meses.

Te contamos todo lo que debes saber: Inspección vigila los contratos por obra o servicio aún vigentes. Tienes toda la información, a continuación:

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¿Qué es un contrato por obra o servicio?

El contrato por obra o servicio fue una modalidad contractual eliminada tras la Reforma Laboral.

Este tipo de contrato se utilizaba para contratar a una persona trabajadora para la realización de una obra o servicio de duración determinada en una empresa.

Durante años, estos contratos fueron muy comunes. Sin embargo, con el objetivo de fomentar la creación de empleo estable la reforma laboral puso fin a los contratos por obra o servicio.

Con la entrada en vigor del Real Decreto Ley 32/2021 se prohíbe la firma de estos contratos temporales para cubrir picos de mayor actividad cuando el aumento de tareas esté relacionado con la actividad normal de la empresa.

 

¿Han desaparecido por completo los contratos por obra o servicio en 2024?

Aunque la reforma laboral eliminó los contratos por obra o servicio, aún pueden existir hasta el 31 de diciembre de 2025, siempre que se hayan dado de alta antes de la entrada en vigor del Real Decreto Ley 32/2021.

La duración máxima de estos contratos siempre ha sido de 3 años, ampliables hasta 4 años por convenio colectivo.

En cualquier caso, el Real Decreto Ley 32/2021 únicamente permite celebrar contratos de duración determinada:

  • Por circunstancias de la producción
    • Se refiere al incremento ocasional e imprevisible que, aunque relacionado con la actividad normal de la empresa, genera un desajuste temporal entre el empleo estable disponible.
    • También se permite para situaciones ocasionales, previsibles y de duración reducida y delimitada.
  • Por sustitución de la persona trabajadora

Es importante destacar que no se podrá utilizar la causa de circunstancias de la producción para justificar la realización de trabajos en el marco de contratas, subcontratas o concesiones administrativas que constituyan la actividad habitual u ordinaria de la empresa

 

¿Cómo son las campañas de Inspección para combatir el fraude en la contratación temporal?

La Inspección de Trabajo está llevando a cabo campañas específicas para controlar el fraude en la contratación.

Como comentamos, aunque ya no se pueden firmar nuevos contratos por obra o servicio, los que se celebraron antes de marzo de 2022 aún se mantienen vigentes hasta alcanzar su máxima duración.

Es crucial revisar estos contratos.

Además, en algunas empresas se producen encadenamientos de contratos temporales, lo cual está regulado estrictamente.

Una persona no puede estar contratada temporalmente en una misma empresa por más de 18 meses dentro de un período de 24 meses. Si se supera este límite el contrato se considerará indefinido.

El tiempo contratado por ETT o por otra empresa cuando exista sucesión o subrogación también computa.

Si la Inspección considera que hay contratos celebrados en fraude de ley las empresas pueden enfrentarse a sanciones de hasta 10.000 euros por contrato.

Para asegurarte de que tu empresa cumple con la normativa vigente y evitar problemas tienes una alternativa muy útil a las restricciones a la temporalidad: los contratos de formación en alternancia.

 

El contrato de formación, la mejor opción para contratar en 2024

Muchas empresas aún desconocen la posibilidad de contratar de forma temporal con el contrato de formación en alternancia.

Este tipo de contrato permite a las empresas contratar durante 2 años sin pagar Seguros Sociales

Además, el contrato de formación combina formación teórica con experiencia práctica.

Esto significa que una persona empleada que comience a trabajar en una empresa a través de este contrato estará formándose mientras trabaja.

Para la empresa esto supone un gran beneficio, ya que contará a medio y largo plazo con una persona empleada mejor cualificada y más preparada

 

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Grupo2000 somos un centro de formación especializado en contratos de formación en alternancia.

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Se extiende el plazo de reclamación del despido hasta 21 días

Se extiende el plazo de reclamación del despido hasta 21 días

Generalmente, cuando una persona trabajadora recibe la carta de despido dispone de un plazo de 20 días hábiles a partir de la fecha del despido para presentar una demanda.

Este plazo se suspende al interponer la papeleta de conciliación, reiniciándose si no se alcanza un acuerdo durante la conciliación.

Por ejemplo, si una persona tarda 10 días hábiles en presentar la papeleta de conciliación, le quedarían otros 10 días hábiles para presentar la demanda ante el Juzgado de lo Social.

Sin embargo, el Tribunal Supremo, en su sentencia del 22 de mayo de 2024, ha establecido un plazo superior.

Se extiende el plazo de reclamación del despido hasta 21 días hábiles en casos específicos.

A continuación, te explicamos todos los detalles

 

¿En qué casos se extiende el plazo de reclamación del despido hasta 21 días?

La reclamación puede extenderse hasta 21 días hábiles siempre y cuando el día 20 sea inmediatamente anterior al día de la conciliación.

En estos casos, la demanda se tiene que presentar hasta las 15 horas del día 21 desde que se produjo el despido.

Así lo recoge la sentencia 727/2024 del Alto Tribunal. Te lo contamos, a continuación:

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¿A partir de qué día empieza a contar el plazo para demandar por despido?

Como comentamos, el plazo general para demandar por despido es de 20 días hábiles, aunque habrá casos específicos en los que pueda ser de 21 días.

Una vez que pase este plazo la persona trabajadora no podrá reclamar ningún tipo de indemnización a la empresa.

El plazo comienza a contar desde el día siguiente de la fecha de efectos del despido.

 

¿Qué es el acto de conciliación?

Es un acto que se realiza una vez que la persona trabajadora ha presentado la papeleta de conciliación ante el SMAC para alcanzar un acuerdo y evitar el procedimiento judicial.

Así es la sentencia por la que el Supremo aumenta el plazo de reclamación del despido hasta 21 días 

El Tribunal Supremo ha ratificado su sentencia del 26 de mayo de 2015 y ha estimado el recurso de una trabajadora cuya reclamación por despido fue inicialmente rechazada por estar supuestamente caducada.

El caso específico fue el siguiente:

  • Una trabajadora despedida el 1 de junio de 2022 presentó la papeleta de conciliación el 4 de julio de 2022.
  • Durante ese período hubo 2 días festivos entre medias.
  • Tras la celebración de la conciliación el 21 de julio sin acuerdo la trabajadora presentó la demanda ante el Juzgado de lo Social el 22 de julio.
  • El Tribunal rechazó su demanda al considerar que estaba fuera de plazo.
  • Tanto el Juzgado de lo Social de Plasencia como el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura argumentaron que la acción fue presentada 22 días después del despido, excediendo el plazo de 20 días establecido por el Estatuto de los Trabajadores.

Sin embargo, hay novedades al respecto.

Según la sentencia 727/2024 del Alto Tribunal la reclamación puede extenderse hasta 21 días hábiles en circunstancias específicas.

  • Será posible únicamente cuando el día 20 sea inmediatamente anterior a la demanda de conciliación.
  • En estos casos se podrá presentar la demanda al día siguiente hasta las 15 horas.

El Tribunal Supremo basa su decisión en el artículo 65 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, que establece que:

La presentación de la solicitud de conciliación o de mediación suspenderá los plazos de caducidad e interrumpirá los de prescripción. El cómputo de la caducidad se reanudará al día siguiente de intentada la conciliación o mediación o transcurridos quince días hábiles, excluyendo del cómputo los sábados, desde su presentación, sin que se haya celebrado”.

Por tanto, en este caso, al reanudarse el cómputo el 22 de julio de 2022, la acción de la trabajadora se presentó dentro del plazo permitido, revocando así la sentencia inicial del Juzgado de lo Social.

En conclusión, la trabajadora logró que se reconociera la validez de su demanda por despido improcedente tras presentar evidencia clara de que actuó dentro de los límites legales establecidos para la reclamación laboral.

Esperamos que esta información sea de utilidad. Seguiremos pendientes de las novedades para ofrecer el contenido lo más actualizado posible.

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¿Es obligatoria la formación en ciberseguridad?

¿Es obligatoria la formación en ciberseguridad?

La digitalización y la innovación tienen efectos muy positivos para las empresas, pero también conllevan riesgos significativos, como los ciberataques.

Hace unos años, Iberdrola sufrió un ciberataque que expuso los datos de más de 1 millón de clientes. También Samsung fue víctima de un incidente similar que dejó al descubierto información interna de la compañía.

Ante esta realidad, surge una cuestión, ¿es obligatoria la formación en ciberseguridad?

En este post resolvemos esta duda y analizamos las claves para proteger de manera efectiva los datos de tu compañía.

 

¿Qué es la formación en ciberseguridad?

La formación en ciberseguridad consiste en proporcionar a las plantillas los conocimientos y herramientas necesarias para proteger la información y los sistemas de una empresa contra amenazas informáticas.

Es fundamental para enseñar a las personas trabajadoras los procedimientos necesarios para trabajar de manera segura desde sus equipos informáticos.

Los ciberataques y las filtraciones de datos suelen ocurrir debido al desconocimiento de las prácticas adecuadas de seguridad informática por parte de las personas empleadas.

Para reducir estos riesgos las empresas deben proporcionar formación continua a sus plantillas que asegure la protección y privacidad de la información sensible de los clientes.

Es crucial recordar que a menudo compartimos información en línea sin ser conscientes de ello.

Cuando una empresa usa redes sociales, al registrarse y utilizar plataformas como Facebook o LinkedIn se está compartiendo información, como la ubicación o el nombre.

También, cuando se usan aplicaciones móviles éstas recopilan datos del personal de la empresa, como sus contactos, preferencias y comportamientos de uso.

Esto suele ser parte de los términos y condiciones que las personas trabajadoras suelen aceptar al descargarse y al instalar una aplicación determinada.

Lo mismo sucede cuando se realizan compras en línea. Al realizar pagos en Internet se está proporcionando información de pago, dirección de envío y otros detalles importantes, que de no tomar las precauciones adecuadas, pueden ser robados fácilmente.

Es por ello, que hay que hacer hincapié en la importancia de que el personal de una empresa sea consciente de cómo se recopilan y utilizan sus datos en línea.

Y, además, revisen las políticas de privacidad y los términos de servicio de las plataformas y servicios que utilizan.

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¿Están obligadas las empresas a formar a sus empleados en ciberseguridad?

Aunque no existe una obligación como tal, todas las empresas deberían formar a sus plantillas en materia de ciberseguridad.

El RGPD indica la necesidad de las empresas de instruir, concienciar y formar a las plantillas sobre seguridad de datos para gestionarlos de forma correcta, evitando fugas de información.

Los ciberataques representan una amenaza constante para las empresas, independientemente de su sector o tamaño.

Gran parte de las filtraciones de datos se producen debido a la falta de conocimiento de las personas trabajadoras sobre ciberseguridad.

El más leve descuido puede tener consecuencias graves para una empresa, ya que se puede filtrar información confidencial que cause problemas con clientes, daños en la reputación o pérdidas significativas de dinero.

Por eso, la formación en ciberseguridad es crucial. Se trata de una medida fundamental para evitar caer en engaños que provoquen filtraciones de datos confidenciales.

Algunos estudios revelan que más del 90% de los españoles afirma necesitar formación en seguridad en Internet para realizar sus actividades online de forma segura.

¿Qué es un malware? ¿Qué es el phishing? Ambas son técnicas muy usadas por los ciberdelincuentes, pero un alto porcentaje de las plantillas de las empresas ni siquiera conocen el significado de ambos términos.

Por eso, es tan importante capacitar a las personas empleadas en ciberseguridad. Es la única manera de proteger la empresa frente a ciberataques.

 

Formación para la plantilla en ciberseguridad

Desde Grupo2000 impartimos formación en ciberseguridad.

Sabemos que formar a las plantillas en ciberseguridad es un requisito imprescindible para todas las empresas.

Con nuestro Curso de Ciberseguridad para empresas ofrecerás a tu plantilla los conocimientos necesarios para que sepan detectar las amenazas más frecuentes y mantener a tu empresa protegida.

¿Debo notificar si mi empresa sufre un ciberataque?

Así es, el artículo 33 del RGPD recoge la necesidad de que los responsables y encargados del tratamiento de datos personal notifiquen a la autoridad competente la existencia de un ciberataque.

Es decir, será necesario notificar a la autoridad que corresponda las brechas de datos personales cuando éstas puedan suponer un riesgo para los derechos de las personas.

El plazo para notificar a la autoridad correspondiente la brecha de datos es de 72 horas desde que la compañía tenga constancia de lo sucedido.

Esta notificación deberá realizarse a la AEPD de forma electrónica.

 

¿Cómo evitar ciberataques en tu empresa?

Para proteger adecuadamente los datos de la empresa es necesario establecer políticas claras de privacidad y seguridad de datos y asegurarse de que todas las personas trabajadoras están capacitadas en cuanto a dicha políticas.

Por ello, la formación en ciberseguridad es esencial para garantizar que todo el personal comprenda la importancia de proteger los datos.

Aparte de ofrecer formación en ciberseguridad a tu plantilla es importante que todas las personas trabajadoras tengan en consideración una serie de consejos:

 

Establecer contraseñas seguras

Es importante que tu plantilla use contraseñas seguras. Las contraseñas deben contener letras, números y símbolos.

Nunca se deben utilizar nombres o fechas de cumpleaños. Son contraseñas que pueden adivinarse de manera muy fácil y propiciar ciberataques y fugas de información.

Además, es recomendable cambiar las contraseñas cada tres o seis meses.

 

No usar un Certificado Digital en un ordenador compartido

Para evitar que alguien usurpe tu identidad es importante que nunca utilices tu Certificado Digital desde un ordenador compartido.

Debes usar tu Certificado únicamente desde tu propio equipo y desde dispositivos a los que solo tengas acceso tú.

 

No abrir correos con emails desconocidos

Es importante fijarse siempre en el email desde el que se envía una información y nunca hacer clic en un enlace del que se desconoce su identidad.

Hay que estar alerta por si se trata de un email o enlace sospechoso.

Una pista que nos indica que puede tratarse de algún tipo de virus es el formato: los archivos adjuntos suelen tener formato RAR.

 

Realizar copias de seguridad

Es importante realizar copias de seguridad para mantener a salvo la información.

Lo ideal es realizar la copia de seguridad en un servidor externo. Aunque también es recomendable tener al menos dos copias de seguridad, una en un dispositivo físico y otra en un disco duro o servidor en la nube.

Por supuesto, esas copias deben protegerse de manera adecuada.

 

Evitar conectarse a redes WIFI públicas

Las redes WIFI públicas son muy usadas por los ciberdelincuentes para robar información, por eso, lo mejor es evitarlas y conectarse siempre a una red privada.

 

Establecer controles de acceso

Es importante que solo las personas autorizadas puedan acceder a datos sensibles. Para ello, es recomendable implementar sistemas de autenticación para cada persona empleada.

 

Actualizar el software empresarial

Mantener el software actualizado y utilizar medidas de seguridad informática, como firewalls (cortafuegos) y un antivirus, es fundamental para proteger los datos contra amenazas cibernéticas.

 

Realizar auditorías de manera regular

Este paso es fundamental para impedir que se filtre información. Todas las compañías deberían realizar auditorías sobre seguridad de datos de forma regular para identificar y abordar posibles vulnerabilidades y riesgos.

Estos consejos sólo se pueden realizar correctamente ofreciendo formación continua en ciberseguridad a las personas trabajadoras.

Ten en cuenta que ninguna empresa está exenta de los riesgos que supone la ciberdelincuencia.

Por eso, todas las personas deben formarse y mantenerse concienciadas de la necesidad de proteger sus equipos de trabajo.

Además, es importante que la compañía se asegure de cumplir con el Reglamento General de Protección de Datos y que tenga un plan de respuesta en el caso de que ocurra una filtración o robo de datos.

En este sentido, será importante notificar tanto a las autoridades como a las personas afectadas.

 

¿Es obligatorio tener un responsable de seguridad de la información en tu empresa?

¡Importante! Recuerda la importancia de la figura del Responsable de Seguridad de la Información.

Desde la publicación del RD Ley 43/2021 se obliga a las empresas a tener un Responsable de Seguridad de la Información con conocimientos y experiencia necesaria para proteger a la compañía de ciberataques.

Esperamos que este post te sirva de ayuda y comiences a formar a tu plantilla en ciberseguridad. Solo así podrás evitar amenazas y ciberataques.

No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

 

Grupo2000, centro de formación especializado en contratos de formación

Somos un centro acreditado por el Servicio Público de Empleo Estatal para impartir formación con más de 24 años de trayectoria en el sector.

Contamos con un amplio Catálogo en el que disponemos de cursos sobre las áreas más demandadas en la actualidad.

Además, somos un centro de formación especializado en contratos de formación en alternancia.

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Formación sobre Legionella, ¿para qué empresas es obligatoria?

Formación sobre Legionella, ¿para qué empresas es obligatoria?

¿Eres una empresa hostelera? ¿Trabajas con instalaciones en las que se usa agua? Entonces debes tener muy presente el RD 487/2022 y su reciente actualización en el RD 614/2024, de 2 de julio.

Estas normativas establecen los requisitos sanitarios para la prevención y control de la legionelosis mediante medidas sanitarias específicas.

Entre las medidas recogidas en el RD 487/2022 se incluye la obligación de formar al personal sobre Legionella para prevenir su propagación, especialmente en instalaciones de riesgo.

En este post solventamos tus dudas y te indicamos si realmente tu empresa debe cumplir con esta formación.

Formación sobre Legionella, ¿para qué empresas es obligatoria?

 

¿Qué es la Legionella?

La Legionella es una bacteria que puede causar la enfermedad del legionario, una grave forma de neumonía.

Para prevenir su aparición, ciertas empresas y establecimientos deben formar a su personal sobre esta bacteria y las medidas necesarias para evitar su propagación.

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¿Es obligatorio formar al personal de una empresa sobre el control de Legionella?

Según el RD 487/2022 la formación sobre el control de legionella es obligatoria para las personas designadas por la empresa para realizar esas operaciones menores.

El artículo 18 del RD 487/2022 establece que la persona titular de las instalaciones debe garantizar que todo el personal, tanto propio como externo, cuente con la formación requerida para las actividades relacionadas con el control de la Legionella.

Específicamente, se establece que:

“El personal propio o de empresa de servicios a terceros que realice operaciones menores en la prevención y control de Legionella, tales como mediciones de temperatura, comprobación de los niveles de biocidas, control de pH, se incluirá dentro del plan de formación de la empresa titular de la instalación o de la empresa de servicios a terceros.”

Además, la persona responsable técnica del Programa de Prevención y Control de Legionella o Plan Sanitario de Legionella debe contar con la formación y los conocimientos suficientes para realizar tratamientos con biocidas.

 

¿Qué tipo de instalaciones se consideran de alto riesgo para la propagación de la Legionella?

Los sujetos obligados a cumplir con la normativa por ser considerados de alto riesgos son, entre otros, los titulares de instalaciones de:

  • Sistemas de agua sanitaria.
  • Torres de refrigeración y condensadores evaporativos.
  • Humidificadores.
  • Sistemas de riego por aspersión en el medio urbano o en campos de golf o deportes.
  • Sistemas de lavado de vehículos
  • Sistemas de agua contra incendios.
  • Cualquier otra instalación que utilice agua en su funcionamiento y produzca o sea susceptible de producir aerosoles que puedan suponer un riesgo para la salud de la población.

 

¿Qué empresas están obligadas a ofrecer formación contra la Legionella?

Las empresas obligadas a ofrecer formación para prevenir la Legionella son aquellas que puedan convertirse en focos de exposición humana a la bacteria y, por tanto, de propagación de la enfermedad de la legionelosis durante su funcionamiento, pruebas de servicio o mantenimiento.

Es crucial tener en cuenta que la Legionella prospera en agua templada, lo que hace esencial la implementación de medidas preventivas en cualquier instalación donde se use agua.

La formación se considera indispensable en empresas de este tipo:

  • Hoteles y alojamientos turísticos, como son las pensiones, albergues o apartamentos turísticos.
  • Centro sanitarios, como hospitales o residencias de ancianos.
  • Edificios públicos.
  • Centros deportivos y gimnasios.
  • Industrias alimentarias.
  • Plantas de tratamiento de agua.

Por tanto, la formación es fundamental en cualquier instalación que utilice agua en su funcionamiento y produzca, o sea susceptible de producir, aerosoles que puedan suponer un riesgo para la salud de la población.

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¿Cuándo entró en vigor la obligación de contar con formación sobre el control de Legionella?

El Real Decreto 487/2022 fue publicado el 21 de junio de 2022, aunque su entrada en vigor se pospuso hasta el 2 de enero de 2023.

No obstante, la obligación de proporcionar formación sobre el control de Legionella al personal no se implementó de inmediato.

Se estableció un período de transición para permitir a las empresas adaptarse y cumplir con esta nueva obligación.

Lo detallamos, a continuación:

¿En qué casos no es necesario ofrecer la formación sobre el control de Legionella al personal?

La Disposición Transitoria Tercera del RD 487/2022 establece un período de transición de 5 años para cumplir con los requisitos de formación.

Durante este período hay ciertas excepciones en las que no es necesario ofrecer formación adicional sobre el control de Legionella.

 

Certificados vigentes

Si el personal ya contaba con el Certificado anterior sobre mantenimiento higiénico sanitario en instalaciones susceptibles de proliferación de Legionella no necesita realizar formación adicional durante el período de transición.

La validez de estos certificados se extiende por un período adicional de 5 años (hasta 2028).

 

Contratación de empresas externas

Si la empresa contrata a una compañía externa especializada para encargarse del control de Legionella no es necesario formar al personal interno en esta área específica.

 

¿Cuáles son las sanciones por no contar con la formación sobre el control de Legionella?

El artículo 19 recoge las infracciones aplicadas al incumplimiento del Real Decreto 487/2022.

Estas infracciones se clasifican en:

  • Leves: se trata de irregularidades que tienen poca repercusión y no impactan de forma directa en la salud pública.
  • Graves: se producen cuando se incumplen las medidas preventivas y de formación o cuando no se corrigen deficiencias.
  • Muy graves: en estos casos, se daña de forma directa y grave a la salud pública.

Las sanciones para todos estos casos se regirán por lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Estas multas pueden suponer altos costes poniendo en riesgo la estabilidad económica de la empresa.

Además de las sanciones, hay más consecuencias por no cumplir con el Real Decreto 487/2022, como son el cierre temporal de instalaciones, la pérdida de clientes o la mala reputación.

Desde Grupo2000 te recomendamos realizar la formación sobre el control de Legionella para cumplir con las obligaciones y prevenir sanciones.

Nuestro Curso de Operaciones Menores en la Prevención y Control de Legionella está adaptado a la normativa e incluye las nociones es prácticas para mantener las instalaciones en perfecto estado.

¿Hay novedades aplicables a la prevención de la legionelosis?

Como mencionamos al inicio del post, recientemente se ha publicado el Real Decreto 614/2024 que modifica el Real Decreto 487/2022 de prevención de la legionelosis.

Según el Ministerio de Sanidad, la actualización tiene como objetivo mejorar la seguridad y claridad en la gestión de las instalaciones que utilizan agua y pueden producir aerosoles, reduciendo así el riesgo de legionelosis para la población.

La norma introduce cambios en varios artículos del Real Decreto original, como son:

  • Una nueva definición del concepto de ‘titular de la instalación’ para incluir no solo a los propietarios, también a los explotadores de las instalaciones.
  • Una nueva responsabilidad que implica que en el caso de que una instalación sea operada por una persona o empresa distinta del propietario, la persona o empresa que la opera será responsable del cumplimiento de las responsabilidades y obligaciones relacionadas con la prevención y control de la legionelosis.
  • La actualización del artículo 11, que exige que la toma de muestras para la determinación de Legionella se realice exclusivamente por entidades o empresas acreditadas según la Norma UNE-EN-ISO/IEC 17025:2017. Para ello, se concede un periodo transitorio hasta el 1 de enero de 2030 para que las empresas obtengan dicha acreditación.
  • La ampliación de la obligación de la acreditación de la toma de muestras para la determinación de Legionella a los Planes Sanitarios frente a Legionella (PSL).
  • La inclusión de una nueva disposición transitoria quinta que incluye que los titulares de instalaciones incluidos en el Anexo I deberán actualizar el PPCL o el PSL antes del 1 de julio de 2025.

 

¿Es necesario actualizar el Plan de Control frente a la Legionella?

Sí, tras la entrada en vigor del Real Decreto 614/2024 y la inclusión de modificaciones respecto al Real Decreto 487/2022 es necesario actualizar tanto el PPCL como el PSL.

Para ello, se establece un período transitorio hasta el 1 de julio.

¿Tienes dudas sobre la Legionella? No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

 

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¿Para qué actividades se puede firmar un contrato fijo discontinuo?

¿Para qué actividades se puede firmar un contrato fijo discontinuo?

Aunque han pasado ya varios años desde que se publicó la Reforma Laboral (RD Ley 32/2021) aún persisten algunas dudas sobre el contrato fijo discontinuo y sus usos.

¿Para qué actividades se puede realizar un contrato fijo discontinuo? Esta es una pregunta muy frecuente a la que vamos a dar respuesta, a continuación:

Masterclass Fijos Discontinuos Y Medidas De Flexibilidad Grupo2000

¿Qué es un contrato fijo discontinuo y cuándo emplearlo?

Un contrato fijo-discontinuo es un tipo de contrato laboral indefinido que se usa en situaciones en las que la actividad laboral no es continua, pero es previsible y forma parte de la actividad habitual de una empresa.

Es decir, la actividad laboral es permanente pero intermitente. Se realiza en temporadas específicas y no durante todo el año.

Digamos que en este tipo de contrato la persona empleada trabaja durante las temporadas en las que se necesita personal.

Y a su vez se le garantiza cierta estabilidad en su empleo, ya que se espera que vuelva a trabajar en temporadas futuras.

Un ejemplo clásico de trabajadores con contrato fijo discontinuo son los monitores de campamentos de verano.

Estos trabajadores son necesarios cada año durante la época estival, pero no trabajan durante el resto del año. Sin embargo, siguen siendo empleados de la empresa en períodos de inactividad.

Las ventajas de las personas trabajadoras que firman esta modalidad contractual es que tienen derecho a prestar servicios cuando la empresa los necesita.

Y, por supuesto, sus cotizaciones a la Seguridad Social están aseguradas, ya que siguen formando parte de la plantilla de la empresa incluso en los períodos sin actividad laboral.

 

¿Cuándo utilizar un contrato fijo discontinuo?

Los contratos fijos discontinuos según recoge el artículo 16 del Estatuto de los Trabajadores podrán realizarse para:

  • La realización de trabajos de naturaleza estacional o vinculados a actividades productivas de temporada.
  • El desarrollo de trabajos que no tengan dicha naturaleza pero que, siendo de prestación intermitente, tengan periodos de ejecución ciertos, determinados o indeterminados.

El contrato fijo-discontinuo podrá concertarse para el desarrollo de trabajos consistentes en la prestación de servicios en el marco de la ejecución de contratas mercantiles o administrativas que, siendo previsibles, formen parte de la actividad ordinaria de la empresa.

Por ejemplo, una empresa de construcción puede usar el contrato fijo discontinuo para contratar a personas trabajadoras en temporadas en las que tiene proyectos de construcción y no necesita aumentar la plantilla durante el resto del año.

 

¿Pueden las ETT contratar como fijos discontinuos a sus trabajadores?

Sí, puede celebrarse un contrato fijo-discontinuo entre una empresa de trabajo temporal y una persona contratada para ser cedida a otra empresa que requiera personal de manera temporal.

Es decir, si una ETT tiene contratos para proporcionar personas trabajadoras en la temporada alta de turismo en un complejo hotelero podría celebrar contratos fijos-discontinuos con estos trabajadores para garantizar su disponibilidad durante esos períodos de alta demanda.

A esta conclusión llegó el Juzgado de lo Social n° 26 de Barcelona en la sentencia de 7 de marzo de 2022 (rec. 141/2020) en la que se estudió un caso en el que el SEPE negaba a un trabajador el derecho a recibir la prestación por desempleo.

Desde el SEPE consideraban que se había producido un fraude por la celebración de varios contratos fijos discontinuos con la ETT.

Pero, el juez rechazó el argumento del SEPE e indicó que no hay ningún precepto que prohíba a las ETT celebrar contratos fijos discontinuos.

Existiría fraude si la ETT pone a disposición de una única empresa a la persona trabajadora para cubrir varias campañas.

En este caso, la contratación correspondería directamente a la empresa.

Sin embargo, cuando la ETT pone a disposición de diferentes empresas para cubrir distintas campañas a una persona trabajadora no hay fraude.

¡IMPORTANTE! El llamamiento a los trabajadores fijos discontinuos deberá realizarse:

  • Por escrito.
  • Por otro medio que permita dejar constancia de la notificación a la persona interesada con las indicaciones precisas de las condiciones de su incorporación y con una antelación adecuada.

La empresa deberá trasladar a la representación legal de las personas trabajadoras al inicio de cada año natural un calendario con las previsiones de llamamiento anual o semestral.

Además de los datos de las altas efectivas de las personas fijas discontinuas una vez se produzcan.

 

¿Se puede contratar a una persona fija discontinua a través de contratas?

Sí, es posible contratar a una persona fija discontinua a través de contratas, subcontratas, o concesiones administrativas.

Bajo esta modalidad los períodos de inactividad solo pueden ser considerados como plazos de espera de recolocación entre subcontrataciones.

Esto significa que en lugar de que la persona empleada se quede sin trabajo durante los períodos de inactividad la empresa se va a comprometer a mantener al empleado a la espera de ser asignado a un nuevo proyecto tan pronto como sea posible.

En estos supuestos, los convenios colectivos sectoriales podrán determinar un plazo máximo de inactividad entre subcontratas, que, en defecto de previsión convencional, será de tres meses.

Después de que se cumpla ese período la empresa deberá tomar medidas temporales o permanentes para resolver la situación.

 

Ejemplo práctico: sector de la construcción

Supongamos que una empresa de construcción celebra contratos con diferentes compañías para realizar proyectos durante el año.

Debido a la naturaleza estacional de la construcción la empresa utiliza contratos fijos discontinuos para emplear a personas trabajadora para cada proyecto.

Según el convenio colectivo del sector de la construcción se acuerda un plazo máximo de inactividad de dos meses entre proyectos.

Después de completar un proyecto de construcción los trabajadores no quedan sin trabajo, sino  que permanecen en un «plazo de espera de recolocación» durante un máximo de dos meses hasta que se les asigna al próximo proyecto de construcción.

Durante este período, siguen siendo empleados de la empresa y deben estar disponibles para trabajar en cuanto se inicie un nuevo proyecto.

Si el convenio colectivo del sector de la construcción no hubiera establecido un plazo máximo de inactividad se aplicaría el plazo predeterminado de tres meses.

Después de ese período, la empresa tendría que tomar medidas para resolver la situación de inactividad, como proporcionar a los trabajadores otras tareas dentro de la empresa o poner fin al contrato.

 

¿Para qué actividades se puede hacer un contrato fijo discontinuo

Como comentamos, un contrato fijo-discontinuo se puede firmar en situaciones en las que la actividad laboral es recurrente pero no continua a lo largo del año.

Se suele utilizar la modalidad fija discontinua cuando existen periodos de actividad seguidos de periodos de inactividad previsibles.

 

¿En qué casos y para qué sectores se puede firmar un contrato fijo discontinuo?

Los sectores en los que suele emplearse esta modalidad de contrato son:

  • Sector hostelero. En el turismo o la hostelería la demanda de personal varía según las estaciones del año.
  • Sector de la construcción. Las personas trabajadoras pueden ser necesarias solo para proyectos específicos durante ciertas épocas del año.
  • Actividades relacionadas con eventos o espectáculos: Por ejemplo, la contratación de personal para ferias, festivales u eventos deportivos que no son continuos.
  • Agricultura. En el sector agrícola se necesitan personas trabajadoras para la siembra, cosecha y otros trabajos agrícolas estacionales.
  • Pesca. La pesca, a menudo, opera en ciclos estacionales y puede requerir de personal adicional durante ciertas épocas del año.
  • Producción de alimentos. Algunas empresas de producción de alimentos, como las de conservas o productos agrícolas, pueden necesitar personal de manera estacional para hacer frente a la demanda de temporada.
  • Logística y transporte. Durante épocas de mayor demanda, como la temporada navideña, las empresas de logística y transporte pueden requerir personas trabajadoras adicionales para satisfacer las necesidades de envío.
  • Industria forestal y maderera. La tala y la industria maderera pueden requerir empleados adicionales para la cosecha y el procesamiento de la madera en ciertas épocas del año.
  • Venta minorista. Las tiendas minoristas pueden necesitar personal adicional durante períodos de alta demanda, como las rebajas de temporada o eventos especiales.
  • Sector deportivo. En instalaciones deportivas o parques temáticos se pueden firmar contratos fijos discontinuos para cubrir la demanda de personal durante las temporadas altas.
  • Trabajos relacionados con la nieve. Las estaciones de esquí y los lugares turísticos de nieve requieren personal adicional durante la temporada de invierno.

¡IMPORTANTE! Existe cierta controversia en el sector educativo en relación con la utilización de contratos fijos discontinuos.

En particular, hay quienes cuestionan si realmente la impartición de clases por docentes es una actividad permanente y no cíclica, lo que afectaría a la justificación para utilizar contratos fijos discontinuos.

La Audiencia Nacional, en una sentencia del 21 de febrero de 2023, estableció que la impartición de clases en la enseñanza general básica y las actividades curriculares en sí mismas se consideran actividades permanentes y no cíclicas.

Esto significa que, según esta interpretación, no sería apropiado utilizar contratos fijos discontinuos para este tipo de actividad docente.

Aún así, hay expertos que indican que el uso o no de los contratos fijos discontinuos dependería de las circunstancias específicas y la duración de los cursos académicos.

 

¿Se puede hacer un contrato fijo discontinuo a tiempo parcial?

El artículo 16.5 del Estatuto de los Trabajadores establece que los convenios colectivos sectoriales pueden acordar, cuando las peculiaridades de la actividad lo justifiquen, la celebración de contratos fijos discontinuos a tiempo parcial.

Para que un contrato fijo discontinuo pueda celebrarse a tiempo parcial es necesario que el convenio colectivo aplicable a la empresa o al sector específico permita expresamente esta modalidad de contrato.

No es una opción automática, y la autorización para utilizar contratos fijos discontinuos a tiempo parcial debe estar reflejada en el convenio colectivo.

Esta disposición reconoce que en ciertas actividades o sectores las necesidades laborales pueden variar en el tiempo y justificarían la contratación de empleados a tiempo parcial bajo esta modalidad.

Sin embargo, la posibilidad de hacerlo depende de lo que se haya establecido en el convenio colectivo correspondiente.

Por lo tanto, si una empresa o trabajador está interesado en utilizar esta forma de contrato deberá revisar el convenio colectivo aplicable y asegurarse de que permite la contratación de fijos discontinuos a tiempo parcial.

 

¿Cómo cotizan los trabajadores con contrato fijo discontinuo?

Los trabajadores con un contrato fijo discontinuo cotizarán a la Seguridad Social como cualquier otra persona trabajadora que sea indefinida.

Las cotizaciones incluyen el desempleo, las contingencias comunes y accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

¡IMPORTANTE! Los trabajadores fijos discontinuos van a cotizar durante el tiempo en el que estén trabajando.

Mientras se encuentren en un período de inactividad únicamente cotizarán por contingencias comunes si están percibiendo la prestación.

 

¿Y si me hacen un contrato superior a 10 meses? ¿Puedo ser trabajador fijo discontinuo?

Esta uno de los motivos por los que la Inspección de Trabajo ha comenzado a multar a las empresas.

Desde Inspección señalan que se estaría cometiendo fraude en la contratación cuando el período de actividad de un contrato fijo discontinuo supere los 10 meses.

Ya que se estaría simulando un período de inactividad injustificado para no tener que hacer un contrato indefinido.

En estos últimos años, desde Inspección han descubierto que existen empresas que realizan contratos fijos discontinuos para cubrir puestos fijos que en realidad deberían cubrirse con contratos indefinidos.

Las compañías que firmen contratos fijos discontinuos para actividades que deberían cubrirse con otro tipo de contratos podrían tener que hacer frente a multas de hasta 10.000 euros por cada persona trabajadora con dicho contrato.

 

¿Pueden los fijos discontinuos realizar una segunda actividad en el sector público en períodos de inactividad?

Sí, los fijos discontinuos pueden realizar una segunda actividad en el sector público durante sus períodos de inactividad.

Así lo indica la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que establece, en su sentencia de 1 de julio (1164/2024), que el periodo de inactividad laboral del personal temporal fijo discontinuo es compatible con el desempeño de una segunda actividad en el sector público bajo las siguientes condiciones:

  • Se realiza dentro del periodo de inactividad laboral de la relación discontinua.
  • No impide ni menoscaba el cumplimiento de los deberes inherentes a su trabajo principal.
  • No compromete la imparcialidad o independencia del trabajador.

El caso que motivó la sentencia fue el siguiente:

Un bombero forestal, trabajador temporal fijo discontinuo en el Servicio de Prevención y Defensa contra incendios forestales de Galicia, solicitó la compatibilidad para trabajar como peón de brigada de repoblación forestal en un Ayuntamiento durante los períodos de inactividad de la campaña antiincendios.

La solicitud fue inicialmente denegada por la Xunta de Galicia, y dicha denegación fue avalada por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG).

Sin embargo, el trabajador impugnó esta decisión ante el Tribunal Supremo, que finalmente ha estimado su recurso de casación.

El TS anula la resolución del TSXG y respalda la decisión inicial del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Pontevedra, que había fallado a favor del bombero en septiembre de 2020.

El Tribunal Supremo declara firme esta decisión y condena a la Xunta a abonarle 6.542 euros más intereses.

Esperamos haber resuelto todas tus dudas sobre esta modalidad contractual. No olvides dejar tus comentarios más abajo, ¡nos encanta leerte!

 

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