Ya ha entrado en vigor la nueva Ley de Movilidad Sostenible (Ley 9/2025), un marco legal que busca transformar el transporte en España hacia un modelo más accesible, eficiente y sostenible.
Muchas empresas se preguntan: ¿tengo obligación de elaborar un Plan de Movilidad? La respuesta es sí, pero solo para ciertos centros de trabajo.
A continuación te explicamos todo lo que necesitas saber y analizamos qué empresas deben tener obligatoriamente un Plan de Movilidad Sostenible:
¿Qué es la Ley de Movilidad Sostenible?
La Ley de Movilidad Sostenible es una nueva normativa cuyo objetivo es garantizar el derecho de todas las personas a una movilidad eficiente y sostenible, promoviendo el uso del transporte público, la movilidad activa y los vehículos de bajas emisiones.
Es decir, es una normativa que pretende reducir emisiones, mejorar la seguridad vial y fomentar hábitos de transporte responsable.
¿Cómo afecta la Ley de Movilidad Sostenible a las empresas?
La Ley de Movilidad Sostenible establece obligaciones directas para ciertas empresas y centros de trabajo.
En concreto, las grandes empresas de más de 200 personas en plantilla o más de 100 personas trabajadoras por turno tienen que elaborar obligatoriamente un Plan de Movilidad Sostenible.
Para ello, las empresas deberán elaborar, negociar e implantar el plan, coordinando medidas con la representación de los trabajadores. Si no hay representación se tendrá que crear una comisión negociadora.
Este Plan de Movilidad Sostenible tendrá que implantarse antes del 5 de diciembre de 2027. Es decir, las empresas cuentan con 24 meses para adaptar sus centros de trabajo.
¡Importante! Cada centro de trabajo se evalúa de forma independiente. Esto significa que un centro puede estar obligado a tener un Plan de Movilidad Sostenible y otro no, según su tamaño y plantilla.
¿Qué medidas debe incluir el Plan de Movilidad Sostenible?
El plan debe incluir acciones concretas para reducir desplazamientos y emisiones. Entre ellas:
- Movilidad activa: fomentar los desplazamientos a pie o en bicicleta.
- Transporte colectivo: autobuses, lanzaderas o transporte público optimizado.
- Vehículos eléctricos o híbridos: incentivos y puntos de recarga en los centros de trabajo.
- Movilidad compartida y colaborativa: carsharing, motosharing o coche compartido.
- Flexibilidad laboral: teletrabajo y horarios flexibles para minimizar desplazamientos.
- Seguridad vial: formación y medidas preventivas para desplazamientos laborales.
- Compensación de huella de carbono cuando no se puedan eliminar la totalidad de las emisiones.
Estas medidas deberán tener en cuenta a las personas trabajadoras, pero también a visitantes, proveedores y cualquier persona que quiera acceder al centro de trabajo.
¿Cómo deben crear las empresas los Planes de Movilidad Sostenible?
Las empresas obligadas a crear Planes de Movilidad Sostenible deberán:
1.Realizar un diagnóstico inicial de movilidad
Las empresas deberán recopilar datos de toda la plantilla:
- Modos de transporte utilizados.
- Distancias y rutas habituales.
- Turnos, horarios y zonas de origen-destino.
- Patrones reales de movilidad laboral.
Este diagnóstico es clave para diseñar un plan adaptado a la realidad del centro de trabajo.
2. Elaborar el Plan de Movilidad Sostenible
El plan deberá incluir medidas específicas y negociarse con la representación legal de los trabajadores. Si no existe se debe constituir una comisión negociadora.
Entre las acciones más habituales:
- Fomento de la movilidad activa.
- Incentivos para el uso del transporte público.
- Flexibilidad horaria y teletrabajo.
- Programas de coche compartido o lanzaderas.
- Uso de vehículos eléctricos.
3. Registrar el Plan de Movilidad Sostenible
Cada comunidad autónoma designará la autoridad responsable de validar y registrar el plan integrándolo en el EDIM.
4. Seguir y evaluar periódicamente el Plan de Movilidad Sostenible
Cada dos años las empresas deberán elaborar un informe sobre:
- Implantación de las medidas.
- Evolución de los patrones de movilidad.
- Eficacia del plan y posibles mejoras.
¿Cuáles son las sanciones por incumplimiento del Plan de Movilidad Sostenible en empresas?
El incumplimiento de la obligación de implantar y seguir un Plan de Movilidad Sostenible se considera una infracción leve con multas que van de 101 a 2.000 euros.
¿Conocías esta nueva obligación empresarial? No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!
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