Estas son las retenciones en IRPF para 2024
Cuando pensamos en la declaración de la Renta, nos surgen miles de dudas: ¿tendremos que devolver dinero?
Para aclarar un poquito las cuestiones que te puedan surgir, a continuación analizamos las retenciones para el próximo año. Estas son las retenciones en IRPF para 2024.
Así podrás conocer tus obligaciones y ajustar tus cuentas para estar al día con Hacienda.
Tramos de IRPF en 2024 sobre las rentas del trabajo
Los tramos de IRPF aplicables serían:
Rentas 2024 | Tipo aplicable de retención | |
De 0 a 12.450 euros | 19,0% | |
De 12.450 euros a 20.199 euros | 24,0% | |
De 20.200 euros a 35.199 euros | 30,0% | |
De 35.200 euros a 59.999 euros | 37,0% | |
De 60.000 euros a 299.999 euros | 45,0% | |
A partir de 300.000 euros | 47,0% |
¡IMPORTANTE! Los tramos del IRPF resultan de aplicación progresivamente.
Por tanto, una persona trabajadora que cobre 37.000 euros al año no va a pagar el 37% en forma de impuestos.
¿Cuáles son las retenciones a nivel autonómico?
Es necesario destacar que existen retenciones a nivel autonómico, ya que el IRPF es competencia tanto del Estado como de las Comunidades Autónomas:
Tramos IRPF 2024 | Tipo estatal | Tipo autonómico | Tipo total | |
De 0 a 12.450 euros | 9,5% | 9,5% | 19,0% | |
De 12.450 euros a 20.199 euros | 12,0% | 12,0% | 24,0% | |
De 20.200 euros a 35.199 euros | 15,0% | 15,0% | 30,0% | |
De 35.200 euros a 59.999 euros | 18,5% | 18,5% | 37,0% | |
De 60.000 euros a 299.999 euros | 22,5% | 22,5% | 45,0% | |
A partir de 300.000 euros | 24,5% | 22,5% | 47,0% |
¿Por qué se retiene una parte de la nómina en el IRPF?
La retención en la nómina del IRPF sirve recaudar el impuesto de la renta de forma anticipada a lo largo del año.
Las retenciones son deducciones automáticas que se realizan en los salarios antes de que las personas trabajadoras reciban ese dinero.
Una vez que finaliza el ejercicios fiscal y las personas trabajadoras presentan su declaración de impuestos entonces se ajustan las retenciones y se determina:
- Si deben abonar más impuestos.
- Si tienen derecho a recibir un reembolso.
Esto dependerá de los ingresos reales y de las deducciones que le sean aplicables.
¿Es obligatorio retener IRPF en la nómina?
Sí, todas las empresas tienen la obligación de retener el IRPF en las nóminas de las personas trabajadoras según los tramos mencionados.
Ahora bien, existen algunas excepciones. No será necesario retener el IRPF:
- Cuando se trate de una persona soltera, viuda, divorciada o separada de forma legal que tenga un/a hijo/a y no supere los 18.617 euros al año.
- Cuando se trate de una persona soltera, viuda, divorciada o separada de forma legal que tenga dos hijos/as o más y no supere los 17.270 euros al año
- Cuando sea un contribuyente sin hijos con una renta que no supere los 16.696 euros al año.
- Si es un contribuyente con un/a hijo/a sin superar los 17.894 euros.
- O cuando sea un contribuyente con dos hijos/as o más que no supere los 19.241 euros anuales.
- Otras situaciones específicas, como el caso de no superar los 15.000 euros al año.
¿Es posible elegir el IRPF de la nómina?
No, el IRPF se aplicará según la situación personal y familiar y el salario de la persona trabajadora.
¿Cuáles son las novedades fiscales para los autónomos en 2024?
Para el próximo año:
- Se mejoran en 5 puntos porcentuales los rendimientos netos de los autónomos que tributan por el sistema de módulos.
- Se incrementa hasta el 7% los gastos de difícil justificación para todos los trabajadores por cuenta propia.
- Aumenta el mínimo para tributar hasta los 15.000 euros. Los autónomos con ingresos inferiores no van a tener la obligación de presentar la declaración de la Renta.
- Se reducen los rendimientos de trabajo sobre sueldos brutos entre 15.000 y 21.000 euros. Por lo que hay más posibilidades de que la declaración de la Renta salga a devolver.
Además, se rebaja el impuesto de sociedades, que pasa del 25% al 23 % en las compañías que tengan una facturación menor de un millón de euros.
Y también el tipo reducido del 15 para empresas emergentes.
Otras retenciones del IRPF 2024
Destacamos algunas de las retenciones del IRPF para el próximo año:
Régimen fiscal especial trabajadores desplazados a territorio español (art. 93.2.f LIRPF):
- Hasta 600.000 euros: 24%.
- Desde 600.000,01 euros en adelante (retribuciones satisfechas por un mismo pagador): 47%.
Cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares (art. 80.1.4º RIRPF y 101.3 LIRPF): 15%.
Consejeros y administradores (de entidades cuyo importe neto cifra negocios del último periodo impositivo finalizado con anterioridad al pago de rendimientos haya sido >100.000 euros: 35%.
Consejeros y administradores (de entidades cuyo importe neto cifra negocios del último periodo impositivo finalizado con anterioridad al pago de rendimientos haya sido <100.000 euros: 19%.
Premios de juegos, concursos o rifas sujetos a retención, distintos de los sujetos a GELA (101.7 LIRPF): 19%.
Cesión a terceros de capitales propios (cuentas corrientes, depósitos financieros, etc): 19%.
Arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos (art. 101.8 LIRPF; y 100 RIRPF): 19%.
Esperamos que este post te sirva de ayuda. No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!
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