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Novedades sobre retenciones y exenciones en IRPF para 2025

Novedades sobre retenciones y exenciones en IRPF para 2025

La campaña de la declaración de la Renta siempre genera muchas preguntas y la más temida suele ser: ¿tendré que volver dinero?

Para aclarar algunas de estas inquietudes, analizamos las principales novedades sobre retenciones y exenciones en IRPF para 2025.

Además, es importante recordar que el Consejo de Ministros aprobó recientemente varios cambios con el objetivo de ajustar el umbral del IRPF a la subida del SMI.

Te contamos todos los detalles, más abajo:

 

¿Cuáles han sido los tramos de IRPF en 2024?

Los tramos de IRPF aplicables han sido:

Rentas 2024 Tipo aplicable de retención  
De 0 a 12.450 euros 19,0%
De 12.450 euros a 20.199 euros 24,0%
De 20.200 euros a 35.199 euros 30,0%
De 35.200 euros a 59.999 euros 37,0%
De 60.000 euros a 299.999 euros 45,0%
A partir de 300.000 euros 47,0%

¡IMPORTANTE! Los tramos del IRPF resultan de aplicación progresivamente.

Por tanto, una persona trabajadora que cobra 37.000 euros al año no va a pagar el 37%  en forma de impuestos.

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¿Cuáles son las retenciones a nivel autonómico?

Es necesario destacar que existen retenciones a nivel autonómico, ya que el IRPF es competencia tanto del Estado como de las Comunidades Autónomas:

Tramos IRPF 2024 Tipo estatal Tipo autonómico  Tipo total  
De 0 a 12.450 euros 9,5% 9,5% 19,0%
De 12.450 euros a 20.199 euros 12,0% 12,0% 24,0%
De 20.200 euros a 35.199 euros 15,0% 15,0% 30,0%
De 35.200 euros a 59.999 euros 18,5% 18,5% 37,0%
De 60.000 euros a 299.999 euros 22,5% 22,5% 45,0%
A partir de 300.000 euros 24,5% 22,5% 47,0%

 

¿Por qué se retiene una parte de la nómina en el IRPF? 

La retención en la nómina del IRPF sirve para recaudar el impuesto de la renta de forma anticipada a lo largo del año.

Estas retenciones son deducciones automáticas que se aplican al salario antes de que las personas trabajadoras reciban ese dinero.

Al finalizar el ejercicio fiscal, cuando se presenta la declaración de impuestos, se ajustan las retenciones para determinar:

  • Si se deben pagar más impuestos.
  • Si se tiene derecho a un reembolso.

Esto dependerá de los ingresos totales y de las deducciones o beneficios fiscales que correspondan a cada persona.

 

¿Es obligatorio retener IRPF en la nómina?

Sí, todas las empresas tienen la obligación de retener el IRPF en las nóminas de las personas trabajadoras según los tramos establecidos.

Sin embargo, existen algunas excepciones donde no será necesario aplicar esta retención:

  • Cuando se trate de una persona soltera, viuda, divorciada o separada de forma legal que tenga un/a hijo/a y no supere los 18.617 euros al año.
  • Cuando se trate de una persona soltera, viuda, divorciada o separada de forma legal que tenga dos hijos/as o más y no supere los 17.270 euros al año
  • Cuando sea un contribuyente sin hijos con una renta que no supere los 16.696 euros al año.
  • Si es un contribuyente con un/a hijo/a sin superar los 17.894 euros.
  • O cuando sea un contribuyente con dos hijos/as o más que no supere los 19.241 euros anuales.
  • Otras situaciones específicas, como el caso de no superar los 15.000 euros al año.

Estas excepciones buscan aliviar la carga fiscal en personas con menores ingresos o responsabilidades familiares.

 

¿Es posible elegir el IRPF de la nómina?

No, el IRPF se aplicará según la situación personal y familiar y el salario de la persona trabajadora.

 

¿Cuáles han sido las novedades fiscales para los autónomos en 2024?

Este año ha traído importantes cambios fiscales:

  • Incremento de los rendimientos netos para los autónomos que tributan por el sistema de módulos, con una mejora de 5 puntos porcentuales.
  • Aumento de los gastos de difícil justificación al 7%, aplicable a todos los trabajadores por cuenta propia.
  • Subida del mínimo exento de tributación hasta los 15.000 euros.
  • Reducción de impuestos para los autónomos cuyos ingresos brutos se sitúan entre 15.000 y 21.000 euros, permitiendo una mayor desgravación fiscal.

En cuanto a las empresas:

  •  
  • El Impuesto de Sociedades se ha reducido del 25% al 23% para aquellas compañías que facturen menos de un millón de euros.
  • Además, las empresas emergentes disfrutan de un tipo reducido del 15%.

 

¿Qué novedades se aplicarán al IRPF en 2025?

En 2025 se implementarán varios cambios importantes en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:

  • Subida del umbral exento: a partir de la campaña de la Renta de 2025 el umbral mínimo para empezar a pagar IRPF aumentará de 15.000 euros a 15.876 euros anuales. Esto significa que quienes ganen el SMI, fijado en esa cantidad, estarán exentos de pagar IRPF.
  • Aumento de la reducción por rendimientos del trabajo: la reducción máxima por rendimientos del trabajo también se incrementará, pasando de 6.498 euros a 7.302 euros, lo que permitirá a los contribuyentes reducir más su base imponible.

Hay que destacar, además, otra reciente novedad:

 

¿Cómo hacer el cálculo proporcional de los rendimientos por los días de estancia en el extranjero para la exención en IRPF?

La resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) n.º 8685/2023, de 19 de julio de 2024, ha unificado el criterio sobre cómo calcular la exención de los rendimientos del trabajo obtenidos en el extranjero (art. 7.p LIRPF y art. 6 RIRPF).

Este nuevo enfoque establece las siguientes pautas:

  • Si la relación laboral abarca todo el año: el cálculo proporcional de los rendimientos exentos se basará en los 365 días del año.
  • Si la relación laboral dura menos de un año: el cálculo debe considerar solo los días efectivamente trabajados con el pagador.
  • En caso de varios pagadores: el cálculo de la exención será individual para cada uno, atendiendo a los días de prestación del servicio y a las retribuciones abonadas, sin superar el límite máximo de 60.100 euros.

Anteriormente, la Administración Tributaria calculaba la exención proporcionalmente sobre los 365 días del año, lo que afectaba a los trabajadores cuya relación laboral duraba menos de un año.

Ahora, el TEAC ha determinado que la exención debe calcularse en función de la duración efectiva del contrato.

Esto beneficia a quienes trabajan fuera de España por un periodo menor al año o tienen varios empleadores, ya que la exención se aplicará por cada relación laboral y sus respectivos días en el extranjero.

Esperamos que este post te sirva de ayuda. No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

 

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