¡Importante! ¿Los sistemas informáticos de los autónomos cuentan como sede del negocio?
Sí, así lo señala el Tribunal Supremo en una sentencia pionera que podría marcar un antes y un después para los autónomos y pymes.
Te lo contamos:
¿Los entornos digitales también generan responsabilidad legal? Descubre esta sentencia del Supremo
Una reciente sentencia del Tribunal Supremo (STS 699/2025) ha señalado una forma diferente de entender lo que se considera «establecimiento» de un autónomo o pyme.
Según esta sentencia los sistemas informáticos también pueden ser considerados establecimientos jurídicos del negocio con todas sus consecuencias legales y fiscales.
El Tribunal interpreta el artículo 120.3 del Código Penal y concluye que los sistemas informáticos (como servidores, correos, software en la nube) son equivalentes a un establecimiento físico, porque desde allí se desarrolla la actividad empresarial.
El caso analizado fue el siguiente:
- Un concesionario de automóviles sufrió un ciberataque en su correo electrónico.
- Los atacantes manipularon mensajes y lograron que un cliente hiciera una transferencia a una cuenta fraudulenta.
- El Tribunal Supremo determinó que, aunque la empresa no participó directamente en el delito, era responsable civil subsidiaria porque el fraude se ejecutó desde sus sistemas.
Esta interpretación abre la puerta para que autónomos y pymes puedan ser responsables por delitos cometidos desde sus plataformas digitales, incluso sin conocimiento previo.
¿Qué consecuencias fiscales tiene considerar la nube como establecimiento permanente?
Aunque esta sentencia es del ámbito penal su lógica puede extenderse al ámbito fiscal.
Es decir, la Agencia Tributaria podría considerar los servidores en la nube o sistemas digitales como establecimientos permanentes.
Esto podría implicar:
- Inspecciones fiscales de la actividad digital.
- Obligaciones tributarias en países donde estén alojados los servidores.
- Cambios en el domicilio fiscal del negocio.
¿Puede un autónomo ser penalmente responsable por delitos digitales cometidos desde su empresa?
La responsabilidad penal subsidiaria puede aplicarse si el delito se comete usando medios digitales del negocio, como ordenadores, redes, programas o cuentas de correo corporativas.
No se exige que el autónomo tenga conocimiento del delito: basta con que la actividad ilícita se haya producido desde infraestructuras que él proporciona o gestiona.
¿Pueden multarme si no protejo adecuadamente mis sistemas digitales?
Sí. La falta de medidas de ciberseguridad podría interpretarse como negligencia o falta de diligencia, especialmente si se produce un incidente y no puedes demostrar que has intentado evitarlo.
Por eso, es fundamental implementar mecanismos de protección y formar a todo el equipo.
¿Es posible considerar tu nube como local del negocio?
Si el criterio se extiende al ámbito fiscal la Agencia Tributaria podría interpretar que el negocio tiene un establecimiento permanente donde estén alojados los datos o sistemas digitales, incluso si están en un servidor remoto.
¿Qué medidas de ciberseguridad puede tomar un autónomo o pyme?
Aquí te dejamos algunas acciones clave para reducir riesgos y posibles sanciones:
- Instalar firewalls o antivirus.
- Activar la autenticación en dos pasos y limitar los accesos innecesarios.
- Realizar copias de seguridad periódicas.
- Conservar registros de los sistemas de seguridad implementados.
- Si ocurre un incidente deberás demostrar que actuaste con diligencia.
- Realizar formaciones básicas en ciberseguridad.
- Establecer políticas claras sobre el uso de dispositivos, contraseñas y software.
¿Dónde puedo formarme en ciberseguridad si soy autónomo o tengo una pyme?
En Grupo2000 contamos con formación específica para proteger tu negocio digitalmente.
Nuestro Curso de Ciberseguridad para Empresas te ofrece las herramientas necesarias para prevenir riesgos, cumplir con la normativa y evitar responsabilidades legales o fiscales.
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