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El Impuesto sobre Sociedades en 2026

El Impuesto sobre Sociedades en 2026

¿Tienes la obligación de presentar el Impuesto de Sociedades? ¿Sabes cuál es su tipo impositivo? Te contamos todo lo que debes saber sobre el Impuesto sobre Sociedades en 2026.

¡Importante! Este año para un amplio número de pymes el impuesto vuelve a reducirse, beneficiando a muchas empresas.

Tienes toda la información, a continuación:

 

¿Qué es el Impuesto de Sociedades?

El Impuesto de Sociedades es un tributo directo que grava los beneficios obtenidos por empresas y otras entidades jurídicas que operan en España.

Su objetivo principal es asegurar que estas entidades contribuyan al sostenimiento de los gastos públicos, tal y como establece el artículo 31 de la Constitución Española, que indica que todos los ciudadanos deben colaborar en el financiamiento de los servicios públicos según su capacidad económica.

Este impuesto se calcula sobre el beneficio neto de la entidad, es decir, sobre la diferencia entre los ingresos generados y los gastos deducibles en un periodo fiscal determinado, que generalmente corresponde a un año.

 

¿Qué gastos son deducibles?

Entre los gastos que pueden deducirse se incluyen:

  • Salario y remuneraciones del personal.
  • Suministros y gastos de oficina.
  • Amortizaciones de inmovilizado.
  • Otros gastos operativos directamente relacionados con la actividad de la empresa.
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¿Quiénes están obligados a presentar el Impuesto de Sociedades?

En 2026 la obligación de presentar el Impuesto de Sociedades recae sobre distintas entidades, que se dividen en dos grandes grupos:

 

Entidades con personalidad jurídica obligadas

  • Sociedades mercantiles, como sociedades anónimas o colectivas.
  • Sociedades cooperativas.
  • Sociedades civiles con objeto mercantil.
  • Sociedades de tipo mercantil.
  • Sociedades estatales, autonómicas, provinciales y locales.
  • Sociedades unipersonales.
  • Sociedades agrarias de transformación.
  • Asociaciones, fundaciones e instituciones sin ánimo de lucro, tanto públicas como privadas.
  • Entes públicos.
  • Agrupaciones de interés económico (AIE).

 

Entidades sin personalidad jurídica propia obligadas

  • Uniones temporales de empresas.
  • Fondos de pensiones.
  • Fondos de inversión.
  • Fondos de capital-riesgo.
  • Fondos de garantía de inversiones y activos bancarios.
  • Comunidades de titulares de montes vecinales en mano común.

 

¿Quiénes no tienen la obligación de pagar el Impuesto de Sociedades?

Existen entidades que no deben tributar por el Impuesto de Sociedades, ya sea por su naturaleza jurídica o por su actividad. Te lo explicamos:

  • Entidades sin personalidad jurídica, como herencias yacentes y comunidades de bienes.
  • Sociedades civiles sin personalidad jurídica o que aún teniendo personalidad jurídica no tengan objeto mercantil.
  • Sociedades irregulares y sociedades en formación.

En estos casos, las rentas obtenidas se atribuyen directamente a los socios, herederos, comuneros o partícipes.

Sin embargo, las entidades sí pueden ser contribuyentes de otros impuestos como el IAE y el IVA.

Asimismo, algunas entidades públicas están completamente exentas y no tienen que presentar declaraciones ni cumplir con otras obligaciones fiscales asociadas al Impuesto de Sociedades, como son organismos autónomos o entidades gestoras de la Seguridad Social.

Por otra parte, hay entidades que están exentas de forma parcial, como son ONGs o entidades sin ánimo de lucro.

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¿Qué es el tipo impositivo?

El tipo impositivo es el porcentaje que se aplica a la base imponible de un impuesto para calcular la cantidad que debe pagar una empresa o una persona determinada.

Según el artículo 55 de la Ley General Tributaria se define como «la cifra, coeficiente o porcentaje que se aplica a la base liquidable para obtener como resultado la cuota íntegra».

En el contexto del Impuesto de Sociedades el tipo impositivo es el porcentaje que se aplica a los beneficios netos de una empresa para determinar su obligación tributaria.

 

¿Cuál es el tipo impositivo del Impuesto de Sociedades en 2026?

En 2026 el tipo impositivo del Impuesto de Sociedades se establece de la siguiente manera:

Para las empresas con ventas de hasta 1.000.000 euros

Período impositivo Primeros 50.000 euros de base imponible Resto de base imponible
2026 19% 21%
2027 17% 20%
  • 19% por los primeros 50.000 euros de base imponible. Este porcentaje será de un 17% en 2027.
  • 21% por el resto. Este porcentaje será del 20% en 2027.

Para aquellas con una cifra de ventas superior a 1.000.000 euros el tipo impositivo es del 23%

Período impositivo Porcentaje de gravamen
2026 23%
2027 22%
2028 21%
2029 20%

Además, existen tipos impositivos especiales más reducidos para ciertos tipos de entidades:

  • Empresas emergentes: tributan al 15% si cumplen con los requisitos establecidos.
  • Empresas de nueva creación: las empresas de nueva creación con una base imponible de hasta 300.000 euros se benefician de un tipo impositivo del 15%. Para las empresas de nueva creación con una base imponible superior a 300.000 euros, el tipo también es del 15%.
  • Entidades sin fines de lucro: tributan al 10%.
  • Sociedades, fondos de inversión y fondos de activos bancarios: tributan al 1%.

 

¿Cuándo se tiene que pagar el Impuesto de Sociedades en 2026?

El Impuesto de Sociedades se divide en dos tipos de obligaciones: declaración anual y pagos fraccionados. Aquí te detallamos los plazos clave para cada uno:

Declaración anual:

  • Período impositivo coincidente con el año natural. Si el período impositivo de tu empresa coincide con el año natural deberás presentar y abonar la declaración anual del Impuesto de Sociedades entre el 1 y el 25 de julio. ¡Importante! El plazo de presentación del impuesto este año es del 1 al 27 de julio de 2026 (dado que el día 25 de julio es sábado).
  • Para ello, hay que usar el Modelo 200 o el Modelo 220 si la empresa es la dominante de un grupo de sociedades que tributa en régimen de consolidación fiscal.
  • Período impositivo diferente al año natural. Si el período impositivo finaliza antes del año natural, por ejemplo, en caso de extinción de la sociedad, la declaración debe presentarse dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al fin del período impositivo.
    •  

Pagos fraccionados:

El impuesto de sociedades puede ir adelantándose a cuenta de la declaración anual mediante los pagos fraccionados.

Para hacerlo, las empresas tendrán que presentar el modelo 202 tres veces al año.

  • Primer plazo: del 1 al 20 de abril.
  • Segundo plazo: del 1 al 20 de octubre.
  • Tercer plazo: del 1 al 21 de diciembre.

Para los grupos de sociedades será obligatoria la presentación del modelo 222.

Estos modelos deben presentarse de forma telemática.

 

¿Hay cambios en el Modelo 200 del Impuesto de Sociedades?

El Ministerio de Hacienda ha iniciado el proceso para aprobar el nuevo Modelo 200 del Impuesto de Sociedades, que deberán presentar las empresas en 2026 (correspondiente al ejercicio 2025).

El nuevo modelo incluiría, por ejemplo, la obligación de declarar la actividad con la nueva CNAE 2025, en lugar de con la anterior CNAE 2009.

Además, se reforzaría la reserva de capitalización: se añadiría una nueva casilla para informar del incremento de la plantilla media. Este dato sería necesario para aplicar ciertos beneficios fiscales.

Por otra parte, las empresas con menos de 1 millón de euros de facturación podrían aplicar un límite más alto (25%) en la reducción por reserva de capitalización.

Asimismo, las empresas sujetas a normativas foral podrían presentar el modelo a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria en formato XML.

 
 

¿Cómo calcular el Impuesto de Sociedades?

Calcular el Impuesto de Sociedades implica el siguiente proceso:

  • Determinar el resultado contable. Se trata del beneficio bruto obtenido por la empresa antes de realizar ajustes fiscales.
  • Ajustar para obtener la base imponible. En este caso, será necesario añadir o restar partidas que no se consideran a efectos fiscales y aplicar correcciones requeridas por la normativa.
  • Aplicar las reducciones y compensaciones permitidas sobre la base imponible y compensa las bases negativas de ejercicios anteriores.
  • Calcular la cuota del impuesto.
  • Aplicar deducciones y bonificaciones.
  • Plazos de presentación y pago del Impuesto de Sociedades en 2026.

 

¿Pueden las pymes pagar menos en el Impuesto de Sociedades si tienen facturas impagadas?

Sí, es posible que las pymes paguen menos en el Impuesto de Sociedades gracias al incentivo fiscal para empresas que facturan menos de 10 millones de euros.

La normativa permite deducir globalmente el riesgo de insolvencia. Mientras que el sistema general exige esperar 6 meses desde el vencimiento o iniciar reclamaciones judiciales, este mecanismo para pymes es automático y simplificado.

¿Cuál es el límite máximo de deducción por deterioro de créditos para una pyme?

La Ley del Impuesto de Sociedades establece un límite del 1% sobre el saldo de deudores existentes al cierre del periodo impositivo (normalmente el 31 de diciembre).

Los requisitos para su aplicación son:

  • Cifra de negocios: debe ser inferior a 10 millones de euros en el ejercicio anterior.
  • El deterioro debe estar reflejado en la contabilidad de la empresa.
  • No se puede aplicar este 1% sobre facturas que ya se hayan deducido individualmente por el sistema general (aquellas con más de 6 meses de antigüedad o en concurso).

¿Cómo calcular el ahorro fiscal por facturas pendientes de cobro?

Para la declaración que se presentará en julio de 2026 (correspondiente al ejercicio 2025) el cálculo es sencillo pero requiere precisión:

  • Determinar el saldo: es necesario tomar el total de facturas pendientes de cobro a 31 de diciembre de 2025.
  • Luego, hay que restar las exclusiones, es decir, eliminar del total las deudas de entes públicos, entidades vinculadas o aquellas ya deducidas por el sistema general.
  • Por último, aplicar el 1%. 

 

¿Qué ventajas ofrece el sistema de provisión automática frente al general?

La principal ventaja es la agilidad administrativa. Bajo este régimen la pyme no tiene que demostrar que ha realizado gestiones de cobro ni esperar plazos temporales.

Es una «presunción de insolvencia» que Hacienda concede a los pequeños negocios para mejorar su liquidez.

Sin embargo, es vital recordar que si la empresa supera los 10 millones de facturación este beneficio desaparece, y el saldo acumulado de la provisión deberá ajustarse en los ejercicios siguientes.

 

Bruselas impulsa la coordinación del Impuesto de Sociedades en la UE

La Unión Europea avanza en nuevas medidas para reforzar su competitividad global, entre ellas la creación de un Régimen Fiscal 28: un sistema opcional que conviviría con los 27 regímenes nacionales actuales.

Uno de los objetivos es hacer el Impuesto de Sociedades más coherente y fácil de aplicar cuando una empresa opere en varios países.

Las empresas partirían de criterios comunes con ajustes limitados, manteniendo cada país la capacidad de fijar su tipo de gravamen.

Es decir, la iniciativa no cambiaría cuánto se paga en el Impuesto de Sociedad, pero sí cómo se calcula, se gestiona y se coordina entre países.

¿Conocías estas novedades? Esperamos haber solventado tus dudas y haberte ayudado con este post. No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

El Impuesto de Sociedades 2026 reduce su carga para pymes con ventas hasta 1.000.000€, tributando al 19% por los primeros 50.000€ de base imponible y al 21% por el resto.

Las empresas de nueva creación mantienen un tipo reducido del 15%, mientras que la declaración anual deberá presentarse entre el 1 y el 27 de julio de 2026 mediante el Modelo 200.

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30 abril, 2026
Olga Agea

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