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SMI en 2026: ¿el Salario Mínimo Interprofesional será de 1.240 euros?

SMI en 2026: ¿el Salario Mínimo Interprofesional será de 1.240 euros?

Con la llegada del nuevo año, como es habitual, surgen dudas sobre la posible subida de los salarios, especialmente en lo que respecta al Salario Mínimo Interprofesional.

SMI en 2026: ¿el Salario Mínimo Interprofesional será de 1.240 euros?

El Real Decreto-ley 16/2025 ha prorrogado el SMI de 2025 a 2026. Esto significa que durante un período transitorio el SMI continuará siendo de 1.184 euros.

No obstante, el Gobierno ha reiterado su intención de seguir incrementando el Salario Mínimo Interprofesional este año con el objetivo de situarlo en torno al 60% del salario medio, tal y como recomienda la Carta Social Europea.

Según el informe del comité de expertos existen dos posibles escenarios:

  • Una subida del 3,1% hasta 1.221 euros mensuales (si el SMI continúa exento de IRPF).
  • Una subida del 4,7% hasta 1.240 euros mensuales (si finalmente el SMI comienza a tributar).

Estas cifras se sitúan entre las posiciones de los agentes sociales. Los sindicatos defienden incrementos de entre el 2,7% y el 7,5%; mientras que la CEOE apuesta por una subida más moderada en torno al 1,5%.

Según las últimas informaciones parece que el Ministerio de Trabajo optaría por la subida del 3,1% (1.221 euros mensuales) y contaría con el apoyo de Hacienda para garantizar que el salario no tribute.

El próximo lunes, 26 de enero, Ministerio y agentes sociales se reunirán para intentar cerrar un acuerdo y definir definitivamente la cifra y su aplicación.

A continuación, te contamos todos los detalles sobre esta posible subida y cómo podría evolucionar el SMI en los próximos meses.

 

¿Cuál es la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional en 2026?

Por el momento se ha prorrogado el SMI de 2025 hasta que se apruebe el nuevo incremento para 2026.

En cualquier caso, la subida del SMI para 2026 tendrá efectos retroactivos desde el 1 de enero, aunque previsiblemente no se aprobará hasta finales de este mes de enero o principios de febrero.

En el supuesto que hoy se considera más probable el Salario Mínimo Interprofesional se situaría en 1.221 euros mensuales en 14 pagas, lo que supondrían 37 euros más al mes respecto a la cuantía actual.

Hasta que la subida entre en vigor se mantendrá el SMI vigente en 2025, fijado en 1.184 euros mensuales en 14 pagas, una cifra que ya supuso un incremento del 4,41% con respecto a 2024.

 

Se prorroga el SMI de 1.184 euros hasta que se apruebe el nuevo incremento para 2026

Actualmente, el Salario Mínimo Interprofesional está fijado en:

  • 1.184 euros mensuales en 14 pagas.
  • 16.576 euros brutos al año.
  • 39,47 euros/día para las personas trabajadoras que presten sus servicios por jornada.

Como comentamos, todo apunta a una nueva subida en 2026, previsiblemente hasta los 1.221 euros, aunque habrá que esperar a la decisión final del Gobierno.

¿Cómo afectan las subidas del SMI a personas trabajadoras y empresas? A continuación, analizamos el impacto de estos incrementos en el mercado laboral:

¿A quiénes afectará la subida del SMI 2026?

Si finalmente se aprueba un nuevo incremento del SMI en 2026 afectará a todas las personas trabajadoras, pero especialmente a:

  • Quienes no tengan convenio colectivo, ya que el SMI sirve como referencia mínima en ausencia de acuerdos sectoriales o empresariales.
  • Personas trabajadoras con salarios más bajos garantizando que nadie perciba menos de la nueva cuantía establecida.

Además, la subida del SMI también podría influir en cotizaciones sociales, prestaciones y ayudas vinculadas a este indicador.

 

¿Cuál ha sido la evolución del SMI durante los últimos años?

El Salario Mínimo Interprofesional ha experimentado un notable crecimiento en los últimos años.

Desde 2018 ha pasado de 736 euros a 1.184 en 2025, lo que supone un incremento superior al 50% en solo siete años.

Para que entiendas cómo ha sido la subida del SMI:

En diciembre de 2020 el Real Decreto Ley 38/2020 prorrogó temporalmente el SMI de 950 € durante 2021 debido a la terrible situación que enfrentaban las empresas por la pandemia. Y se adelantó que habría un incremento en cuanto mejorase la situación.

En septiembre de 2021 el Gobierno aplicó un aumento del salario mínimo hasta los 965 €, recogido en el Real Decreto 817/2021.

La Reforma Laboral mantuvo transitoriamente la cuantía de SMI de 2021 durante 2022. Sin embargo, el Gobierno anunció que no tardaría mucho en abordar un nuevo aumento.

Después de semanas de controversia se publicó la norma que incrementó el Salario Mínimo Interprofesional en 2022 hasta los 1.000 euros con carácter retroactivo.

La evolución del SMI continuó en febrero de 2023 con la publicación del RD 99/2023 qué fijó el salario mínimo interprofesional para 2023 en 1.080 euros mensuales en 14 pagas. Así el SMI para 2023 aumentó en un 8%.

En 2024 se volvió a producir una subida del SMI. En este caso, de un 5%, tras publicarse el Real Decreto 145/2024.

La patronal se quedó fuera de las negociaciones sobre la subida del SMI ya que se les denegó la indexación de los contratos con las Administraciones Públicas.

Para 2025 el SMI volvió a aumentar tras publicarse en el Real Decreto 87/2025. El Salario Mínimo Interprofesional 2025 se fijó en 1.184 euros. Esta cuantía se ha prorrogado para 2026 (hasta que se apruebe el nuevo incremento).

Para este año parece que desde el Ministerio de Trabajo se van a comprometer a explorar cambios en los contratos públicos para permitir que las empresas puedan revisar los salarios en servicios contratados a la administración.

 

¿Cuál es el SMI en 2026?

El futuro del Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC) que marca las pautas salariales y laborales en España se encuentra en entredicho.

El marco vigente ha expirado y las negociaciones para su renovación hasta 2028 se prevén complicadas, especialmente por el rechazo a la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales.

Por su parte, desde el Ministerio de Trabajo han planteado varias propuestas para modificar el SMI, entre las que destacan:

  • Actualización automática del SMI cada seis meses según la inflación. Se propone que el SMI se revise de forma automática dos veces al año (en enero y julio) en función del IPC real. Hasta ahora su actualización depende de los acuerdos entre el Gobierno, los sindicatos y la patronal.
  • Separación del salario base y los complementos. Las empresas no podrían utilizar los pluses o complementos (como la antigüedad) para alcanzar el SMI. El objetivo es que el salario base quede claramente diferenciado del resto de concepto retributivos.
  • Garantizar que el SMI no baje del 60% del salario medio. En línea con la Carta Social Europea se pretende asegurar que el SMI nunca se sitúe por debajo del 60% del salario medio en España.

Habrá que esperar a ver cómo avanzan las negociaciones y conocer si estas medidas se incorporan finalmente al nuevo marco regulador.

Mientras tanto, te contamos cómo es el SMI actualmente:

 

SMI vigente: 1.184 euros en 14 pagas 

El Salario Mínimo Interprofesional aumentó a inicios de 2025 fijándose en 1.184 euros mensuales en 14 pagas.

Esta subida ha mantenido la tendencia al alza de los últimos años impulsada en gran parte por la recomendación del Comité de Expertos que ya en 2021 aconsejó incrementos progresivos de entre 30 y 40 euros anuales.

Si hacemos un repaso a las últimas subidas del SMI:

  • 2022: se produjo un aumento de 35 euros alcanzando los 1.000 euros mensuales.
  • 2023: el Gobierno inicialmente estimó un SMI de 1.049 euros, pero finalmente se elevó a 1.080 euros para compensar los efectos de la inflación, como recogió el Real Decreto 99/2023.
  • 2024: hubo una nueva subida del 5% situándolo en 1.134 euros, según el Real Decreto 145/2024.
  • 2025: se incrementó el SMI un 4,41% con respecto al año anterior estableciendo el SMI en 1.184 euros mensuales en 14 pagas.
  • 2026: podría volver a incrementarse en un 3,1% situándose en 1.221 euros mensuales (si el SMI continúa exento de IRPF) o incrementarse en un 4,7% situándose en 1.240 euros mensuales (si comienza a tributar).

En cualquier caso, actualmente se ha prorrogado el SMI de 2025 hasta que se apruebe un nuevo incremento para el año 2026.

 

¿Desde cuándo se aplicará la subida del SMI 2026?

La subida del Salario Mínimo Interprofesional en 2026 tendrá efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026, al igual que ha ocurrido ya en años anteriores.

Esto significa que, una vez entrada en vigor la subida del SMI, las personas trabajadoras recibirán la diferencia correspondiente a los meses anteriores.

 

¿Cuál es el Salario Mínimo Interprofesional vigente en España (SMI 2026)?

Actualmente, el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en España está fijado en 1.184 € brutos mensuales en 14 pagas, lo que equivale a 16.576 € brutos anuales.

Estas cifras corresponden al SMI 2025 (del año pasado), que de momento se ha prorrogado para 2026.

No obstante, se anticipa la posible subida del SMI 2026, que se aplicará con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026.

Hasta que se aprueben las nuevas cuantías estas son las referencias vigentes:

  • Salario Mínimo Interprofesional diario 2025 (prorrogado hasta que se aprueben las cuantías de 2026): 39,47€/día.
  • Salario Mínimo Interprofesional mensual 2025 (prorrogado hasta que se aprueben las cuantías de 2026): 1.184 €/mes.
  • Salario Mínimo Interprofesional anual 2025 (prorrogado hasta que se aprueben las cuantías de 2026): 16.576€/año.

 

¿Cuál es el Salario Mínimo Interprofesional vigente para temporeros y empleadas del hogar?

Estas son las cuantías (2025) prorrogadas y vigentes actualmente:

  • SMI para personas trabajadoras eventuales, así como temporeras y temporeros cuyos servicios en una misma empresa no pasen de 120 días: 56,08 euros al día.
  • SMI para empleadas/os del hogar que trabajen por horas: 9,26 euros por hora.

 

¿Cuál es el SMI anual en 2026?

El Salario Mínimo Interprofesional 2025 (prorrogado para 2026) está fijado en 1.184 € mensuales en 14 pagas, lo que equivale a 16.576 € anuales.

Si finalmente se aprueba la subida del SMI 2026 a 1.221 euros mensuales el Salario Mínimo Interprofesional no podría ser inferior a 17.094 euros.

Mientras que si se aprobara la subida del SMI 2026 a 1.240 euros mensuales el Salario Mínimo Interprofesional no podría se inferior a 17.360 euros.

 

¿Cuál es el SMI por día?

El Salario Mínimo está fijado en 39,47 euros brutos al día con carácter general. Es importante recordar que estas cifras se refieren al SMI 2025, que es el vigente hasta la aprobación de las nuevas cuantías de 2026.

 

¿El salario mínimo interprofesional es neto o bruto?

El SMI se refiere al salario bruto de las personas trabajadoras. Por ejemplo, este año los 1.184 euros mensuales en 14 pagas representan el total de devengos de la nómina.

En caso de que las pagas extras estén prorrateadas deberías cobrar 1.381,33 euros mensuales en 12 pagas.

 

¿Cuál es el SMI de 2026 con las pagas extras prorrateadas?

Las cuantías vigentes actualmente (según el SMI 2025 prorrogado) son las siguientes:

  • 1.184 euros mensuales. Pero, ¡ojo! Esta cifra solo se aplica en el caso de que recibas 14 pagas de tu empresa.
  • Si las pagas extra se prorratean en 12 mensualidades entonces el SMI debe ser de 1.381,33 euros al mes.

¡IMPORTANTE! Hay que señalar que la base mínima de cotización es de 1.381,20 euros, lo que el año pasado generó una ligera discrepancia con el cálculo total al no coincidir los decimales exactamente.

Para 2026 si el SMI se fijara en 1.221 euros:

  • 14 pagas: 1.221 euros al mes.
  • 12 pagas prorrateadas: 1.424,5 euros al mes.

Mientras que si se fijara en 1.240 euros:

  • 14 pagas: 1.240 euros al mes.
  • 12 pagas prorrateadas: 1.446,7 euros.

 

Bruselas exige un criterio definido para actualizar el salario mínimo en España

Pese a que en 2025 se produjo un nuevo aumento del Salario Mínimo Interprofesional y en 2026 se prevé otro incremento desde Bruselas exigen que las cifras no sean el resultado de negociaciones arbitrarias con los agentes sociales, sino que se implemente un sistema de actualización coherente y homogéneo.

Esto implicaría seleccionar indicadores internacionales o nacionales para calcular las futuras subidas del SMI.

 

¿El Gobierno plantea limitar la compensación de pluses para la subida del SMI?

Una de las propuestas del Gobierno es impedir que las empresas puedan compensar o absorber los pluses más comunes a la hora de aplicar la subida del Salario Mínimo Interprofesional, según recoge un borrador de Real Decreto.

La propuesta busca excluir ciertos complementos salariales, entre ellos:

  • Complementos relacionados con las condiciones de trabajo, como nocturnidad o peligrosidad.
  • Complementos vinculados a características personales de la persona trabajadora, como la antigüedad.
  • Complementos asociados a la cantidad de trabajo, como incentivos o primas de producción.

Esto implicaría que los pluses más habituales en las nóminas no podrían sumarse al SMI con el objetivo de que la subida del salario mínimo tenga un impacto real en las personas trabajadoras.

Desde el ámbito empresarial se advierte que esta medida podría incrementar los costes laborales, especialmente en sectores con alta proporción de complementos salariales.

La cuestión es que hasta ahora el Tribunal Supremo había reconocido en varias sentencias la posibilidad de absorber o compensar pluses salariales si el salario de la persona trabajadora superaba el SMI.

Habrá que esperar para ver cómo evoluciona la medida. De momento, te dejamos más información sobre las sentencias más relevantes del Tribunal Supremo sobre compensación de pluses y SMI, a continuación.

 

¿Las empresas pueden subir el SMI absorbiendo los pluses de antigüedad?

Tras una sentencia del Tribunal Supremo de 26 de enero de 2022 este avaló que las empresas pudiesen subir el SMI en 2022 absorbiendo los pluses de antigüedad.

Así se complementaba el sueldo del trabajador para llegar al SMI vigente en 2022 de 1.000 euros al mes.

Es decir, esta sentencia indica que la cuantía que se percibe por el complemento de antigüedad forma parte del salario y, por tanto, se incluirá dentro de ese salario en consonancia con el aumento del SMI.

Te contamos con más detalle el caso: el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña falló a favor de la Associació Empresarial D`Economía Social y consideró que la subida del SMI podía realizarse sumando los trienios que cumplieran los trabajadores.

Según el Tribunal Supremo si un trabajador cobra un salario base inferior al SMI, pero percibe un complemento de antigüedad que hace que el salario sea superior al SMI, ya estaría compensada dicha subida.

No se procedería a un aumento del salario, sino que el incremento del salario tras la subida del SMI saldría del dinero extra que recibe el empleado por su antigüedad.

Asimismo, encontramos la sentencia Rec. 169/2019 que extiende esa situación a todos los complementos salariales.

 

¿Se puede compensar la subida del SMI con las percepciones extrasalariales?

Por su parte, la sentencia Rec. 60/2020 indica que quedan excluidas las percepciones extrasalariales.

Es decir, no se va a poder compensar el incremento del SMI con complementos que sean de naturaleza extrasalarial.

Además, si una persona trabajadora realiza horas extras complementarias la cuantía del SMI no va a influir en su cobro.

El SMI hace referencia a la jornada ordinaria de una persona empleada. Si esa persona realiza horas extra deberán ser abonadas de manera adicional.

Lo mismo ocurre con la nocturnidad. La cuantía a percibir por realizar horas en horario nocturno debe quedar determinada en el convenio colectivo y requerirá un abono específico, independiente al SMI.

Salvo que por la propia naturaleza de la actividad se acuerde la compensación de la nocturnidad con descansos.

 

¿Qué complementos pueden usar los autónomos para aumentar el sueldo de sus empleados y alcanzar el SMI?

Una pregunta común entre los autónomos es la siguiente: ¿Cómo ajustar el salario al SMI vigente y qué opciones tienen para lograrlo?

Es importante tener en cuenta que los complementos salariales son clave para lograr este objetivo. Por ejemplo, como comentamos, el plus de antigüedad es un complemento que se suma al salario base y ayuda a alcanzar el SMI.

Sin embargo, es crucial realizar un cálculo anual para asegurarse de que la persona trabajadora alcance efectivamente el SMI.

Esto se debe a que algunos complementos pueden variar de mes a mes, lo que significa que habrá meses en los que se reciba más y otros en los que se reciba menos.

Es importante destacar que los complementos extrasalariales no pueden utilizarse para compensar la subida del SMI. Estos complementos no forman parte del salario y no pueden absorberse para cumplir con los requisitos del SMI.

En resumen, los complementos salariales, como el plus de antigüedad, son esenciales para ajustar el salario al SMI, pero es crucial realizar un seguimiento anual y comprender que los complementos extrasalariales no pueden utilizarse para este fin.

 

El Supremo ratifica que la subida del SMI no anula los convenios ya firmados

Como comentábamos el Gobierno plantea una reforma para limitar la posibilidad de que las empresas compensen los complementos salariales con la subida del SMI.

No obstante, el Tribunal Supremo ha desestimado un recurso del Ministerio de Trabajo, que cuestionaba las tablas salariales del Convenio Colectivo de la Industria Textil y de la Confección de 2023.

  • El Ministerio alegaba que algunas categorías quedaban por debajo del SMI.
  • Sin embargo, tanto la Audiencia Nacional como el Supremo consideran que el SMI debe calcularse de forma global y anual, incluyendo todos los conceptos salariales (salario base + complementos), y no solo el salario base.
  • El Supremo recalca que un convenio firmado antes de la subida del SMI no se vuelve ilegal por esa subida posterior, siempre que en la práctica se cumpla con el mínimo legal.

Pese a ello, Trabajo insiste en limitar la absorción de pluses en el SMI.

Para ello, plantean modificar el Real Decreto que regula el SMI prohibiendo expresamente que las empresas puedan compensar o absorber las subidas con otros conceptos retributivos.

Este cambio se aprobaría por vía reglamentaria, sin necesidad de pasar por el Parlamento, y supondría un giro frente a la práctica actual avalada en varias sentencias que permite a las empresas integrar complementos, como el de antigüedad para alcanzar el SMI.

Con esta medida Trabajo busca que las futuras subidas del salario mínimo tengan un efecto real en la nómina de las personas trabajadoras blindando que lleguen íntegras y no se diluyan con otros pluses.

No es posible impugnar un convenio sin demostrar con claridad qué categorías incumplen el SMI.

 

¿Cómo debe ser tu nómina actualmente?

El SMI vigente actualmente (2025, prorrogado en 2026) está fijado en 1.184 euros en 14 pagas.

Por tanto, resumimos varias claves a tener en cuenta para la gestión de nóminas según el Real Decreto 87/2025:

  • Tu salario bruto no puede ser inferior en su conjunto a 16.576 euros anuales, si realizas jornada completa. (Por supuesto, el salario que debes percibir siempre debe consultarse en tu convenio colectivo de referencia para tu categoría profesional. Sobre todo te afecta si tu salario o conceptos hacen alusión al SMI para su cálculo).
  • Al salario mínimo se le suman, según indique tu convenio o contrato de trabajo, los complementos salariales a que se refiere el artículo 26.3 del Estatuto de los Trabajadores, así como el importe correspondiente al incremento garantizado sobre el salario a tiempo en la remuneración a prima o con incentivo a la producción.
  • Los 1.184 € mensuales del salario mínimo proceden si se aplican 14 pagas. En caso de que se prorratearan las pagas extras en 12 meses el salario bruto al mes debe ser de 1.381,33 euros.
  • Si tu jornada es inferior a las 40 horas el salario bruto se calcula proporcionalmente a las horas de trabajo que realices.
  • Según una sentencia de la Audiencia Nacional sí se pueden compensar los complementos y primas a la hora de calcular el salario bruto del trabajador.

Para valorar si se pueden compensar o no los complementos o pluses es imprescindible revisar lo indicado en convenio colectivo, ya que hay algunos que establecen qué conceptos no se pueden compensar.

Y por supuesto, no se deben compensar aquellos complementos o primas que estén minorando los derechos individuales de la persona trabajadora, como el plus de nocturnidad o peligrosidad.

Si lo deseas puedes ampliar información en esta sentencia sobre los complementos salariales.

¡Importante! Cuando se publique la subida del SMI 2026 será necesario ajustar tu nómina según el incremento que se apruebe.

 

¿Me pueden pagar menos del SMI?

No. La cuantía que se fije para una persona trabajadora que realice 40 horas semanales no puede ser inferior ni por convenio colectivo ni por ningún tipo de acuerdo entre empleado y empresa.

Es decir, todas las personas empleadas que presten sus servicios en una jornada laboral de 40 horas semanales tienen derecho a percibir al menos la cuantía fija legal fijada para el SMI vigente.

 

¿Cómo afecta el SMI a los empleados que trabajan menos de 40 horas semanales?

La nómina de las personas empleadas que prestan sus servicios durante menos de 40 horas semanales se debe calcular de manera proporcional al SMI.

 

¿Tributa en IRPF el SMI?

Actualmente, el SMI no tributa en IRPF. Sí es cierto que en 2025 la subida del SMI generó un intenso debate.

El Real Decreto 142/2024, aprobado en 2024, modificó el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y estableció un mínimo exento de 15.876 euros anuales.

Esto significaba que quienes no superasen esa cantidad en ingresos no debían pagar IRPF, lo que coincidía con el SMI de 2024.

¿Qué ocurrió en 2025? Tras la subida del SMI el Ministerio de Hacienda no había ajustado el umbral de exención de IRPF.

Esto implicaba que la normativa vigente seguía estableciendo que no se aplicarían retenciones sobre los rendimientos del trabajo inferiores a 15.876 euros 

Sin embargo, el SMI anual en 2025 era de 16.576 euros, por lo que la diferencia entre ambas cifras (700 euros) parecía que tenía que tributar.

Finalmente, el Gobierno corrigió el fallo técnico con una deducción de 340 euros en el IRPF para quienes percibieran el SMI o menos.

Esta medida permitió que quienes tuvieran ese salario recuperasen en la Declaración de la Renta lo que se les hubiese retenido durante el año evitando que pagaran IRPF de facto.

Además, quienes tuvieran ingresos entre 16.576 euros y 18.276 euros también pudieron beneficiarse parcialmente de la deducción.

El importe se iba reduciendo 20 céntimos por cada euro extra que se ganase sobre el SMI hasta desaparecer al llegar a 18.276 €.

Eso sí, esa modificación no incluyó a parados y pensionistas, y todo apunta a que esta exclusión se podría repetir en 2026

La cuestión es que para 2026 se contemplan dos posibilidades:

  • Una subida del SMI del 3,1% hasta los 1.221 euros mensuales (si continúa exento de IRPF).
  • Una subida del SMI del 4,7% hasta los 1.240 euros mensuales (si finalmente comienza a tributar).

Pero, como comentamos, los pensionistas y desempleados quedarían excluidos de la deducción.

Algunos técnicos de Hacienda proponen ampliar la no tributación del SMI a estos grupos para reducir la desigualdad y asegurar que futuras subidas tampoco tributen.

Hasta que se cierre el diálogo con el Comité de Expertos no se sabe con certeza cuál de estos escenarios se aplicará, por lo que no tenemos constancia de si el SMI tributará o no en IRPF y qué pasará con pensionistas y desempleados.

 

El TEAC refuerza la protección del SMI frente a embargos

Antes de finalizar hay que tener en cuenta una novedad. El Tribunal Económico Administrativo Central, en su resolución de 18 de junio de 2025, ha dado un giro importante en materia de embargos sobre el SMI.

Hacienda y los tribunales entendían que las cantidades no gastadas cada mes del salario o pensión podían considerarse ahorro y, por tanto, embargables.

Sin embargo, el TEAC ha establecido (siguiendo la línea del Tribunal Supremo en una sentencia de 15 de marzo de 2024) que el importe inembargable de salarios y pensiones mantiene siempre esa condición, aunque se acumule en una cuenta bancaria.

Su finalidad es garantizar un mínimo vital para cubrir necesidades básicas y no puede perder protección con el paso del tiempo.

Tienes más información en nuestro post ¿Cómo se hace el embargo de una nómina?

Estaremos atentos a cualquier novedad sobre este tema para informarte de todo. ¡Gracias por leernos!

Actualmente el SMI se encuentra en una prórroga técnica de 1.184€ mensuales (14 pagas), pero se negocia una subida inminente con efectos retroactivos al 1 de enero.

Los escenarios más probables sitúan el nuevo salario en 1.221€ (si se mantiene la exención de IRPF) o 1.240€ (si comienza a tributar), con el objetivo de blindar legalmente que los pluses de antigüedad o nocturnidad no sean absorbidos para alcanzar este mínimo.

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Fuentes: Real Decreto-ley 16/2025, Real Decreto 87/2025, Estatuto de los Trabajadores (Art. 27 y 26.3), Real Decreto 142/2024 y Resolución del TEAC de 18 de junio de 2025.

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