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SMI en 2026: el Salario Mínimo Interprofesional sube a 1.221 euros

SMI en 2026: el Salario Mínimo Interprofesional sube a 1.221 euros

El Salario Mínimo Interprofesional ha subido en 2026. El Real Decreto 126/2026 fija una cuantía de 1.221 euros mensuales en 14 pagas, lo que supone un incremento del 3,1% con respecto al año anterior, es decir, 37 euros brutos más al mes.

SMI en 2026: el Salario Mínimo Interprofesional sube a 1.221 euros.

Además del aumento salarial, el Gobierno aprobó una deducción fiscal para evitar que esta subida tuviera impacto en el IRPF de las rentas más bajas, manteniendo exenta de tributación la cuantía correspondiente al SMI.

A continuación, te explicamos cuál es el SMI de 2026, cuánto ha subido respecto a 2025, cómo afecta a empresas y personas trabajadoras y cuáles son las principales novedades que debes conocer:

 

¿Cuál es la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional en 2026?

El Real Decreto 126/2026 establece que el Salario Mínimo Interprofesional en 2026 asciende a 1.221 euros mensuales en 14 pagas, lo que equivale a 17.094 euros brutos anuales.

La nueva cuantía se aplica con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026, por lo que las empresas han debido actualizar las retribuciones de las personas trabajadoras cuyo salario estuviera referenciado al SMI.

 

¿A cuánto sube el SMI en 2026?

El SMI 2026 se sitúa en 1.221 euros mensuales en 14 pagas, lo que representa una subida de 37 euros al mes respecto a la cuantía de 2025.

Pero, ¿cómo afectan las subidas del SMI a personas trabajadoras y empresas? Analizamos el impacto de estos incrementos en el mercado laboral:

¿A quién afecta la subida del SMI 2026?

En general, las subidas del SMI afectan a todas las personas trabajadoras, pero tienen un impacto especial en:

  • Quienes no cuentan con convenio colectivo, ya que el SMI establece un mínimo de referencia en ausencia de acuerdos sectoriales o empresariales.
  • Personas trabajadoras con salarios más bajos garantizando que nadie perciba menos de la cuantía establecida.

Además, este tipo de actualizaciones no solo afectan al salario base, sino que pueden tener efectos indirectos en cotizaciones sociales, prestaciones públicas y determinadas ayudas vinculadas al indicador del SMI.

 

¿Cuál ha sido la evolución del SMI durante los últimos años?

El Salario Mínimo Interprofesional ha experimentado un incremento continuado en los últimos años con el objetivo de mejorar el poder adquisitivo de las personas trabajadoras y aproximar el salario mínimo al 60% del salario medio.

Esta ha sido la evolución del SMI desde 2021:

  • Diciembre de 2020: el Real Decreto-ley 38/2020 prorrogó el SMI de 950 euros durante 2021 debido al impacto de la pandemia, aunque ya se anticipaba una futura revisión al alza cuando la situación económica lo permitiera.
  • Septiembre de 2021: el Gobierno aplicó un aumento del salario mínimo hasta los 965 euros, recogido en el Real Decreto 817/2021.
  • 2022: la Reforma Laboral mantuvo de forma transitoria la cuantía de SMI de 2021, hasta que finalmente se aprobó una nueva subida con carácter retroactivo que situó el SMI en 1.000 euros.
  • Febrero de 2023: el RD 99/2023 volvió a incrementar el salario mínimo interprofesional para 2023 en 1.080 euros mensuales en 14 pagas. Así el SMI para 2023 aumentó en un 8%.

 

¿Cuál fue el SMI en 2024?

En 2024 el Salario Mínimo Interprofesional volvió a actualizarse mediante el Real Decreto 145/2024, que fijó una subida del 5% respecto al año anterior.

Como resultado, el SMI de 2024 quedó establecido en 1.134 euros brutos mensuales en 14 pagas, lo que equivalía a 15.876 euros brutos anuales.

 

Estas fueron las cuantías del Salario Mínimo Interprofesional en 2024

  • SMI mensual (12 pagas) en 2024: 1.323 euros al mes.
  • Cómputo anual SMI en 2024: 15.876 euros brutos anuales.
  • Salario por jornada diaria SMI en 2024: 37,80 euros al día.
  • Empleados del hogar SMI en 2024: 8,87 euros por hora efectivamente trabajada. 

La subida del SMI en 2024 se produjo tras un intenso proceso de negociación entre el Gobierno y los agentes sociales.

Finalmente, las organizaciones empresariales no se sumaron al acuerdo, al no alcanzarse un consenso sobre diversas medidas relacionadas con la actualización de determinados contratos públicos y el impacto del incremento salarial en las empresas.

 

¿Cuál fue el sueldo mínimo de 2024?

El sueldo mínimo en 2024 quedó fijado en 1.134 euros brutos mensuales en 14 pagas, lo que suponía un Salario Mínimo Interprofesional anual de 15.876 euros brutos.

En aquellas empresas que abonaban las pagas extraordinarias prorrateadas el salario mínimo equivalía a 1.323 euros brutos mensuales en 12 pagas.

En los contratos a tiempo parcial la retribución debía calcularse de forma proporcional a la jornada realizada, respetando siempre el SMI vigente.

 

¿Cuál fue el SMI en 2025?

El Salario Mínimo Interprofesional de 2025 volvió a incrementarse tras la publicación del Real Decreto 87/2025, situándose en 1.184 euros mensuales en 14 pagas.

 

Estas fueron las cuantías del Salario Mínimo Interprofesional en 2025

Las principales referencias quedaron establecidas de la siguiente forma:

  • Pago mensual (12 pagas) SMI en 2025: 1.381,33 € (prorrateando las pagas extraordinarias).
  • Cómputo anual SMI en 2025: 16.576 € euros brutos anuales.
  • Salario por jornada diaria SMI en 2025: 39,47 euros al día.
  • Empleados del hogar SMI en 2025: 9,50 euros por hora efectivamente trabajada.

Esta actualización consolidó la tendencia de incremento progresivo del salario mínimo en los últimos años, manteniendo su impacto directo en costes laborales, cotizaciones y estructura salarial en numerosas empresas.

 

¿Cuál fue el sueldo mínimo de 2025?

Durante 2025 ninguna persona trabajadora a jornada completa pudo percibir un salario inferior a 1.184 euros brutos mensuales en 14 pagas o a 16.576 euros brutos anuales.

Cuando las pagas extraordinarias estaban prorrateadas el salario mínimo ascendía a 1.381,33 euros brutos mensuales.

 

¿La patronal quedó fuera del acuerdo para la subida del SMI 2026? 

En 2026 el Real Decreto 126/2026 fija el Salario Mínimo Interprofesional en 1.221 euros mensuales en 14 pagas, lo que supone un incremento del 3,1% respecto al año anterior.

Además del incremento salarial, el Gobierno aprobó una deducción fiscal para mantener exenta de tributación en el IRPF la cuantía correspondiente al SMI.

Durante la negociación, el Ministerio de Hacienda planteó diferentes medidas para intentar obtener el respaldo de CEOE y CEPYME. Entre ellas figuraba una posible reducción del Impuesto de Sociedades para aquellas empresas que incrementaran su plantilla durante 2026.

El objetivo era compensar parcialmente el impacto económico de la subida del SMI, especialmente en sectores con una elevada carga de costes laborales, como la agricultura, la limpieza o la atención domiciliaria.

La propuesta contemplaba que determinadas empresas y personas autónomas pudieran reducir su base imponible si aumentaban el empleo, llegando a compensar hasta el 100 % del coste anual derivado de la subida del SMI, siempre que cumplieran los requisitos previstos.

Finalmente, las organizaciones empresariales no se sumaron al acuerdo al considerar que las medidas planteadas no compensaban suficientemente el incremento de los costes laborales.

 

SMI 2026: 1.221 euros en 14 pagas 

El Salario Mínimo Interprofesional mantiene su tendencia ascendente y se sitúa en 2026 en 1.221 euros mensuales en 14 pagas durante 2026.

Esta evolución responde a la recomendación del Comité de Expertos, que desde 2021 viene proponiendo incrementos progresivos para acercar el SMI a un nivel equivalente al 60% del salario medio.

Si repasamos la evolución reciente del SMI:

  • 2022: se produjo un aumento de 35 euros alcanzando los 1.000 euros mensuales.
  • 2023: el Gobierno inicialmente estimó un SMI de 1.049 euros, pero finalmente se elevó a 1.080 euros para compensar los efectos de la inflación, como recogió el Real Decreto 99/2023.
  • 2024: hubo una nueva subida del 5% situándolo en 1.134 euros, según el Real Decreto 145/2024.
  • 2025: se incrementó el SMI un 4,41% con respecto al año anterior estableciendo el SMI en 1.184 euros mensuales en 14 pagas.
  • 2026: vuelve a incrementarse en un 3,1% situándose en 1.221 euros mensuales.

 

Comparativa del SMI en 2024, 2025 y 2026

Para visualizar mejor la evolución del Salario Mínimo Interprofesional esta es la comparativa de las cuantías aprobadas en los tres últimos años:

AÑO SMI MENSUAL (14 PAGAS) SMI ANUAL SMI DIARIO
2024 1.134 € 15.876 € 37,80 €
2025 1.184 € 16.576 € 39,47 €
2026 1.221 € 17.094 € 40,70 €

 

¿Desde cuándo se aplica la subida del SMI 2026?

La subida del Salario Mínimo Interprofesional en 2026 tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026, tal y como establece el Real Decreto 126/2026.

 

¿Cuál es el Salario Mínimo Interprofesional en España (SMI 2026)?

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en 2026 se sitúa en 1.221 € brutos mensuales en 14 pagas, lo que equivale a 17.094 € brutos anuales.

A partir de esta cuantía las principales referencias quedan de la siguiente forma:

  • Salario Mínimo Interprofesional diario 2026: 40,70€/día.
  • Salario Mínimo Interprofesional mensual 2026: 1.221 €/mes.
  • Salario Mínimo Interprofesional anual 2026: 17.094€/año.

 

¿Cuál es el Salario Mínimo Interprofesional vigente para temporeros y empleadas del hogar?

El Salario Mínimo Interprofesional de 2026 también establece cuantías específicas para determinados colectivos con un régimen retributivo especial:

  • SMI para personas trabajadoras eventuales, así como temporeras y temporeros cuyos servicios en una misma empresa no pasen de 120 días: 57,82€/al día.
  • SMI para empleadas/os del hogar que trabajen por horas: 9,55€/por hora.

 

¿Cuál es el SMI anual en 2026?

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) anual en 2026 queda fijado en 17.094 euros brutos, correspondiente a una retribución de 1.221 euros mensuales en 14 pagas.

Esta cuantía representa el salario mínimo que, con carácter general, debe percibir una persona trabajadora a jornada completa durante todo el año.

 

¿Cuál es el SMI por día?

El SMI diario en 2026 asciende a 40,70 euros brutos por día con carácter general.

Esta cuantía sirve como referencia para calcular la retribución mínima en determinados supuestos, especialmente cuando el salario se establece por jornadas o días trabajados.

 

¿El salario mínimo interprofesional es neto o bruto?

El Salario Mínimo Interprofesional se establece siempre en importe bruto, es decir, antes de aplicar cotizaciones a la Seguridad Social o retenciones fiscales.

Por tanto, los 1.221 euros mensuales en 14 pagas representan el salario total devengado, no la cantidad final que percibe la persona trabajadora.

En caso de que las pagas extras estén prorrateadas deberías cobrar 1.424,50 euros mensuales en 12 pagas.

¡Ojo! Al tratarse de cantidades brutas el salario que recibe la persona trabajadora será ligeramente inferior.

A ese importe se le descuentan conceptos como las cotizaciones a la Seguridad Social y, en su caso, las retenciones fiscales correspondientes.

 

¿Cuál es el SMI de 2026 con las pagas extras prorrateadas?

Las cuantías del SMI 2026 son las siguientes:

  • 1.221 euros mensuales. Pero, ¡ojo! Esta cifra solo se aplica en el caso de que recibas 14 pagas de tu empresa.
  • Si las pagas extra se prorratean en 12 mensualidades entonces el SMI debe ser de 1.424,5 euros al mes.

 

Trabajo descarta una subida extraordinaria del SMI este año y negociará el de 2027 tras el verano

Tras la aprobación del Real Decreto 126/2026 el Ministerio de Trabajo y Economía Social llegó a plantear la posibilidad de revisar nuevamente el Salario Mínimo Interprofesional durante 2026 si la evolución de la inflación así lo aconsejaba.

Sin embargo, finalmente el Gobierno ha descartado una subida extraordinaria del SMI durante este año.

De este modo, el Salario Mínimo Interprofesional de 2026 se mantiene en 1.221 euros mensuales en 14 pagas, mientras que la negociación para fijar el SMI de 2027 se abordará tras el verano, en el marco del diálogo social con las organizaciones sindicales y empresariales.

 

Bruselas pide un criterio estable para actualizar el salario mínimo en España

Aunque el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) ha experimentado nuevas subidas en 2025 y 2026, la Comisión Europea considera conveniente que España establezca un sistema de actualización más estable, previsible y basado en criterios objetivos.

El fin es que las futuras revisiones del SMI no dependan únicamente de la negociación entre el Gobierno y los agentes sociales, sino que puedan apoyarse en indicadores económicos que aporten mayor seguridad jurídica y estabilidad.

Entre las opciones planteadas se encuentra la utilización de indicadores como la evolución de los salarios, la productividad o la inflación para fijar las futuras actualizaciones del Salario Mínimo Interprofesional.

 

¿Qué ha pasado con la propuesta sobre la compensación de pluses en la subida del SMI 2026?

Durante la negociación del SMI 2026 el Ministerio de Trabajo planteó modificar el sistema de compensación y absorción de complementos salariales.

La propuesta pretendía impedir que determinadas subidas del Salario Mínimo Interprofesional pudieran compensarse con algunos complementos incluidos en la nómina, entre ellos:

  • Complementos vinculados a condiciones de trabajo (nocturnidad, peligrosidad, turnicidad).
  • Complementos personales, como la antigüedad.
  •  Complementos variables ligados a productividad o incentivos.

El objetivo era que el incremento del SMI repercutiera directamente sobre el salario base de las personas trabajadoras y no quedara neutralizado mediante la absorción de otros conceptos salariales.

Sin embargo, esta propuesta generó una importante preocupación entre las organizaciones empresariales, especialmente en aquellos sectores donde una parte significativa de la retribución se compone de complementos salariales.

Finalmente, el Real Decreto 126/2026 no incorporó esta medida, por lo que continúa aplicándose el criterio jurisprudencial vigente.

 

¿Las empresas pueden subir el SMI absorbiendo los pluses de antigüedad?

Sí, en determinados supuestos.

El Tribunal Supremo, en su sentencia de 26 de enero de 2022, confirmó que la subida del Salario Mínimo Interprofesional puede compensarse o absorberse con determinados complementos salariales, entre ellos el plus de antigüedad, siempre que la retribución total anual alcance, al menos, la cuantía fijada para el SMI.

En consecuencia, lo relevante no es únicamente el salario base, sino el cómputo global anual de todas las percepciones salariales.

Este criterio ya había sido respaldado por otras resoluciones anteriores, consolidando la doctrina sobre la compensación y absorción del salario mínimo.

 

¿Se puede compensar la subida del SMI con las percepciones extrasalariales?

No, la jurisprudencia, como la sentencia Rec. 60/2020, distingue claramente entre conceptos salariales y extrasalariales.

Las cantidades abonadas en concepto de dietas, gastos de transporte, indemnizaciones u otros gastos compensatorios no tienen naturaleza salarial y, por tanto, no pueden utilizarse para compensar ni absorber la subida del Salario Mínimo Interprofesional.

 

¿Qué ocurre con las horas extra y la nocturnidad?

El Salario Mínimo Interprofesional retribuye exclusivamente la jornada ordinaria de trabajo. Por ello:

  • Las horas extraordinarias deben abonarse aparte o compensarse conforme a lo previsto en la normativa y en el convenio colectivo.
  • El plus de nocturnidad también debe retribuirse de forma independiente, salvo que el convenio colectivo establezca expresamente otra forma de compensación.

En ningún caso estos conceptos forman parte del SMI.

 

¿Qué complementos pueden utilizar los autónomos para aumentar el sueldo de sus empleados y alcanzar el SMI?

Para comprobar si una empresa cumple con el Salario Mínimo Interprofesional deben tenerse en cuenta los complementos de naturaleza salarial, siempre que puedan ser objeto de compensación conforme a la normativa y a la jurisprudencia.

Entre ellos puede encontrarse el plus de antigüedad, que forma parte del salario y puede computarse en el cálculo anual.

No obstante, es recomendable revisar la retribución en cómputo anual, ya que algunos complementos son variables y pueden modificar el resultado final.

Por el contrario, las percepciones extrasalariales nunca pueden utilizarse para alcanzar el SMI, ya que no forman parte del salario.

 

¿Qué ocurre si el salario fijado en el convenio colectivo es inferior al SMI?

Los convenios colectivos no pueden establecer una retribución inferior al Salario Mínimo Interprofesional en cómputo anual.

Cuando las tablas salariales de un convenio quedan por debajo del SMI vigente la empresa está obligada a complementar la retribución hasta alcanzar, como mínimo, la cuantía legal.

Esta situación se ha vuelto cada vez más frecuente tras las sucesivas subidas del salario mínimo registradas en los últimos años, obligando a numerosas empresas a adaptar sus tablas salariales.

 

El Supremo ratifica que la subida del SMI no anula los convenios ya firmados

El Tribunal Supremo ha reiterado que la subida del Salario Mínimo Interprofesional no invalida automáticamente los convenios colectivos firmados con anterioridad.

La jurisprudencia mantiene que el cumplimiento del SMI debe analizarse atendiendo al cómputo global y anual de la retribución, valorando el conjunto de los conceptos salariales percibidos por la persona trabajadora.

En consecuencia, un convenio colectivo no resulta contrario a la normativa únicamente porque alguna categoría profesional tenga un salario base inferior al SMI, siempre que la retribución anual total alcance la cuantía mínima legal.

Si el salario anual no llega al importe del Salario Mínimo Interprofesional la empresa deberá abonar el complemento necesario para garantizar el cumplimiento de la normativa.

No obstante, el Ministerio de Trabajo ha manifestado en distintas ocasiones su intención de revisar el sistema de compensación y absorción del SMI, por lo que no puede descartarse que en futuras reformas se introduzcan cambios en esta materia.

¿Cómo calcular si cobras el SMI?

Si tienes dudas sobre si tu salario cumple con el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de 2026 puedes comprobarlo siguiendo estos pasos:

Paso 1. Comprueba si tu jornada es completa o parcial

Lo primero que debes verificar es si trabajas a jornada completa o a tiempo parcial, ya que el SMI se calcula de forma proporcional a las horas trabajadas.

  • Jornada completa (40 horas semanales): el salario mínimo en 2026 es de 1.221 euros brutos al mes en 14 pagas o 1.424,50 euros brutos al mes en 12 pagas.
  • Jornada parcial: el salario mínimo se reduce proporcionalmente según la jornada contratada.

Paso 2. Revisa si cobras en 12 o en 14 pagas

No todas las empresas distribuyen el salario de la misma forma.

  • Si recibes 14 pagas el SMI es de 1.221 euros brutos mensuales.
  • Si las pagas extraordinarias están prorrateadas y cobras 12 mensualidades, el salario mínimo será de 1.424,50 euros brutos al mes.

La retribución anual es la misma en ambos casos: 17.094 euros brutos.

Paso 3. Comprueba el salario bruto, no el neto

Para saber si cumples el SMI debes fijarte siempre en el salario bruto, ya que el salario neto varía en función de las cotizaciones a la Seguridad Social y, en su caso, de las retenciones del IRPF.

Paso 4. Revisa tu convenio colectivo

Muchos convenios colectivos establecen salarios superiores al SMI.

Por ello, aunque la empresa cumpla con el salario mínimo legal puede estar obligada a abonarte una retribución mayor si así lo establece el convenio aplicable a tu categoría profesional.

¿Cómo debe ser tu nómina en 2026?

Tras la subida del SMI 2026 (fijado en 1.221 euros en 14 pagas) es importante comprobar que tu nómina se ajusta a la normativa vigente:

  • El salario bruto anual no puede ser inferior a 17.094 euros si trabajas a jornada completa. En cualquier caso, conviene consultar siempre el convenio colectivo aplicable, ya que puede establecer salarios superiores al SMI para tu categoría profesional.
  • Al salario base deberán añadirse, cuando proceda, los complementos salariales previstos en el convenio colectivo o en el contrato de trabajo, de acuerdo con el artículo 26.3 del Estatuto de los Trabajadores.
  • Los 1.221 euros mensuales corresponden a quienes perciben el salario distribuido en 14 pagas. Si las pagas extraordinarias están prorrateadas el salario mínimo asciende a 1.424,50 euros brutos al mes en 12 pagas.
  • Si trabajas a tiempo parcial el salario mínimo se calculará de forma proporcional a la jornada realizada.

Además, la jurisprudencia ha admitido, en determinados supuestos, la posibilidad de compensar los complementos y primas a la hora de calcular el salario bruto de la persona trabajadora.

No obstante, esta posibilidad dependerá de lo que establezca el convenio colectivo, ya que algunos convenios excluyen expresamente determinados conceptos de la compensación.

En cualquier caso, no podrán compensarse aquellos complementos que retribuyen condiciones específicas del puesto de trabajo, como la nocturnidad, la penosidad, la toxicidad o la peligrosidad, cuando ello suponga reducir los derechos reconocidos a la persona trabajadora.

Si lo deseas puedes ampliar información en esta sentencia sobre los complementos salariales.

 

¿Me pueden pagar menos del SMI?

No. En España ninguna persona trabajadora que realice una jornada completa de 40 horas semanales puede percibir un salario inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente.

Esto significa que ni un convenio colectivo, ni un contrato individual, ni ningún acuerdo entre la empresa y la persona trabajadora puede fijar una retribución por debajo de este mínimo legal.

En consecuencia, toda persona empleada a jornada completa tiene derecho a percibir, como mínimo, la cuantía establecida cada año para el SMI.

En 2026 esta referencia se sitúa en 1.221 euros brutos mensuales en 14 pagas, o su equivalente anual.

 

¿Y si trabajo a jornada parcial?

Si trabajas a tiempo parcial el salario mínimo se calcula de forma proporcional a la jornada realizada.

Por tanto, es posible que tu salario mensual sea inferior a 1.221 euros, siempre que la retribución por hora respete el mínimo legal correspondiente a las horas trabajadas.

¿Cómo afecta el SMI a los empleados que trabajan menos de 40 horas semanales?

En los contratos con una jornada inferior a la completa el Salario Mínimo Interprofesional se reduce proporcionalmente.

Esto significa que la empresa deberá calcular el salario en función del porcentaje de jornada contratado, garantizando siempre que se respete el salario mínimo correspondiente a las horas efectivamente trabajadas.

El SMI continúa siendo el salario mínimo de referencia, aunque adaptado a la duración de la jornada.

 

¿Tributa en IRPF el SMI?

El Gobierno aprobó una deducción fiscal para evitar que la subida del Salario Mínimo Interprofesional tuviera impacto sobre las rentas más bajas.

Como consecuencia, la cuantía correspondiente al SMI queda exenta de tributación en el IRPF.

No obstante, esto no significa que el salario esté exento de cotizar a la Seguridad Social, ya que las cotizaciones continúan aplicándose conforme a la normativa vigente.

 

El TEAC refuerza la protección del SMI frente a embargos

Una de las novedades más relevantes en esta materia es la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), de 18 de junio de 2025, que refuerza la protección del Salario Mínimo Interprofesional frente a los embargos.

Hasta ahora existían dudas sobre si las cantidades del salario que permanecían en una cuenta bancaria y no se habían gastado podían perder su carácter inembargable.

Sin embargo, el TEAC, siguiendo la doctrina fijada por el Tribunal Supremo en su sentencia de 15 de marzo de 2024, ha aclarado que el importe correspondiente al SMI mantiene su protección aunque permanezca ingresado en una cuenta bancaria.

El objetivo de este criterio es preservar el carácter del Salario Mínimo Interprofesional como garantía de un mínimo vital, evitando que la persona trabajadora pierda esa protección simplemente por no haber gastado inmediatamente su salario.

Tienes más información en nuestro post ¿Cómo se hace el embargo de una nómina?

 

Preguntas frecuentes sobre el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en 2026

¿Cuál es el SMI en 2026?

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en 2026 es de 1.221 euros brutos al mes en 14 pagas, lo que equivale a 17.094 euros brutos anuales para una jornada completa.

¿Cuál es el SMI en 12 pagas en 2026?

Si las pagas extraordinarias están prorrateadas el SMI en 2026 asciende a 1.424,50 euros brutos mensuales en 12 pagas.

La cuantía anual es la misma; únicamente cambia la forma de distribución del salario.

¿El SMI es bruto o neto?

El Salario Mínimo Interprofesional siempre se establece en importe bruto.

Sobre esa cantidad se aplicarán las cotizaciones a la Seguridad Social y, en su caso, las retenciones fiscales que correspondan.

¿Quién tiene derecho a cobrar el SMI?

Todas las personas trabajadoras por cuenta ajena tienen derecho, como mínimo, a percibir el Salario Mínimo Interprofesional, siempre que trabajen a jornada completa.

Si la jornada es parcial el salario mínimo se calcula de forma proporcional al tiempo trabajado.

¿Puede un convenio colectivo establecer un salario inferior al SMI?

No. Ningún convenio colectivo puede fijar una retribución inferior al Salario Mínimo Interprofesional en cómputo anual.

Si las tablas salariales del convenio quedan por debajo del SMI la empresa deberá complementar el salario hasta alcanzar la cuantía mínima legal.

¿Las horas extraordinarias están incluidas en el SMI?

No. El Salario Mínimo Interprofesional remunera únicamente la jornada ordinaria de trabajo.

Las horas extraordinarias deberán abonarse o compensarse de forma independiente, conforme al convenio colectivo y a la normativa laboral.

¿Puede volver a subir el SMI durante 2026?

Aunque inicialmente el Ministerio de Trabajo dejó abierta la posibilidad de revisar nuevamente el Salario Mínimo Interprofesional si la evolución económica lo justificaba, finalmente se ha descartado una subida extraordinaria durante 2026.

La próxima negociación se centrará en la actualización del SMI para 2027

Estaremos atentos a cualquier novedad sobre este tema para informarte de todo. ¡Gracias por leernos!

En resumen…

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de 2026 queda fijado en 1.221 euros brutos mensuales en 14 pagas, consolidando la tendencia de incremento registrada en los últimos años.

Esta subida afecta tanto a empresas como a personas trabajadoras y tiene repercusión en aspectos como las nóminas, los convenios colectivos, las cotizaciones, determinados complementos salariales y la estructura retributiva de muchas empresas.

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