¿Estás pensando en contratar a un profesional para tu empresa y te preguntas si un contrato mercantil es la mejor opción?
¿Para firmar un contrato mercantil es obligatorio ser autónomo? Te ayudamos a aclarar tus dudas.
¿Qué es un contrato mercantil?
Un contrato mercantil es un acuerdo legal entre una empresa y una persona profesional autónoma para la prestación de servicios.
En este tipo de relación el profesional actúa por cuenta propia, manteniendo su independencia organizativa y de horarios respecto a la empresa.
En el contrato se detallan minuciosamente las condiciones del servicio, las obligaciones de ambas partes y la forma en que se desarrollará la colaboración.
¿Es obligatorio ser autónomo para firmar un contrato mercantil?
Sí, como regla general. Para poder firmar un contrato mercantil válido es necesario estar de alta como trabajador autónomo.
No obstante, dentro del colectivo autónomo, existe una figura especial con mayor protección: el TRADE (Autónomo Económicamente Dependiente).
¿Qué es un TRADE?
Un TRADE es un autónomo que realiza al menos el 75% de su actividad para un único cliente, pero que sigue manteniendo su condición de trabajador por cuenta propia. En este caso, es obligatorio registrar un contrato específico que regule:
- Horario u orientación de la jornada.
- Días de descanso semanal y festivos.
- Un mínimo de 18 días hábiles de interrupción de actividad al año (derecho a descanso, no vacaciones pagadas).
- Acceso a la protección por cese de actividad (paro del autónomo) y ppermisos de paternidad o maternidad adaptados.
¿Qué diferencia hay entre un contrato mercantil y un contrato laboral?
La principal diferencia entre un contrato mercantil y un contrato laboral es la relación entre las partes.
En un contrato mercantil la persona profesional trabaja por cuenta propia (autónomo/a) y factura sus servicios a la empresa.
En cambio, en un contrato laboral existe una relación de dependencia y la persona trabajadora está dentro del régimen general de la empresa.
Contrato mercantil
- No existe nómina, sino facturación con IVA.
- La persona profesional es autónoma y cotiza por su cuenta.
- La empresa no asume costes de Seguridad Social.
- No hay derecho a indemnización al finalizar la relación (salvo que se pacte).
- No hay acceso a prestación por desempleo, salvo cotización por cese de actividad.
- La relación finaliza sin despido, simplemente se extingue el contrato.
Contrato laboral
- Existe nómina mensual.
- La empresa paga la Seguridad Social de la persona trabajadora.
- Hay derecho a vacaciones retribuidas, bajas y paro.
- Puede existir indemnización según el tipo de despido o fin de contrato.
¿Quién puede firmar un contrato mercantil?
Pueden firmar un contrato mercantil:
- Empresas y sociedades.
- Administraciones Públicas.
- Profesionales autónomos, como abogados, diseñadores o arquitectos.
- Personas físicas que cumplan los requisitos legales.
¿Se puede firmar un contrato mercantil sin ser autónomo?
Como norma general hay que decir que no, no es posible firmar un contrato mercantil sin ser autónomo.
Si una empresa le pide a una persona trabajadora firmar un contrato mercantil y esa persona no está dada de alta en el RETA podría tener sanciones.
La empresa no va a tener ninguna obligación, sino que va a ser la persona trabajadora quien tenga que abonar las multas que reciba.
Además, la Seguridad Social podría exigirle a la persona contratada que abone las cuota que tenga atrasadas y desde la Agencia Tributaria requerirán el pago de impuestos derivados de la actividad, como es el IVA.
¿Qué pasa si una persona autónoma tiene bajos ingresos? Si se firma un contrato mercantil con una persona que no vaya a alcanzar el SMI en su puesto de trabajo, normalmente y según la jurisprudencia, podría admitirse que no esté en alta en el RETA.
Pero, ten en cuenta que, si emites facturas deberías darte de alta en Hacienda.
En este sentido, podría interesarte nuestro post ¿Puedo darme de alta en el IAE sin ser autónomo?
¿Qué debe incluir un contrato mercantil?
Un contrato mercantil debería incluir:
- Nombre o razón social de cada una de las partes que firman.
- NIF o CIF de las partes firmantes.
- Domicilio en el que se desarrolla la actividad laboral.
- Duración de la relación empresarial.
- Servicios externos prestados por la persona contratada.
- Forma de pago.
- Derechos y obligaciones de ambas partes firmantes.
También tendrá que incluir la indemnización al final del contrato, si la hubiera.
¿Qué ventajas tiene la firma de un contrato mercantil?
Como el autónomo paga sus cuotas a Seguridad Social e IRPF este tipo de contratos supone un ahorro para las empresas.
Además, la empresa no tiene que abonar las vacaciones retribuidas o las bajas laborales.
Tampoco tiene que pagar un finiquito cuando finalice el contrato mercantil. .
El hándicap del contrato mercantil es que al finalizar el trabajador por cuenta propia no tiene derecho a paro.
Sí podrá cobrar una indemnización si esta quedó recogida en el documento en el momento de su firma.
Ahora bien, la parte contratada también tiene estos beneficios:
- Es una persona trabajadora independiente, con flexibilidad de horario.
- Tiene mayores posibilidades de obtener ingresos altos.
Esperamos haber aclarado tus dudas en este post.
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