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¿Cómo se hace el embargo de una nómina?

¿Cómo se hace el embargo de una nómina?

¿Has recibido un aviso que te indica el embargo en tu nómina? Si tienes una deuda, ¡mucho ojo! El salario que percibes puede embargarse para el cobro de una deuda de un acreedor.

Te explicamos cómo se hace el embargo de una nómina, a continuación: 

 

¿Qué es un embargo de nómina?

Un embargo de nómina es un proceso legal o un instrumento jurídico mediante el que una autoridad ordena la retención de una parte del salario de una persona empleada para pagar una deuda que tiene pendiente.

Es decir, debido a deudas pendientes una persona trabajadora puede ver cómo se retiene parte de su salario hasta saldar esas deudas.

En un embargo de nómina hay dos partes diferenciadas:

  • El acreedor (es la persona que reclama la deuda).
  • El deudor (es la persona que tiene la obligación de pagar la deuda).

La empresa está obligada a deducir una cantidad específica de ese salario para remitirlo al acreedor y saldar la deuda.

Los embargos de nómina se dan en situaciones en las que una persona:

  • No cumple con sus obligaciones financieras.
  • Tiene deudas de tarjetas de crédito.
  • O no pasa la manutención a sus hijos/as.

El embargo de nómina tiene como fin garantizar que esa persona cumpla con sus responsabilidades económicas y formalice el pago de la deuda que tiene pendiente.

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¿Qué se puede embargar para pagar una deuda?

Es importante que tengas en cuenta que se pueden embargar para pagar una deuda:

  • Pensiones.
  • Salarios.
  • O las retribuciones que perciben los cónyuges en el caso de que exista régimen ganancial.

Sobre salarios debes tener presente el artículo 27.2 del Estatuto de los Trabajadores que indica que el salario mínimo interprofesional, en su cuantía, tanto anual como mensual, es inembargable.

Además, el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil expone que tanto el salario, como el sueldo, la pensión, retribución o equivalente, que no exceda de la cuantía para el SMI son inembargables.

Por tanto, el importe del SMI no se puede embargar. A excepción de una sentencia de impago de pensión alimenticia al cónyuge o al hijo.

El Tribunal será quien indique la cantidad económica que se embarga.

 

¿Cuándo se puede embargar una nómina?

Un embargo de nómina se producirá una vez que exista una sentencia firme en la que un juzgado o una Administración del Estado indique esa obligación.

La empresa, una vez que se determine esta obligación, tendrá que retener la parte que corresponda al salario de la persona trabajadora.

 

¿Cómo es el procedimiento de embargo de una nómina?

El paso para embargar una nómina es el siguiente:

 

PASO 1:

La entidad acreedora emite una notificación con la necesidad del embargo de nómina.

En la notificación será necesario que la entidad determine la cuantía a embargar, el número de cuenta al que se debe hacer el ingreso, el concepto y el procedimiento.

 

PASO 2:

La empresa notifica a la persona deudora de la situación. Entonces, esta persona tendrá dos opciones:

  1. Pagar el total de la deuda para liquidarla.
  2. O pedir que se embargue su nómina para ir pagando una parte de la deuda cada mes.

 

PASO 3:

Si la persona deudora decide que la empresa le embargue la nómina, entonces se retendrá de su salario una cuantía correspondiente a ese embargo y se transferirá a la cuenta del acreedor.

 

PASO 4:

Una vez se haya pagado el total de la deuda se emitirá una notificación para indicar el levantamiento de embargo.

 

¿Qué debe hacer la empresa cuando recibe una notificación de embargo de nómina?

La empresa está obligada a contestar e indicar cuál es el salario que percibe la persona empleada.

Como comentamos, si esa persona empleada cobra el SMI no se le puede aplicar el embargo de nómina.

 

¿Cómo se calcula el embargo de una nómina?

Para calcular el embargo de una nómina es necesario sumar todos los ingresos netos. Además, se suman todos los conceptos salariales y conceptos salariales fijos.

Si percibes finiquito este importe económico también se sumaría.

Después, tendrás que calcular el porcentaje que te pueden embargar tomando como referencia el SMI.

En este momento el SMI es de 1.080 euros al mes, si cobras 14 pagas, o 1.260 si tienes las pagas extras prorrateadas. Esa es la parte de tu salario que no van a poder embargarte.

Tal y como recoge el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el importe embargable se va a calcular según estos tramos:

Salario  Porcentaje embargable 
Inferior al SMI en 2023 (1.080€) No se puede embargar
Entre 1.080€ y 2.160€ 30%
Entre 2.160€ y 3.240€ 50%
Entre 3.240€ y 4.320€ 60%
Entre 4.320€ y 5.400€ 75%
Mayor de 5.400€ 90%

 

¿Qué pasa si tengo dos deudas? ¿Y si tengo dos trabajos?

Si tienes una nueva deuda será necesario esperar a que saldes la deuda anterior. No se puede aumentar el importe de embargo de tu nómina para pagar dos deudas.

Las deudas se irán saldando según su orden de prioridad.

Si tienes dos trabajos se sumarán los salarios que percibes y sobre el importe resultante se hará el embargo de la nomina.

 

¿Cómo se calcula un embargo de nómina? Ejemplo práctico 

Imagina que trabajas en una empresa y está recibe una notificación indicando que debe embargar tu nómina. Actualmente, estás ganando 2.500 euros al mes.

Para calcular cuál será el embargo que debe hacer tu empresa de la nómina será necesario determinar la cuantía sobre la que se aplican los tramos:

El SMI en 2023 es de 1.080 euros al mes. Esta cuantía es inembargable. Por tanto, habría que restar dicha cuantía a tu sueldo:

2.500 – 1080 euros al mes = 1.420 euros (este es el importe que sobrepasa al SMI)

Una vez has calculado qué importe sobrepasa al SMI tendrías que acudir a los tramos anteriormente mencionados, según el articulo 607.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil tendrías que aplicar al sueldo el 50%.

1.420 euros x 50% = 710 euros.

Cada mes se embargarían 710 euros de tu sueldo hasta pagar la deuda.

 

Si tengo cargas familiares, ¿puedo rebajar mi porcentaje de embargo de nómina?

Si la cantidad de tu sueldo no supera cinco SMI juntos y tienes cargas familiares tendrás la opción de acogerte a una rebaja de entre un 10% y 15%.

Además, hay que hacer mención especial a la Ley de Segunda Oportunidad, mecanismo legal que permite a personas físicas deudoras renegociar sus deudas o eliminar parte de las mismas.

Para poder acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad tendrás que cumplir estos requisitos:

  1. Debe existir una justificación que pruebe que la persona deudora se encuentra en situación de insolvencia.
  2. Las deudas deben haberse producido actuando de buena fe.
  3. La persona deudora no podrá haberse acogido a esta misma Ley en los últimos cinco años con liquidación de la masa activa, o en los últimos dos años mediante plan de pagos.
  4. Deberán existir deudas con al menos dos acreedores diferentes.

Esperamos haber resuelto todas tus dudas. ¿Sabías cómo calcular un embargo de nómina? No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

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