El contrato de formación en alternancia es una de las modalidades más interesantes para las empresas que desean incorporar talento joven mientras reducen costes de contratación gracias a las bonificaciones disponibles.
De hecho, se trata de una de las modalidades más utilizadas por empresas y autónomos que buscan incorporar personal, formar a futuros profesionales y optimizar sus costes laborales.
Pero antes de formalizar este contrato surge una duda habitual: ¿qué requisitos debe cumplir la empresa para contratar a una persona mediante un contrato de formación en alternancia?
A continuación, resolvemos las principales cuestiones
¿Qué requisitos debe cumplir una empresa para hacer un contrato de formación en alternancia en 2026?
Si la empresa quiere beneficiarse de las bonificaciones asociadas al contrato de formación en alternancia deberá encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Las bonificaciones asociadas al contrato de formación en alternancia son:
- Bonificación en Seguros Sociales.
- Bonificación del 100% de la formación teórica.
- Bonificación adicional de entre 60 y 80 euros en concepto de tutorización.
Por ello, antes de iniciar la contratación es recomendable comprobar que la empresa no tiene ninguna incidencia pendiente con estos organismos.
¿Qué otros requisitos deben cumplir las empresas en un contrato de formación?
Además, para poder formalizar un contrato de formación en alternancia la empresa deberá cumplir las siguientes condiciones:
- No haber sido sancionada. Es decir, la empresa no podrá estar excluida del acceso a beneficios derivados de programas de empleo por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia laboral o de Seguridad Social.
- Designar una persona tutora en la empresa. Será necesario nombrar una persona responsable dentro de la empresa que acompañe y supervise el aprendizaje práctico de la persona trabajadora. Esta figura será la encargada de coordinarse con el centro de formación, realizar el seguimiento de la actividad laboral y facilitar la adquisición de las competencias profesionales asociadas al puesto.
- Respetar los tiempos de trabajo y formación. El contrato de formación en alternancia combina empleo y aprendizaje. Por este motivo, la empresa deberá garantizar que se respetan los tiempos destinados al trabajo efectivo y a la formación, permitiendo que la persona trabajadora pueda completar correctamente ambas actividades.
¿Puede cualquier empresa hacer un contrato de formación en alternancia?
En general, cualquier empresa o persona trabajadora autónoma puede formalizar un contrato de formación en alternancia siempre que cumpla los requisitos establecidos y el puesto de trabajo esté vinculado a una actividad formativa.
No se trata de una modalidad reservada a grandes empresas, sino que pueden acceder a ella pymes, autónomos con personas trabajadoras y empresas de cualquier sector, siempre que se garantice la formación asociada al puesto.
¿La empresa tiene que pagar la formación asociada al contrato de formación en alternancia?
En el contrato de formación en alternancia la formación asociada al puesto de trabajo no supone ningún tipo de coste para la empresa, ya que puede bonificarse.
Esta es una de las principales ventajas de esta modalidad contractual, especialmente para pymes y empresas que necesitan incorporar personal sin incrementar sus costes.
La formación teórica que recibe la persona trabajadora:
- Está vinculada a una especialidad formativa. En Grupo2000 disponemos de un amplio Catálogo de Especialidades que cubren las áreas más demandadas del mercado laboral.
- Está bonificada al 100% en la mayoría de los casos.
Por tanto, la empresa no paga esa formación como un gasto adicional, sino que se financia mediante los mecanismos de bonificación del sistema.
¿Cuántos contratos de formación puede tener una empresa?
El Real Decreto 1065/2025 señala una cifra máxima en la regulación de los contratos formativos que puede realizar una empresa.
En concreto, se establece un número máximo de contratos formativos que podría tener la empresa al mismo tiempo.
Los límites de contratos formativos definitivos son:
- Hasta 10 personas trabajadoras: 3 contratos formativos por centro de trabajo.
- De 11 a 30 personas: 7 contratos formativos por centro de trabajo.
- De 31 a 50 personas: 10 contratos formativos por centro de trabajo.
- Más de 50 personas: 20 % de la plantilla.
¿Qué ocurre si la empresa incumple los requisitos del contrato de formación?
El incumplimiento de las obligaciones laborales puede tener consecuencias para la empresa, independientemente de la modalidad contractual utilizada.
Es decir, no se trata de algo exclusivo del contrato de formación en alternancia, sino que puede ocurrir con cualquier tipo de contrato de trabajo.
En estos casos, la persona trabajadora podría presentar una reclamación y la empresa podría enfrentarse a sanciones por parte de la Inspección de Trabajo u otros organismos competentes.
No obstante, existe una diferencia importante entre el contrato de formación en alternancia y otras modalidades de contratación bonificadas: el contrato de formación no exige un compromiso de mantenimiento del empleo.
En otras modalidades bonificadas la empresa suele estar obligada a mantener a la persona trabajadora contratada durante un periodo mínimo, que habitualmente es de tres años. Si no se cumple este requisito puede verse obligada a devolver las bonificaciones o incentivos aplicados.
Sin embargo, en el contrato de formación en alternancia las bonificaciones asociadas a esta modalidad no están condicionadas al mantenimiento del empleo durante un plazo determinado.
Por tanto, siempre que se hayan cumplido correctamente los requisitos y obligaciones del contrato durante su vigencia, la empresa no tendrá que devolver las bonificaciones por el mero hecho de no continuar la relación laboral.
¿Qué tipo de actividad realiza la persona con contrato de formación en la empresa?
Las funciones que desempeñe la persona contratada mediante un contrato de formación en alternancia deben estar directamente relacionadas con la formación que esté cursando.
El objetivo de esta modalidad es combinar el aprendizaje teórico con la experiencia práctica, permitiendo que la persona trabajadora aplique en un entorno laboral real los conocimientos adquiridos durante su formación y desarrolle las competencias profesionales necesarias para su ocupación.
Por este motivo, las tareas asignadas en la empresa deben guardar una relación directa con el contenido formativo del itinerario o especialidad cursada.
De esta forma, se garantiza que el contrato cumpla su finalidad formativa y contribuya al desarrollo profesional de la persona trabajadora.
Esta conexión entre formación y trabajo es, precisamente, una de las principales ventajas del contrato de formación en alternancia, ya que favorece la adquisición de experiencia laboral, mejora la empleabilidad de los jóvenes y facilita a las empresas la incorporación de talento cualificado adaptado a sus necesidades.
En Grupo2000 contamos con un amplio Catálogo de Especialidades Formativas, que incluye algunas de las ocupaciones más demandadas por las empresas en diferentes sectores profesionales.
Esto nos permite ofrecer soluciones adaptadas tanto a las necesidades de las empresas como a los objetivos profesionales de las personas trabajadoras.
¿Qué ventajas tienen los contratos de formación para las empresas?
El contrato de formación en alternancia permite a las empresas incorporar nuevos profesionales mientras combinan trabajo y formación, favoreciendo la creación de equipos cualificados y adaptados a las necesidades reales del puesto.
Además de facilitar la captación de talento joven, esta modalidad ofrece importantes ventajas para las empresas, como la posibilidad de acceder a bonificaciones en los seguros sociales y otros incentivos vinculados a la contratación y la formación.
Otra de sus principales ventajas es que permite formar a los trabajadores según los procedimientos, herramientas y necesidades específicas de la empresa, favoreciendo una integración más rápida y una mayor adaptación al puesto de trabajo.
Por todo ello, el contrato de formación en alternancia se ha consolidado como una de las modalidades más interesantes para cubrir vacantes, incorporar talento y optimizar los costes laborales de forma legal, segura y eficiente.
¿Qué debe comprobar la empresa antes de hacer un contrato de formación en alternancia?
Antes de formalizar el contrato la empresa debería comprobar:
- Que existe una actividad formativa relacionada con el puesto.
- Que la persona candidata cumple los requisitos para firmar un contrato de formación.
- Que no se superan los límites de contratos formativos vigentes en el centro de trabajo.
¿Tienes dudas sobre si tu empresa puede formalizar un contrato de formación en alternancia?
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En resumen…
El contrato de formación en alternancia puede ser una opción muy interesante para empresas y autónomos que quieran incorporar personal mientras facilitan su formación y acceden a los incentivos previstos para esta modalidad.
Sin embargo, antes de formalizarlo es fundamental comprobar que se cumplen todos los requisitos, que existe una formación vinculada al puesto, que se respetan los tiempos de trabajo y aprendizaje y que se designa una persona tutora que realice el seguimiento.
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