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¿Es posible pedir la baja laboral para cuidar a una mascota?

¿Es posible pedir la baja laboral para cuidar a una mascota?

Tras la entrada en vigor de la Ley de Bienestar Animal (Ley 7/2023) muchas empresas y asesorías se preguntan: ¿Es posible pedir la baja laboral para cuidar a una mascota?

Cada vez es más frecuente que las personas trabajadoras enfrenten a dificultades para conciliar sus responsabilidades laborales cuando necesitan atender a sus animales de compañía, especialmente si estos requieren atención veterinaria urgente o están gravemente enfermos.

A continuación, analizamos la situación desde el punto de vista empresarial y de gestión de personal, explicando si realmente existe la posibilidad de solicitar un permiso laboral para cuidar a una mascota.

 

¿Puede una persona trabajadora solicitar permiso para cuidar de su mascota?

La Ley de Bienestar Animal introdujo diversas medidas destinadas a reforzar la protección de los animales y a subrayar la responsabilidad de sus propietarios en el cuidado de su salud, bienestar e higiene.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que esta norma no ha modificado el régimen de permisos laborales previsto en el Estatuto de los Trabajadores.

Por tanto, actualmente no existe un derecho reconocido para que una persona trabajadora pueda solicitar un permiso laboral específico para cuidar a su mascota.

Es cierto que algunas empresas ‘pet friendly’ han comenzado a incorporar permisos o medidas de flexibilidad para facilitar el cuidado de mascotas como parte de sus iniciativas de conciliación laboral.

Pero la disponibilidad de esos permisos dependerá de las políticas internas de la empresa o de lo que establezca el convenio colectivo aplicable.

Además, algunos convenios colectivos contemplan días de asuntos propios que podrían utilizarse para atender este tipo de situaciones.

¿Existe un derecho para los trabajadores que les permita faltar al trabajo para cuidar de sus mascotas?

Actualmente no existe un derecho legal que permita a las personas trabajadoras solicitar un día libre en el trabajo para cuidar de su mascota.

El Estatuto de los Trabajadores y la normativa vigente no reconocen permisos específicos para estas situaciones.

Sin embargo, en casos excepcionales, como cuando una mascota está gravemente enferma y requiere atención veterinaria urgente, las empresas pueden evaluar la posibilidad de autorizar una ausencia puntual.

Esto puede incluir opciones como:

  • Permitir la ausencia con recuperación posterior de las horas o el día completo.
  • Gestionar cambios de turno o reubicación temporal de tareas para minimizar el impacto en la actividad.

La decisión dependerá de:

  • Políticas internas de la empresa, incluyendo programas de conciliación laboral o iniciativas ‘pet friendly’.
  • Convenio colectivo aplicable, que puede contemplar días de asuntos propios o permisos flexibles.
  • La necesidad de documentar y justificar la ausencia, protegiendo a la empresa ante posibles conflictos legales.

En definitiva, la clave es establecer protocolos claros para estas situaciones, garantizando flexibilidad sin comprometer el cumplimento legal ni la operativa interna.

 

¿Puede la empresa despedir a un trabajador que falta por cuidar de su mascota?

Ausentarse del trabajo sin autorización previa de la empresa se considera, en principio, una falta injustificada. Los permisos laborales requieren normalmente solicitud y justificación, y la ausencia por cuidado de mascotas no está recogida como permiso legal.

Si una persona trabajadora falta al trabajo para cuidar de tu mascota, por ejemplo para llevarla al veterinario, la empresa podría:

  • Aplicar sanciones proporcionadas, como descontar el salario correspondiente por el día no trabajado.
  • Registrar la incidencia en el historial disciplinario, siguiendo lo que indique el convenio colectivo aplicable.

La gravedad de la sanción dependerá de:

  • La duración de la ausencia (una falta puntual puede ser leve; ausencias repetidas podrían tener consecuencias más serias).
  • El impacto en la actividad empresarial, incluyendo la organización del trabajo y el cumplimiento de objetivos.
  • Las normas del convenio colectivo aplicable.

En casos extremos si la ausencia injustificada causa un perjuicio significativo y se demuestra que no existía justificación razonable, la empresa podría contemplar el despido disciplinario.

 

Una sentencia pionera avala faltar al trabajo por una urgencia para llevar a la mascota al veterinario

Recientemente, ha surgido un debate jurídico a raíz de la sentencia 17/2026, de 28 de enero de 2026, dictada por el Juzgado Social nº 25 de Barcelona, que declaró improcedente el despido de una persona trabajadora que se ausentó de su puesto de trabajo para acudir a una clínica veterinaria donde su mascota se encontraba en estado crítico y debía aplicarse la eutanasia.

El caso analizado fue el siguiente:

  • Una trabajadora recibió una llamada urgente de la clínica veterinaria donde se encontraba su mascota informándole de que su estado era crítico.
  • Ante esta situación la trabajadora decidió abandonar su puesto de trabajo de forma inmediata y sin previo aviso para acudir al centro veterinario.
  • La empresa utilizó esta ausencia, junto con otras tres faltas registradas durante el mismo mes, para justificar un despido disciplinario por acumulación de ausencias muy graves.

Sin embargo, el juez consideró que esa última ausencia estaba motivada por razones imprevisibles, humanitarias y éticas.

Al no poder computarse esa ausencia como falta disciplinaria no se alcanzaba el número de infracciones exigido por el convenio colectivo, por lo que el despido fue declarado improcedente.

En consecuencia, la empresa debía optar entre readmitir a la trabajadora con el abono de los salarios de tramitación o extinguir definitivamente el contrato abonando la correspondiente indemnización.

No obstante, el fallo no establece un derecho automático a ausentarse del trabajo por cualquier circunstancia relacionada con las mascotas.

Lo que reconoce es que en situaciones excepcionales, cuando la presencia de la persona responsable resulta indispensable, las razones humanitarias pueden justificar la ausencia, aunque no exista un permiso específico prevista en la normativa.

En definitiva, la sentencia no crea un nuevo permiso laboral, pero sí abre el debate sobre la posible necesidad de adaptar la normativa laboral a la evolución social y al reconocimiento del papel que tienen hoy los animales de compañía en muchas familias.

 

¿Podría incluirse un permiso para cuidar a una mascota dentro del RD Ley 5/2023?

Existe también un debate sobre si el concepto de «cuidador» definido en el RD Ley 5/2023 podría aplicarse también al cuidado de mascotas.

La Directiva 2019/1158 define un cuidador como una persona que brinda cuidados o asistencia a un familiar o a alguien que reside en el mismo hogar del trabajador y requiere cuidados significativos debido a una enfermedad grave.

La definición no hace mención de las mascotas.

Si nos referimos al Estatuto de los Trabajadores el artículo 37.3.b establece el permiso remunerado de cinco días en casos de accidentes o enfermedades graves, hospitalización o cirugía sin hospitalización que requiere reposo domiciliario.

Este permiso se aplica a cónyuges, parejas de hecho y parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, excluyendo explícitamente a las mascotas.

Por lo tanto, las leyes se centran en el cuidado de personas y familiares, sin incluir a los animales como sujetos de cuidado en este contexto.

Algunos expertos en derecho laboral opinan que esta cuestión podría ser abordada a través de convenios colectivos en el futuro, donde sí que se podrían incluir derechos relacionados con situaciones urgentes que involucren a mascotas.

De momento, no se recoge el derecho a pedir un permiso para cuidar a una mascota.

Así que todo quedará en manos de los Tribunales, que estudiarán cada caso de manera individual y podrían llevar a una interpretación definitiva en este tema.

 

¿Qué puede hacer la empresa si un trabajador necesita atender a su mascota enferma?

Cuando una persona trabajadora solicita ausentarse para cuidar de su mascota no existe un derecho legal que obligue a la empresa a concederlo.

Sin embargo, es recomendable gestionar la situación con flexibilidad y previsión para minimizar conflictos y mantener la buena relación laboral.

Algunas pautas que las empresas podrían seguir:

  • Solicitar a la persona trabajadora que informe cuanto antes de la situación y la urgencia del cuidado de la mascota. Esto permite planificar la actividad y reorganizar tareas.
  • Si es posible, considerar cambiar turnos o permitir recuperación de horas en otro momento, para que la persona trabajadora pueda atender la urgencia sin afectar la productividad.
  • Registrar la solicitud y la solución acordada.
  • Verificar si existen disposiciones aplicables, como días de asuntos propios que la persona trabajadora pueda utilizar.
  • Considerar incluir en los manuales internos o acuerdos de empresa procedimientos para ausencias urgentes relacionados con mascotas.

Esperamos que este post te sirva de ayuda y haya resuelto todas tus cuestiones. No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

Actualmente, no existe un permiso retribuido específico en el Estatuto de los Trabajadores para el cuidado de mascotas, ya que la Ley de Bienestar Animal no modificó el régimen de permisos laborales.

Sin embargo, una reciente y pionera sentencia de 2026 ha declarado improcedente un despido por ausencia urgente al veterinario bajo razones humanitarias, abriendo la puerta a que las empresas pet friendly y los convenios colectivos empiecen a regular esta necesidad de conciliación.

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Fuentes: Ley 7/2023, Real Decreto Legislativo 2/2015, Sentencia 17/2026, de 28 de enero de 2026 (Juzgado Social nº 25 de Barcelona), RD Ley 5/2023.

13 marzo, 2026
Olga Agea

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