¿Es posible pedir la baja laboral para cuidar a una mascota?
Tras la entrada en vigor en septiembre del año pasado de la Ley de Bienestar Animal (Ley 7/2023) ha existido una recurrente cuestión:
¿Es posible pedir la baja laboral para cuidar a una mascota?
Con frecuencia, hay personas trabajadoras que se enfrentan a desafíos cuando necesitan cuidar de sus mascotas o llevarlas al veterinario.
Eso se acentúa especialmente si las mascotas están gravemente enfermas. Las personas trabajadoras tienen que atenderlas y al mismo tiempo deben cumplir con sus responsabilidades laborales.
A continuación, analizamos si realmente es posible pedir un permiso para cuidar a una mascota.
¿Puedo pedir la baja laboral para cuidar a mi mascota?
La reciente Ley de Bienestar Animal ha introducido modificaciones que enfatizan la importancia de que los dueños de animales cuiden de la salud y la higiene de sus mascotas.
No obstante, es importante destacar que esta Ley no ha incluido ningún cambio en el régimen de permisos laborales establecido en el Estatuto de los Trabajadores.
Por tanto, de momento no existe el derecho de la persona trabajadora a solicitar un permiso para cuidar de su mascota.
Es cierto que algunas empresas ‘pet friendly’ han incorporado permisos para el cuidado de mascotas como parte de sus iniciativas de conciliación laboral.
Pero, la disponibilidad de esos permisos puede variar según las políticas de conciliación que tenga tu empresa y, por supuesto, del convenio colectivo que sea de aplicación.
En algunos convenios colectivos, se establecen días de asuntos propios que podrían utilizarse para atender a las necesidades de las mascotas, siempre y cuando el convenio lo permita.
¿Existe un derecho para los trabajadores que les permita cuidar de sus mascotas?
No, no existe un derecho que te vaya a permitir pedir un día en el trabajo para cuidar de tu mascota.
Ahora bien, si te encuentras en la situación de que tu mascota está muy enferma y necesitas llevarla urgentemente al veterinario puedes consultar con tu empresa sobre esa posibilidad.
Puede ser que desde la empresa decidan ofrecerte un día de permiso para atender a las necesidades de tus mascotas y explorar la opción de recuperar las horas o el día en otro momento.
¿Me pueden despedir si no acudo a mi trabajo por quedarme cuidando de mi mascota?
Una persona trabajadora no puede ausentarse de su puesto de trabajo sin obtener previamente el permiso de su empresa. Los permisos suelen requerir solicitud y justificación.
Si decides faltar al trabajo para cuidar de tu mascota, por ejemplo, para llevarla al veterinario, es posible que enfrentes sanciones por parte de tu empresa, ya que la ausencia no estaría justificada.
En cuanto a la posibilidad de ser despedido depende de la gravedad de la situación y las políticas de tu empresa.
La aplicabilidad de sanciones por ausencias injustificadas generalmente se rige por el convenio colectivo y la gravedad de la situación
Si solo has faltado un día, es posible que te enfrentes a una sanción más leve, por ejemplo, un día sin sueldo.
Sin embargo, si tu empresa demuestra que tu ausencia fue injustificada y causó un perjuicio significativo sí que se podría considerar el despido como una opción.
Es importante tener en cuenta que la regulación laboral actual no contempla específicamente el derecho a un permiso para cuidar de una mascota.
En este sentido, hay un ligero debate motivado por una sentencia de 12 de noviembre del TSJ de Cataluña en la que se declaró improcedente el despido de un trabajador que faltó al trabajo para cuidar a su perro enfermo y llevarlo al veterinario.
Sin embargo, es crucial destacar que la sentencia no se basó en la condición de animalista del empleado despedido, sino en la falta de justificación para el despido debido a una ausencia de un día en el trabajo.
Se consideró que un día de ausencia no era suficiente para justificar el despido.
¿Podría incluirse el permiso para cuidar a una mascota dentro del RD Ley 5/2023?
Este debate se centra en si el concepto de «cuidador» definido en el RD Ley 5/2023 podría aplicarse también al cuidado de mascotas.
La Directiva 2019/1158 define un cuidador como una persona que brinda cuidados o asistencia a un familiar o a alguien que reside en el mismo hogar del trabajador y requiere cuidados significativos debido a una enfermedad grave.
La definición no hace mención de las mascotas.
Si nos referimos al Estatuto de los Trabajadores, el artículo 37.3.b establece el permiso remunerado de cinco días en casos de accidentes o enfermedades graves, hospitalización o cirugía sin hospitalización que requiere reposo domiciliario.
Este permiso se aplica a cónyuges, parejas de hecho y parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, excluyendo explícitamente a las mascotas.
Por lo tanto, las leyes se centran en el cuidado de personas y familiares, sin incluir a los animales como sujetos de cuidado en este contexto.
Algunos expertos en derecho laboral opinan que esta cuestión podría ser abordada a través de convenios colectivos en el futuro, donde sí que se podrían incluir derechos relacionados con situaciones urgentes que involucren a mascotas.
De momento, no se recoge el derecho a pedir un permiso para cuidar a una mascota.
Así que todo quedará en manos de los Tribunales, que estudiarán cada caso de manera individual y podrían llevar a una interpretación definitiva en este tema.
¿Qué puedo hacer si mi mascota se pone enferma y tengo que cuidarla?
Si tu mascota se pone enferma y necesitas llevarla al veterinario de forma urgente, lo más recomendable es comunicar la situación a tu empresa y pedir si existe la posibilidad de encontrar una solución.
Por ejemplo, si tienes turno de mañana igual podrías cambiar ese turno y prestar tus servicios por la tarde para poder llevar a tu mascota al veterinario.
Lo importante es que muestres flexibilidad y predisposición para recuperar las horas o días de trabajo en otro momento.
También tienes la opción de consultar tu convenio colectivo y verificar si realmente incluye alguna disposición que esté relacionada con los permisos para cuidar a las mascotas.
Esperamos que este post te sirva de ayuda y haya resuelto todas tus cuestiones.
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