Grupo2000

Alumnado     Asesorías     Empresas     

El aislamiento por coronavirus situación asimilada a accidente de trabajo

11 marzo, 2020
El aislamiento por coronavirus situación asimilada a accidente de trabajo

Se ha publicado en el BOE el Real Decreto Ley 6/2020, de 10 de marzo, que incluye medidas urgentes para la protección de la salud pública, entre ellas destaca la consideración excepcional del aislamiento por coronavirus situación asimilada a accidente de trabajo.

 

El aislamiento o contagio por coronavirus considerado situación asimilada a accidente de trabajo

La incremento de los casos de contagio del coronavirus ha obligado al Gobierno a aprobar estas medidas excepcionales, que entrarán en vigor a partir del 12 de marzo de 2020.

Con el fin de proteger la salud pública, según indica el texto, los trabajadores que estén de baja por coronavirus o en aislamiento se considerarán transitoriamente en situación asimilada a accidente de trabajo.

Esto se hará exclusivamente a efectos de la prestación económica de incapacidad temporal del sistema de Seguridad Social, durante el periodo de contagio o aislamiento provocado por el virus COVID-19.

Esta medida es muy importante para las empresas y autónomos, puesto que implica que Seguridad Social se hará cargo de gran parte del coste que supongan las bajas de los trabajadores que tengan su origen en el coronavirus.

 

Con Firmafy ya no hace falta firmar presencialmente, tus clientes podrán firmar online desde su móvil

¿Quién asume el coste de una baja laboral por coronavirus?

Normalmente, cuando un trabajador está de baja por enfermedad común, durante los 3 primeros días dejaría de percibir su salario. Si continúa la baja, entre los días 4 y 15, sería la empresa quien pagaría un 60% de la base reguladora, y no sería hasta el día décimo sexto cuando se asumiría el coste por seguridad social.

El sistema habitual para las bajas por enfermedad no se adapta al perjuicio que supone el coronavirus para las empresas, ya que suele durar 15 días de media.

Por este motivo, el Real Decreto Ley asimila esta situación a un accidente laboral aliviando el coste para las empresas.

A partir del 12 de marzo, serán Seguridad Social o la mutua gestora quienes asumirán los costes por los trabajadores dados de baja por  el virus.

Importante: si estás de baja por coronavirus, Seguridad Social o la mutua te pagarán a partir del día siguiente a tu baja. Cobrarás un 75% sobre la base reguladora, que normalmente es algo inferior a tu salario.

 

 

¿Cómo serán las bajas laborales causadas por el coronavirus?

A continuación os resumimos los detalles más importantes que recoge la norma:

  • Para poder iniciarse está situación, deberá existir previamente un parte de baja de aislamiento.
  • La duración de la baja estará condicionada al parte de alta.
  • Podrá acceder a la prestación trabajadores por cuenta ajena y autónomos en cualquiera de los regímenes de Seguridad Social.
  • La fecha del hecho causante será la misma que la del diagnóstico de la enfermedad o recomendación del aislamiento, aunque el parte de baja se expida posteriormente.

 

Si lo deseas, puedes leer el texto completo publicado en el BOE del Real Decreto Ley 6/2020.

Estaremos muy atentos a las próximas medidas que puedan aprobarse para informaros a través de nuestro blog.

¿Qué opinas de estas medidas? ¿Crees que son suficientes? ¿Tu empresa se ha visto afectada por el coronavirus? Nos interesa mucho tu opinión. Deja tu comentario más abajo. ¡Gracias!

Ángela M. Labrador

31 Comentarios

  1. Carmen

    Hola
    en mi empresa estaba en situacion de erte desde Marzo y al mes me dieron de baja por alto riesgo por covi 19( estando conjuntamente en situacion de baja y erte a la vez )
    de momento no he cobrado ni una cosa ni la otra
    cuanto me corresponde cobrar y quien tiene que pagarme ( el estado, la mutua, la empresa )
    gracias

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Hola, Carmen. La pregunta es si todavía sigues de baja o has vuelto al ERTE, no puedes estar en las dos situaciones a la vez, o estás de baja en ese momento o de ERTE en cuanto te da el alta el médico y la empresa lo comunica. Si sigues de baja, te pagaría seguridad social, si ya estás de vuelta al ERTE, el SEPE. Lo importante es que aclares tu situación con la empresa y se comunique a los diferentes organismos para que te paguen la correspondiente prestación. Un saludo

      Responder
      • Carmen

        Hola Angela
        sigo de baja y sigo de erte
        estando de erte, me dieron de baja por alto riesgo, para que aunque se acabase el erte siguiera de baja, hasta que el medico lo viera oportuno
        primero fue el erte y al mes la baja y sigo con la misma situacion de baja y de erte,
        creo que este mes me daran el alta y tambien se acabara el erte, aunque no se en que orden,
        pero no he cobrado nada ni por baja ni por erte y no se si es por la doble situacion

        gracias por responder, ya que nadie sabe decirme en nada concreto

        Responder
      • Carmen

        Hola Angela
        sigo de baja y sigo de erte,
        llevando un mes de erte, me dieron la baja por alto riesgo, para que si se acababa el erte siguiera de baja, hasta que el medico lo viera oportuno la incorporacion, pero creo que la proxima semana me dan el alta y posiblemente tambien mi fefe pida el fin del erte para Julio, el problema es que ni he cobrado la baja ni he cobrado el erte y no se si sera por la doble situacion y si es mejor que pida el alta antes de que acabe el erte para no tener mas problemas y que sea el erte lo que tenia primero y lo ultimo y asi puede que la baja no interfiera en nada
        gracias por responder, porque no saben decirme nada en concreto ni la gestoria de mi jefe ni el erte ni la mutua, solo me dicen que ya llegara lo que sea

        Responder
        • Ángela Martínez Labrador

          Hola Carmen. Durante el tiempo que has estado de ERTE te corresponde el pago a través del SEPE, tendrías que solicitar cita con tu oficina de empleo para que lo solucionen. Y después, te tendrían que pagar la baja, te lo tendría que solucionar tu mutua. El hecho de darte de alta para solucionarlo, puede que no tenga el efecto que esperas. Por lo que estamos viendo, mucha gente está teniendo problemas con las prestaciones, lo suyo es reclamarlas con el SEPE y con cada organismo, porque son ellos los que te lo tienen que solucionar. Un saludo

          Responder
  2. Adriana

    Hola. Mi situación es : Soy con contrato de fijó discontinuo
    y empresa ha declarado ERTE parcial desde 16.03.2020. desde día 30.03.2020 cojo baja por coronavirus hasta día 05.05.2020 cuando me han dado de alta. Hasta la fecha de hoy no ha cobrado mi baja . Empresa me ha mandado a la Mutua …mutua dice que no debe pagarme porque yo estaba en ERTE parcial y debe de pagarme la emresa. Donde debe ir …o llamar para aclarar mi situación. Gracias

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Hola Adriana. Deberías contactar con tu empresa para aclarar toda la situación y que ellos realicen las gestiones necesarias. Un saludo

      Responder
  3. Jose

    Hola, trabajo para un autónomo en una tienda y el martes 9 de junio finaliza el ERTE, soy asmático y tengo varias intervenciones quirurgicas realizadas en las vias respiratorias altas, ¿puedo pedir la baja por riesgo al Covid 19? si es así, tendría que pedírsela a mi medico de cabecera o hablar con la Mutua. Gracias.

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Hola José. Contacta con tu mutua. Un saludo

      Responder
  4. José

    Hola, os comento mi caso.
    Empecé un nuevo trabajo en abril, con un periodo de prueba de 3 meses. Hace 15 días decidí hacerme el test de coronavirus. Al ver la doctora que soy diabético, me pide un dictamen de PRL de la Mutua de mi empresa. Cuando se lo hago llegar, la doctora me da automáticamente la baja por pertenecer a grupo de riesgo.
    La empresa se enfada mucho y me propone trabajar de manera fraudulenta desde casa estando de baja (lo puedo demostrar).
    Al negarme, me han despedido.
    Creéis que aún estando en periodo de prueba, este despido puede ser fraudulento? Puedo denunciarles?
    Gracias.

    Responder
  5. Mireia

    Hola. En mi caso Estoy en un erte en la primera empresa y en la segunda estoy de baja por covid-19. Cuando levanten el erte en que situación quedaré?
    Si aún no me ha dado el alta el médico?
    Muchas gracias

    Responder
  6. Carlos

    Si tuviese Baja laboral por covid trabajando en una ETT y no tuviese paro accumulado no cobraria nada?

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Hola Carlos. Al finalizar tu baja, tendrías que solicitar una ayuda en tu oficina de empleo, a través de email o teléfono. Un saludo

      Responder
  7. Héctor

    En el caso de trabajar para dos empresas y poder realizarteletrabajo en una sí, y en otra no, podría siendo persona de riesgo, solicitar la baja en la segunda únicamente?

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Buenos días, Héctor. La situación de baja médica se aplica a tu persona, cuando se comunique probablemente afecte a ambos puestos. Un saludo

      Responder
      • Dan

        Buenas tardes,
        En el caso de la baja se complementa el salario al 100% si así lo estipula el convenio colectivo?
        Otra duda es si se incluyen los conceptos como plus transporte, plus festivos y horas de presencia en caso de figurar dichos conceptos en la base de cotización del mes anterior?

        Responder
  8. Carlos

    Hola yo padezco de diabetes mellitus 2 es factor de riesgo si es asi que tramites hago para la empresa

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Buenos días, Carlos. Coméntalo con tu empresa, es posible que te deriven a tu mutua para valoren tu situación. Un saludo

      Responder
  9. Andrés Molina

    Yo soy paciente de riesgo por tener EPOC GOLDII B Y SOY INSULINODEPENDIENTE . Estoy teniendo problemas para pedir una baja para poder CONFINARME y no asumir riesgos sobre mi salud . Que baja me corresponde y quién me la tramita ? Gracias.

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Buenos días, Andrés. Con ese perfil deberías poder aislarte, puedes contactar con tu mutua. Un saludo

      Responder
  10. Yolanda

    Buenas tardes, nosotros somos autónomos y solo tenemos un trabajador porque nuestra empresa es un bar pequeñito de barriada, si hacen el cierre del local…. Tendriamos q pagar al trabajador?? Y seguridad social y todo lo q conllevan? La alarma q se esta haciendo de q no vallan a los bares esta repercutiendo en nuestro local y en muchos mas…. Ya q nuestros dias son buenos y ahora mismo por esta alarma no hay ni un perro suelto, q ayudas o q medidas habrian q tomar?

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Buenos días, Yolanda. Te recomendamos esperar hasta mañana martes, que se supone que pondrán medidas para dar solución a las empresas, todas están más o menos igual y hay gran preocupación. Un saludo y mucho ánimo!

      Responder
      • Mireia

        Hola. En mi caso Estoy en un erte en la primera empresa y en la segunda estoy de baja por covid-19. Cuando levanten el erte en que situación quedaré?
        Si aún no me ha dado el alta el médico?
        Muchas gracias

        Responder
        • Ángela Martínez Labrador

          Hola Mireia. Me sorprende que no estés de baja en las dos empresas a la vez, normalmente en estos casos estarías de baja en ambas. Si sigues de baja, cuando se levante el ERTE tendrás el puesto en la que estás de suspensión y seguirás de baja en la que estás de baja hasta que te den el alta y te reincorpores a tu puesto. Un saludo

          Responder
  11. Monica

    Buenas noches. En mi caso vendo en el mercadillo ambulante. Nadie me ha dado de baja . Pero si me han prohivido ir a trabajar durante quince dias de momento. Quien cubre todos mis gasto. Si no me dejan trabajar . Lo justo seria que me dieses una baja. Verdad????. Porque si no de donde comeremos y pagatemos los gastos fijos que nuestro negocio tiene . Tales como seguridad social . Gestoria . Impiestos. Etc

    Responder
  12. María José

    Hola! Trabajo en la limpieza de un centro sanitario de primaria. Ayer trabajé con fiebre y tos seca. Hoy he trabajado con tos seca y sin fiebre ya que empezé a tomar Paracetamol. Me he puesto mascarilla y guantes por precaución. Al tener estos síntomas me han obligado a llamar a Prevención en la que me han derivado al 061 por trabajar en una empresa subcontractada. Al no poder contactar por saturación línea. He llamado a la empresa y me han derivado directamente al Hospital para poder hacer la prueba y descartar el Coronavirus. Cosa que no me han hecho y han dado tras mi explicación que parecía un cuadro gripal. Diagnósrico virus no específicado. Medicamento de Frenadol y Romilar y aislamiento de 14 dias en casa. Total que la baja me la han hecho de contingéncias comunes.¿ Es así o solo por aislamiento tendría que ser laboral?

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Hola María José. Para que la baja fuese asimilada a accidente de trabajo, el diagnóstico debería ser coronavirus. Pero si te han recomendado aislamiento, estos casos también estarían incluidos, debería ser laboral. Te recomendamos que tu empresa lo mire con su asesor. Un saludo

      Responder
  13. Graciela

    Tengo que tramitar yo todo o será la empresa quien lo haga en caso de que no pueda ir a trabajar por contagio.

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Hola Graciela. Tendrías que recibir primero la baja tú y después remitírsela a la empresa para que ellos realicen los tramites y lo comuniquen.
      Un saludo

      Responder
  14. Felipe roi

    Sou autonomo de castellon, musico que solo actuo en centros de jubilados, donde acaban de prohibir el baile por coronavirus. Que hago ahora para poder comer y pagar la cuota?

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Hola Felipe. Entendemos tu preocupación. Esta situación va a ser compleja para muchos autónomos y empresas. Se supone que entre hoy y mañana se publicarán una serie de medidas para ayudar al colectivo. Os informaremos en nuestro blog. Mucho ánimo

      Responder

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Suscribete Boletin Noticias Grupo2000
Necesitas Contratar Contrato De Formacion Grupo2000
Formación Catálogo De Cursos Grupo2000

Síguenos en redes

Últimas noticias

Ver Ocupaciones Contrato Formación Alternancia Grupo2000
Formacion Bonificada Para Empresas Grupo2000
Agencia Colocación Publicar Ofertas Grupo2000
Ir al contenido