
¿Cómo funciona el permiso de lactancia? Esto es lo que debes saber
El Real Decreto-ley 2/2024, que completa la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 sobre conciliación, incluyó cambios en el permiso de lactancia.
¿Estás al día de todas las novedades? ¿Sabes cómo funciona el permiso de lactancia? Esto es lo que debes saber:
¿Qué es el permiso de lactancia?
El permiso de lactancia, también conocido como permiso para el cuidado del bebé lactante, es un derecho retribuido que tienen las personas trabajadoras con hijos/as de hasta 9 meses de edad.
Pero, ¿sabes cómo solicitarlo? El Real Decreto-ley 2/2024 introdujo modificaciones importantes que afectan, principalmente, a la forma de solicitarlo y disfrutarlo.
¡Te lo contamos!
¿Cómo es el permiso de lactancia en 2025?
Antes de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 2/2024 el derecho a ausentarse del trabajo para disfrutar del permiso de lactancia estaba condicionado a:
- Las previsiones de la negociación colectiva.
- El acuerdo alcanzado con la empresa.
Sin embargo, con la modificación del artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores estas restricciones se eliminaron.
Ahora se permiten todas las formas de disfrute, incluida la acumulación de las horas retribuidas de ausencia, como un derecho de todas las personas trabajadoras.
Solicitar el permiso es un derecho automático que no depende de lo establecido en el convenio ni de la aprobación de la empresa.
¿Cómo se puede solicitar el permiso de lactancia en 2025?
El artículo 37.4 incluye lo siguiente:
En los supuestos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento las personas trabajadoras tienen derecho a 1 hora de ausencia del trabajo.
Importante:
- Esta hora de ausencia se puede dividir en dos fracciones para el cuidado del lactante hasta que este cumpla 9 meses.
- Quien ejerza este derecho puede sustituirlo por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas.
La reducción de jornada es un derecho individual de las personas trabajadoras y no puede ser transferido a la otra persona progenitora, adoptante, guardadora o acogedora.
¿Pueden ambos progenitores disfrutar del permiso de lactancia?
Sí, ambos progenitores pueden disfrutar del permiso de lactancia.
Además, es posible extender su aplicación hasta los 12 meses, aunque con reducción de salario a partir del mes 9.
No obstante, la empresa podrá limitar el ejercicio simultáneo del permiso por razones objetivas debidamente motivadas por escrito.
En tal caso, la empresa deberá ofrecer un plan alternativo que asegure el disfrute del permiso por ambas personas trabajadoras garantizando así el ejercicio de sus derechos de conciliación.
¿Se reduce el permiso de lactancia para trabajadores a tiempo parcial?
No, el permiso de lactancia tiene que ser el mismo para todas las personas trabajadoras, independientemente de la jornada que tengan.
Así lo recoge la sentencia de 21 de noviembre de 2023 (Rc 2978/22) que aborda cómo se debe calcular la acumulación de jornadas por lactancia para personas trabajadoras a tiempo parcial en un caso donde la empresa reconoce este derecho a pesar de que el convenio colectivo no lo regula.
La Sala IV del Tribunal Supremo examina el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores (ET), así como la Directiva correspondiente, y concluye que las personas trabajadoras a tiempo parcial no deben recibir un trato menos favorable que quienes están contratados a tiempo completo en lo que respecta al permiso de lactancia.
Esto implica que el derecho a ausentarse una hora del trabajo debe aplicarse de manera equitativa a todas las personas trabajadoras sin que se realice una reducción proporcional basada en la duración de su jornada.
¿El permiso de lactancia acumulado es compatible con la excedencia por cuidado de hijo?
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en su sentencia nº 00449/2025, ha confirmado que el permiso de lactancia acumulado es plenamente compatible con la excedencia por cuidado de hijo/a.
En otras palabras, el disfrute íntegro de las horas de lactancia no puede reducirse aunque la persona trabajadora solicite posteriormente una excedencia para cuidar de su hijo o hija.
El caso analizado fue el siguiente:
- Una enfermera del Servizo Galego de Saúde había solicitado el permiso de lactancia acumulado.
- La Administración solo le concedió 95 de las 150 horas que le correspondían al entender que debía reducirse proporcionalmente porque después pidió una excedencia por cuidado de hijo antes de que este cumpliera 12 años.
- No obstante, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia considera que esta interpretación es errónea y reconoce el derecho de la trabajadora a disfrutar de las 150 horas de permiso.
El motivo es que el permiso de lactancia no depende del tiempo trabajado sino de la existencia de un hijo o hija menor de 12 meses. De hecho, su finalidad es facilitar el cuidado del lactante.
Limitar este derecho supondría vulnerar los derechos constitucionales de conciliación de la vida laboral y familiar, así como la protección de la infancia y la familia.
¡Importante! La sentencia del Tribunal Superior de Galicia no es firme. Existe la posibilidad de que la Xunta de Galicia interponga un recurso de casación ante el Tribunal supremo, que será quien unifique doctrina sobre este tema.
¿Puede la situación de desempleo del padre impedir que la madre disfrute del permiso de lactancia?
No, una empresa no puede denegar el permiso de lactancia a una trabajadora bajo el argumento de que su pareja esté en paro y pueda encargarse del cuidado del menor.
Así lo establece la sentencia del Tribunal Supremo del 11 de julio (recurso nº 3532/2019) que analiza el siguiente caso:
- Una mujer solicitó en 2018 el permiso de lactancia a su empresa tras el nacimiento de su hijo.
- La empresa le negó el permiso alegando que su pareja estaba desempleada y, por lo tanto, podría cuidar del niño.
Sin embargo, el Tribunal Supremo falló a favor de la trabajadora afirmando que el permiso de lactancia es un derecho individual que no debe estar condicionado por las circunstancias del otro progenitor.
Además, la sentencia subraya la importancia de la corresponsabilidad en las tareas familiares destacando que ambos progenitores tienen derecho a disfrutar de este permiso.
Por lo tanto, el permiso de lactancia debe ser ejercido independientemente de si el padre está en situación de desempleo.
¿Cuándo entraron en vigor las modificaciones del permiso de lactancia?
Las modificaciones que afectaron al permiso de lactancia entraron en vigor el 23 de mayo de 2024.
Además de este permiso es importante recordar que existen nuevos permisos para conciliación incluidos en el RD Ley 5/2023, como son:
- El permiso de 8 semanas para el cuidado de los hijos e hijas.
- El permiso de 5 días para cuidar de un familiar.
- El permiso de 4 días por causas de fuerza mayor.
Para obtener más información te invitamos a consultar nuestro post Así son los nuevos permisos para cuidado de hijos y convivientes.
¿Tributa en el IRPF el permiso retribuido por acumular horas de lactancia?
La Dirección General de Tributos ha aclarado que las personas que opten por el permiso retribuido por acumulación de horas de lactancia, que puede equivaler a tres semanas o 15 días laborales, deberán tributar en el IRPF la remuneración que perciban durante este período.
Esta aclaración surge a raíz de una consulta realizada el 9 de julio de 2025 por un contribuyente que disfrutó de este permiso en modalidad de jornadas completas.
¿Por qué no está exento el permiso retribuido por acumular horas de lactancia de tributar en el IRPF como la prestación por maternidad?
El Tribunal Supremo, en sentencia del 3 de octubre de 2018, declaró que la prestación por maternidad percibida de la Seguridad Social está exenta del IRPF.
Para adaptarse a esta doctrina la ley del IRPF se modificó en 2018 para incluir las prestaciones de maternidad y paternidad como rentas exentas.
Sin embargo, la DGT matiza que esta exención solo se aplica a las prestaciones públicas pagadas por la Seguridad Social.
Por tanto, el permiso de lactancia retribuido por la empresa no está exento y se considera rendimiento del trabajo, por lo que debe tributar.
¿Conocías todas estas novedades? No olvides dejar tus comentarios más abajo, ¡nos encanta leerte!
Grupo2000, centro de formación especializado en contratos de formación
Grupo2000 somos un centro de formación especializado en contratos de formación en alternancia.
Si estás interesado/a en ampliar tu plantilla el contrato de formación es una opción muy útil. Permite contratar durante 2 años y aplicar hasta tres bonificaciones mensuales durante su vigencia.
Para más información, ¡contáctanos! Puedes chatear online con nuestro equipo o llamarnos al 958 80 67 60.