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Cómo debe ser la formación bonificada asociada a los ERTES

6 abril, 2022
Cómo debe ser la formación bonificada asociada a los ERTES

Tras el Real Decreto Ley 32/2021 están surgiendo muchas dudas sobre los ERTES con exoneraciones vinculadas a acciones formativas. En este artículo te contamos cómo debe ser la formación bonificada asociada a los ERTES y te explicamos todos los detalles: requisitos, trámites y bonificaciones.

Además, te resumimos las indicaciones de FUNDAE y TGSS para tramitar la formación asociada a los ERTES.

En Grupo2000 impartimos formación bonificada para tus ERTES y elaboramos el plan de re-cualificación que necesitas para tu solicitud. Solicita más información haciendo clic en el siguiente botón:

¿Qué ERTES deben incluir formación obligatoriamente?

Los llamados «ERTES de formación» que introdujo el RD Ley 18/2021 finalizaron el 31 de marzo de 2022. A partir del 1 de abril, las empresas, que necesiten aplicar una suspensión de contrato o reducción de jornada, deberán acogerse a una de las modalidades de ERTE establecidas en los artículos 47 y 47 bis del Estatuto de los Trabajadores.

Las empresas que apliquen los siguientes ERTES estarán obligadas a proporcionar formación a su plantilla:

  • ERTE ETOP solicitados según el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores que deseen aplicar exoneraciones.
  • ERTES de Mecanismo RED de tipo sectorial solicitados según el artículo 47 bis del Estatuto de los Trabajadores.

A continuación te indicamos qué exoneraciones podrías aplicar y qué trámites debe realizar tu empresa.

Cursos para ERTES

Cuáles son las exoneraciones asociadas a formación de los ERTES

Las exoneraciones ya sólo serán aplicables, para los trabajadores afectados por una reducción o suspensión.

  • Exoneraciones para los ERTES ETOP:

Las empresas que soliciten un ERTE ETOP y proporcionen formación a su plantilla podrán aplicar un 20% de exoneración en los seguros sociales de su plantilla en ERTE. 

  • Exoneraciones para los ERTES de Mecanismo RED:

Actualmente el Gobierno ha activado un Mecanismo RED para el sector de las agencias de viajes, que podrán aplicar un 40% de exoneraciones si forman a los trabajadores.

 

Se amplía el crédito de formación bonificada para los ERTES 

El artículo 4 del RD Ley 32/2021 amplía sustancialmente el crédito de formación bonificada disponible para las empresas en ERTE.

Entendiendo la situación de dificultad de estas empresas, se incrementan las cuantías y además, se podrán aplicar dichas cantidades por persona. A continuación vemos cuál sería su crédito para formación bonificada:

  • 1 a 9 trabajadores: 425 €/ por persona.
  • 10 a 49 trabajadores: 400 €/ por persona.
  • 50 o más: 320 €/ por persona.

 

Cómo debe ser la formación bonificada asociada a los ERTES. Requisitos y normativa

La normativa que regula los requisitos de la formación asociada a los ERTES será la recogida en el artículo tercero del RD Ley 32/2021 y en su defecto, la Ley 30/2015.

 

¿Qué trabajadores recibirán la formación?

Las acciones formativas se deberán proporcionar a todas las personas afectadas por el ERTE.

El fin de estas deberá ser mejorar sus competencias en el puesto de trabajo o mejorar su empleabilidad. Por ello, podrán no guardar relación con su puesto, siempre y cuando permitan la re-cualificación del trabajador.

La formación, según FUNDAE, podrá realizarse durante el tiempo de suspensión o reducción de jornada.

 

¿Cuál es el plazo para realizar la formación asociada al ERTE?

La formación deberá realizarse durante la aplicación de las medidas del Expediente de Regulación Temporal de Empleo.

En el caso de los ERTES de Mecanismo RED, el plazo máximo para aplicar estos ERTES vence el 31 de diciembre de 2022, a no ser que el Gobierno decidiese realizar un prórroga de 6 meses. Por tanto, la formación deberán recibirla dentro de dicho periodo y en el margen temporal de tu ERTE aprobado.

 

¿Cuál debe ser el número mínimo de horas de formación?

El número mínimo de formación que debe recibir cada persona afectada en el ERTE será de 2 horas, que es la duración mínima fijada para la formación bonificada para empresas en la Ley 30/2015, en la nueva norma no se establece mínimo, pero debe respetarse esta duración mínima bonificable.

 

¿Cómo debe ser la formación y el centro de formación que la imparta?

Según la Ley 30/2015, que regula la formación bonificada para empresas, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • El centro de formación debe estar acreditado por el SEPE y contar con unas instalaciones y Recursos Humanos que garanticen su solvencia.
  • Si la formación se realiza online, la plataforma educativa debe cumplir las exigencias de FUNDAE y permitir el control de los técnicos del SEPE.
  • Se debe comunicar el inicio y fin del curso en FUNDAE y realizarse conforme a lo ya comunicado.
  • El docente debe cumplir el perfil profesional requerido para impartir ese curso.

 

¿Qué tramites debo realizar con FUNDAE para bonificar el curso y acceder al incremento de crédito?

El 28 de octubre FUNDAE publicó un mensaje indicando que ya estaban activos los nuevos campos para comunicar las acciones formativas asociadas a ERTES.

Toda la gestión del crédito adicional asignado por trabajador en ERTE se realizará a través de su plataforma. Si realizas la formación con Grupo2000, no tendrás que encargarte de nada, nuestros técnicos de formación bonificada realizarán este trámite con FUNDAE para tu empresa de forma gratuita.

En el aplicativo FUNDAE ya se puede encontrar una casilla para marcar en caso de que sea una empresa que se acoge a un ERTE.

Según especifican, si marcas esta casilla, una vez guardados los cambios, no podrá modificarse. En el caso de tener que realizar algún cambio, tendrás que solicitarlo.

Además de marcar esta casilla, será necesario indicar el número exacto de trabajadores acogidos a ERTE, para calcular el crédito adicional para formación de la empresa. Este dato tendrá que ser validado por FUNDAE.

Igualmente, será preciso indicar el número de personas en plantilla en la actualidad.

 

¿Cómo se bonifica la formación?

La formación se bonificará una vez se haya finalizado la acción formativa, dentro del ejercicio correspondiente, en la cuantía máxima según el crédito máximo disponible.

Para poder aplicar la bonificación tu empresa deberá estar al corriente de deuda con Hacienda y TGSS.

Importante: según el RD Ley 32/2021, en caso de que la empresa acredite que ha facilitado la formación, pero el trabajador no se ha formado, no tendrán que devolverse las exoneraciones aplicadas en los seguros sociales.

Pero sí afectará a las cantidades que bonifiques por formación, ya que si no se realiza, Seguridad Social podrá solicitar la devolución de los costes por formación.

En el caso de que algún trabajador no se forme, te recomendamos notificarle la puesta a disposición de su formación y realizar todas las comunicaciones por escrito. Y por supuesto, no bonificar la cuantía del curso.

Recordamos que una empresa tiene derecho a la bonificación de la formación cuando el trabajador ha asistido al menos a un 75% de la formación en modalidad presencial o ha realizado el 75% de los controles de evaluación en esta modalidad.

 

¿Cómo es la Declaración Responsable obligatoria para los ERTES que realicen formación? ¿Qué trámites tengo que hacer en TGSS?

En el Boletín RED se confirma que la declaración responsable obligatoria para los ERTES que amplíen sus bonificaciones es realmente un campo que se deberá indicar en Seguridad Social antes de aplicar las exoneraciones.

Esta declaración responsable se debe realizar a través de Sistema RED, por cada una de las personas que vayan a realizar la formación.

Encontrarás un campo llamado «Declaración responsable formación» en ese campo deberás marcar la opción S «Declaración responsable sobre la realización de acciones formativas».

Este campo tendrá carácter obligatorio, es importante que lo marques, porque si no, no te aplicarán las exoneraciones.

Una vez que hayas presentado la declaración, no será necesario hacerlo en los meses sucesivos, a no ser que comuniques posteriores variaciones.

Importante: además de esta declaración, deberás marcar la declaración responsable y tipo de inactividad que corresponda según el tipo de ERTE que apliques

Cursos bonificados válidos para ERTES. Consulta nuestro catálogo

Grupo2000 es un centro acreditado por el SEPE para impartir formación bonificada para trabajadores en situación de ERTE, conforme al Real Decreto Ley 32/2021 y Ley 30/2015.

Contacta con nosotros, te ayudaremos a diseñar el plan de formación para tu ERTE de forma gratuita y organizaremos las acciones formativas que más se adapten a las necesidades de tu plantilla.

Contamos con docentes y plataformas educativas acreditadas. Confía la formación de tu ERTE en un centro de formación que te da garantías y responde de su formación, llámanos al teléfono 958 806 760 o contacta por nuestro chat online.

Envía este formulario para solicitar el Plan de Re-Cualificación o de Formación para tu ERTE

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¡Llámanos!

Ángela M. Labrador

13 Comentarios

  1. Laura

    Tengo un trabajo de solo 16 horas al mes podría optar por este curso

    Responder
  2. Iker

    Buenos dias, me pueden obligar a asistir a formaciones estando en ERTE ETOP y que las formaciones se den en la propia empresa ?? hay un maximo de horas de formacion por trabajador ?? Muchas gracias de antemano

    Responder
  3. Pablo

    Hola. Me pueden obligar a hacer un curso de estas características fuera de mi jornada laboral y habiendo salido ya del Erte? No estoy en erte ya este mes de marzo y la empresa me obliga a hacer un curso de 60 horas fuera de mi horario laboral.

    Muchas gracias por su ayuda.

    Responder
    • Pablo

      Hola. No es necesario que contesten a este mensaje. Justo ayer me asesoró un abogado laboralista. No sería necesario hacerlo fuera del horario laboral.

      Muchas gracias igualmente por su ayuda y les deseo que pasen a todos un excelente fin de semana.

      Responder
  4. Yolanda

    Como trabajador es obligatorio hacer los cursos?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Yolanda. No sería obligatorio realizar la formación. Aunque se supone que es algo que va a ayudarte a mejorar tu empleabilidad. Un saludo

      Responder
      • Carlos

        Te pueden obligar a realizar un curso estando en erte?

        Responder
        • Ángela M. Labrador

          Hola, Carlos. No es obligatorio realizar el curso mientras estás en ERTE. No obstante, este tipo de cursos están orientados a mejorar la empleabilidad del trabajador, son cursos beneficiosos para ti. Un saludo

          Responder
  5. Enrique

    Buen día Ángela,al confeccionar los seguros en red directo se pone la parte bonificada en la casilla de formación profesional continua y no hay que indicar nada más no? Me salen negativos pero no sé si hay que indicar algo más, al margen de cada trabajador que si da formación .un saludo y gracias..

    Responder
  6. PILAR CASTELLANOS

    Teniendo en cuenta que la cuota no exonerada en la cotización, que debe pagar una empresa con trabajadores en ERTE, es bastante baja, ¿cómo se compensa el coste del curso de formación en los seguros sociales?
    Por otro lado, supongo que estos cursos son mayormente on line, y hay trabajadores poco cualificados en los TIC, qué hacemos en estos casos para que puedan hacer el curso?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Pilar. Para los trabajadores poco cualificados, quizá sería recomendable una formación presencial. O una formación mixta que les posibilite mejorar sus competencias digitales. En cuanto a la bonificación de formación, estamos a la espera todavía de que FUNDAE y TGSS aclaren este tipo de detalles. Un saludo

      Responder
  7. María Dolores Romeu Piquer

    webinar gratuito formación de los ertes

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola María Dolores. Si no pudiste asistir al webinar sobre cómo debe ser la formación en los ERTES, puedes verlo en diferido. Simplemente tienes que suscribirte en el formulario que encontrarás en el artículo, donde hemos añadido además más detalles sobre los requisitos de la formación. Un saludo

      Responder

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