
Se amplía el permiso por nacimiento y cuidados a 19 semanas
¡Novedad importante para 2025! Se amplía el permiso por nacimiento y cuidados a 19 semanas.
El Congreso de los Diputados ha convalidado ya el Real Decreto-ley 9/2025 que señala que la baja por nacimiento ahora es de 17 semanas, a las cuales se les suman 2 semanas adicionales que pueden disfrutarse hasta que el menor cumpla 8 años.
Aunque inicialmente se planteó una ampliación más ambiciosa de hasta 20 semanas, finalmente el Gobierno aprobó el 29 de julio la extensión del permiso por nacimiento a 17 semanas.
Además, se aprobó otra mejora clave en materia de conciliación: la retribución de 2 semanas del permiso parental para el cuidado de hijos e hijas menores de 8 años.
Todo ello supone un total de 19 semanas para cada progenitor. Te lo explicamos a continuación:
¿Cuántas semanas dura la baja por nacimiento?
Ya se ha publicado el Real Decreto-ley 9/2025 por el que se amplía el permiso de nacimiento a 17 semanas más 2 semanas adicionales para el cuidado de hijos e hijas menores de 8 años.
Hay que recordar que desde 2021 España se había convertido en el primer país en establecer un permiso equitativo para madres y padres con las siguientes condiciones:
- 16 semanas de permiso desde el nacimiento.
- Intransferibles entre progenitores.
- Con remuneración completa.
Ahora hay más novedades: el Gobierno ha ampliado este permiso en 3 semanas, una medida que responde, en parte, a las exigencias de la Unión Europea.
Y es que Bruselas había advertido con imponer una sanción económica superior a 40.000 euros diarios a partir del 1 de agosto por no haber adaptado completamente la normativa (Directiva 2019/1158 del Parlamento Europeo relativa a la conciliación de la vida familiar y profesional).
Para evitar la multa se ha aprobado la ampliación señalada.
¿Cómo es el permiso de paternidad y maternidad en 2025?
El Real Decreto-ley 9/2025 amplía el permiso de paternidad y maternidad en 2025 hasta las 17 semanas más 2 semanas adicionales que se pueden usar hasta que el menor cumpla 8 años.
En total padres y madres podrán hacer uso de 19 semanas (en contraposición con las 16 semanas que podían disfrutarse anteriormente).
¿Qué cambia en 2025? Se amplía el permiso por nacimiento a 17 semanas y se retribuyen 2 semanas del permiso de cuidado de menor
El Real Decreto-ley 9/2025 modifica el artículo 48 del estatuto de los Trabajadores señalando que:
«El nacimiento, que comprende el parto y el cuidado de menor, suspenderá el contrato de trabajo de la madre biológica y el del progenitor distinto de la madre biológica durante diecinueve semanas».
Esta medida tiene como fin mejorar la conciliación familiar y adaptarse a las exigencias europeas.
¿Cuáles son los cambios más relevantes que afectan al permiso por nacimiento?
Los cambios más destacados son los siguientes:
El permiso por nacimiento:
- Se amplía de 16 a 17 semanas para ambos progenitores.
- La medida está en vigor desde el 31 de julio de 2025.
- Eso sí, no tiene carácter retroactivo. Solo se aplica a nacimientos posteriores a su entrada en vigor.
En el caso de las familias monoparentales:
- Disponen de 32 semanas de permiso (28 semanas durante el primer año de vida del menor y 4 semanas adicionales hasta los 8 años).
- Esta medida también entró en vigor el 31 de julio de 2025.
Permiso parental retribuido:
- Se retribuyen 2 semanas del permiso parental para el cuidado de un/a menor de hasta 8 años.
- Estas 2 semanas se aplican con carácter retroactivo desde el 2 agosto de 2024.
- ¡Importante! El disfrute de esas 2 semanas (como suspensión de contrato o como parte del permiso por nacimiento y cuidado) y la solicitud de la prestación económica correspondiente podrán hacerse a partir del 1 de enero de 2026.
- No será necesario un nuevo reconocimiento del derecho: se aplicará la misma normativa que regula actualmente el periodo de descanso voluntario por nacimiento y cuidado de menor.
¿Cómo se distribuye el permiso por nacimiento y cuidado del menor en 2025?
La suspensión del contrato de cada uno de los progenitores por el cuidado de menor se distribuye de la siguiente manera:
- 6 semanas ininterrumpidas: son obligatorias y tendrán que disfrutarse a jornada completa inmediatamente de manera posterior al parto.
- 11 semanas (22 en el caso de una familia monoparental): podrán distribuirse a voluntad de la persona trabajadora, en períodos semanales a disfrutar de forma acumulada o interrumpida y ejercitarse desde la finalización de la suspensión obligatoria posterior al parto hasta que el hijo o la hija cumpla 12 meses. No obstante, la madre biológica podrá anticipar su ejercicio hasta 4 semanas antes de la fecha previsible del parto.
- 2 semanas (4 en el caso de familia monoparental) para el cuidado del menor: podrán distribuirse a voluntad de la persona trabajadora, en períodos semanales de forma acumulada o interrumpida hasta que el hijo o la hija cumpla los 8 años.
Tanto las 11 semanas como las 2 semanas posteriores podrán disfrutarse en régimen de jornada completa o de jornada parcial, previo acuerdo entre la empresa y la persona trabajadora, y conforme se determine reglamentariamente.
La persona trabajadora deberá comunicar a la empresa, con una antelación mínima de 15 días, el ejercicio de este derecho en los términos establecidos, en su caso, en los convenios colectivos.
En los supuestos de adopción, de guarda con fines de adopción y de acogimiento la suspensión tendrá una duración de 19 semanas para cada adoptante, guardador o acogedor.
¿Cuándo entraron en vigor los cambios que afectan a la ampliación de la baja por nacimiento?
La ampliación se ha hecho efectiva de la siguiente manera:
- La semana adicional de permiso de nacimiento entró en vigor el 31 de julio de 2025.
- Las 2 semanas de permiso parental retribuidas para el cuidado de hijos e hijas menores de 8 años se aplican de forma retroactiva desde el 2 de agosto de 2024. Por tanto, quienes hayan disfrutado desde agosto de 2024 de alguno de estos permisos parentales sin retribuir pueden reclamarlo.
- Las 32 semanas de permisos de nacimiento y cuidado para familias monoparentales también entraron en vigor el 31 de julio de 2025.
¿Por qué se amplía la baja por nacimiento a 19 semanas?
España debía haber transpuesto la directiva europea sobre permisos parentales retribuidos antes de agosto de 2024.
Al no hacerlo la Comisión Europea anunció una sanción de más de 40.000 € diarios a partir del 1 de agosto de 2025. La aprobación del decreto evitaría esta penalización.
¿Los permisos de paternidad y de maternidad llegarán a las 20 semanas?
El compromiso del Gobierno es alcanzar un total de 20 semanas de permisos retribuidos por nacimiento y cuidado sumando permisos por nacimiento y permisos parentales retribuidos.
¿El permiso de paternidad podrá adelantarse 10 días?
Asimismo, hay que recordar que la futura Ley de Familia contempla importantes cambios en el permiso de paternidad destacando la posibilidad de que el segundo progenitor adelante hasta 10 días su permiso para acompañar a la madre en los días previos al parto.
De momento, habrá que esperar.
¿En qué casos se puede ampliar el permiso de paternidad o maternidad?
La duración del permiso podrán ampliarse en 14 días naturales en los siguientes supuestos:
- Nacimiento de hijo, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento en una familia numerosa.
- Nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento en caso de monoparentalidad por existir un único progenitor, guardador con fines de adopción o acogedor.
- Nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples, entendiendo que existe el mismo cuando el número de personas nacidas, adoptadas, en guarda o acogidas sea igual o superior a dos.
- Discapacidad en un grado igual o superior al 65% de la persona progenitora, adoptante, guardadora o acogedora, beneficiaria del subsidio regulado en esta sección o del hijo, hija o persona menor adoptada, en guarda o acogimiento.
¿Pueden los autónomos disfrutar del permiso de paternidad o maternidad?
Así es, las personas trabajadoras por cuenta propia también pueden solicitar los permisos de paternidad o maternidad.
En este caso recibirán una prestación equivalente al 100% de su base de cotización en los últimos 6 meses anteriores al nacimiento o la adopción.
Requisitos para solicitar la baja de paternidad o maternidad para autónomos
Para solicitar estos permisos las personas trabajadoras autónomas deberán:
- Estar en alta en Seguridad Social y Hacienda.
- Estar al día de todos los pagos.
- Solicitar el permiso en un plazo máximo de 15 días desde que nace el hijo o hija.
Además, se les exigirá una cotización mínima según la edad que tengan:
- Si la persona trabajadora autónoma tiene 26 años o más: será necesario que haya cotizado 180 días en los últimos 7 años o 360 días en la vida laboral.
- Si tiene entre 21 y 26 años: deberá haber cotizado 90 días en los últimos 7 años o 180 días en la vida laboral.
- Si es menor de 21 años: no existe período mínimo de cotización.
¿Cómo solicitar la prestación por nacimiento y cuidado del menor?
Para solicitar el permiso por nacimiento y cuidado del menor de manera telemática será necesario:
- Acceder al portal Tu Seguridad Social.
- Autenticarse a través de Certificado Digital o usuario y contraseña en Cl@ve.
Después, simplemente habrá que rellenar los datos y adjuntar la documentación correspondiente:
- Solicitud de la prestación.
- Acreditación de identidad de los progenitores (DNI, pasaporte o NIE).
Las personas trabajadoras por cuenta ajena tendrán que presentar un Certificado de empresa donde se incluya la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor.
Si este Certificado ya ha sido enviado por la empresa no hará falta.
También tienes la opción de realizar la solicitud:
- Por correo ordinario. Para ello tendrás que descargar, rellenar el formulario de solicitud y enviarlo por correo junto a la documentación que detallaremos más abajo. Tendrás que realizar el envío a la Dirección Provincial del INSS o del ISM que corresponda.
- De manera presencial, solicitando cita previa y presentando la solicitud y la documentación requerida.
¿Qué documentos se deben presentar para solicitar el permiso por nacimiento y cuidados?
Para solicitar la baja por nacimiento habrá que aportar documentos específicos según el motivo:
Si se solicita la baja por nacimiento de un/a hijo/a:
- Informe de maternidad expedido por el Servicio Público de Salud.
- Libro de Familia o certificado de la inscripción en el Registro Civil de su hijo.
En caso de gestación por sustitución:
- Inscripción de la filiación del nacido en el Registro Civil a favor del progenitor comitente (persona que confía la gestación de su hijo a otra persona) o la inscripción de la filiación del hijo en el Registro Civil español a favor del comitente y de la madre biológica.
Por adopción o acogimiento:
- Libro de Familia o Certificado de la inscripción en el Registro Civil de su hijo/a.
- Resolución judicial por la que se constituye la adopción o resolución administrativa o judicial por la que se concede el acogimiento familiar.
- Cuando sea necesario el desplazamiento previo al país de origen del niño adoptado, deberá aportar la documentación emitida por el órgano competente de su comunidad autónoma, en la que se justifique el inicio de los trámites para la adopción.
¿Cuál es plazo para solicitar el permiso de paternidad y maternidad?
El permiso de paternidad o de maternidad debe solicitarse en un plazo de 15 días desde el nacimiento, acogida o adopción. Pasado este período el derecho a solicitar el permiso se pierde.
Es recomendable avisar a la empresa con antelación para que puedan tomar las medidas necesarias para cubrir la baja. Así es más fácil garantizar una transición sin problemas.
¿Es obligatorio acogerse a la baja por paternidad o maternidad?
Sí, las 6 primeras semanas de baja por paternidad o maternidad son obligatorias, por lo que la persona trabajadora no puede renunciar al permiso.
¿Es posible ceder semanas del permiso de paternidad al otro progenitor?
No, la baja por paternidad no se puede transferir al otro progenitor.
El objetivo de esta baja es asegurar que ambos padres dediquen tiempo igualitario a las responsabilidades familiares y al cuidado del recién nacido.
¿Me pueden despedir durante la baja de paternidad o maternidad?
Si la empresa se ve obligada a realizar un despido debido a problemas económicos pueden despedirte aunque coincida con el período de baja por paternidad o maternidad.
Sin embargo, si la empresa no tiene problemas económicos y sigue siendo solvente el despido durante este período se podría considerar nulo.
¿Cuánto se cobra durante el permiso de paternidad?
La prestación económica por nacimiento equivale al 100% de la base reguladora, calculada según la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior al del nacimiento, dividida entre el número de días de ese mes.
- Si la persona trabajadora lleva de alta todo el mes natural: la base de cotización se divide entre 30.
- Si la persona trabajadora ingresó en la empresa el mes anterior: se toma la base de cotización del mes previo al inicio del permiso.
- Si la persona trabajadora ingresó en el mismo mes del nacimiento: se utiliza la base de cotización de ese mes.
Para los autónomos la prestación es del 100% de una base reguladora diaria, resultante de dividir la suma de las bases de cotización de los seis meses anteriores entre 180.
¿Qué parte de la prestación por paternidad o maternidad corresponde a la empresa?
Para personas trabajadoras por cuenta ajena la prestación del permiso la cubre al 100% la Seguridad Social. La empresa debe mantener el puesto de trabajo y pagar las cotizaciones a la Seguridad Social de la persona empleada.
Para autónomos si la baja es de al menos un mes se aplica una bonificación del 100% de la cuota de autónomos, calculada sobre la base media de cotización de los 12 meses anteriores. Si el autónomo lleva menos de 12 meses dado de alta, se calcula desde la fecha de alta.
El Supremo avala eliminar días adicionales de paternidad por convenio al ampliarse el permiso
Además, es necesario abordar esta cuestión.
La sentencia del Tribunal Supremo de 19 de diciembre de 2023 (RC 284/21) establece que, al equiparar los permisos de paternidad y maternidad, las disposiciones previas que otorgaban un número específico de días de permiso de paternidad en los convenios colectivos han quedado sin efecto.
Esto implica que los días adicionales reconocidos anteriormente ya no tienen sentido, dado que la duración de los permisos se ha unificado para ambos progenitores.
Los convenios colectivos tenían como objetivo mejorar las condiciones de los permisos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, al igualarse la duración de los permisos estas mejoras ya no son necesarias.
Por lo tanto, se concluye que:
- Los permisos de paternidad contemplados en los convenios colectivos ya no son válidos.
- No es posible reclamar los permisos anteriores, ya que han sido sustituidos por un marco legal más amplio que no permite la acumulación de permisos.
¿Es posible solicitar el permiso por nacimiento si el bebé ha nacido en el extranjero?
¡Así es! El INSS ha publicado instrucciones específicas para solicitar el permiso por nacimiento cuando el bebé haya nacido en el extranjero.
Para solicitarlo será necesario presentar la siguiente documentación:
- Documento de identificación en vigor de los solicitantes.
- Certificado de empresa, enviado por la empresa a través del Sistema RED.
Si el menor tiene nacionalidad española:
- Libro de familia o, en su caso:
- Inscripción del nacimiento en la Oficina Consultar Española o en el Registro Civil Central.
Si el menor tiene nacionalidad extranjera:
- Inscripción del nacimiento en el Registro Civil del país de nacimiento o de nacionalidad (debidamente legalizado y/o traducido).
En caso de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento internacional la documentación dependerá de si la persona solicitante está inscrita o no en la Oficina Consular Española.
¿Existen otros permisos parentales en 2025?
Si, el RD Ley 5/2023 incluyó 3 nuevos permisos:
- Permiso de 8 semanas para el cuidado de los hijos e hijas.
- Permiso de 5 días para cuidar de un familiar.
- Permiso de 4 días por causas de fuerza mayor.
Tienes toda la información en nuestro post Así son los nuevos permisos para cuidado de hijos y convivientes.
Estaremos pendientes de todas las novedades que surjan respecto a este tema.
¿Conocías la ampliación del permiso de paternidad y maternidad? No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!
Grupo2000, centro especializado en contratos de formación
Grupo2000 somos un centro de formación especializado en contratos de formación en alternancia.
Si estás interesado/a en ampliar tu plantilla el contrato de formación es una opción muy útil. Permite contratar durante 2 años y aplicar hasta 3 bonificaciones mensuales durante toda su vigencia.
Para más información, ¡contáctanos! Puedes chatear online con nuestro equipo o llamarnos al 958 80 67 60.