¿Sabías que no dar de alta a un trabajador que presta servicios para tu empresa es una infracción grave según la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS)?
Si la Inspección de Trabajo detecta que tienes falsos autónomos puedes enfrentarte a sanciones de hasta 12.000 euros por cada falso autónomo en tu plantilla, además de otros recargos y el pago de las cotizaciones pendientes.
Te contamos todo lo que necesitas saber para evitar estas multas:
¿Qué es un falso autónomo?
Un falso autónomo es una persona que, aunque está dada de alta en el RETA, en realidad trabaja como si fuera un asalariado para una empresa.
En la práctica:
- Cumple horarios fijados por la empresa.
- Usa herramientas y medios que le proporciona la empresa.
- Trabaja bajo órdenes directas y no asume el riesgo de la actividad.
Esta situación disfraza una relación laboral para evitar costes y obligaciones privando a la persona trabajadora de derecho como vacaciones retribuidas o prestaciones por desempleo del SEPE.
A pesar de las consecuencias es una práctica aún frecuente en el mercado laboral. Por eso, en los últimos años la Inspección de Trabajo ha intensificado sus campañas para detectarlos y sancionarlos.
Si este organismo certifica que una empresa utiliza falsos autónomos puede imponer:
- Multas económicas que alcanzan miles de euros por persona trabajadora.
- Pago de las cotizaciones impagadas a la Seguridad Social con recargos e intereses.
Multas de hasta 12.000 euros por contratar falsos autónomos
Contratar falsos autónomos es una infracción grave según la LISOS y puede costar hasta 12.000 euros por persona trabajadora, además del pago de las cotizaciones impagadas a la Seguridad Social de los últimos 4 años, con sus correspondientes recargos e intereses.
Las multas por falsos autónomos se calculan en función de la gravedad:
- Grado mínimo: de 3.750 a 7.500 euros.
- Grado medio: de 7.501 a 9.600 euros.
- Grado máximo: de 9.601 a 12.000 euros.
La Inspección aplica sanciones masivas mediante la técnica del muestreo
Hasta hace poco, la Inspección de Trabajo debía analizar caso por caso para determinar si cada trabajador era un falso autónomo.
Ahora gracias a la técnica del muestreo basta con comprobarlo en un grupo reducido que comparta las mismas condiciones laborales para aplicar la sanción a todo el colectivo. Esto permite sanciones mucho más rápidas.
La novedad surge de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que aplicó esta técnica al sancionar a una empresa inmobiliaria que:
- Mantenía consultores como «colaboradores mercantiles».
- En realidad, trabajaban con horarios, herramientas corporativas y zonas asignadas.
- El fruto de su trabajo pertenecía a la empresa y seguían órdenes directas.
Nueva campaña de Inspección contra los falsos autónomos en 2025
Además, la Inspección de Trabajo ha reforzado su colaboración con Hacienda y ha iniciado una estrategia para detectar fraudes en el trabajo por cuenta propia.
Los sectores bajo especial vigilancia son la hostelería, la agricultura, el empleo del hogar y el transporte.
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