Grupo2000

Alumnado     Asesorías     Empresas     

¿Hasta qué hora puede trabajar alguien con contrato de formación?

¿Hasta qué hora puede trabajar alguien con contrato de formación?

El contrato de formación en alternancia ha generado numerosas dudas desde su reforma en el Real Decreto-ley 32/2021.

Una de las preguntas más frecuentes, sobre todo en sectores como la hostelería o el comercio, es: ¿Hasta qué hora puede trabajar alguien con contrato de formación?

En este post te lo explicamos con todo detalle tomando como referencia la normativa vigente del contrato de formación, especialmente el Real Decreto 1065/2025, publicado recientemente:

 

¿Qué jornada puede tener un contrato de formación en alternancia?

Según el artículo 8 del Real Decreto 1065/2025 la jornada de los contratos de formación en alternancia, que incluye tanto el tiempo de trabajo efectivo como el tiempo dedicado a la formación, se establecerá en el contrato individual.

Su duración y distribución debe garantizar la compatibilidad entre el trabajo efectivo y el correcto desarrollo de las actividades formativas.

Además, la normativa establece que:

«En ningún caso el tiempo de trabajo efectivo podrá ser superior al sesenta y cinco por ciento durante el primer año, ni al ochenta y cinco por ciento durante el segundo, de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo de aplicación en la empresa o, en su defecto, de la jornada máxima legal». 

Por tanto, durante el primer año la persona trabajadora tendrá una jornada completa o una jornada parcial, de la cual, destinará un 65% a realizar trabajo efectivo y un 35% para formarse.

Si se trata de un contrato de 2º año la jornada de trabajo aumentaría hasta el 85% y el 15% restante se formaría a través de su aula virtual.

Recordamos que la formación es obligatoria y forma parte de la jornada laboral de la persona contratada.

 

¿Cuántas horas de formación se deben realizar?

El alumnado debe realizar como mínimo 14 horas de formación online a la semana, a través del aula virtual acreditada.

Este tiempo está controlado por la Delegación de Empleo correspondiente.

Banner CFA 2025

¿Se pueden hacer horas extra o complementarias en un contrato de formación en alternancia?

Las personas contratadas con contrato de formación en alternancia no pueden realizar horas complementarias ni horas extraordinarias, salvo en el supuesto previsto en el artículo 35.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Esto significa que solo podrían superar las horas de trabajo normales para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes, siempre con su correspondiente compensación.

 

¿Es posible trabajar en horario nocturno en un contrato de formación?

Excepcionalmente, y sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 6 y 34 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, se pueden realizar trabajos nocturnos o trabajos a turnos cuando sea necesario para la adquisición de las competencias o conocimientos del plan formativo y no puedan desarrollarse en otros periodos debido a la naturaleza de la actividad.

Este tipo de flexibilidad es muy demandada en sectores como la hostelería. Por ejemplo, un panadero puede necesitar trabajar en horario nocturno.

Eso sí, el horario debe respetar la jornada laboral y los tiempos de descanso establecidos en el convenio colectivo de referencia.

Según el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente mediarán, como mínimo, 12 horas.

 

¿Puede un trabajador con contrato de formación en alternancia trabajar pasadas las 22:00 horas?

De acuerdo al Estatuto de los trabajadores el trabajo nocturno se considera aquel realizado entre las 22:00 horas y las 06:00 de la mañana.

Aunque normalmente los contratos de formación no permiten trabajo nocturno, la Reforma Laboral y, posteriormente el Real Decreto 1065/2025 introducen cierta flexibilidad: sí sería posible trabajar después de las 22 horas si se justifica que es necesario por la naturaleza de la actividad.

 

¿Qué ocurre si no se respetan los límites del contrato de formación en alternancia?

Si una empresa incumple los requisitos del contrato de formación:

  • Podría enfrentarse a sanciones por parte de la Inspección de Trabajo.
  • El contrato podría transformarse en indefinido ordinario.
  • Se pondría en riesgo la bonificación en seguros sociales.

Desde Grupo2000 recomendamos a las empresas planificar bien los turnos según convenio, justificar documentalmente cualquier actividad nocturna y controlar el cumplimiento de la formación semanal.

¿Conocías estos detalles sobre la jornada del contrato de formación en alternancia? No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

 

Grupo2000, centro de formación especializado en contratos de formación

Grupo2000 somos un centro de formación especializado en contratos de formación en alternancia.

Si necesitas ampliar tu plantilla el contrato de formación es una opción muy interesante: Es una modalidad de carácter temporal, que te permite contratar hasta 2 años y aplicar tres bonificaciones mensuales durante toda su vigencia.

Para más información puedes contactarnos en nuestro chat online o llamarnos al 958 80 67 60.

Banner CFA 2025
5 enero, 2026
Ángela Labrador

4 Comentarios

  1. Isabel

    Hola!! A mi sobrino con un contrato de formación, le han obligado a hacer horas extras, un día tenían una entrega de imprenta que no pudieron terminar, y al incorporarse un lunes le dieron una carta obligándole coger vacaciones y al reincorporarse hoy lunes le han dado carta de despido. Esto es legal? Se puede denunciar? Gracias

    Responder
    • Fernando

      Mi hija ha estado 2 años de autónomo colaborador conmigo en el ramo de hostelería y ahora la quieren contratar con un contrato de formación,mi pregunta es si pueden?ya que ella tiene experiencia en el sector

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Fernando, no podría firmar un contrato de formación si ya ha desempeñado el mismo puesto o funciones equivalentes anteriormente; o ha adquirido la cualificación profesional en esa área. No obstante, pueden contratarla para una ocupación diferente. ¡Un saludo!

        Responder
  2. Astor Burgos

    Tengo un contrato de formación y me quieren pasar al cuarto turno. Es legal? Ya no estoy estudiando y voy a empezar el segundo año de contrato

    Responder

Trackbacks/Pingbacks

  1. Curso de Excel nivel intermedio en colaboración con CGS Granada - […] ¿Hasta qué hora puede trabajar un trabajador con un contrato de formación? […]
  2. Se aprueba el Proyecto de Ley de Secretos Empresariales - […] ¿Hasta qué hora puede trabajar un trabajador con un contrato de formación? […]
  3. Grupo2000 colabora en las Jornadas de Trabajo y SS de CGS Málaga - […] ¿Hasta qué hora puede trabajar un trabajador con contrato de formación? […]

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Síguenos en redes

Últimas noticias

Ir al contenido