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Hacienda envía 80.000 avisos: a quiénes afectan y a qué se sanciones se enfrentan

Hacienda envía 80.000 avisos: a quiénes afectan y a qué se sanciones se enfrentan

La Campaña de la Renta 2023/2024 ya ha finalizado, pero sus efectos aún se dejan sentir entre los contribuyentes, especialmente entre quienes no presentaron correctamente su declaración o lo hicieron fuera de plazo.

En este contexto, la Agencia Tributaria ha comenzado a enviar notificaciones a ciudadanos y profesionales con posibles incidencias.

Estas comunicaciones, comúnmente conocidas como “cartas informativas”, «cartas del miedo» o «avisos de regularización», buscan alertar sobre irregularidades antes de iniciar procedimientos sancionadores

Hacienda envía 80.000 avisos: a quiénes afectan y a qué se sanciones se enfrentan. Te lo contamos:

¿Qué son las cartas del miedo y a quiénes van dirigidas?

Se trata de comunicaciones preventivas de Hacienda que tienen como finalidad advertir al contribuyente sobre algún posible incumplimiento fiscal, ofreciendo la posibilidad de corregir voluntariamente su situación.

La persona que reciba una de estas cartas no está obligada a responder, ni tiene un plazo específico para hacerlo.

No obstante, si Hacienda detecta que el error persiste o hay incumplimientos, sí que podría iniciar un procedimiento de comprobación formal.

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¿En qué casos suelen enviarse estas cartas del miedo por parte de Hacienda?

Los motivos más comunes son dos:

  • No haber presentado la Renta a tiempo. Si la declaración no se presentó y hay una deuda, las sanciones oscilan entre el 50% y el 150% del importe pendiente. Mientras que si la declaración era positiva o el resultado era cero se aplica una multa fija de 200 euros.
  • Haber presentado la Renta, pero no haber pagado. Esto ocurre, por ejemplo, si se introdujo mal el IBAN o no había fondos en la cuenta. En estos casos, se aplican recargos del 10% al 20% sobre la deuda, dependiendo del tiempo de demora.

 

Regularización de autónomos por cotización incorrecta

Además de las cartas relacionadas con la Renta, la Seguridad Social ha comenzado a enviar resoluciones de regularización de cuotas a miles de autónomos por haber cotizado por debajo del tramo que les correspondía.

Esta notificación suele contener:

  • Carta de presentación.
  • Resolución con el importe a abonar.
  • Anexo explicativo con los cálculos.
  • Documento de pago.

 

¿Cuál es el plazo para pagar? ¿Se puede aplazar?

Una vez notificada la resolución el autónomo dispone hasta el último día del mes siguiente para pagar sin recargos ni intereses. Si se incumple este plazo:

SITUACIÓN PLAZO LÍMITE RECARGOS O INTERESES APLICABLES
Pago voluntario Hasta el último día del mes siguiente Ninguno
Pago fuera de plazo (1 mes) Primer mes tras el vencimiento Recargo del 10%
Procedimiento de apremio A partir del segundo mes Recargo del 20% + intereses de demora
Aplazamiento o fraccionamiento Hasta 5 años Interés del 4,0625% anual

La solicitud puede gestionarse directamente desde el área personal en IMPORTASS, donde también puede consultarse la resolución, descargar el documento de pago o pedir un aplazamiento.

Esperamos ayudarte con nuestro contenido para que regularices tu situación lo antes posible. ¡Ánimo!

 

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