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Trabajo prepara la ley que prohíbe exigir exclusividad a los empleados

Trabajo prepara la ley que prohíbe exigir exclusividad a los empleados

El Ministerio de Trabajo y Economía Social va a transponer la Directiva Europea 2019/1152 con el fin de ofrecer unas condiciones laborales transparentes y previsibles a los empleados españoles.

Trabajo prepara la ley que prohíbe exigir exclusividad a los empleados.

Hay que recordar que el artículo 21 del Estatuto de los Trabajadores ya recoge el pacto de permanencia y el pacto de no competencia.

Te contamos todos los detalles, a continuación:

 

Así será la ley que prohibirá exigir exclusividad a los empleados

En estas semanas está surgiendo una importante cuestión: ¿se acabaron los contratos con exclusividad?

El Ministerio de Trabajo está estudiando la aprobación de una nueva ley que prohibirá a las compañías españolas exigir exclusividad a sus empleados.

Esta futura ley nacería con el objetivo de proteger los derechos de las personas trabajadoras y fomentar la libre competencia en el mercado laboral.

Al prohibir la exclusividad de los empleados en una empresa se estaría impulsando un mayor poder de decisión para negociar nuevas condiciones laborales o para adquirir un puesto de trabajo superior.

La ley en la que trabaja el Gobierno tomará como marco de referencia la Directiva (UE) 2019/1152 del Parlamento Europeo, relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles en la Unión Europea.

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¿Qué es la exclusividad en el trabajo?

La exclusividad laboral hace referencia al pacto que se fija entre una persona trabajadora y la empresa en la que el empleado se ve obligado a prestar sus servicios de manera única en dicha compañía, sin poder realizar actividades laborales en otras empresas.

Es decir, la exclusividad en el trabajo consiste en la prohibición de la persona trabajadora de prestar sus servicios en otra empresa.

La pluriactividad es válida en España, las personas trabajadoras pueden alternar diferentes trabajos en compañías distintas.

Incluso, una persona trabajadora puede prestar sus servicios en una empresa y, además, realizar su actividad profesional como autónomo.

Aún así, el artículo 21 del Estatuto de los Trabajadores establece 2 casos en los que no estaría permitida la pluriactividad:

  • Si una persona trabajadora realiza una competencia desleal con la empresa.
  • Si se hubiese pactado de manera expresa en el contrato de trabajo un pacto de no concurrencia o plena dedicación.

Tal y como recoge el citado artículo 21 del Estatuto de los Trabajadores:

“No podrá efectuarse la prestación laboral de un trabajador para diversos empresarios cuando se estime concurrencia desleal o cuando se pacte la plena dedicación mediante compensación económica expresa, en los términos que al efecto se convengan”.

Pero, el mismo artículo indica que la persona trabajadora podrá rescindir el acuerdo y recuperar su libertad de trabajo en otro empleo:

  • Comunicándolo por escrito al empresario.
  • Con un preaviso de 30 días.

En este caso, se perdería la compensación económica u otros derechos vinculados a la plena dedicación.

 

¿Por qué surge la necesidad de redactar una ley para prohibir la exclusividad laboral?

La nueva ley en la que trabaja el Gobierno nacería para esclarecer este asunto e impulsar los derechos mínimos de los trabajadores.

A no ser que esté justificada y no se puedan compatibilizar ambos empleos por motivos de salud o protección de confidencialidad empresarial, las empresas no podrán exigir exclusividad a los trabajadores.

Los empleadores deberán permitir que sus trabajadores acepten otros empleos siempre que la actividad se realice fuera de su jornada laboral.

De ninguna manera, los empleados podrán someter a los trabajadores que se encuentren en pluriempleo a un trabajo desfavorable.

Estaremos pendientes para ofrecer la información lo más actualizada posible en cuanto se publique la futura ley.

¿Conocías esta iniciativa del Gobierno para fomentar la transparencia en el ámbito laboral? No olvides dejar tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

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