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¿Debe abonar la empresa el bonus salarial si el empleado se va?

¿Debe abonar la empresa el bonus salarial si el empleado se va?

¡Importante! ¿Debe abonar la empresa el bonus salarial si el empleado se va? El Supremo ha reiterado en una reciente sentencia que la cláusula que obliga a estar en la empresa para cobrar el bonus salarial es nula.

Es decir, no se podría condicionar el pago del bonus a estar de alta en la empresa en el momento de su abono.

A continuación, te contamos todos los detalles sobre esta sentencia:

 

¿Cuándo y cómo se debe cobrar el bonus salarial? Así es la sentencia del Supremo

El Tribunal Supremo ha señalado que es nula e ilegal cualquier cláusula que exija estar contratado en la empresa en el momento de cobrar la retribución variable (bonus).

Esto implica que aunque la persona trabajadora haya dejado la empresa antes de que se efectúe el pago tiene derecho a percibir la parte proporcional correspondiente al período trabajado.

Esta decisión está recogida en la STS nº197/2025, de 13 de marzo de 2025, que ratifica la protección de los derechos de los trabajadores frente a cláusulas abusivas.

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Bonus salarial, ¿qué sucede si la persona trabajadora ya no está en la empresa?

El caso analizado por el Tribunal Supremo fue el siguiente:

  • Un trabajador extinguió su contrato antes de finalizar el período de devengo del bonus (que abarcaba del 1 de enero al 31 de diciembre).
  • El reglamento interno de la empresa contenía una cláusula que exigía permanecer en la empresa todo el período de devengo para cobrar el bonus.
  • Por ello, no se le abonó la parte proporcional de la retribución variable correspondiente.

El Supremo resolvió que aunque el trabajador no estuviera en la empresa en el momento de pago debía percibir su parte proporcional, ya que negarle este derecho vulnera el principio de protección del derecho salarial.

En este sentido es importante recordar lo que establece el artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores:

“La liquidación y el pago del salario se harán puntual y documentalmente en la fecha y lugar convenidos o conforme a los usos y costumbres. El periodo de tiempo a que se refiere el abono de las retribuciones periódicas y regulares no podrá exceder de un mes.

El trabajador y, con su autorización, sus representantes legales, tendrán derecho a percibir, sin que llegue el día señalado para el pago, anticipos a cuenta del trabajo ya realizado”.

 

¿Puede la empresa imponer una cláusula de permanencia para abonar el bonus salarial?

El Supremo considera (según la sentencia mencionada) que cualquier cláusula que condicione el cobro de salarios ya devengados a la permanencia de la persona trabajadora en la empresa puede ser considerada abusiva y, por tanto, ilegal.

Esta protección es especialmente relevante cuando la relación laboral se termina no por voluntad de la persona trabajadora, sino por decisiones empresariales que afectan negativamente sus condiciones laborales.

 

¿Qué ocurre si la extinción del contrato se produce por modificación sustancial de condiciones?

El artículo 41.3 ET establece que si la persona trabajadora se ve perjudicada por una modificación sustancial de las condiciones laborales y decide rescindir el contrato tiene derecho a una indemnización.

Además, el Supremo ha confirmado que mantiene el derecho a cobrar la parte proporcional del bonus que le corresponde.

¿Conocías esta sentencia del Supremo? No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encantará leerte!

 

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