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Bonificaciones para contratar a jóvenes en 2023

Bonificaciones para contratar a jóvenes en 2023

En este post te ofrecemos un resumen de las bonificaciones para contratar a jóvenes en 2023.

A continuación, te resumimos las diferentes opciones y sus características:

 

Contrato de formación en alternancia

En los contratos de formación, desde el 1 de septiembre y tras la entrada en vigor del RD Ley 1/2023, hay que hacer una distinción.

Es necesario distinguir cuál es la fecha de alta del contrato inicial de formación:

 

Contratos de formación en alternancia firmados antes del 1 de septiembre de 2023

Los contratos de formación que se hayan dado de alta antes del 1 de septiembre de 2023 van a tener derecho a aplicar una reducción del 100% de la cuota fija a la Seguridad Social durante todo el tiempo que dure el contrato.

Este porcentaje va a ser de un 75% si se trata de una empresa con más de 250 personas en plantilla.

 

Contratos de formación en alternancia firmados a partir del 1 de septiembre de 2023

Los contratos de formación dados de alta a partir del 1 de septiembre van a tener derecho a aplicar una bonificación de 119 euros sobre la cuota fija de seguros sociales.

Esta cuota en 2023 es de 170,69 euros para contratos de formación que cotizan por la base mínima.

Y a esta bonificación se le sumaría la cuantía por tutorización, pudiendo bonificar hasta 199 euros.

En definitiva:

A partir de septiembre y tras la entrada en vigor del Real Decreto 1/2023 se fijan estas cuantías de bonificación para los contratos de formación en alternancia:

  • 91 €/mes para la empresa.
  • 28 €/mes en las cuotas de la persona trabajadora.

Además, se van a mantener las actuales bonificaciones por la formación y en concepto de tutorización del contrato de formación en alternancia.

¡IMPORTANTE! No se exige mantenimiento del nivel de empleo.

Una vez finalizado el contrato, la empresa puede transformarlo en indefinido y bonificar 128 euros al mes durante 3 años (147 euros al mes si se trata de una mujer).

 

Características del contrato para la formación en alternancia:

A continuación, analizamos los requisitos para firmar un contrato de formación en alternancia:

Este límite no se aplica para personas con discapacidad reconocida.

Tampoco se exige este requisito de edad cuando se trata de personas que se encuentran en situación de exclusión social y sean contratadas por empresas de inserción activas en el registro administrativo correspondiente.

Además, la persona trabajadora debe estar inscrita como demandante de empleo, al menos 1 día (para poder acceder a las bonificaciones de los seguros sociales) y no tener la titulación oficial requerida para realizar el puesto de trabajo en cuestión.

  • Duración: de 3 meses a 2 años.
  • Periodo de prueba: No hay período de prueba.
  • Jornada: se dividirá en un 65% de trabajo y 35% de formación durante el primer año. Y en un 85% de trabajo y 15% de formación durante el segundo año.
Contrato de formación en alternancia blog

Contrato indefinido con jóvenes menores de 30 años inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil

Además, desde septiembre de 2023 las empresas que contraten de manera indefinida a jóvenes menores de 30 años con baja cualificación beneficiarios de la Garantía Juvenil podrán disfrutar de:

  • Bonificación en la cotización de 275 euros al mes durante 3 años.

 

Contrato indefinido de trabajadores procedentes de una ETT

También desde septiembre de 2023, la transformación de contratos de formación en alternancia y de contratos para la práctica profesional permitirá a la empresa bonificar:

  • 128 € al mes durante 3 años.
  • 147 €/mes si es una mujer.

 

Contrato con personas trabajadoras jóvenes menores de 30 años en situación de exclusión social

El Real Decreto 1/2023 incluye una bonificación por contratación indefinida para personas en situación de exclusión social de 128 euros al mes.

 

Contrato por sustitución de jóvenes menores de 30 años

Asimismo, desde septiembre se puede aplicar una sustitución para contratos de duración determinada con menores de 30 años.

Los contratos de duración determinada que se celebren con personas jóvenes desempleadas menores de 30 años para sustituir a otros trabajadores durante una baja por riesgo de embarazo, durante la lactancia o para el cuidado de un menor se bonificarán:

  • Con 366 € al mes durante el tiempo que dure la sustitución.

Importante: antes de dar el alta de cualquiera de las modalidades anteriores, debes asegurarte de que la empresa se encuentra al corriente con sus pagos a Hacienda o Seguridad Social.

Además, las compañías que estén obligadas (según la Ley Orgánica 3/2007) deberán disponer de un plan de igualdad vigente y registrado. De lo contrario, no podrán aplicar las bonificaciones.

Si quieres conocer las nuevas bonificaciones aplicables desde el 1 de septiembre, te recordamos leer nuestro post Así son las nuevas bonificaciones para la contratación laboral.

Esperamos que este post te sirva de ayuda. No olvides dejar tu comentario más abajo, ¡nos encanta leerte!

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