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¿Cuándo finalizan los ERTES de fuerza mayor? ¿El 9 o 31 de mayo?

21 abril, 2021
¿Cuándo finalizan los ERTES de fuerza mayor? ¿El 9 o 31 de mayo?

Una Disposición de la Ley 3/2021 ha puesto en jaque a todas las empresas sobre la fecha de fin de los ERTES formalizados durante el estado de alarma. ¿Cuándo finalizan los ERTES de fuerza mayor? ¿El 9 o 31 de mayo?

En este artículo analizamos la nueva Ley y su transcendencia.

 

¿Cuándo finalizan los ERTES de fuerza mayor, el 9 o el 31 de mayo?

La Ley 3/2021 ha despertado bastante polémica debido al contenido de su Disposición adicional primera, sobre la limitación de la duración de los expedientes temporales de regulación de empleo basados en las causas del RD Ley 8/2020.

Según esta Disposición, «la duración de los expedientes de regulación de empleo autorizados al amparo de las causas previstas en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, no podrá extenderse más allá del periodo en que se mantenga la situación extraordinaria derivada del COVID-19 de acuerdo con lo previsto en el artículo 28 de la misma norma, entendiéndose, por tanto, que su duración máxima será la del estado de alarma decretado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y sus posibles prórrogas».

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De entrada, llama bastante la atención que la nueva Ley haga referencia al estado de alarma decretado por el RD 463/2020 puesto que finalizó el 21 de junio de 2020 y como el mismo Boletín Oficial del Estado indica «debe entenderse que esta norma ha perdido su vigencia».

A día de hoy, la normativa vigente sobre la duración máxima del estado de alarma es la Resolución de 29 de octubre, que prorrogó la vigencia indicada en el Real Decreto 926/2020.

Según la cual, el estado de alarma finalizaría a las 00:00 horas del 9 de mayo de 2021.

La controversia surge porque esta limitación choca con lo establecido en el Real Decreto Ley 2/2021, que permite la  prórroga de los ERTES de fuerza mayor (art. 22)  hasta el 31 de mayo.

¿Entonces, cuál es la fecha límite para realizar un ERTE de fuerza mayor Covid-19? ¿9 o 31 de mayo?

Por un lado, hay que tener en cuenta que la promulgación de la Ley 3/2021 es consecuencia de la tramitación parlamentaria del Real Decreto Ley 9/2020 como proyecto de Ley y, en ese momento, sí se encontraba vigente el RD 463/2020.

Y por otro, destacar que si la Ley 3/2021 alterase la prórroga de los ERTES, ya aplicada automáticamente por el RD Ley 2/2021, esto provocaría gran inseguridad jurídica para las empresas.

Según consultas realizadas por algunos despachos sobre la fecha de finalización de los ERTES de fuerza mayor, parece que la Dirección General de Trabajo está indicando que los ERTE están prorrogados hasta el 31 de mayo.

Y que la vigencia del estado de alarma declarado por el RD 926/2020 no afecta a la duración de los ERTES. Puesto que la normativa relativa a su duración máxima está contenida en el artículo 1 del RD Ley 2/2021.

Esto tendría más coherencia con el mensaje que está lanzando la Ministra de Trabajo que cree bastante posible que se continúen prorrogando los ERTES en condiciones similares incluso después de mayo.

En Grupo2000 estaremos atentos a los próximos días y si se publica alguna corrección en el BOE o comunicado oficial, os lo haremos llegar a través del blog.

Ángela M. Labrador

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