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El compliance officer puede reducir la responsabilidad penal de la empresa

El compliance officer puede reducir la responsabilidad penal de la empresa

En los últimos años la figura del compliance officer está cobrando especial importancia en el área jurídica del sector empresarial. Hoy analizamos los cambios normativos en España que han hecho que este puesto sea imprescindible, ya que el compliance officer puede reducir la responsabilidad penal de la empresa.

 

¿Qué es el compliance officer?

Se trata de una figura que tiene su origen en el sector financiero de países como Estados Unidos, donde las entidades financieras están sometidas a regulación muy estricta y las empresas deben asegurar su cumplimiento, para evitar las sanciones motivadas por el incumplimiento de dichas normas. Posteriormente, el complejo mundo empresarial hace que este puesto se vuelva más polivalente, y se requiera para otro tipo de empresas.

En nuestro país, esta profesión está cobrando especial relevancia en los últimos años, convirtiendo al compliance officer en uno de los perfiles más demandados dentro del mundo legal.

El compliance officer se podría definir como la persona responsable de establecer unas políticas y procedimientos para garantizar que tanto directivos, como trabajadores, cumplan el marco normativo aplicable.

Dado el extenso entramado normativo español, este puesto se está solicitando para trabajar internamente. Así mismo, también se está experimentando un incremento en la solicitud de estos servicios a despachos de abogados y firmas de auditoría especializadas.

 

La última reforma del Código Penal hace necesario disponer de un Compliance Officer en la empresa

En la última reforma del Código Penal se especifica la responsabilidad penal de la persona jurídica, recogida en su artículo 31 bis, que establece que será penalmente responsable:

«a) De los delitos cometidos en nombre o por cuenta de las mismas, y en su beneficio directo o indirecto, por sus representantes legales o por aquellos que actuando individualmente o como integrantes de un órgano de la persona jurídica, están autorizados para tomar decisiones en nombre de la persona jurídica u ostentan facultades de organización y control de la misma».

«b) De los delitos cometidos, en el ejercicio de actividades sociales y por cuenta y en beneficio directo o indirecto de las mismas, por quienes, estando sometidos a la autoridad de las personas físicas mencionadas en el párrafo anterior, han podido realizar los hechos por haberse incumplido gravemente por aquéllos los deberes de supervisión, vigilancia y control de su actividad atendidas las concretas circunstancias del caso».

Si el delito fuese cometido por personas del apartado a, la persona jurídica quedará exenta de responsabilidad siempre y cuando desde la administración de la empresa se haya adoptado, previamente al delito, un modelo de organización y gestión que incluya medidas de vigilancia y control para prevenir delitos o reducir su riesgo.

Aquí es donde entraría la figura del compliance officer, que sería la persona encargada de diseñar e implementar adecuadamente ese plan de prevención de delitos, y de supervisar que se sigan todas las pautas para su cumplimiento.

En el caso de que solo se pueda acreditar parcialmente todo lo anterior, esta circunstancia será valorada a efectos de atenuación de la pena.

Si el delito fuese cometido por las personas del apartado b, la persona jurídica quedará exenta de responsabilidad si, antes del delito, se ha definido e implementado el plan de prevención de delitos.

Si se trata de personas jurídicas de pequeñas dimensiones, las funciones de supervisión podrán ser asumidas directamente por el órgano de administración.

Como podéis ver, la labor del compliance officer puede ser clave para la prevención y defensa de la persona jurídica, en caso de procedimiento judicial, frente a delitos penales cometidos en el seno de la empresa.

Por la complejidad del conjunto normativo, os recomendamos que recurráis a profesionales para desarrollar este plan dentro de vuestra empresa. Y si se trata de una pequeña empresa, y preferís ser vosotros quien desarrolle el plan de prevención, es fundamental disponer de formación que os ayude a elaborarlo.

Para ello, hemos creado una acción formativa que te ayudará al cumplimiento de esta obligación para tu empresa y que puedes haciendo clic aquí.

Estamos a tu disposición para cualquier consulta, en el teléfono 958 806 760, o a través de nuestro chat online.

 

Fuente: BOE.

 

Grupo2000 abre un nuevo centro de formación en Almería

Grupo2000 abre un nuevo centro de formación en Almería

Grupo2000 abre un nuevo centro de formación en Almería. Seguimos creciendo y ampliando nuestra red de centros, para ofrecer el mejor servicio a nuestros clientes.

El nuevo centro de formación está ubicado en C/ Profesor Tierno Galván, 40. De Huércal de Almería (Almería). A muy pocos minutos de la capital almeriense.

En él se ofrecerán diferentes especialidades formativas, como Certificados de ProfesionalidadFormación Bonificada para las empresas, Formación Profesional para el Empleo o Idiomas.

Nuestro nuevo centro de Almería está acreditado para impartir la formación presencial de 19 Certificados de Profesionalidad, destacando entre las especialidades acreditadas, las más demandadas por nuestros clientes:

 

Área administrativa:

ADGD0308 Actividades de gestión administrativa.

ADGG0208 Actividades administrativas en la relación con el cliente.

ADGG0308 Asistencia documental y gestion en despachos y oficinas.

ADGG00408 Operaciones auxiliares de servicios administrativos y generales.

ADGG0508 Operaciones de grabación y tratamiento de datos y documentos.

Área de ventas:

COMT0211 Actividades auxiliares de comercio.

COMT0411 Gestión comercial de ventas.

COMV0108 Actividades de venta.

Área de docencia:

SSCE0110 Docencia de la Formación Profesional para el empleo.

 

 

El nuevo centro cuenta con unas modernas y completas instalaciones, compuestas por varias aulas, totalmente equipadas para impartir estos Certificados de Profesionalidad.

Los alumnos de Grupo2000, que están realizando actividades formativas vinculadas a su contrato de formación en modalidad de teleformación, ya pueden acudir a este nuevo centro de Almería para desarrollar la parte presencial de su formación, tanto exámenes, como tutorías presenciales, desde este mes de enero.

Todos los alumnos que están recibiendo la formación inherente a su contrato a través de Grupo2000, cuyo centro de trabajo esté en la provincia de Almería, no tendrán que desplazarse a ninguna otra localidad, podrán realizar los eventos presenciales de la actividad formativa en este nuevo centro, ubicado a apenas unos minutos de Almería.

Si deseas ampliar información, estamos a tu entera disposición en el teléfono 958 806 760 o en nuestro chat online.

 

 

 

El Granada CF forma a su plantilla en Grupo2000

El Granada CF forma a su plantilla en Grupo2000

En Grupo2000 ofrecemos planes de Formación bonificada para pequeñas y grandes empresas. Se trata de planes personalizados, donde estudiamos las necesidades formativas de cada una de ellas.

Muestra de ello, es el acuerdo firmado este año con el equipo Granada Club de Fútbol, que ha escogido a Grupo2000 para formar a su plantilla.

La dirección del Granada Club de Fútbol está muy concienciada sobre los beneficios que aporta la formación a sus trabajadores. Por ello, se ha realizado un estudio pormenorizado de las necesidades formativas de cada trabajador. Brindándole la posibilidad de realizar diferentes acciones formativas relacionadas con su puesto de trabajo.

Se trata de un plan formativo, que incluye tanto formación presencial, como online, y que servirá para mejorar la productividad de todos los alumnos que están participando en la formación.

Recordamos que la Formación bonificada es una de las alternativas más interesantes para que las empresas formen a sus trabajadores, y también una de las más beneficiosas, ya que el coste de la formación puede bonificarse en los seguros sociales de la empresa.

 

¿Mi empresa también puede hacer formación bonificada?

Todas las empresas y autónomos del territorio nacional, que tengan empleados contratados en Régimen General, pueden realizar formación programada. Simplemente tienen que verificar cuál es el crédito disponible para cada una de ellas durante el ejercicio de 2016.

 

¿Qué crédito tiene mi empresa? 

Las empresas tendrán diferente crédito, que variará en función de las cantidades cotizadas en la contingencia de formación durante el año anterior, y el volumen de plantilla alcanzado. En el caso de la pequeña empresa, de hasta 5 trabajadores, y empresas de nueva creación, con el fin de garantizar y facilitar su acceso a la formación, siempre van a disponer de un crédito mínimo desde 420 €. Si la plantilla es superior, habrá que observar el número de trabajadores para ver el porcentaje de crédito que les corresponde:

  • 6 a 9 trabajadores: 100% de la cantidad cotizada.
  • 10 a 49 trabajadores: 75%
  • 50 a 249 trabajadores: 60%
  • Más de 250 trabajadores: 50%

Este crédito se corresponde con la cantidad máxima que la empresa puede bonificar en los seguros sociales cuando realiza acciones formativas de Formación Programada. Se trata de un crédito anual, que si no se disfruta, se pierde, no se puede acumular. Todavía estás a tiempo para aprovechar el crédito de formación programada 2016 de tu empresa. Envía la solicitud de tu curso antes del día 25 de noviembre. Puedes elegir el curso que más se adapta a tus necesidades en nuestro amplio catálogo. ¿Deseas conocer el crédito de tu empresa? Contacta con nosotros en el teléfono 958 806 760.

Grupo2000 ya puede impartir 3 nuevos Certificados de Profesionalidad

Grupo2000 ya puede impartir 3 nuevos Certificados de Profesionalidad

La semana comienza con muy buenas noticias para nosotros. Tras meses de esfuerzo por parte de nuestro equipo, hemos recibido nuevas acreditaciones en la modalidad de teleformación por parte del Servicio Público de Empleo Estatal. Desde esta semana, Grupo2000 ya puede impartir 3 nuevos Certificados de Profesionalidad.

Las nuevas acreditaciones que hemos obtenido son para impartir los siguientes certificados:

A continuación te ampliamos más información sobre cada uno de ellos:

IFCT0309. Montaje y reparación de sistemas microinformáticos.

Continuamos ampliando los certificados de esta familia profesional, para que nuestros alumnos de la rama de informática y comunicaciones puedan complementar su formación.

Este Certificado de Profesionalidad de nivel 2, en concreto, les enseña para instalar y configurar equipos y sistemas microinformáticos, así como a reparar y ampliar el equipamiento informático.

Los alumnos que están cursando acciones formativas vinculadas a su contrato de formación y aprendizaje ya pueden realizar esta formación.

Si tu interés es formarte en esta profesión, de forma privada, también puedes solicitar tu inscripción en nuestro centro.

Estos son los módulos que lo componen:

 

MF0953_2. Montaje de equipos microinformáticos.

MF0219_2. Instalación y configuración de sistemas operativos.

MF0954_2. Reparación de equipamiento microinformático.

MP0179. Módulo de prácticas profesionales no laborales (los alumnos con contrato de formación están exentos de realizarlo).

 

Prepárate en una de las profesiones con más futuro y demanda en nuestro mercado laboral. Te recomendamos visitar nuestro catálogo de ocupaciones, donde encontrarás más formación de este sector que también te puede interesar.

 

ADGD0210. Creación y gestión de microempresas.

Este Certificado de Profesionalidad, de nivel 3,  pertenece a la familia de administración y gestión, y permitirá capacitar a nuestros alumnos para planificar y dirigir iniciativas empresariales en microempresas, comercializar sus productos o servicios, o realizar gestiones económico-financieras para éstas.

Este certificado se puede realizar de forma privada, para todas aquellas personas que quieran adquirir estas competencias, o también se puede cursar como parte de la formación inherente a un contrato para la formación y el aprendizaje.

El Certificado de Profesionalidad se divide a su vez en 5 módulos, que recordamos es la unidad mínima acreditable:

 

MF1788_3. Planificación e iniciativa emprendedora en pequeños negocios y microempresas.

MF1790_3. Dirección de la actividad empresarial de pequeños negocios o microempresas.

MF1791_3. Gestión administrativa y económica financiera de pequeños negocios o microempresas.

MF1792_2. Gestión de la prevención de riesgos laborales en pequeños negocios.

MP0385. Módulo de prácticas profesionales no laborales (los alumnos con contrato de formación están exentos de realizar este módulo).

Si deseas formarte para dirigir tu pequeña empresa, esta formación es ideal para ti, ya que engloba las diferentes áreas en las que tendrás que trabajar para que tu microempresa sea un éxito, y además, te proporcionará herramientas para que puedas encargarte tú mismo de todas las gestiones.

Este Certificado de Profesionalidad, también es un complemento estupendo para todos nuestros alumnos que ya están cursando en su contrato de formación alguna ocupación del área administrativa.

 

EOCO0108. Representación de proyectos de edificación.

Este Certificado de Profesionalidad, de nivel 3, está dirigido a ocupaciones como delineantes en general o maquetistas de construcción. Pertenece a la familia de Edificación y obra civil, y permitirá que nuestros alumnos aprendan a realizar representaciones de construcción, realicen y supervisen desarrollos de proyectos de edificación y estén capacitados para representar instalaciones de edificios.

Este Certificado de Profesionalidad está compuesto por los siguientes módulos:

 

MF0638_3. Representaciones de construcción.

MF0639_3. Proyectos de edificación.

MF0640_3. Instalaciones de edificios.

MF0073. Módulo de prácticas profesionales no laborales (los alumnos con contrato de formación están exentos de realizarlo).

 

Si deseas ampliar información sobre todas nuestras ocupaciones, puedes ver el catálogo completo aquí.

 

¿Necesitas hacer un contrato de formación? Llámanos al 958 806 760, nosotros nos encargamos de todo.

Novedades RD 126/2015 sobre información alimentaria facilitada al consumidor

Novedades RD 126/2015 sobre información alimentaria facilitada al consumidor

Novedades RD 126/2015 sobre información alimentaria facilitada al consumidor.

El Real Decreto 126/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba la norma general relativa a la información alimentaria de los alimentos surgió para desarrollar el Reglamento UE 1169/2011, de 25 de octubre de 2011, aprobado por el Parlamento y Consejo Europeo sobre la información alimentaria facilitada al consumidor.

Recordemos que la aplicación del Reglamento UE 1169/2011 entró en vigor en toda Europa el pasado 13 de diciembre de 2014 que, con carácter obligatorio, exige la adaptación de las empresas hosteleras a la aplicación del Reglamento con el fin de proteger la salud de la población vulnerable a las sustancias más comunes que producen alergias e intolerancias alimentarias.

A esto hay que sumarle la nueva exigencia por parte de la UE, que tras la publicación del Reglamento 2021/382 exige formación sobre alergias alimentarias para los trabajadores de las empresas dedicadas a la manipulación de alimentos. 

 

¿Qué novedades aportó el RD 126/2015 sobre el Reglamento UE 1169/2011?

Entre las novedades que aportó el RD 126/2015 destacamos cinco:

  • Obligatoriedad de aportar la información nutricional a partir de diciembre de 2016.
  • Ampliar información sobre denominación de origen del alimento.
  • Destacar mediante tipo de letra, estilo o color la presencia de alérgenos o ingredientes que causan intolerancia.
  • En venta a distancia se requieren los datos obligatorios de etiquetado en el momento de la compra.
  • En alimentos sin envasar será obligatorio informar sobre la presencia de productos que causen alergia o intolerancia.

 

¿Qué responsabilidades y obligaciones tiene el empresario y operadores de la empresa alimentaria?

1. Comunicación al operador final de la información alimentaria obligatoria. Los operadores de la empresa alimentaria, garantizarán que la información relativa a los alimentos no envasados se comunique al operador de la empresa alimentaria receptora del alimento no envasado para que pueda aportar la información obligatoria al consumidor final.
2. Conservación de la información alimentaria. Con el fin de que en cualquier momento puedan identificarse los alimentos sin envasar y los vendidos de manera fraccionada. El operador de la empresa alimentaria mantendrá a disposición de los órganos de control y de los consumidores que la solicite, la información alimentaria, hasta que se suponga razonablemente que estos alimentos hayan sido consumidos.

 

¿Qué ocurre si no hemos cumplido con el Reglamento 126/2015?

Con esta normativa, los establecimientos hoteleros asumieron toda la responsabilidad referida al consumo de alimentos, información y accidentes por ingesta de alimentos en sus instalaciones.

La presencia no declarada de un alérgeno en un alimento es susceptible de altas sanciones y multas que vienen reguladas por la Ley 33/2011 General de la salud pública. Éstas pueden oscilar entre los 5.000€ y 600.000€ en función de la gravedad de la infracción. Además derivará en responsabilidades penales.

En el supuesto de infracciones muy graves, la Administración pública podrá acordar el cierre temporal del establecimiento en un plazo máximo de cinco años.

 

¿Cómo puedo adaptar mi negocio de hostelería a las exigencias del Real Decreto 126/2015?

Un gran número de empresas se han sumado a realizar el Curso de Alergias Alimentarias adaptado al Real Decreto 126/2015 para adaptar sus negocios y reciclar la formación de sus trabajadores en materia de seguridad e información nutricional a aportar al consumidor final.

Además, este curso basado en la normativa actual y en los requerimientos de la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN) permite a los operadores aprender a elaborar sus propias etiquetas para sus negocios aportando toda la información sobre alérgenos en los alimentos requeridas.

El Curso de Alergias Alimentarias cuenta con el apoyo de un tutor experto en seguridad alimentaria que permitirá resolver todas las dudas que competen a tu negocio mientras realizas este proceso adaptación al Real Decreto 126/2015.

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Ya se han actualizado los créditos para Formación Continua del año 2013

Ya se han actualizado los créditos para Formación Continua del año 2013

Ya se han actualizado los créditos para Formación Continua del año 2013.

El miércoles, 24 de Abril, se han actualizado los créditos para la Formación Continua bonificada que se pueden disfrutar durante el año 2013.

La Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo ha publicado esta nota:

«El 24 de Abril se ha actualizado la información relativa a la plantilla media de los trabajadores del año 2012, la cuota de formación profesional y las cuentas de cotización facilitadas por la Tesorería General de la Seguridad Social.»

Todas las empresas disponen de un crédito anual para la formación de sus trabajadores.
Este crédito varía en función del número de trabajadores que componen su plantilla y de la cuantía ingresada por la empresa en concepto de cuota de Formación Profesional en el año anterior. Todas disponen de un crédito como mínimo de 420 euros anuales.

Este crédito anual si no se consume a lo largo del año, se pierde, no se puede acumular para el año siguiente.

La Formación Continua tiene como objetivo mejorar las competencias y cualificaciones de los trabajadores, potenciando la competitividad de su empresa.

Tiene derecho a esta formación cualquier trabajador acogido al régimen general, independientemente del tipo de contrato o número de horas de trabajo, incluyendo a los trabajadores con Contrato de Formación.

Si queréis conocer el crédito de que dispone vuestra empresa para hacer cursos este año, os informamos en el teléfono gratuito 900 44 22 44, o también podemos chatear online.

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