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Este es el SMI en 2024. Sube el Salario Mínimo Interprofesional a 1.134 euros

12 marzo, 2024
Este es el SMI en 2024. Sube el Salario Mínimo Interprofesional a 1.134 euros

Hace unas semanas se publicó en el BOE el Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2024. Este es el SMI en 2024. Sube el Salario Mínimo Interprofesional a 1.134 euros.

Esta subida del SMI para 2024 se ha determinado con el objetivo de asegurar el derecho a una remuneración justa y adecuada que cubra las necesidades básicas.

Y al mismo tiempo, avanza hacia el cumplimiento del objetivo del 60% del salario medio, en línea con las recomendaciones del Comité Europeo de Derechos Sociales.

Inicialmente, el Ministerio de Trabajo propuso un aumento del 4% en el SMI, en consonancia con las demandas de la patronal.

Sin embargo, debido a la negativa del Ministerio de Hacienda de vincular la indexación de los contratos públicos a la revalorización del SMI, los representantes empresariales abandonaron el acuerdo.

Finalmente, tras negociaciones entre el Gobierno y los sindicatos, se llegó a un consenso para fijar un aumento del 5% en el SMI para 2024.

Este acuerdo ha sido formalizado mediante el Real Decreto mencionado, el cual tendrá efectos retroactivos desde el 1 de enero de este año.

A continuación, te proporcionamos detalles sobre cómo esta subida podría afectar a la economía y a las personas trabajadoras.

 

¿Sube el SMI en 2024?

Así es, el Real Decreto 145/2024 recoge la subida del SMI para 2024.

El Salario Mínimo Interprofesional pasa de los 1.080 euros en 2023 a 1.134 euros en 2024. 

Esto supone una subida anual de los 15.120 euros (el pasado año) a 15.876 euros (actuales).

Tras la publicación en el BOE del nuevo SMI ya hay que actualizar las tablas y preparar los costes de las plantillas.

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¿Cuánto sube el Salario Mínimo en 2024?

En un principio, parecía que la subida del SMI iba a ser del 4% pero, finalmente, el Gobierno y los sindicatos llegaron a un acuerdo para elevar el Salario Mínimo Interprofesional en un 5%.

El SMI pasa de los 1.080 euros mensuales por catorce pagas (fijados en 2023) hasta los 1.134 euros al mes para este 2024.

 

¿A quiénes afectará la subida del SMI en 2024?

Las subidas del SMI afectan a todas las personas trabajadoras, especialmente a aquellas que no tienen convenio y repercuten en quienes están recibiendo menos ingresos de lo estipulado.

Tras producirse la subida de SMI en 2024, para una persona trabajadora con una jornada a 40 horas el salario debe ser de:

  • 1.134 euros mensuales en 14 pagas.
  • 1.323 euros mensuales si se prorratean en 12 pagas.
  • TOTAL: 15.876 euros brutos anuales.

 

¿Cuál ha sido la evolución del SMI durante los últimos años?

Repasemos la evolución y los aumentos del Salario Mínimo Interprofesional.

En los últimos seis años, y tras publicarse la subida del Salario Mínimo Interprofesional para 2024 el SMI ha experimentado un aumento del 54%, pasando de los 736 euros (en 2018) a los 1.134 para este año.

Para que entiendas cómo ha sido la subida del SMI:

En diciembre de 2020, el Real Decreto Ley 38/2020 prorrogó temporalmente el SMI de 950 € durante 2021, debido a la terrible situación que enfrentaban las empresas por la pandemia. Y se adelantó que habría un incremento en cuanto mejorase la situación.

En septiembre de 2021, el Gobierno aplicó un aumento del salario mínimo hasta los 965 €, recogido en el Real Decreto 817/2021.

La Reforma Laboral mantuvo transitoriamente la cuantía de SMI de 2021 durante 2022. Sin embargo, el Gobierno anunció que no tardaría mucho en abordar un nuevo aumento.

Después de semanas de controversia, se publicó la norma que incrementó el Salario Mínimo Interprofesional en 2022 hasta los 1.000 euros con carácter retroactivo.

La evolución del SMI continuó en febrero de 2023 con la publicación del RD 99/2023, qué fijó el salario mínimo interprofesional para 2023 en 1.080 euros mensuales en 14 pagas.

Así, el SMI para 2023 aumentó en un 8%.

Ahora, para 2024 se vuelve a producir una subida del SMI. En este caso, de un 5%, tras publicarse el Real Decreto 145/2024.

Como comentamos al inicio, la patronal se quedó fuera de las negociaciones sobre la subida del SMI ya que se les denegó la indexación de los contratos con las Administraciones Públicas.

 

SMI en 2024: sube el Salario Mínimo Interprofesional a 1.134 €

El Comité de Expertos que aconsejó un aumento de SMI en 2021 propuso que el SMI se incrementase en 2022 y 2023 entre los 30 y 40 € por año. El incremento en 2022 finalmente fue de 35 €.

A principios de septiembre de 2022 se reunió la Comisión de Expertos para analizar la subida del SMI a partir de 2023.

Las primeras informaciones que expusieron desde el Gobierno afirmaban que el SMI subiría hasta los 1.049 € en 14 pagas en 2023.

Esta subida supondría un 4,9%, un porcentaje que se mantendría lejos de la inflación prevista para finales de 2022 (un 8%).

Finalmente, el SMI en 2023 ascendió a 1.080 euros brutos al mes, en 14 pagas, para compensar los efectos de la inflación, tras su publicación en el RD 99/2023.

Ahora, se ha producido una nueva subida para 2024 de un 5% (recogida en Real Decreto 145/2024), situándose el SMI en 14 pagas en 1.134 euros.

 

¿Cuándo se aplicará la subida del SMI 2024?

El Real Decreto 145/2024 que recoge la subida del SMI para este año entró en vigor a partir del 8 de febrero.

Y la aplicación del SMI para 2024 surtirá efectos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.

Por tanto, la subida del SMI se realizará con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2024.

Esto significa que al no publicarse el aumento del SMI en el BOE a tiempo para la nómina del mes de enero este incremento se cobrará en febrero de manera retroactiva.

 

¿Cuál es el Salario Mínimo Interprofesional 2024 en España (SMI 2024)?

El Salario Mínimo Interprofesional queda fijado en 1.134 € brutos mensuales en 14 pagas (15.876 euros brutos anuales). Esta cantidad ha supuesto un incremento del 5% respecto a 2023.

Por tanto, la cuantía de salario mínimo para 14 pagas en 2024 es de:

  • Salario Mínimo Interprofesional diario en 2024: 37,80€/día.
  • Salario Mínimo Interprofesional mensual en 2024: 1.134 €/mes.
  • Salario Mínimo Interprofesional anual en 2024: 15.876€/año.

 

¿Cuál es el Salario Mínimo Interprofesional 2024 para temporeros y empleados del hogar?

Tal y como recoge el Real Decreto 145/2024:

  • SMI para personas trabajadoras eventuales, así como temporeras y temporeros cuyos servicios en una misma empresa no pasen de 120 días: 53,71 euros al día.
  • SMI para empleadas/os del hogar que trabajen por horas: 8,87 euros por hora.

 

¿Cuál es el SMI anual en 2024?

Al producirse la subida del 5% para el SMI de 2024 el salario mínimo interprofesional anual no podrá ser inferior a 15.876 euros.

 

¿Cuál es el SMI por día y hora trabajada?

El Salario Mínimo se ha fijado en 8,28 euros por hora. Sin embargo, en el caso de que se incluyan las pagas extraordinarias, el SMI será de 8,87 euros por hora.

Por su parte, el SMI diario se sitúa en 37,80 euros brutos.

Como comentamos, para personas trabajadoras eventuales y temporeros la cuantía diaria se fija en 53,71 euros.

 

 

¿El salario mínimo interprofesional es neto o bruto?

El SMI se refiere al salario bruto de las personas trabajadoras. Por tanto, los 1.134 euros mensuales en 14 pagas representan el total de devengos de la nómina.

En caso de que las pagas extras estén prorrateadas se deben cobrar 1.323 euros mensuales en 12 pagas.

 

¿Cuál es el SMI de 2024 con las pagas extras prorrateadas?

En 2024 se ha subido en un 5% el SMI, siendo ahora de 1.134 euros, pero esta cifra se aplica sólo si recibes 14 pagas en tu empresa.

En el caso de que percibas 12 pagas esto quiere decir que el resto se prorratean en tu nómina.

Si las pagas extra se prorratean las 12 mensualidades deben ser de 1.323 euros. Por lo que el salario mínimo por mes tiene que ser al menos igual a dicha cantidad.

 

¿Las empresas pueden subir el SMI absorbiendo los pluses de antigüedad?

Tras una sentencia del Tribunal Supremo de 26 de enero de 2022, este avaló que las empresas pudiesen subir el SMI en 2022 absorbiendo los pluses de antigüedad.

Así, se complementaba el sueldo del trabajador para llegar al SMI vigente en 2022 de 1.000 euros al mes.

Es decir, esta sentencia indica que la cuantía que se percibe por el complemento de antigüedad forma parte del salario y, por tanto, se incluirá dentro de ese salario en consonancia con el aumento del SMI.

Te contamos con más detalle el caso: el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña falló a favor de la Associació Empresarial D`Economía Social y consideró que la subida del SMI podía realizarse sumando los trienios que cumplieran los trabajadores.

Según el Tribunal Supremo si un trabajador cobra un salario base inferior al SMI, pero percibe un complemento de antigüedad que hace que el salario sea superior al SMI, ya estaría compensada dicha subida.

No se procedería a un aumento del salario, sino que el incremento del salario tras la subida del SMI saldría del dinero extra que recibe el empleado por su antigüedad.

Los complementos de antigüedad no se suman al salario, sino que ya estarán incluidos dentro del salario a percibir por el trabajo, salvo que el convenio diga lo contrario.

Las empresas, por tanto, podrían adaptarse a las subidas progresivas del SMI a través de los complementos de antigüedad.

Asimismo, encontramos la sentencia Rec. 169/2019 que extiende esa situación a todos los complementos salariales.

 

¿Se puede compensar la subida del SMI con las percepciones extrasalariales?

Por su parte, la sentencia Rec. 60/2020 indica que quedan excluidas las percepciones extrasalariales.

Es decir, no se va a poder compensar el incremento del SMI con complementos que sean de naturaleza extrasalarial.

Además, si una persona trabajadora realiza horas extras complementarias la cuantía del SMI no va a influir en su cobro.

El SMI hace referencia a la jornada ordinaria de una persona empleada. Si esa persona realiza horas extra deberán ser abonadas de manera adicional.

Lo mismo ocurre con la nocturnidad. La cuantía a percibir por realizar horas en horario nocturno debe quedar determinada en el convenio colectivo y requerirá un abono específico, independiente al SMI.

Salvo que por la propia naturaleza de la actividad se acuerde la compensación de la nocturnidad con descansos.

 

¿Qué complementos pueden usar los autónomos para aumentar el sueldo de sus empleados y alcanzar el SMI?

Una pregunta común entre los autónomos es la siguiente: ¿Cómo ajustar el salario al SMI vigente y qué opciones tienen para lograrlo?

Es importante tener en cuenta que los complementos salariales son clave para lograr este objetivo. Por ejemplo, como comentamos, el plus de antigüedad es un complemento que se suma al salario base y ayuda a alcanzar el SMI.

Sin embargo, es crucial realizar un cálculo anual para asegurarse de que la persona trabajadora alcance efectivamente el SMI.

Esto se debe a que algunos complementos pueden variar de mes a mes, lo que significa que habrá meses en los que se reciba más y otros en los que se reciba menos.

Es importante destacar que los complementos extrasalariales no pueden utilizarse para compensar la subida del SMI. Estos complementos no forman parte del salario y no pueden absorberse para cumplir con los requisitos del SMI.

En resumen, los complementos salariales, como el plus de antigüedad, son esenciales para ajustar el salario al SMI, pero es crucial realizar un seguimiento anual y comprender que los complementos extrasalariales no pueden utilizarse para este fin.

 

¿Cómo debe ser tu nómina durante 2024 tras la subida del SMI?

Resumimos varias claves a tener en cuenta para tu nómina durante 2024 tras la subida del 5% en el SMI, situándose en 1.134 euros/mes:

  • Tu salario bruto no puede ser inferior en su conjunto a 15.876 euros anuales, si realizas jornada completa. (Por supuesto, el salario que debes percibir siempre debe consultarse en tu convenio colectivo de referencia, para tu categoría profesional. Sobre todo, te afecta si tu salario o conceptos hacen alusión al SMI para su cálculo).
  • Al salario mínimo se le suman, según indique tu convenio o contrato de trabajo, los complementos salariales a que se refiere el artículo 26.3 del Estatuto de los Trabajadores, así como el importe correspondiente al incremento garantizado sobre el salario a tiempo en la remuneración a prima o con incentivo a la producción.
  • Los 1.134 € mensuales del salario mínimo proceden si se aplican 14 pagas. En caso de que se prorrateen las pagas extras en 12 meses, el salario bruto al mes es de 1.323 euros.
  • Si tu jornada es inferior a las 40 horas, el salario bruto se calcula proporcionalmente a las horas de trabajo que realices.
  • Según una sentencia de la Audiencia Nacional sí se pueden compensar los complementos y primas a la hora de calcular el salario bruto del trabajador.

Para valorar si se pueden compensar o no los complementos o pluses es imprescindible revisar lo indicado en Convenio Colectivo, ya que hay algunos que establecen qué conceptos no se pueden compensar.

Y por supuesto, no se deben compensar aquellos complementos o primas que estén minorando los derechos individuales de la persona trabajadora, como el plus de nocturnidad o peligrosidad.

Si lo deseas, puedes ampliar información en esta sentencia sobre los complementos salariales.

 

¿Me pueden pagar menos del SMI?

No. La cuantía que se fije para una persona trabajadora que realice 40 horas semanales no puede ser inferior ni por convenio colectivo ni por ningún tipo de acuerdo entre empleado y empresa.

Es decir, todas las personas empleadas que presten sus servicios en una jornada laboral de 40 horas semanales tendrán derecho a percibir al menos la cuantía fija legal del SMI 2024.

 

¿Cómo afecta el SMI a los empleados que trabajan menos de 40 horas semanales?

La nómina de las personas empleadas que prestan sus servicios durante menos de 40 horas semanales se debe calcular de manera proporcional al SMI.

 

¿Tributa en IRPF el SMI?

Hace unas semanas también se publicó el Real Decreto 142/2024, de 6 de febrero, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

En dicho Real Decreto se establece un mínimo exento de IRPF de 15.876 euros.

Esto significa que las personas con ingresos anuales que no superen esa cantidad estarán exentas de pagar el IRPF.

Por lo que si cobras un salario igual al SMI no tributas en IRPF (impuesto sobre la renta de las personas físicas).

Hasta aquí, esperamos que tengas claro cuál será el SMI en 2024 y cómo podría afectar a las plantillas.

En cualquier caso, estaremos actualizando la información con todas las novedades que surjan al respecto.

¿Qué te parece la subida del SMI en 2024? Déjanos tu opinión más abajo. ¡Te leemos!

 

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¡Te esperamos!

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Ángela M. Labrador

252 Comentarios

  1. Laura

    Hola, mi grupo de cotización es el 8, es decir diario, y este mes ha tenido 29 días, tengo las pagas prorrateadas, ¿aún así mi sueldo mínimo bruto tendría que ser 1323e? Incluyendo las pagas, el plus de transporte y el de asistencia? O sería menos al tener este mes menos días? Gracias!!

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Laura, si las pagas están prorrateadas significa que esta parte proporcional ya se ha incluido en tu salario mensual. Además, el número de días no afectaría al cálculo del salario bruto siempre que la base de cotización sea la misma. Por tanto, tu salario bruto este mes debería ser de 1.323 euros. Un saludo.

      Responder
    • Natalia

      Hola tengo contrato media jornada 20 horas semanales con sueldo 690 euro mensual menos seguridad social 44 euro de mi parte, mi jefn dice que no me corresponde la subida de sueldo 5% por motivo que yo cobro más que tengo que cobrar , mi pregunta es asín o no?

      Responder
    • cristina

      Buenos dias estoy en el grupo de cotizacion 5 y me aplican estos baremos, mi nomina es exactamente igual en 2022 que hoy, es normal que no cambien los datos y que se me aplique el salario minimo en la base en vez del salario del grupo 5. Empece a trabajar en el año 2019

      base cotizacion 1.074,31
      PRORRATA 179,05
      ANTIGUEDAD 29,90
      Mejora salar.absorbi 829,97

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Cristina, para determinar si hay un error en tu nómina te recomendamos comprobar tu convenio colectivo y contactar con el departamento de recursos humanos para que te expliquen por qué se te está aplicando el SMI. Un saludo.

        Responder
  2. Olga

    Hola mi salario base es de 1317,42.
    No tengo plus de antigüedad y mis pagas están prorro.
    Tengo a parte incentivos 132,85.
    Me correspondería SMI, que cantidad? soy aux. de farmacia.
    Gracias.

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Olga, el SMI en 2024 se ha fijado en 1.134 euros al mes en 14 pagas. Por su parte, el convenio colectivo de oficinas de farmacia establece un SMI sectorial para auxiliares de farmacia de 1.364,13 euros al mes en 14 pagas. En tu caso, si sumamos tu salario base y los incentivos hablamos de 1.450,27 euros, lo cual supera el SMI sectorial. Tu salario cumple con el SMI establecido. Un saludo.

      Responder
      • Maria

        Hola, soy ayudante de florista. Mi nomina es de Sueldo base 1.054€ + las pagas prorrateadas 261 + Plus transporte 84€. Entiendo que mi sueldo no llega al sueldo minimo interpuesto verdad? Me lo tienen que subir? He leido que el plus de transporte no contabiliza a la hora de sumarlo al sueldo base para llegar al SMi. Gracias!!!!

        Responder
        • Olga Agea

          Hola María, tu salario base + pagas prorrateadas suman 1.315 euros. Para determinar si tu empresa tiene la obligación de subirte el sueldo, hay que analizar un aspecto importante: verificar si el plus de transporte se considera salarial o extrasalarial. Si se considera parte de tu salario éste seria de 1.399 euros, por lo que no habría obligación de subirte el suelo. Si, por el contrario, el plus de transporte no se considera parte de tu salario, si tendrías derecho a un aumento. Para conocer cuál es la clasificación del plus de transporte deberás revisar tu contrato de trabajo y el convenio colectivo aplicable. Un saludo.

          Responder
      • Nhoa

        Hola trabajo 4 horas con contrato y mi sueldo base es de 464,10e pedido la subida a mi empresa porque no la tengo y me han contestado que con el 4 por cierto que me quitan de IRPF ya esta la subida. Más que yo cobro por horas trabajadas no por mes con pagas prorrateadas. Esto puede ser así? Gracias

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Nhoa, tu empresa tiene la obligación de revisar tu salario base y asegurarse de que cumple con el nuevo SMI, independientemente de las retenciones de IRPF. Un saludo.

          Responder
  3. Luis

    Buenas, he cobrado la nomina de febrero igual que la de enero, no tendria que haber aumentado ?

    A que se debe esto?

    Saludos.

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Luis, es posible que no cumplas con los requisitos específicos para recibir el aumento salarial. Te recomendamos contactar con el departamento de recursos humanos para solicitar una aclaración sobre tu nómina. Un saludo.

      Responder
  4. Jec

    Hola
    ¿Cómo es el SMI por hora?

    Un Saludo

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Jec, el SMI se ha fijado en 8,28€ por hora, y 8,87€ por hora si se incluyen las pagas extraordinarias. Un saludo.

      Responder
    • Erika

      Hola , yo tengo un contrato de 25h semanales, anteriormente cobraba 755€ , en el mes de enero cobre 785 y en febrero 793, ese sería mi aumento o no me están pagando lo que corresponde

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Erika, teniendo en cuenta que por 25 horas semanales se deberían cobrar al menos 785,50 euros, tus ingresos de enero y febrero están en línea con esta cifra. Es importante tener en cuenta que esta cuantía es en bruto, por lo que el dinero a recibir a final de mes en tu cuenta podría ser algo menor de esos 785,50 euros. Un saludo.

        Responder
  5. Alberto Sanchez

    Muchas gracias por esta información tan útil y bien explicacada. Mi duda es sobre los complementos no consolidables ligados al desarrollo de unas funciones, en principio indefinidas pero no necesariamente permanentes (llevo 7 años desarrollándolas en todo caso). ¿Es el complento no consolidable actualizable conforme al IPC o convenio, o es estático a lo largo del tiempo?, el caso es que percibo ahora la misma cantidad exacta por el complemento no consolidable que en 2017, y he calculado que dicha cantidad ha perdido más de un 23% de poder adquisitivo. Podría pedir que dicha cantidad se actualice?. Muchas gracias anticipadas.

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Alberto, la actualización de los complementos no consolidables dependerá de lo que se establezca en el convenio colectivo. Te recomendamos revisar el convenio colectivo aplicable a tu sector y en cualquier caso contactar con un/a asesor/ laboral que te informe y pueda ayudarte a reclamar la actualización del complemento si fuera posible. Un saludo.

      Responder
    • Gemma

      Hola buenas tardes. Mi grupo de cotización es el Grupo 2 . Que incremento me corresponde. Gracias.

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Gemma, el incremento que te corresponde en tu cotización a la Seguridad Social depende de varios factores, como el año de aplicación, el tipo de cotización y la base de cotización. Habría que estudiar tu caso específico. Un saludo.

        Responder
  6. Fernando

    Buenos días,

    Gracias por artículo, como siempre, es de gran ayuda.
    Mi duda es respecto a trabajador que finaliza su contrato en enero 2024 (antes de la publicación de la subida del SMI)
    En este caso, no habría manera de compensar atrasos desde el 1 de enero ¿es correcto?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Fernando, el SMI tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero del año en curso. Si una persona trabajadora finaliza su contrato en enero de 2024 tendría derecho a la subida del SMI siempre que haya trabajado algún tiempo durante el año. La empresa estaría obligada a pagarle la diferencia entre el SMI que estaba vigente cuando finalizó su contrato y el nuevo SMI. Un saludo.

      Responder
  7. Laia

    Hola!
    Tengo contrato por 7hrs con 15 pagas como auxiliar administrativo, bajo el convenio de comercio vario.
    En enero he cobrado 1.420,82€ brutos (salario base:899,89€, a cta convenio: 117,27€, extras: 267€, antigüedad: 50,86€ y 85,80€ de plus transporte). Con la nueva subida que se va a aprobar hoy, me sube también a mi? No sé si la antigüedad se tiene o no en cuenta… Gracias!!

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Laia, según la jurisprudencia reciente (sentencia rec 162/2019 del Tribunal Supremo) la antigüedad se consideraría como parte de los complementos salariales. Por lo tanto, si la antigüedad ya está incluida en tus complementos salariales y estos se tienen en cuenta para calcular el salario mínimo es posible que la subida del SMI no resulte en un aumento adicional en tu salario. Un saludo.

      Responder
    • Rbert

      Hola ¿Como afecta la subida del SMI en 2024 en el convenio agrario y forestal de Murcia? Para el cómputo total salario bruto anual, ¿se incluyen los completos x antigüedad y paga de beneficios en un contrato fijo?

      Responder
      • Raquel

        Buenos días
        Soy auxiliar de enfermería y tengo discapacidad,trabajo en un centro de discapacidad y cobro salario base 1068 y las pagas prorrateadas,pero tengo un plus de complemento de desarrollo,ya que llevo 6 años en la empresa,xq el pulso de antigüedad me dijeron que está congelado,es cierto eso?
        No tengo derecho a la subida salarial?
        Gracias

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Raquel, te recomendamos revisar el convenio colectivo aplicable a tu empresa para verificar si existe alguna cláusula que congele el plus de antigüedad. En cualquier caso, tendrías derecho a la subida del SMI, la cual se calcularía sumando al salario base el plus de complemento de desarrollo y la diferencia entre el SMI y el salario base. Un saludo.

          Responder
          • Natalia

            Hola tengo contrato media jornada 20 horas semanales con sueldo 690 euro mensual menos seguridad social 44 euro de mi parte, mi jefn dice que no me corresponde la subida de sueldo 5% por motivo que yo cobro más que tengo que cobrar , mi pregunta es asín o no?

          • Olga Agea

            Hola Natalia, el SMI por hora ha subido a 8,28 euros. Si se incluyen las pagas extraordinarias, entonces se sitúa en 8,87 euros por hora trabajada. Por tanto, tendrías derecho a una subida de sueldo. Un saludo.

  8. Victoriano

    ¿Tengo una duda respecto a como se calculan los mínimos de cotización de los grupos 1 a 3? Establecidos para este año 2023 en 1.759,50 €, 1.459,20 € y 1.269,30 € respectivamente. El mínimo e los grupos 4 a 7 es el SMI 1.080 + 1/6 x 1.080 = 1260 mensual y 1.260/30 = 42 €/día. Vamos quisiera saber como se calculan los 3 primeros grupos de cotización. ¡Gracias!

    Responder
  9. oscar

    Buenos días,

    Me gustaría saber si la subida del 8%, deberían realizarla también en las diferentes categorías profesionales cuyas cuantías previas ya estaban por encima del SMI. Me refiero si tu cobras el mínimo de la categoría 1, deberían también aplicar esa subida del 8%

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola. Sólo se aplica subida si tu salario no llega al SMI. Un saludo

      Responder
      • Alejandro Marco Segura

        Pues a mí me cobran por un café, no el 8, ni el 10% sino el 100%.

        Responder
        • Javier

          Hola y gracias de antemano
          Si el SMI en 12 pagas esta en 1.260 € y mi salario mensual es de 1.270,79 € yo no tendría derecho al aumento salarial ??

          Responder
          • oscar

            tienes que contar el sueldo bruto al año…si pasas de los 15000 y pico…ya no te corresponde

    • Clara

      Hola me podias decir cual es SMI de los que trabajamos con ETT? Porque a mi en la nomina me sale la hora de salario base a 6,24. Prorr Paga Extra Horario a 1,56 y las Horas nocturnas a 1,62. Tendria que sumarlo todo o me deverias de pagar a 8’45/h?

      Responder
    • Maria Olavarría

      Quería saber si se modifica mi paga mensual porque estoy de baja y como la base reguladora se calcula en función de los 3 últimos meses porque soy jornada parcial . Mi pregunta es al subir el SMI subiría mi paga o sigo en función de la base reguladora que me aplican desde la.baja .

      Responder
    • Francisco Javier

      Hola mi salario en el banco es de 1224€ pero cuando firmo nomina me sale 1350€ la cual el jefe dice que son las deducciones tal y pascual y solo cobro 1224€, tengo derecho a reclamar y que cobre neto 1260€ en banco?

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola, Francisco. Para valorar si corresponde subida se tiene en cuenta el salario bruto, si esa cifra cumple el mínimo del SMI, estaría correcto. Un saludo

        Responder
        • José Román

          Está aprobado, por el Consejo de Ministros, la subida del Salario Mínimo o cuándo, se aprobará?

          Responder
          • Olga Agea

            Hola José Román, el Gobierno y los sindicatos llegaron a un acuerdo para subir el SMI en un 5% para el año 2024. Sin embargo, hasta el momento el SMI no ha sido aprobado ni publicado en el BOE. De hecho, esta subida del SMI no ha sido incluida en la recientemente publicada Orden PJC/51/2024. Parece que habrá que esperar a futuras publicaciones para conocer los detalles. Un saludo.

      • Ana Astefanei Sinzianq

        Hola mi nomina es de 1260 lo que marca el convenio y de ay me quitan unos 80 €en total que será las retenciones supongo

        Responder
  10. Daniel A Rodriguez M

    Buenos días. Soy auxiliar administrativo bajo el convenio de enseñanza y formación no reglada. Tengo una duda. Veo que para mi cargo, en la tabla salarial más actualizada aparece un salario de 12.683,72. Y me pregunto. Esto es bruto anual incluyendo las dos pagas extras? Porque de ser así estaría por debajo del SMI interprofessional. O ese monto no incluye las dos pagas extras? De ser así, como saber cuánto debería ser mi salario base mensual? Ese monto entre 12? Muchas gracias de antemano

    Responder
  11. Amparo

    Si una empleada ha cobrado en enero por debajo del SMI por haber estado de baja 5 días (los 3 primeros fueron a su cargo) ¿debe la empresa pagarle la diferencia hastal el SMI? De no haber estado de baja habría cobrado por encima. Gracias

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Amparo. Si la empresa ha remunerado adecuadamente los días que le han correspondido de enero, estaría correcto. Un saludo

      Responder
    • pilar Lamas oubiña

      Yo tengo una nomina neta osra a percibir de 1226 euros regulada por convenio artes graficas este año con el nuevo convenio me deberia incrementar un 4,75desde enero. Sin embargo me han dado 39 euros de atrasos desde enero a septiembre alegando que como subio el smi me restan la diferencia….cuando el convenio estupula wue el incremento es sobre el salario vigente a enero de 2023 y no entiendo nada

      Responder
  12. Beatriz

    Gracias por toda la información publicada. Mi duda es sobre los contratos eventuales, cuyos servicios en una misma empresa no pasen de 120 días, el salario mínimo será 51,51 euros al día.
    Entiendo que se refiere a 120 días consecutivos ¿verdad? es decir, contratos inferiores a 120 días. O por el contrario se refiere a 120 días al año?

    No sé como aplicar en un caso de varios contratos intermitentes para servicios concretos cuya duración es inferior a 120 días, pero que a lo largo del año superen los 120 días trabajados.

    En la publicación indica 120 días en la misma empresa, algo que parece un poco ambiguo.

    Gracias!

    Responder
  13. Laura

    Buenos días yo cobro en nómina liquido 845,83 con la subida yo creo que debería de cobrar más. Me podíais decir si mi nómina está bien Gracias

    Responder
    • Santi

      Hola buenas.. Tengo una duda, trabajo en un hotel con un contrato de 40 semanales como auxiliar de limpieza, cobro en nómina 1207 euros con las pagas incluidas.. Es correcto?? Muchas gracias

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Santi, para verificar si el salario que estás recibiendo es correcto es necesario analizar tu convenio colectivo, posibles complementos y deducciones. Te recomendamos contactar con un/a asesor/a laboral. Podrá proporcionarte información detallada sobre cómo se calcula tu salario y aclarar cualquier duda que puedas tener. Un saludo.

        Responder
  14. ROSANNA LUIS BARBERO

    Hola, por favor, ¿me pueden aclarar el SMI para los trabajadores eventuales? Se indica que ha de ser de 51,15 por jornada legal. ¿Significa esto que para los eventuales el SMI es más alto?

    Responder
    • Candelaria

      Hola en el caso que estés de baja por contingencia común se aplicaría esta nueva subida de sueldo ??

      Responder
      • Luz guillermina Macas Lima

        Hola los trabajadores agrarios de contrato indefinido tenemos derecho a vacasiones retribuidas cada año???

        Responder
        • Marta

          Hola.
          Si cobro el SIM tengo retención de IRPF?
          En mi nómina me retienen y no me queda claro.
          Gracias

          Responder
      • Rabia

        Hola buenas días kiero saber cuánto tango que cubrar en una empresa de eventos tango contrato fijo con 5 anos entiguedad gracias un saludo

        Responder
    • María Augusta

      Buenas tardes mi contrato es del 16 de marzo 2016 y sigo en esta empresa,el año pasado insistir me subieron de ayudante a dependienta , cobro 1200 netos,pero no pone en ningún sitio antigüedad, mi sueldo base pone 1080, como puedo saber si me están pagando lo que me corresponde?

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola. Tu salario también dependerá de la jornada que tengas. Por lo que estás comentando, si cobras 1.200 euros netos todo indica que cobras por encima del SMI. Te recomendaría consultar tu convenio. Un saludo

        Responder
    • Tahiche

      El plus de categoría profesional va incluido en el nuevo smi. Solo menciona al de antigüedad y nocturnidad pero por tener un puesto superior no lo aclara

      Responder
    • Álvaro

      Alguien podría informarme sobre la subida de salario mínimo según categorías?? Soy categoría 2 y mi jefe no me ha subido nada

      Responder
    • Diego Martín Jiménez

      Cobro 34.5euros por día a jornada completa cuánto debería cobrar con la subida por dia

      Responder
  15. Rosa

    Buenos dias. Trabajo en como teleoperadora, con el convenio de contac center. Con la categoria de especialista, que es la categoria siguiente a la de teleoperador base, esta categoria se consolida tras un año de antigüedad. Mi salario base es de 1065€ como me afectaria la saubida del salario base aprobado para 2023. Subiria a 1080 por lo que se igualaria con la de teleoperadora base o seria algo superior. Un saludo y gracias

    Responder
    • Lorena

      Hola, hay extra de marzo a la nómina de prorrateada?

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola, Lorena. Si las extras están prorrateadas, se distribuyen entre los 12 meses del año, no tendrías extra porque ya lo estarías recibiendo. Un saludo

        Responder
  16. Javi Garcia Garcia

    Si el salario mínimo interprofesional se va aprobar el próximo 7 de febrero, cuando se publica en el BOE para que tenga efecto.

    Muchas gracias.

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Javi. Hoy se ha publicado la norma, que entrará en vigor mañana, con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2023. Un saludo

      Responder
    • Eva Valverde

      Escasa, teniendo en cuenta de la subida que ha dado todo, y penoso que el tribunal supremo avale que se tenga en cuenta los pluses, como trienios, transporte etc para el cálculo de 1080.
      A parte ya deberían tomar otras medidas de las personas que tenemos jornadas parciales por menos de 20 h semanales y sin posibilidades de aumentar la jornada como es mi caso y el de mucho el trabajar en un comedor escolar, partiendote el día entero y complicando la búsqueda de un empleo para compensar.
      El tema de hacer fijos en los contratos sólo nos ha perjudicado aún más para tener un puesto digno!!!!

      Responder
  17. miguel navarro aristorena

    Con seis quinquenios 30 años que antiguedad se tiene que cobrar??

    Responder
    • Angela Julia Betancourt Selier

      Angela Julia Betancourt Selier
      Soy trabajadora del hogar, con un salario de 1000.00 euros, mensuales con 14 pagas.
      Hasta la fecha del día de hoy 3 de febrero, no me han notificado la subida del salario.

      Responder
      • Andres

        Hola soy empleado del hogar y mis pagas están prorrateadas y según estoy leyendo que debería ser 1166 con los mil euros …ahora con el nuevo aumento cuando tiene que entrar en mi cuenta de nómina 1264..oh menos por qué tienen que aplicar algunos descuentos ???

        Responder
        • Itsaso

          Yo trabajo en una empresa con discapacidad y estoy cobrando 1004 salario bruto y luego me dan 50 €por subida de empresa luego me dan 12 € por dos quinquenios y 8 € por dar servicio y con los descuentos cobro 995 en neto tendría subía

          Responder
      • Itsaso

        Yo trabajo en una empresa con discapacidad y estoy cobrando 1004 salario bruto y luego me dan 50 €por subida de empresa luego me dan 12 € por dos quinquenios y 8 € por dar servicio y con los descuentos cobro 995 en neto tendría subía

        Responder
      • María Jesús marcos

        Me parece injusta la ley. Estoy en convenio de sanidad privada sin actualizar desde el 2009 y no me corresponde la subida por mis trienios, esos trienios q yo he trabajado y no deben de incluirse SMI. Muy injusto. Han contratado una chica nueva y por no tener trienios si le corresponde. Considero una ley chapuza y un engaño político más. Me alegro por los beneficiados. Mi convenio tiene el salario en 820 más menos.

        Responder
    • Silvia Castañeda Ruiz

      Quisiera saber si también aplica para los contratos ETT porque yo trabajé hasta el 24 de enero… Aún me beneficio con este incremento?

      Responder
      • Silvia Castañeda Ruiz

        Comentario *quisiera saber si también aplica para los contratos ETT porque yo trabajé bajo ese contrato hasta el 24 de enero y quería saber si ya se debería de ver un incremento en mi nómina

        Responder
      • Elusen

        Hola, tengo una duda, no me queda claro si el SMI dentro de un convenio es el total contando salario base + plus convenio+ dietas + etc … Ó si es el salario base a parte lo demás.
        Estoy en el convenio del mueble como vendedor de 2a con comisiones. Gracias

        Responder
    • Francisco

      Me parece estupendo un aplauso al gobierno del PSOE y que sigamos así muchos años

      Responder
      • Navarro

        ¿Por qué no abre usted los ojos?

        O sea, que le suben el salario un 8%, cuando el nivel de adquisitivo ha bajado un 30% con las subidas de la luz, gas, cesta de la compra, combustibles, etc. etc. etc. y… ¿quiere que sigamos así muchos años?

        ¿No se da cuenta de que nos están asfixiado?

        Así nos va. Es lamentable ver que siga habiendo gente que piense así.

        Responder
        • Ione

          Entonces caballero, habría que combatir esa subida del nivel de vida dejando el SMI en 600 como propone la CEOE, ¿verdad?

          Responder
    • Inma

      Si mi nómina está compuesta por salario fijo +comisiones. El salario fijo es inferior al smi. Me influye la subida?

      Responder
  18. Bruno

    Buenas noches
    Mi empresa sigue sin pagar la subida de SMI a los trabajadores que les corresponden la subida, yo incluido, que tengo que hacer para que la empresa nos pague lo que nos debe desde enero?
    Muchas gracias por la atención.

    Responder
    • mª del rosario rubio

      Buenas tardes, trabajo en peluquería… 1000€.
      166€ prorrateo pagas
      44€ transporte
      Cuanto me corresponde de subida?

      Puedo reclamar la antigüedad,ya que no se me reconoce.
      Gracias

      Responder
  19. david

    buenas tardes, según mi convenio mi jornada completa ( xv convenio personas con discapacidad) es de 38.5 horas, debo cobrar el 100% de mi salario base o reducir la parte proporcional de las 40 horas, gracias

    Responder
    • FRANCISCO Javier García

      Hola¿ que puedo hacer si en mi empresa con 12 pagas anuales el salario neto es de solo 1061 € y no quieren pagarnos hasta los 1166 €,que nos correspondría por nuestras 40 horas semanales.?

      Responder
      • José david

        Buenas el salario mínimo es en Bruto por lo que si usted gana 1061 euros netos está ganado más del salario mínimo profesional ya que tienen que descontar de la nómina contingencias comunes y irpf

        Responder
        • Nere

          Si se cobran 15 pagas habría que tener en cuenta lo que se cobra al año? Es decir que el mínimo serían 15120€? Si no hay convenio porque se caducó hace años… también nos podríamos beneficiar de la subida del smi? Muchas gracias

          Responder
    • inmi

      pues claro, debes cobrar según tablas salariales de tu convenio, y si no llega al SMI, han de aportarte la diferencia, para poder cobrar el salario.
      Tu convenio recoge SB + complementos + la diferencia de SMI que no podrán absorberse con los complementos en 14 pagas

      Responder
      • M.C . María

        Hola . A mí me pagan según los días que tenga el mes . No sé qué cuentas hacen . En febrero cobro mucho menos que el resto de meses . Estoy cobrando sobre 1.100 con extras prorrateadas . Me gustaría saber si está bien o es ilegal . Lo máximo que llegué a cobrar un par de meses al año es de 1.140 más o menos .

        Responder
        • Sueli Guimarães Diniz

          *Hola tengo una jornada completa de trabajo*.
          *Trabajo de interna ha 13,años pero,..q mi contrato todavía estar de externa.»*
          *Que debo hacer?*
          *Y,por una jornada completa de trabajo de interna cuidando una persona mucho mayor de 94 anos y con la enfermedad de Alzheimer.*
          *Que salario tengo q recebí del mes de enero/2023 ,.. febrero?*
          Muchas Gracias
          Un saludo

          Responder
        • Itsaso

          Hola yo quería saber si yo gano 1.004€ brutos y luego me dan cincuenta euros por el año pasado cada mes y doce euros por quinquenio y con los descuentos y todo ganó 995 tendrían que pagarme más o no

          Responder
    • Meyling

      Mi pregunta es si tengo un contrato de interna de 40 horas semanales con las pagas prorrateadas si el salario es con la subida 1260 cuando me corresponde a mí como empleada del hogar pagar ala seguridad social ..muchas gracias por sus respuestas

      Responder
    • Ana Mari

      El convenio de discapacidad dice que la jornada semanal es de 38,5, siendo 1720 horas la máximas que se puede trabajar al año. También aparece en el convenio el salario y los N1 y N2. Tu sueldo es el que indica la tabla salarial. Puedes trabajar una semana 40 horas por necesidades organizativas y otra 36. El sueldo es el que se indica.

      Responder
  20. Ginés

    Buenos días, mi pregunta es para aclarar el concepto de antigüedad en la empresa. pongamos como ejemplo dos empleados en una empresa con convenio colectivo en el que la nomina se compone de Salario Base, Plus convenio, Plus de Transporte y Antigüedad. uno de los trabajadores tiene 5 trienios de antigüedad calculados sobre el S.B. que suman 2.700 € anuales a la masa salarial, y el otro esta recién incorporado.
    Si según el convenio la masa salarial bruta anual es de 13.000 € mas la antigüedad del trabajador, ¿quiere esto decir que la subida salarial del trabajador recién incorporado seria de 1.000 € brutos anuales mientras que al trabajador con antigüedad no se le subiría nada? o se deberían recalcular los importes de las tablas salariales para que se cobren iguales cantidades salariales por S.B. y Pluses de ambos trabajadores y recalcular el importe sobre la antigüedad.

    Responder
  21. Mayte

    Hola, llevo 30 años en la empresa y soy administrativo, mi salario base son 875 euros mas complementos y antiguedad. acaba de entrar un auxiliar administrativo y su salario base son 1000 euros mas complementos (evidentemente menores que los mios). Esto es normal? o deberian actualizarnos los salarios bases a las tablas salariales del convenio de oficinas y despachos por el que nos regimos?
    Gracias.

    Responder
    • Rosa María

      Buenas tardes, según el Convenio Colectivo al q pertenece la empresa para la que trabajo y categoría profesional a la q pertenezco, está estipulado que debo cobrar por las 40h semanales 1075,97 €. Y es lo q cobro… Qué va a pasar con mi nómina ahora q el SMI es más elevado 1080€ que lo que establece el Convenio?

      Responder
  22. María Fernández

    Buenos días: alguien me puede decir que significa diferencia ajuste SMI anual, pero en negativo ?
    sobre todo teniendo en cuenta que cobramos el SMI desde que se subió, y empezamos a denunciar.
    Salario base en marzo de este año 950 euros
    Def.servicio ( no se que es ) 19,87 euros
    D.Ajuste SMI anual 55,49- € ( no se que es )
    en total bruto 952,78 €
    Por favor alguien me lo puede explicar, yo no lo entiendo.
    gracias

    Responder
    • Jesús

      Trabajo en hosteleria en media jornada laboral. Me gustaría saber si la empresa me tiene que aplicar la subida del salario mínimo en la nómina porque cobro en doce mensualidades

      Responder
    • Sonia Lancho roman

      Buenos días trabajo en una empresa de limpieza con jornada de 20 horas semanales mi sueldo base es de 450 me deberían subir el smi?

      Responder
  23. Mari carmen

    En qué se beneficia un empleador que te quiere hacer firmar un contrato de 36 horas, pero realmente hacerte trabajar 48 horas por un salario neto, no bruto de 1000 euros?
    Esta jefe me dice que el calculo de 33, 33 euros las 8 horas repartido en un contrato de 36 horas dan 1000 euros, lo cual es muy erroneo ya que ni siquiera calculandolo a 40 horas semanales, o 26 dias laborales llega a los 1000 neto.
    Como puedo calcular mis horas respecto a esto. Ya que no tiene sentido lo que dice el empleador y en la SMI 152 solo dice 33,33 la jornada o 1000 euros mensual bruto? pero no encuentro nada que permita hacer el calculo de horas en base a 1000 bruto ya que 4.17 la hora no seria correspondiente.

    Responder
    • Roberto

      1000 euros entre 160 horas mensuales de trabajo dá 6.25 euros por hora

      Responder
      • Zaira

        Me puede explicar como es eso de 14 pagas? Si el año tiene 12 meses como se supone que van a ser 14 pagas?

        Responder
        • Ángela M. Labrador

          Hola, Zaira. Se supone que son 14 pagas, aunque mucha gente las cobra prorrateadas y sólo cobra 12. Si te fijas en tu nómina verás un concepto con la paga prorrateada. Por eso hablamos de SMI 2023 para 14 pagas o si se cobra en 12. Un saludo

          Responder
        • Gloria

          Incluye la paga extra de verano y de navidad . Pero si la tienes prorrateada esas dos pagas te la incluyen cada mes . Espero haberme hecho entender

          Responder
      • María

        Hola:
        Mi pregunta es…
        Mi sueldo base me lo bajan a 1008 euros porque tengo 15 pagas, es correcto? (Cobro 1260 Euros)
        O aunque tenga las 15 pagas, éstas se calculan a partir de los 1080 euros? (Y me correspondería cobrar más?)
        Es que no entiendo que me bajen por un lado, es decir, a 1008 euros para llegar a los 1260 euros.
        Sería lo mismo entonces tener 14 pagas a 1080 euros???
        Muchas Gracias. Saludos.

        Responder
  24. Alvaro

    Hola, en mi caso, aunque haga jornada completa, me pagan por horas efectivamente trabajadas. Este salario es de 7,58 euros la hora. ¿Está por encima o por debajo del salario mínimo? Gracias!

    Responder
    • Roberto

      7.3 euros minimo

      Responder
  25. Antonio Alvarez Iriarte

    Estoy jubilado pero realizo trabajos esporádicos.
    Se me dijo que podía trabajar y lógicamente ganar dinero sin pasarme del SMI.
    ¿Hasta cuánto puedo ganar al año o al mes?
    Gracias por atenderme y quedo a la espera de sus indicaciones.
    A.A.

    Responder
    • Aristides

      Hola,teniendo tres pagas extras,en total 15 pagos al año.como sería mi smi en 2022?
      Cuanto me pueden embargar tanto los 9 meses de pagos normales y los tres con pagas extras?
      Muchas gracias.
      O si me interesa prorratearlas

      Responder
  26. Miryam Miravalles

    Buenos días,
    Tengo dudas sobre el tema de pagas extras, ahora con el SMI de 2022 son 14000€ brutos/año en 14 pagas. Y yo según mi convenio colectivo tengo 15 pagas en total, es decir 3 pagas extras prorrateadas en 12 meses. Mi duda es si esta paga extra me la tienen que abonar, es decir sumarla o por el contrario son los 14000€ al año brutos incluyendo las pagas extras que pueda tener según convenio.

    Muchas gracias
    Saludos

    Responder
    • Alejandro

      Hola buenos días, son las 14 pagas al año. La seguridad social solo pagan 14 pagas al año, ninguna más.

      Responder
  27. Ana

    Buenos días, si en mi nómina aparece salario convenio 1021€, me afectaría la subida del SMI. Un saludo y gracias por su atención.

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Ana. Si tu salario por convenio es superior al salario mínimo interprofesional, no se te aplicaría la subida de SMI. Un saludo

      Responder
      • Silvia Mensegar

        Hola quería preguntar
        Si el salario mínimo son 1000 euros, de ahí hay que descontar de algún concepto o es el mínimo que debería cobrar. Trabajo en una residencia de ancianos en Madrid
        Muchas gracias de antemano

        Responder
        • Ángela M. Labrador

          Hola, Silvia. Cuando hablamos del salario mínimo estaríamos hablando de salario bruto, antes de descontarle impuestos, por lo que cobrarías menos de esa cantidad. Un saludo

          Responder
          • Yolanda

            Buenos días.
            Yo percibo 997 euros. Debería de percibir 1000 ?? Entre descuentos de irpf y demás me quedo debajo de 1000 euros

          • Ángela M. Labrador

            Hola, Yolanda. Para medir si se cobra por debajo de los 1000 euros se tiene en cuenta tu salario bruto, es decir, antes de aplicar impuestos. Si esa cantidad supera los 1000 estaría correcto, aunque después al aplicar impuestos se quede por debajo. Un saludo

          • María Isabel

            Hola yo estoy a media jornada estoy cobrando 500 euros aparte la antigüedad 50 euros estoy cobrando lo mismo q el 2022 este año 2023 tengo derecho la subida o no dicho por la empresa q se suma y q cobro más de lo q es, quería saber si tendré derecho a esa subida gracias un saludo

          • Olga Agea

            Hola María Isabel, sería fundamental revisar tu contrato y el convenio colectivo aplicable. Te recomendamos buscar asesoramiento legal para asegurarte de que estás recibiendo la compensación adecuada. Un saludo.

    • Teresa

      Buenas noches, que pasa si no me actualizan mi nómina con el aumento correspondiente? Trabajo 40 hs y mi salario del mes de marzo aún me pagaron 1056€

      Responder
  28. Mayte

    Hola buenas tardes, la subida salarial sera de igual para los que trabajamos 32h/semanales? Cobrando 900€

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Mayte. Se tiene que ver si corresponde subida de salario tras la subida del SMI, no a todo el mundo le corresponde. Para las personas que no trabajan a jornada completa, el salario se calcularía en proporción a la jornada que realizan. Un saludo

      Responder
  29. Miryam Miravalles

    Buenos días,
    Tengo dudas sobre el tema de pagas extras, ahora con el SMI de 2022 son 14000€ brutos/año en 14 pagas. Y yo según mi convenio colectivo tengo 15 pagas en total, es decir 3 pagas extras prorrateadas en 12 meses. Mi duda es si esta paga extra me la tienen que abonar, es decir sumarla o por el contrario son los 14000€ al año brutos incluyendo las pagas extras que pueda tener según convenio.

    Muchas gracias
    Saludos

    Responder
    • María Martínez

      Buenos días Miryam,
      Estoy en la misma situación que tú y agradecería me informaras si sabes algo más acerca de las 15 pagas.
      En mi caso si multiplico lo que cobro bruto al mes x 12 meses si que supero los 14.000€ (pero en 15 pagas)
      Muchas gracias

      Responder
      • Miryam Miravalles

        Hola María,
        Considero que la tercera paga se tendría que pagar a parte, ya que se el salario mínimo interprofesional es 14000€ en 14 pagas, si tengo 15 pagas en total, que me prorrateen 1 paga entre los 12 meses, porque con esto yo he perdido mi tercera paga extra por toda la cara. No veo claro que no me la paguen, tendré que investigarlo por otro lado.

        Un saludo

        Responder
  30. Miryam Miravalles

    Buenos días,
    Yo según mi convenio tengo 15 pagas en total y prorrateadas, es decir 3 pagas extra, pero ahora con el SMI de 14000€ es por 14 pagas.
    Me tendrán que pagar la tercera paga extra a más a más?

    Muchas gracias

    Responder
    • Marlene Miranda

      Hola muy buenos días soy Lidia Miranda tengo un contrato donde ponen 12 horas diarias y 40 horas semanales pero en realidad trabajo de 7 de la mañana hasta 8 y 45 de la noche descontando las 2 duras de descanso y los sábado trabajo de 8 :30 a 2 de la tarde y mi salario es 1000 con los descuentos me pagan 932 € en realidad cuanto debería ganar llebo 8 años trabajando en la misma casa espero la respuesta muchas gracias

      Responder
  31. MARÍA JOSÉ

    Buenos días. No entiendo la nómina. Si tengo 14 pagas. Debería de aparecer en la nómina en base de cotización lo que gano en ese mes no?. Y no aparecer la base cotización lo correspondiente a la porrateo. Por ejemplo si mi percepción es el SMI debería de tener en la base de cotización los 1000 euros del SMI y la antigüedad que es de 3 años categoría C2 60’09
    Por el cual debería de aparecer en base cotización 1060,09 y de hay quitarme el IRPF más la retención y así los 14 meses.
    Y no meterme todo el cómputo para que me quedé menos dinero a percibir. Es lo que tengo entendido no?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, María José. El SMI se refiere a cantidades brutas, no netas, es decir, después le van a aplicar la retención de IRPF y por eso cobras menos. Un saludo

      Responder
    • Maria

      Hola si trabajo cuidando una señora de 86 4 horas diarias de lunes a sábado cuando serio mi sueldo al mes?

      Responder
  32. María José

    Buenos días.

    ¿Cómo sé que la empresa no está realizando algo ilegal con mi nómina?

    Dentro de la nómina, el salario base indicado es de 632 euros, a fecha de 07 de febrero. Y mi nómina no supera los 1.007 euros mensuales, con todos los prorrateos de las pagas incluidos.

    ¿No sé supone que el salario base debería ser algo más alto? Creo que algo no está bien, porque lleva varios meses diciendo que se ha equivocado la asesoría con mi nómina.

    Responder
    • Javier E

      Me interesa,
      mismo caso….

      Responder
    • Yamileth

      Buena tardes, tengo una duda.
      Trabajo en lo público en una residencia en la limpieza y nuestro salario base son 865€ eso está bien? Aunque cobro 1150 con los extras etc la base reguladora no debería ser 965? O el SMI no es lo mismo que el salario base? Agradecería una respuesta pues somos muchas las que estamos en esta situación.

      Responder
    • Vicente

      Yo estoy interesado en esta cuestión porque me pasa más o menos lo mismo, mi salario base es de 760€ y luego tengo diversos complementos. El salario base no debería se de 900e?

      Responder
  33. EDUARDO

    BUENOS DÍAS: TENGO UNA EMPLEADA DE HOGAR QUE TRABAJA SOLO UN DIA A LA SEMANA, 4 HORAS. NADA MÁS. LA RETRIBUCIÓN SON 36 EUROS SEMANALES POR UN SOLO DIA. SI ES FESTIVO ESE DIA, SE LO PAGO, SI ESTÁ ENFERMA O NO PUEDE VENIR A CASA, TAMBIÉN LO PAGO. AHORA CON EL NUEVO SMI ¿CÓMO QUEDA SU RETRIBUCIÓN? HE RECIBIDO UNA COMUNICACIÓN DE LA INSPECCIÓN PROVINCIAL SEGSO, EN LA QUE HACEN CONSTAR POR ERROR QUE LA EMPLEADA TRABAJA 16 HORAS A LA SEMANA, CUANDO EN REALIDAD SIEMPRE HAN SIDO 4 HORAS AL DIA, UN SOLO DIA A LA SEMANA. ME PIDEN QUE LO ACTUALICE EN PROPORCIÓN AL SMI.

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Eduardo. Esto es una campaña masiva de cartas que están enviando de oficio a todos los empleadores desde Inspección. Te recomendaría contactar con un laboralista para que remita un escrito con lo que estás comentando. Un saludo

      Responder
      • Adriana Guzmán Pachón

        Hola, soy empleada del hogar, quisiera saber cuál es el valor que debo recibir mensualmente con los descuentos y las pagas extras incluidas. He estado leyendo, se que son 1260 € con las pagas extras incluidas, lo que no se es el valor a descontar y mi sueldo final

        Responder
    • Sandra

      Le paga usted a 4€ la hora???? Eso es poquísimo. Que menos que a 10€

      Responder
      • J

        Le paga 9€ la hora, no 4.

        9€ x 4 horas= 36€

        Responder
      • María

        es que la hora ya se paga a 12€. 4€ se le dan de propina sra, y si no pruebe Vd a trabajar por 4€ la hora y a ver para que tiene, ni para pan, ésto ya me parece abuso de poder, ni yo que trabajo de empleada cuando he necesitado por estar enferma lo he hecho, he pagado a 10€.
        Y prefiero seguir omitiendo mi opinión, por que me parece verdaderamente patético y …..

        Responder
  34. Carlos

    Buenas noches
    En mi empresa tenemos una cláusula de revisión salarial por la subida del IPC .
    Yo soy un trabajador temporal e estado 10 meses este año .¿tengo derecho a la revisión?

    Responder
    • María José

      Buenas tardes, si en enero de 2022 mi salario base es de 979,38€, cuál debería de ser en el mes de febrero?
      El total de mi nómina en enero fué de 1070,60€, gracias

      Responder
  35. Rafael

    Buenas,

    ¿Entonces la subida tenemos que tenerla en cuenta en el salario bruto o neto ?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Rafael. Es una subida sobre el salario bruto. Un saludo

      Responder
      • José Luis Tena Vaño

        Hola, buenos días. Por favor me podéis decir a qué precio se pagan las horas extras. Gracias.

        Responder
        • Eugenio

          Tengo empleada de hogar que trabaja de lunes a viernes de 9 de la mañana a las 13 del mediodía, es decir, 4 horas diarias.
          ¿Cuánto debo pagarle como mínimo al mes, en cuántas mensualidades y qué pagas extras?
          Muchas gracias

          Responder
          • Marta

            En mi nomima de este mes de febrero pone salario base 980,20, luego con los complementos de asistencia, plus compensación y beneficios y con las retenciones se queda neto en n poco más de 1000 euros , está bien o el salario base debe ser de 1000 euros??. Gracias

          • Ángela M. Labrador

            Hola, Marta. El SMI se refiere a salario bruto, antes de aplicarle las correspondientes retenciones, por lo que sí entraría dentro del mínimo. Un saludo

    • Ernesto

      En bruto pero luego deduce la subida de impuestos y te das cuenta que al final de mes tienes menos poder adquisitivo ..te alegran en una cosa y luego te das cuenta que no es asi

      Responder
      • Aloha

        la subida de impuestos es para las rentas más altas.. a las que no afecta la subida del salario mínimo

        Responder
      • Heidy

        Yo trabajo en una residencia privada, gerocultora, me da 1,060 bruto mes, pero en ese mes de febrero he percibido 1,050, osea ni subida, ni ajustes, sera pq la harán en marzo?

        Responder
  36. Miguel

    En el campo por jornadas reales el cálculo es SMI * 14 /12 y a lo que salga dividirlo por 23, que son el máximo de jornadas reales que pueden cotizarse.

    Responder
    • La salud antes que el trabajo

      Con la subida de precio estamos casi igual

      Responder
      • Daniel

        Hola, estando de incapacidad temporal por accidente laboral, definen mi salario en base a la base reguladora del mes anterior al accidente. Ahora bien, tras la subida del SMI, ¿deberían de recalcular el salario ya que mi base de cotización es la mínima y tengo entendido que este caso es una de las excepciones en las que si se recalcula? Y si es así, ¿en qué documento oficial aparece tal hecho?

        Responder
    • Simona

      Hola buenas tardes
      Cual es el sueldo para una empleada de hogar con 40 horas semanales en 14 pagas.yo tengo un contracto fijo de 40 horas en 12 pagas y cobro 915 € al mes. Y dos media pagas de 460€ en dic y en julio.

      Responder
    • Clau

      Si mi salario bruto son 950 sube a 965? Sube para todos? Decían que a los que tenían convenio no. Yo trabajo en sanidad privada

      Responder
      • Yanixia

        Hola soy trabajadora del hogar
        Trabajo 33 horas a la semana de cuabto seria mi salario..?
        Tenho derecho a pagas.?

        Responder
        • Francisco Javier

          A como sale la hora de trabajo en el campo?

          Responder
    • Mari carmen

      Que cobraría to trabajando en una empresa 20 horas semanales sin pagas prorrateadas

      Responder
    • Alberto

      Yo tengo un salario base de 882. Pero luego me meten un plus convenio de 182. Y 3 pagas prorrateadas de 88. A mi me toca esa subida del salario mínimo..solo tengo 12 pagas

      Responder
  37. Rosa

    Hola, trabajo en un bingo jornada completa y mi salario base es de 894. Tengo 2 pagas prorrateadas .me tendrían que subir el sueldo base?

    Responder
    • Cele

      Una vez publicado en el BOE, la subida del SMI. a 965 euros mensuales, nadie puede ganar un sueldo a jornada completa inferior a ese importe.

      Estás en tu derecho de exigir que se nivele tu salario base a ese importe, o tu empleador estaría cometiendo una infracción.

      Responder
      • Simona

        Pues a mi me han echo un contracto donde pone que gano 965€ en 14 pagas confirme con la ley pero en realidad me paga 915 € al mes en 13 pagas. Y me ha dicho que si no estoy conforme que me busco otro trabajo

        Responder
        • David

          Pues lo denuncias. En este país estamos acostumbrados a unas ilegalidades que no deberíamos aceptar. Si no pueden permitirse pagar el SMI pues que no busquen contratar a nadie más.

          Responder
  38. Carlos

    Buenos días,mi nómina actualmente es de 1067 euros brutos,con la subida,debería cambiar,me dice el asesor de mi empresa que no,que es correcta como está,si no es así me gustaría saberlo y poder tenerlo claro para hablar con ellos

    Responder
  39. Lidia

    Buenas tardes,
    Me gustaría saber si esta subida de salario afecta a los contratos de formación.

    Gracias

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Lidia. Le afectaría si el salario no se fija en convenio, si se fija en base a la proporción de jornada respecto al SMI. Un saludo

      Responder
      • Gustavo

        Buenos días
        Quisiera agradecer su tiempo en primer lugar
        Yo trabajo de conductor días sueltos
        Y cada contrato que hago
        Me ponen salario bruto de 1108, 13 céntimos
        Eso considero que con la subida de 15 euros
        Me deben rectificar eso.
        Pero mi pregunta es
        A mi por día me pagan 45 euros brutos
        41,26 euros netos
        Y me dicen que eso es por todo los conceptos
        Pero yo quiero saber si no deben pagar algo más por las vacaciones no gozadas
        Ya que voy 3 días por semana con 3 contratos semanales
        Pero en el contrato no dice nada de que está incluida las vacaciones
        Muchas gracias

        Responder
    • Remi

      Estoy jubilado desde enero 2021,además percibo comisiones por mi cartera de clientes de seguros,yo no desarrollo ninguna actividad?si me paso en las comisiones percibidas este año del SMI 13510 euros,que me puede pasar?

      Responder
  40. Maria

    Buenas tardes, en el caso de una empresasa que tiene empleadas
    con grupo de cotización diaria, y empleadas de grupo de cotización mensual, si a los de tarifa diaria les abono a 32,166 € dia, si cómputo todo el año a ese valor diario, tendrán un bruto total anual de 13.697,63 €, por lo que tendrán mayor bruto anual que otra empleada de tarifa mensual, cuyo bruto anual es de 13.510 €, siendo la categoría de la empleada de tarifa mensual más alta. ¿ No tendría que hacerse para el empleado/a de tributan diaria los 13510 € entre 425 días = 31,788 €/ día?, así no habría discriminación…¿ saben de algo de jurisprudencia al respecto

    Responder
    • Nilsa M

      Hola tengo un trabajo de 9 de la mañana hasta 3 de las tardes y apenas me paga 627 horas y la verdad que no entien por que me parece poquísimo mi sueldo y además me envía a trabajar en la casa de su hija también y trabajo de lunes a viernes

      Responder
  41. Mariana

    Hola, actualmente tengo un contrato indefinido como auxiliar administrativa en la provincia de Alicante. En el contrato aparece que la actividad de la empresa es la nº 24 – Metalurgia y se me aplica el convenio colectivo de Comercio.

    Revisando el convenio colectivo del comercio del metal nº 03000255011982, en el apartado de CNAE no aparece el código 24, siendo así, ¿será este el convenio que se me aplica?
    Muchas gracias

    Responder
    • Lidia García

      Hola buenas tardes.
      Tengo un contrato como peón agrícola reconocido por industria, soy empaquetadora de plátanos de canarias, y quiero saber cuál es mi SMI en este apartado. Gracias

      Responder
      • Leopoldo

        El mismo para todo los oficios: 965€ brutos en 14 pagas.

        Responder
    • Mariel colindres

      Hola yo entro a trabajar a una casa a las 7 de la noche y salgo a la 1 de la tarde Cuanto seria mi sueldo conforme a la ley

      Responder
      • Nilsa M

        Perdón 627 euros al mes quise decir si alguien me sacas de dudas por que para mi es una estafa el sueldo que tengo son 6 horas diarias de trabajo

        Responder
  42. Carlos

    Hola: Para el calculo de 75% del SMI donde las dos pagas extras están prorrateadas, hay que descontarles el importe de las mismas??. Ejemplo concreto: Nómina salario Bruto: 786,23 euros, salario neto: 720,19 euros. En nómina se incluye parte proporcional pagas verano y diciembre 36,76 euros brutos cada una (73,52 total). Quiere decir esto que para calcular el 75% del SMI hay que descontar 73,52 del bruto (786,23 euros ) y luego sobre el neto que resulte aplicar el 75% ???.
    Con este ejemplo a un familiar el SEPE le han suspendido la ayuda por sobrepasar su hijo menor de 26 años el 75% del SMI.
    Muchas gracias por la atención

    Responder
  43. MARÍA JOSÉ

    Buenas tardes.
    Mi base de cotización es de 1176,34, si le quito las deducciones que es el 6,35% me quedaría a percibir 1101,64241 a esta cantidad le resto 168,06 que es la parte proporcional de la prorrata que se quedaría en 933,58241 y a esta cantidad me tienen que retener el 2% quedándose a percibir en liquido 914,91 euros.
    Este cálculo es correcto?
    Espero vuestra pronta respuesta. Saludos.

    Responder
    • Dolores

      Buenos días. Para dar de alta a una empleada de hogar, en la casilla 5.3 me piden el sueldo mensual. Esto es el sueldo bruto o neto? Gracias

      Responder
  44. jose

    estaba trabajando en una empresa cuyo salario diario es de 26.35€ esta por debajo del smi diario.
    con complementos y tal el salario neto total haciende a 1130 contando dietas que van a mes vencido. si resto dietas daría 950 .04. cabria la posibilidad de demandar la empresa por pagar un smi diario inferior al smi diario?

    Responder
  45. juan

    buenas tardes.

    estoy trabajando en una empresa que tiene su propio convenio. mirando datos
    veo que mi nomina sin complementos es de 790€hago 40 horas semanales.
    es correcto?

    si sumo todo da 1086€ y sacando el irpf me queda 958

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Juan, para valorar esto tienes que sumar todo, el SMI no es el salario base, es la suma de más conceptos antes de descontar el IRPF. Un saludo

      Responder
  46. alberto

    Buenas si me embargan la nomina y tengo 12 pagas cual sera SMI 1108 O 950

    Responder
    • elena

      será sobre 1108,33 euros

      Responder
  47. Pilar

    Buenas noches. Si el SMI prorrateado en 12 pagas para 40 horas mensuales de una empleada de hogar es de 1108,33, cuánto cobraría de neto?

    Responder
  48. Jose

    Hola. Trabajo como carnicero en un supermercado con una antigüedad de 14 años. Mi Grupo de cotización es el 07, y como nombre de categoría ayudante. Necesito saber cómo me afecta la categoría, ya que no entiendo bien de nominas. Gracias.

    Responder
  49. Fernando Hermoso

    Se debe comunicar a la Seguridad Social las retribuciones percibidas por las empleadas de hogar (antes del 31 de marzo 2021), teniendo en cuenta que no han cambiado respecto a 2020 y que el SMI no de modificó ???.

    Responder
  50. lucy

    Hola, yo trabajo de interna en una casa y mi jefe me paga 1000 euros al mes, de lunes a domingo, yo le he pedido no librar ni fines de semana ni fetivos, juanto deberia pagarme?

    Responder
  51. Miguel

    Buenas, si atendiendo a convenio colectivo es salario base de 917,3 mas tres extras de 917,3€ cada una harian un total anual de 13.759,5. Esta tercera paga haría que se pudiera pagar lo dispuesto en convenio porque anualmente superaria los 13.300, o tendria que poner Salario base y dos extras a 950 y dejar la tercera como dice el convenio

    Responder
  52. Alexander

    Hola , mi pregunta es sobre alta de empleado de hogar que tiene 40 horas por semana, 160horas por mes y SMI 1108,33 € .
    En el sede electronica de Seguridad Social hay un campo que pide poner salario por hora. Si he entendido bien salario por hora minimo es 7,43 euros por hora, pero 1108,33 / 160 = 6.93€ por hora.
    ¿Y qué salario por hora debería poner en 7,43 o 6,93?

    Responder
  53. Barbara

    Buenos dias. Mi marido tiene por contrato que su sueldo es de 843,34 brutos por 40 hs de trabajo semanales por el convenio para profesionales de oficios, operario montador 2do. con el convenio del metal.
    Pporque no llega ni al minimo mensual por las 40 hs de trabajo. Ademas de obligarlo a hacer horas extra.
    Esto es legal?

    Responder
    • Alejandro

      Hola , me han echo un contrato de formacion de 3 años para ayudante de carnicero en un supermercado en el apartado del grupo de corización de mi informe de vida laboral aparece el 07 que es de auxiliar administrativo.
      ¿ Esta correcto o tienen que cambiarlo?

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola Alejandro. Normalmente se indica el 10. Realmente a ti no te perjudica al ser un contrato de formación. Un saludo

        Responder
      • Adonay Santamaría

        A ver, una cosa es un ayudante de carnicero, y otra un auxiliar administrativo, el auxiliar administrativo no toca la carnicería para nada, porque solo lleva las cuentas de la carnicería, el stock por así decirlo. Un auxiliar haría control de stock, gestión de almacén, y cosas del estilo, pero no trabajaría en la carnicería cara al cliente.

        Responder
    • Violeta

      Buenas tardes. Mi marido es conductor de camión para llevar cerveza a los bares. El sueldo base de 5 años lo tiene igual de 718€al mes. Con la prórroga, el transporte de 90€y lo que le ponen más es de 1237,27€. Se sopone que es conductor profesional pero cobra un sueldo menos que un temporeros. Aunque es fijo eso es su sueldo. Tenía derecho de subirle el sueldo?

      Responder
    • Adonay Santamaría

      Asegurate de que esos 843.34€ no sean NETOS, que es lo más probable. El salario mínimo de 950€ es bruto, es decir, de ahí se descuentan las cotizaciones a SS, etc, que suelen rondar en total los 200€ aproximadamente.

      Probablemente tu marido tendrá un salario Bruto de 1100€ y se le quedará en 843.34€ al reducirle las cotizaciones al estado.

      Responder
    • Adonay Santamaría

      Estos 950 euros son la remuneración bruta pero la cantidad que finalmente perciben los trabajadores, es decir, la remuneración neta, es menor por las correspondientes deducciones por las cotizaciones a la Seguridad Social (un 4,7% en contingencias comunes, un 1,55% en prestaciones de desempleo y un 0,10% para formación personal), así como las retenciones por el IRPF. En el caso de las pagas extras, solo se aplica la retención del IRPF.

      Es decir, que hay que restar un 6.35% de deducciones más lo que estés declarando de IRPF, que de normal no es menos de un 8%, con lo cual la reducción sería de un 14.35% mínimo por lo que un salario de 950€ pasaría a ser un salario neto de 812.25€.

      Si tu marido cobra 843.34€ es que entonces de IRPF está quitándose menos del 8%, según mis cuentas un 4.85%, y al hacer las cuentas si a 950€ le descuentas 6.35% (60.33€) de deducciones y 4.85% (46.08€) de IRPF, al final te queda un sueldo de 843.59€ netos.

      Responder
      • Adonay Santamaría

        Ahora bien, recuerda que 950€ es el SMI para 14 pagas, y que si le pagan esa cantidad le tienen que dar 2 pagas extras anuales de 843.59€, el SMI prorrateado a 12 pagas es 1050€.

        Responder
  54. MARTA

    Hola Ángela, tengo un contrato en prácticas, mis pagas son prorrateadas, mi salario actual es de 900 €, como me afecta la subida salarial?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Marta. Dependerá de tu jornada. Si es completa, el salario con pagas prorrateadas sería al menos de 1050 euros. Un saludo

      Responder
    • Eva

      Buenos días,
      Yo estaba cobrado en SMI, que con fecha del 01/09/21 se incremento en 15€.
      El 26/09/21 cumplí los 3 años en la empresa por lo que me corresponde un complemento por antiguedad.
      ¿Alguien sabe si me pertenece la subida de los 15€ del SMI?
      Gracias de antemano.

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola Eva. Por lo que comentas, la empresa ya había previsto la subida de SMI e hizo el incremento en septiembre. Si cobras según SMI le corresponde ajustar a la nueva cantidad. Un saludo

        Responder
  55. Mercedes

    Hola, me van a hacer un contrato de un mes en septiembre, bueno en total son 5 semanas como refuerzo. La jornada es de 40 horas semanales. En ese caso cuál sería el salario que me correspondería?

    Responder
    • Yuri Fuentes

      Hola buenas! Soy empleada del hogar, mi salario es de 1.111,87 y estoy de baja ya que estoy embarazada y me queda poco para que mi bebé nazca,la cosa es que trabaje hasta el 21 fe octubre de éste año,y mi pregunta es cuánto es lo que mis jefes les corresponde pagarme de mi nómina si son 21 dias solo?

      Responder
  56. Alice

    Buenos días, tengo una duda, el salario mínimo de 2020 es en neto o es el bruto? es que me pagan en neto 1035.55 y no los 1108.33 que pone

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Hola Alice. Es el salario bruto. Un saludo

      Responder
      • Lídia

        Hola buenas noches, he sido nueva incorporación en una empresa y por 32 horas trabajadas he cobrado 183,46 bruto y 168,05 sería el neto, es legal que me paguen la hora a 5,73 Bruto ? Y con las retenciones etc se quede en 5, 25 ?

        Responder
  57. Nélida De La Caridad

    Buenas tardes estoy de incapacidad temporal desde el 29 de octubre del 2019. Mi jefa dice no tengo derecho al aumento del salario minimo interprofesional por estar de incapacidad temporal. Soy limpiadora con contrato indefinido de 20h semanales. Y mensual las pagas extras salen porrateadas y tengo discapacidad del 33 %. Tengo derecho al aumento de salario.interprofesionsl estando de incapacidad temporal????

    Responder
  58. juan escudero

    Para un sueldo bruto de 400,00€ mensual para una empleada de hogar cuantas horas puede hacer al mes ?

    Responder
  59. Natalia

    Hola Angela, como te he comentado anteriormente mi sueldo neto como dependienta es de 853€ por jornada de 40 horas semanales, más 80€ por quebranto moneda y 3 pagas q no están prorrateadas en la nómina (verano, navidad y beneficios) tendría derecho a la subida del SMI?

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Buenas tardes, Natalia. El salario a jornada completa, sin pagas prorrateadas sería de 950 euros. Un saludo

      Responder
      • Ana Maria

        Hola. Tengo contrato temporal. Trabajo 26 horas a la semana y cobro unos 600 euros y pico. Estoy de baja con carácter retroactivo. Cuanto me corresponde cobrar

        Responder
      • Francisco

        Hola en mi hoja de salarios me porratean las 2 pagas extras a razón del salario base pero no incluyen el complemento hasta SMI es correcto no incluirlo.

        Responder
        • Ángela Martínez Labrador

          Hola, Francisco. Esto dependerá de la cuantía de el salario base más la suma de otros conceptos y pagas prorrateadas. Si se llega el mínimo establecido entonces no será necesario. Un saludo

          Responder
          • Jordi Martinez

            Hola,
            No tengo aún el SMI a 950€ y estamos a Mayo. Sigo con los 900€ más pagas extras prorrateadas.
            Me dicen que no han salido aún las tablas salariales de mi convenio de aplicación.
            Es correcto esto o deberían ya estar pagando el SMI 2020?
            Muchas gracias

          • Ángela Martínez Labrador

            Hola, Jordi. Aunque no hayan salido las tablas salariales, el salario (en su conjunto) no debería ser inferior a 950 €. Matizo lo de en su conjunto, porque no debe confundirse el salario base con el salario mínimo. Un saludo

      • Debora

        Buenas tardes,tengo un contrato de 5 horas diarias 6 días a la semana.Las pagas extras prorrateadas.
        Cual tendría que ser mi sueldo?
        En nómina me vienen 685.

        Responder
  60. Natalia

    Hola, soy dependienta de comercio, mi salario base son 853€ tengo 3 pagas aparte, junio, Navidad y de beneficios (no prorrateadas) y 80€ en nómina como quebranto de moneda, tendría derecho a la subida del salario base? A veces hago horas extras que me pagan en nómina, eso cuenta también para hacer la media del SMI?

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Buenos días, Natalia. Las horas extra no contaría para hacer la media del SMI. ¿Qué tipo de jornada tienes? Un saludo

      Responder
      • Natalia

        Muchas gracias. Mi jornada es de 40 horas semanales

        Responder
        • Virginia

          Yo ase 8 meses que lo heche y nada no lo he cobrado aún. Alguien lo ha cobrado?

          Responder
  61. Silvia

    Hola me gustaría saber cómo queda la nómina de febrero con la Smi
    Soy peluquera
    Del grupo 3

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Buenos días, Silvia. Hay muchos datos que afectarían al cálculo de tu nómina, te recomendaríamos contactar con un despacho profesional para que te asesore. Un saludo

      Responder
      • Jony

        Mi.contrato es de 40h de lunes a viernes, si trabajo un sabado como extra en cuanto me lo deberian pagar??? Teniendo 12 pagas.

        Responder
        • Ángela Martínez Labrador

          Buenas tardes, Jony. Para ver esta información lo recomendable es consultar tu convenio colectivo. Un saludo

          Responder
      • Nuria

        Hola en el smi se debe añadir a mayores el plus por antigüedad ( quinquenios)? Gracias

        Responder
  62. Nicolas

    Hola , pregunto si están obligados a subir el salario mínimo tengo contrato de 40horas , pero en mi nómina dice 875,00€ base e cobrado en mes de enero y e cobrado lo mismo.

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Buenos días, Nicolás. El salario mínimo para 40 horas sería de 950 euros (sin pagas prorrateadas). Un saludo

      Responder
  63. Ana

    Hola,trabajo de lunes a viernes de 9 a 7 de la tarde cuidando persona con dependencia total mas tareas de hogar mi contraro es de 40 h semanales ,llevo mas de 6 anos trabajando, hasta 2019 mi sueldo era de 800€ mas dos medias pagas me desplazo 40 km con mi coche y no me paga nada de desplazamiento ahora desde febrero cobro 900 mas dos pagas extra sin pagarme desplazamiento ademas estoy en trabajo 10 h con dos horas de disponibilidad pero sin pagarme nada dicen que es mi tiempo libre pero si hace falta yo estoy aqui porque estoy lejos de mi casa en rezumen con todo lo que cuento yo no me quedo con sueldo minimo mucho menos tampoco la nomina me dan no tengo ni una nomina en la mano desde que empece a trabajar mi jefe dicen para que quiero nomina en la cartilla del banco te aparece la nomina a mi eso no me sirve yo quiero ver todo lo que me cotizan y mas,mi pregunta es: esta bien esto y lo que cobro o tengo que reclamar,a donde puedo preguntar?gracias.

    Responder
    • Richard

      El gestor de la empresa me ha dicho que la paga de febrero no es ma misma que en enero con respecto al salario Y que son pocos los días de febrero.
      Esto es cierto?

      Responder
    • Carolina

      Hola me gustaría saber qué salario bruto me corresponde, categoría profesional: dependienta tienda(comercio) en Baleares con más de 4 años de antigüedad, jornada de 33 horas, muchísimas gracias

      Responder
      • Carlota

        Buenas tardes
        Soy autónoma societária con nómina.
        La base mínima de cotización es de 1214€
        Y mi nómina de 950 brutos.
        Esto es correcto o mi nómina debería sér de 1214 € brutos como mínimo?
        Gracias.
        Un saludo.

        Responder
  64. Juan Carlos

    Buenas tardes. Les agradecería me respondieran, a pesar de las clarísimas explicaciones del artículo, a lo siguiente. Mi mujer es auxiliar de servicio de limpieza. Gana el smi. Qué base de cotización, o sea, qué descuento tendrá en la nómina cada mes? O, lo que es lo mismo: cuánto dinero neto ganará cada mes? ( todo ello en 14 pagas)

    Responder
  65. Mary

    Conozco restaurante donde solo cuenta con 6 trabajadores con un horario de 10am a 9:30 o 10pm firmando 8 horas por obligacion
    años sin inspeccion de trabajo

    Responder
    • José Luis

      Mi AMO es de 900 €, ahora con el nuevo convenio será de 950 €/ mes.
      Si las pagas están prorroteadas, entonces ahora será 1108.33 el salario bruto. ???

      Responder
      • Isabel

        Hola, me están sumando el plus de transporte al sueldo , me dicen q como sumado al sueldo está por encima del smi no me aplican la subida, en cambio en el convenio pone qles de carácter extrasalarial , me desplazo en coche a 7 km, es legal lo q hacen? O debo reclamar?

        Responder
        • Ángela Martínez Labrador

          Hola, Isabel. Habría que valorar este plus de transporte, si es algo que perciben todos los trabajadores, independientemente de su lugar de residencia, o si es para compensar el desplazamiento desde un lugar lejano al puesto de trabajo, de una persona en concreto. La empresa estaría obligada si el conjunto de tu salario fuese inferior a 13.300 euros anuales. Un saludo

          Responder
          • Maria

            Hola. Mi marido trabaja 9 horas diarias ( la hora no la cobra en la nomina)en una planta d embotellado de agua. Tenia 3 pagas extras . Al subir el SMI sigue teniendo las mismas pagas?

          • Ángela Martínez Labrador

            Buenas tardes, María. Le corresponderán las pagas que indique su convenio, si tenía 3 pagas, seguirá teniendo 3 pagas, no le afecta el SMI para esto. Un saludo

      • Cristina

        Asi es, el salario es bruto, de ahí hay que descontar ss, irpf si corresponde, cotización por desempleo

        Responder
      • RaulRa gomez

        B.tardes, trabajo en BINGO Tenerife, y veo, que las nóminas no están de acuerdo con el convenio, cobramos más del sueldo base, pero por otras asignaciones que nos meten en la nómina, pero de salario base aparece 931,08 y con una paga prograteada…

        Responder
        • Ángela Martínez Labrador

          Buenos días, Raúl. El salario base no es igual al SMI, el SMI se compone de todos los conceptos de carácter salarial de tu nómina. Si sumados llegan al mínimo, no le correspondería subida. Un saludo

          Responder
        • Ana

          Hola

          He leído en este artículo que el aumento del SMI no se tiene en cuenta a la hora de aplicarlo a las rentas de ayuda ciudadanas que tienen como base el citado salario… ¿esto es así?

          Gracias por su respuesta

          Responder
          • Ángela Martínez Labrador

            Buenas tardes, Ana. Normalmente las ayudas se basan en el IPREM que es otro indicador. El IPREM mensual para 2020 es de 548,60 euros. Un saludo

          • Ana

            Gracias por su respuesta

            En el caso que yo expongo sí se trata de una renta basada en el SMI… d ahí mi duda, ya que efectivamente (o de momento) no han aumentado la cuantía de esta paga, a pesar de estar ya en abril…

            Saludos

          • Ana María Vizoso Dovale

            Buenos días.

            Mo se me aplica el SMI según la empresa porque aún no se ha firmado el convenio..y que hasta que esté no se firme y publique en el BOE no me será aplicado.
            Es edo cierto?…Muchas gracias de antemano.

        • Sonia

          Buenas tardes, mi marido es marinero en la cofradia de Blanes(Cataluña). Tiene derecho a cobrar el Smi?? En su contrato pone q cobran a la par(a la vieja ausanza)pero el mes pasado no llegaron a 500 euros netos. Tiene la obligacion su jefe de pagarle el smi? Y de ser así, su jefe recibe alguna ayuda para no tener perdidas?

          Responder
          • Alexandra

            Buenas noches
            Soy trabajadora del hogar he estado desde el 2018 trabajando 20 horas semanales a 5 € por hora he pedido un aumento a lo que está establecido actualmente de 7,55 € por hora
            Estoy en lo correcto?

    • Cristina

      Vd puede denunciar en el ministerio de trabajo y seguir los trámites que le indiquen, pero lo suyo es que lo hagan los propios trabajadores

      Responder
      • María Trenco

        Hola,

        Actualmente me han contratado como dependienta. Hago 21 horas y media a la semana.
        ¿Cuánto deberían de pagarme?
        Por que me dicen que las pagas están incluidas.
        Muchas gracias.

        Responder
        • Benito

          Si trabajo 30 horas a la semana, pero mi convenio dice que tengo 14 pagas más una 15 de beneficios…. Cuanto tendría que cobrar según SMI con las pagas prorrateadas?

          Responder
      • Marta

        Hola, en mi caso tengo 15 pagas, una de ellas prorrateada. Mi sueldo bruto hasta diciembre ha sido 900€ más 75€ de la paga. En enero se me subió el salario a 965€ más 80,42€. No me han pagado atrasos de septiembre a diciembre y ahora la subida a 1000€ se supone que no me toca . Que puedo reclamar? Gracias!!!

        Responder
        • María Del Rosario Rubio García

          Tengo 1000€,166€ por prorrateo de pagas y 44€ por transporte . La empresa me dice que sólo tengo 49,50€ de incremento al mes.Es legal?

          Responder

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