La nueva Reforma Laboral (Real Decreto Ley 03/2012, de 10 de febrero) pretende favorecer la inserción laboral de menores de 30 años Para ello promueve un tipo de contratación cuyo objeto consiste en la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia laboral, al tiempo que incentiva a las empresas con todo tipo de ventajas fiscales.
EDAD
• Mayores de 16 años y menores de 30 años. (1)
COSTE CERO
• 100% de reducción en cuotas a la Seguridad Social en los contratos formalizados con desempleados inscritos en la Oficina de Empleo (2)
• 100% bonificable el coste de formación teórica.
DESEMPLEO
• El trabajador percibirá Prestación por desempleo y Cobertura total de la Seguridad Social.
VENTAJAS PARA LA EMPRESA
• Salario a percibir en un contrato de formación y aprendizaje es del 75% del S.M.I. durante el 1er año y del 85% del S.M.I. durante el 2º y 3er año.
DURACIÓN
• Periodo mínimo de 1 año y máximo de 3 años.
• Expirada la duración máxima del contrato, el trabajador no podrá ser contratado bajo esta modalidad para la misma actividad laboral, pero sí para una ocupación distinta.
BONIFICACIONES POR CONVERSIÓN A FIJO
• Al finalizar el contrato de formación y aprendizaje y transformarlo a un contrato indefinido genera una bonificación en las cuotas empresariales de 1500 euros anuales (1800 euros para mujeres) durante 3 años.
(1) Hasta que la tasa de desempleo del país se sitúe por debajo del 15%.
(2) Reducción limitada por la aplicación de la Sección I del Capítulo I de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre.