El empresario se bonificará del 100% de las Cotizaciones Empresariales y de los Trabajadores para todos los Contratos de Formación realizados hasta el 31 de diciembre de 2011, así como de las prórrogas de contratos realizadas a partir del 18 de Junio de 2010, cuando éstas supongan un incremento de la plantilla de la empresa. La documentación que la empresa debe aportar es:
• TC-1
• En caso de tener más de un trabajador en formación, TC-2
• Modelo de devolución de cuotas por saldo acreedor
El importe correspondiente a la formación teórica, será reflejado en la casilla 601 del TC-1, con lo cual, al tratarse de una bonificación, no le supone ningún coste a la empresa, ya que se lo descuenta del total del importe de la cuota que debe cotizar a la Seguridad Social.
