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Ayudas a la contratación de Cantabria al hacer contrato de formación

Ayudas a la contratación de Cantabria al hacer contrato de formación

Ayudas a la contratación de Cantabria al hacer contrato de formación.

Os queremos informar de otra subvención a la contratación que se ha aprobado recientemente. En este caso, se trata de una subvención a la contratación de la Comunidad de Cantabria, regulada en la Orden INN/14/2013, de 19 de Abril, para el fomento del empleo en el sector de la distribución comercial durante el año 2013.

  • Cuantía de la subvención: 70% de las retribuciones brutas anuales, con un límite de 4.500 euros por cada contratación.
  • Requisitos:
  1. Empresa con plantilla igual o inferior a 20 empleados.
  2. El establecimiento donde vaya a trabajar el empleado debe pertenecer a la Comunidad de Cantabria.
  3. Su actividad esté incluida en los siguientes epígrafes del IAE: Agrupación 64 y 65, Grupos 661.3, 662, 663, 691.1, 755, 856, 971, 972, 973.1, 973.3 y 975.
    En general, podrán acogerse las empresas cuya actividad principal sea de carácter minorista, que les faculte para la venta al detalle, siempre que dispongan de una superficie dedicada a exposición y ventas.
  4. Formalizar un contrato de formación durante 1 año con desempleados empadronados en Cantabria.
  5. Incrementar su plantilla con respecto al año anterior, como mínimo, por la mitad del número de contratos a subvencionar. Si es de nueva creación, se toma como fecha su inicio.
  • Se excluyen:
  1. Relaciones laborales de carácter especial.
  2. Contrataciones a cónyuge o familiar de hasta segundo grado.
  3. Trabajadores que hayan trabajado en la misma empresa hasta 24 meses antes.
  4. Trabajadores que no figuren inscritos en alguna Oficina de Empleo de Cantabria en el momento de su contratación.
  • Compatibilidades:
    Esta subvención es compatible con cualquier otra ayuda procedente de otras entidades públicas o privadas, excepto de las procedentes del Gobierno de Cantabria.
  • Plazo: Como máximo hasta el 16 de Octubre de 2013.
  • Pago: Una vez concedida la subvención, se recibirá el 75% de forma anticipada, y el 25% restante, durante el año 2014, una vez que el beneficiario haya justificado la contratación subvencionada. No se podrá recibir la subvención si la empresa tiene deudas con la Agencia Tributaria, Seguridad Social o Comunidad Autónoma.
  • Solicitudes: Debe presentarse el modelo oficial en el Registro Delegado de la Dirección General de Comercio y Consumo, situado en la C/ Nicolás Salmeron, 7 (Santander).

Es una ayuda muy interesante, ya que además, la empresa se estaría beneficiando de una bonificación del 100% de los Seguros Sociales al contratar con un contrato de formación.

Si tenéis alguna consulta sobre el tema, podemos hablar en el 900 44 22 44 o chat online.

Subvención de la Comunidad Valenciana al contratar con contrato de formación

Subvención de la Comunidad Valenciana al contratar con contrato de formación

Subvención de la Comunidad Valenciana al contratar con contrato de formación

El pasado 5 de Junio, La Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo aprobó la Orden 18/2013, por la que se convocan diferentes programas para favorecer la contratación de jóvenes desempleados de la Comunidad Valenciana.

Entre otras medidas, han establecido un Programa de incentivos a la contratación para la formación y el aprendizaje.

A continuación os resumimos las claves de esta subvención:

  • Objeto de la subvención: Jóvenes menores de 30 años inscritos en el SERVEF al menos 3 meses ininterrumpidos previos a su contratación.
  • Tipo de contrato: Contrato de formación.
  • Duración mínima del contrato: 12 meses.
  • Cuantía de las ayudas: 2.000 euros, si se contrata a una mujer, 2.500 euros. Se pagarán en un solo plazo. Las solicitudes se resolverán en 6 meses por la dirección del SERVEF.
  • Beneficiarios: empresas privadas de la Comunidad Valenciana.
  • Quedan excluidos del programa:
  1. Jóvenes que hayan sido previamente contratados por la empresa con contrato indefinido.
  2. Jóvenes que hayan finalizado un contrato indefinido por mutuo acuerdo en los 3 meses previos a la  contratación.
  3. Contrataciones a través de ETT.
  4. Empresas que hayan cometido infracciones graves o muy graves.
  5. Empresas que hayan realizado un despido colectivo en los 12 meses anteriores, o hayan extinguido contratos por causas improcedentes.
  6. Contrataciones a familiares de hasta 2º grado o  pareja del empleador.
  • Las ayudas son incompatibles con cualquier otra subvención para el mismo fin.
  • Solicitudes: En un impreso normalizado, se dirigirán al SERVEF. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 2 meses desde la contratación.
    Acompañadas de la siguiente documentación:
  1. Identificación del solicitante o representante legal.
  2. Declaración responsable de no incurrir en alguna de las prohibiciones para recibir la subvención.
  3. Dos ejemplares de los datos de domiciliación bancaria.
  4. Copia de la solicitud de la actividad formativa.
  • Plazo máximo para solicitar la subvención: 30 de septiembre de 2013.

Es una opción muy interesante, ya que la subvención es compatible con la bonificación del 100% de los Seguros Sociales del contrato de formación.

Si tenéis alguna consulta sobre el tema, podemos hablar en el 900 44 22 44 o chat online.

 

Cómo hacer la simulación de costes de un contrato

Cómo hacer la simulación de costes de un contrato

Cómo hacer la simulación de costes de un contrato

Hoy os queremos explicar una de las utilidades más interesantes del programa Netcontrata: el simulador de contratación.
Este simulador te proporciona una información muy valiosa sobre las características y costes que conllevaría contratar a una persona determinada, en función de cada modelo de contrato.

Tras acceder al simulador de contratación, hay que realizar los siguientes pasos:

  • Completar el cuestionario con las características del tipo de contrato que queremos realizar, características del trabajador, y de la empresa.
  • Esta ventana nos muestra los tipos de contrato disponibles para las características que indicamos previamente. Tenemos que hacer «clic» en cálculo de costes.
  • Hay que indicar la actividad económica. Esta pantalla tiene un buscador que te permite elegir la actividad dentro de las opciones que te ofrece:
  • Introducir el salario del trabajador. Te ofrece dos opciones: introducir una cantidad pactada o buscar el salario según Convenio Colectivo.
  • El programa te da la opción de revisar los datos, o de confirmar. Si le damos a confirmar, obtendremos la siguiente pantalla, donde nos muestra:
  1. Tipos de contrato posibles.
  2. El coste de contratación para cada tipo.

Si hacemos «clic» en informe detallado, tendremos un desglose de la nómina, seguros sociales, etc.

Esta es una de las múltiples ventajas que puede aportar Netcontrata a tu trabajo diario.

Si tienes alguna consulta, podemos chatear online o hablar en el teléfono 900 44 22 44.

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